Société à responsabilité limitée76.297.670-6

David Araya & Cia Limitada

MODIFICACIÓN — 9 janv. 2023

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2023-01-09Voir le PDF (CVE 2249991)

Informations sociétaires

Ltda
Angol, Araucanía
Durée: cinco años, renovables tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales
Administration: Administración a cargo de DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ

Capital

Capital total

$15.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$14.000.000

Associés (2)

NomParticipation

DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ

Socio

9.xxx.xxx-6

90%

DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA

Socio

18.xxx.xxx-9

10%

Administrateurs (1)

DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ

9.xxx.xxx-6Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 1 juin 2005

    Se constituyó la sociedad DAVID ARAYA & CIA LIMITADA con nombre de fantasía Asesorías Jurídicas Ltda.

    DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ · SYLVIA JESSICA FUENTEALBA MIERES

  2. Cession de droits

    SYLVIA JESSICA FUENTEALBA MIERES cede el 50% de sus derechos a DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA.

    SYLVIA JESSICA FUENTEALBA MIERES · DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA

  3. Changement de capital· 28 décembre 2022

    Se aumenta y fija el capital social en $15.000.000, con aportes de $14.000.000 y $1.000.000.

    DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ · DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA

  4. Autre acte· 28 décembre 2022

    Se modifica el domicilio social a Angol, calle Vergara número 291.

    DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ · DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA

Texte officiel de l’extrait

Charles de la Harpe Palma, Notario Público Titular Comunas Angol y Renaico, con oficio en Angol, Manuel Bunster Nº 341, Comuna Angol. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí, DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, C.I. 9.758.479-6 domicilio en Vergara N° 291 Angol; doña SYLVIA JESSICA FUENTEALBA MIERES, chilena, educadora de párvulos, casada y separada totalmente de bienes, CI 7.974.369-0, domicilio en Pinto N° 166 Collipulli, de paso en esta; y don DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA, chileno, soltero, abogado, CI. 18.321.031-9 domicilio Colhue N° 501 casa 4; modificación sociedad DAVID ARAYA & CIA LIMITADA, con nombre de fantasía Asesorías Jurídicas Ltda. ANTECEDENTES LEGALES. Un extracto de dicha empresa se inscribió a fjs 18 vuelta N° 24, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Angol, año 2005. Dicha empresa no registra modificaciones. - Capital de la Sociedad: $1.000.000. Duración: La sociedad empezará a regir como tal con esta fecha, y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales ROL UNICO TRIBUTARIO N° 76.297.670-6. Domicilio. Angol. Administración: DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ. 1).- CESION DE DERECHOS : A) Por el presente instrumento, doña SYLVIA JESSICA FUENTEALBA MIERES, con el consentimiento de su consocio vende, cede y transfiere el cincuenta por ciento de los derechos en la empresa " DAVID ARAYA & CIA LIMITADA” a don DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA quien compra, acepta y adquiere para sí los referidos derechos. El precio de la cesión es la suma de quinientos mil pesos, que se pagaron en este acto. 2) En virtud de la cesión de derechos detallada precedentemente serán los exclusivos socios en la sociedad DAVID ARAYA & CIA LIMITADA; don DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ y don DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA.- B.-) MODIFICACION DE SOCIEDAD. Los únicos y actuales socios en la sociedad DAVID ARAYA & CIA LIMITADA, los comparecientes don DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ y don DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA, modifican las clausulas QUINTA, SEPTIMA Y DECIMO CUARTO, del primitivo Pacto Social, de fecha uno de Junio del año dos mil cinco, otorgada ante el que fuera Notario de Angol, don Rubén Reinoso Herrera, repertorio número setecientos treinta y cuatro. Uno.- Conforme a ello, se modifica la CLAUSULA QUINTA relativa al capital, El capital de la sociedad será la suma de $15.000.000, suma que los socios aportan y aportaran de la siguiente manera; a) el socio don DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ, aporta la suma de $14.000.000, capital que se entera con la suma de quinientos mil pesos, ya ingresados en la caja social, y el saldo de Trece millones quinientos mil pesos, los enterará en el plazo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, en la medida que lo exijan la necesidades sociales: b) el socio don DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA, aporta la suma de $1.000.000, capital que se entera con la suma de quinientos mil pesos, ya ingresados en la caja social, y el saldo de quinientos mil pesos, los enterará en el plazo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, en la medida que lo exijan la necesidades sociales. Dos.- Se modifica CLAUSULA SEPTIMA relativa a la participación en la utilidades y pérdidas, quedando dicha clausula redactada asi: SEPTIMO: DE LAS GANANCIAS Y PERDIDAS. Las ganancias y pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes, es decir un 90% para el socio DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ y un 10% para el socio DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA, según inventario y balance que se practicará el treinta y uno de diciembre de cada año. Tres.- Se modifica la CLAUSULA DECIMO CUARTA relativa al domicilio social, quedan dicha cláusula redactada asi: DECIMO CUARTO: DEL DOMICILIO.- La sociedad tendrá como domicilio la comuna de Angol, calle Vergara número doscientos noventa y uno para todos los efectos legales, sin perjuicio que pueda establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Angol, 28 de Diciembre de 2022.

