Asesorias Bofill Escobar Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital libéré
$20.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (9)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Jorge Guillermo Bofill Genzsch Socio | - | 5% | $1.000.000 |
Socio | - | 43.625% | $8.725.000 |
Ricardo Humberto Escobar Calderón Socio | - | 5% | $1.000.000 |
Inversiones Bahía El Encanto Limitada Socio | - | 43.625% | $8.725.000 |
Socio | - | 0.5% | $100.000 |
Asesoría e Inversiones EAD Limitada Socio | - | 0.5% | $100.000 |
Servicios Profesionales Quarantuno SpA Socio | - | 0.5% | $100.000 |
Socio | - | 0.75% | $150.000 |
Asesorías e Inversiones CRP SpA Socio | - | 0.5% | $100.000 |
Administrateurs (7)
Jorge Guillermo Bofill Genzsch
Ricardo Humberto Escobar Calderón
Vanessa Lourdes Facuse Andreucci
Sebastián Andrés Yanine Montaner
Historique sociétaire relaté
- Entrée d’un associé· 29 juin 2022
Asesorías e Inversiones BG cede 0,25% de sus derechos a Asesorías e Inversiones CRP SpA.
Asesorías e Inversiones BG · Asesorías e Inversiones CRP SpA
- Entrée d’un associé· 29 juin 2022
Inversiones Bahía El Encanto Limitada cede 0,25% de sus derechos a Asesorías e Inversiones CRP SpA.
Inversiones Bahía El Encanto Limitada · Asesorías e Inversiones CRP SpA
Texte officiel de l’extrait
Gonzalo Sergio Mendoza Guiñez, Abogado, Notario Público Reemplazante de doña Antonieta Mendoza Esclas, Titular Titular de la 16ª. Notaría y Conservador de Minas de Santiago, con oficio en San Sebastián 2750, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí el 29 de junio de 2022, Rep. 3242, Jorge Guillermo Bofill Genzsch, "ASESORIAS E INVERSIONES BG", Ricardo Humberto Escobar Calderón, "INVERSIONES BAHIA EL ENCANTO LIMITADA", "ASESORIAS EL ROBLE LIMITADA", "ASESORIA E INVERSIONES EAD LIMITADA", "ASESORIAS MLSR SpA", “SERVICIOS PROFESIONALES QUARANTUNO SpA”, y “ASESORIAS E INVERSIONES CRP SpA”, todos Av. Apoquindo 3472, oficina 1901, Las Condes, modificaron la sociedad denominada "ASESORIAS BOFILL ESCOBAR LIMITADA", inscrita a fojas 44.620, N° 29792, en el Registro de Comercio del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en siguiente sentido: 1) La sociedad Asesorías e Inversiones BG, cedió y transfirió a la sociedad Asesorías e Inversiones CRP SpA, derechos sociales equivalentes al 0,25% del capital social. 2) La sociedad Inversiones Bahía El Encanto Limitada, cedió y transfirió a la sociedad Asesorías e Inversiones CRP SpA, derechos sociales equivalentes al 0,25% del capital social. Como consecuencia, y con el consentimiento de todos los comparecientes, " Asesorías e Inversiones CRP SpA ", se incorporó como socia. 2) Modificaron estatuto social, en siguiente sentido: (i) sustituyeron el Artículo Quinto por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de veinte millones de Pesos, moneda de curso legal, que los socios han aportado y pagado íntegramente, a entera satisfacción de la sociedad, de la siguiente forma: a) Don Jorge Guillermo Bofill Genzsch aportó y pagó la suma de un millón de pesos, equivalente al cinco por ciento del capital social; b) La sociedad Asesorías e Inversiones BG aportó y pagó la suma de ocho millones setecientos veinticinco mil pesos, equivalentes al cuarenta y tres coma seiscientos veinticinco por ciento del capital social; c) Don Ricardo Humberto Escobar Calderón aportó y pagó la suma de un millón de pesos, equivalente al cinco por ciento del capital social; d) La sociedad Inversiones Bahía El Encanto Limitada aportó y pagó la suma de ocho millones setecientos veinticinco mil pesos, equivalentes al cuarenta y tres coma seiscientos veinticinco por ciento del capital social; e) La sociedad Asesorías El Roble Limitada aportó y pagó la suma de cien mil pesos, equivalentes al cero coma cinco por ciento del capital social; f) La sociedad Asesoría e Inversiones EAD Limitada aportó y pagó la suma de cien mil pesos, equivalentes al cero coma cinco por ciento del capital social; g) La sociedad Servicios Profesionales Quarantuno SpA aportó y pagó la suma de cien mil pesos, equivalentes al cero coma cinco por ciento del capital social, h) La sociedad Asesorías MLSR SpA, antes denominada Asesorías MLSR Limitada, aportó y pagó la suma de ciento cincuenta mil pesos, equivalentes al cero coma setenta y cinco por ciento del capital social, e i) La sociedad Asesorías e Inversiones CRP SpA aportó y pagó la suma de cien mil pesos, equivalentes al cero coma cinco por ciento del capital social. Los socios limitan su responsabilidad personal por las obligaciones sociales al monto de sus respectivos aportes a la sociedad.”. (ii) Sustituyeron el encabezado del Artículo Sexto por el siguiente: “Artículo Sexto: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a los socios, quienes deberán ejercerlas de la forma que se señala a continuación: a/ Los socios don Jorge Guillermo Bofill Genzsch y don Ricardo Humberto Escobar Calderón, actuando separada e indistintamente, o conjuntamente, y anteponiendo a sus firmas la razón social, administrarán y representarán a la sociedad y la obligarán ante terceros con las más amplias facultades; b/ Doña María Loreto Silva Rojas, don Francisco Aninat Urrejola, doña Vanessa Lourdes Facuse Andreucci, don Sebastián Andrés Yanine Montaner, y don César Andrés Ramos Pérez, actuando siempre en forma conjunta dos cualquiera de ellos y anteponiendo a su firma la razón social, la administrarán y representarán a la sociedad y la obligarán ante terceros con las más amplias facultades. Los administradores, don Jorge Guillermo Bofill Genzch, don Ricardo Humberto Escobar Calderón, doña María Loreto Silva Rojas, don Francisco Aninat Urrejola, doña Vanessa Lourdes Facuse Andreucci, don Sebastián Andrés Yanine Montaner y don César Andrés Ramos Pérez, actuando en la forma prevista precedentemente, podrán ejecutar y convenir toda clase de actos y convenciones, sean estas de administración o disposición de bienes y, especialmente, aquellas que, a título meramente ilustrativo, se mencionan a continuación.”. En todo aquello que no ha sido modificado mantiene su vigencia y produce plenos efectos el estatuto social, especialmente la limitación de la responsabilidad personal de los socios por las obligaciones sociales al monto de sus respectivos aportes en la misma. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de agosto de 2022.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
ASESORIAS BOFILL ESCOBAR LIMITADA
CVE 2178070