ModificationDiario Oficial · 2023-01-05Voir le PDF (CVE 2247037)

Informations sociétaires

Ltda
Vergara N° 291
Durée: cinco años, renovables tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales
Administration: Administrador

Capital

Capital total

$15.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$14.000.000

Associés (2)

NomParticipation

DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ

Socio

9.xxx.xxx-6

90%

DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA

Socio

18.xxx.xxx-9

10%

Administrateurs (1)

DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ

9.xxx.xxx-6Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 1 juin 2005

    Se constituyó la sociedad DAVID ARAYA & CIA LIMITADA.

  2. Cession de droits

    Sylvia Jessica Fuentealba Mieres cede el 50% de sus derechos a David Ignacio Araya Fuentealba.

    SYLVIA JESSICA FUENTEALBA MIERES · DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA

Texte officiel de l’extrait

CHARLES DE LA HARPE PALMA, Notario Público Titular Comunas Angol y Renaico, con oficio en Angol, Manuel Bunster Nº 341, Comuna Angol. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí, DAVID ELIAS AYALA PARRAGUEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, C.I. 9.758.479-6 domicilio en Vergara N° 291 Angol; doña SYLVIA JESSICA FUENTEALBA MIERES, chilena, educadora de párvulos, casada y separada totalmente de bienes, CI 7.974.369-0, domicilio en Pinto N° 166 Collipulli, de paso en esta; y don DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA, chileno, soltero, abogado, CI. 18.321.031-9 domicilio Colhue N° 501 casa 4; modificación sociedad DAVID ARAYA & CIA LIMITADA, con nombre de fantasía Asesorías Jurídicas Ltda. ANTECEDENTES LEGALES. Un extracto de dicha empresa se inscribió a fjs 18 vuelta N° 24, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Angol, año 2005. Dicha empresa no registra modificaciones. - Capital de la Sociedad: $1.000.000. Duración: La sociedad empezará a regir como tal con esta fecha, y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales ROL UNICO TRIBUTARIO N° 76.297.670-6. Domicilio. Angol. Administración: DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ. 1).- CESION DE DERECHOS : A) Por el presente instrumento, doña SYLVIA JESSICA FUENTEALBA MIERES, con el consentimiento de su consocio vende, cede y transfiere el cincuenta por ciento de los derechos en la empresa " DAVID ARAYA & CIA LIMITADA” a don DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA quien compra, acepta y adquiere para sí los referidos derechos. El precio de la cesión es la suma de quinientos mil pesos, que se pagaron en este acto. 2) En virtud de la cesión de derechos detallada precedentemente serán los exclusivos socios en la sociedad DAVID ARAYA & CIA LIMITADA; don DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ y don DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA.- B.-) MODIFICACION DE SOCIEDAD. Los únicos y actuales socios en la sociedad DAVID ARAYA & CIA LIMITADA, los comparecientes don DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ y don DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA, modifican las clausulas QUINTA, SEPTIMA Y DECIMO CUARTO, del primitivo Pacto Social, de fecha uno de Junio del año dos mil cinco, otorgada ante el que fuera Notario de Angol, don Rubén Reinoso Herrera, repertorio número setecientos treinta y cuatro. Uno.- Conforme a ello, se modifica la CLAUSULA QUINTA relativa al capital, El capital de la sociedad será la suma de $15.000.000, suma que los socios aportan y aportaran de la siguiente manera; a) el socio don DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ, aporta la suma de $14.000.000, capital que se entera con la suma de quinientos mil pesos, ya ingresados en la caja social, y el saldo de Trece millones quinientos mil pesos, los enterará en el plazo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, en la medida que lo exijan la necesidades sociales: b) el socio don DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA, aporta la suma de $1.000.000, capital que se entera con la suma de quinientos mil pesos, ya ingresados en la caja social, y el saldo de quinientos mil pesos, los enterará en el plazo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, en la medida que lo exijan la necesidades sociales. Dos.- Se modifica CLAUSULA SEPTIMA relativa a la participación en la utilidades y pérdidas, quedando dicha clausula redactada asi: SEPTIMO: DE LAS GANANCIAS Y PERDIDAS. Las ganancias y pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes, es decir un 90% para el socio DAVID ELIAS ARAYA PARRAGUEZ y un 10% para el socio DAVID IGNACIO ARAYA FUENTEALBA, según inventario y balance que se practicará el treinta y uno de diciembre de cada año. Tres.- Se modifica la CLAUSULA DECIMO CUARTA relativa al domicilio social, quedan dicha cláusula redactada asi: DECIMO CUARTO: DEL DOMICILIO.- La sociedad tendrá como domicilio la comuna de Angol, calle Vergara número doscientos noventa y uno para todos los efectos legales, sin perjuicio que pueda establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Angol, 28 de Diciembre de 2022.

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