Norcym Logistics SpA
Diario Oficial
Información societaria
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Paloma Ximena Alvarado Soto-Aguilar Accionista 16.xxx.xxx-9 | 16.xxx.xxx-9 | 100% | - |
Administradores (2)
PALOMA XIMENA ALVARADO SOTO-AGUILAR
Texto oficial del extracto
Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Amunátegui Nº73, certifico que por escritura pública en que se redujo acta de junta extraordinaria de accionistas de “NORCYM LOGISTICS SpA” de 21 de marzo de 2017, otorgada con fecha 24 de Marzo de 2017 ante mí, Repertorio N° 18.422 del mismo año, y reducida por José Antonio López Vargas, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad número dieciséis millones quinientos noventa y dos mil ciento noventa y ocho guión cuatro, domiciliado en Cristóbal Colón número cuatro mil ciento sesenta y nueve departamento treinta y dos, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, doña Paloma Ximena Alvarado Soto-Aguilar, chilena, casada con separación total de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número dieciséis millones noventa y seis mil doscientos noventa guión nueve, domiciliada en calle Quilín Sur número diez mil seiscientos setenta y cinco, comuna de Peñalolén, dueña del total de las acciones de “NORCYM LOGISTICS SpA”, modificó y reemplazó el artículo duodécimo de sus estatutos sociales, modificación que se reproduce en el extracto que procede: “ARTÍCULO DUODÉCIMO: Se designa administradores, gerentes, y representantes legales a don DAVID ESTEBAN PINEDA ZULETA, chileno, soltero, comerciante, cédula de identidad número quince millones seiscientos diez mil doscientos noventa y ocho guión nueve, domiciliado en Warren Smith cuarenta y siete, departamento sesenta y cuatro, Las Condes, Región Metropolitana, y a doña PALOMA XIMENA ALVARADO SOTO – AGUILAR, chilena, casada con separación total de bienes, ingeniero comercial, con cédula de identidad número dieciséis millones noventa y seis mil doscientos noventa guión nueve, domiciliada en Quilín Sur, diez mil seiscientos setenta y cinco, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, quienes actuando separada e independientemente, y anteponiendo la razón social a su firma, podrán representar a la sociedad y obligarla con las más amplias facultades y atribuciones en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios, y así, actuando de la manera señalada y sin que la enunciación que sigue sea taxativa, podrá: permutar, comprar, aceptar, adquirir, vender, ceder, transferir, disponer, gravar y enajenar toda clase de bienes inmuebles y muebles, valores mobiliarios, títulos de valores, dominios en Internet, títulos de crédito o instrumentos negociables; constituir o aceptar toda clase de cauciones y garantías, en especial fianzas simples o solidarias, prendas con o sin desplazamiento e hipotecas, por o a favor de la Sociedad, alzarlas y cancelarlas; celebrar todos las actos o contratos mediante las cuales se adquiera o transfiera dominio, el uso o el goce de bienes raíces o muebles de toda índole; perfeccionar arrendamientos, leasings, usufructos y censos; girar, aceptar, cancelar, reaceptar, suscribir, endosar, descontar, cobrar y hacer protestar letras de cambio, pagarés a la orden, cheques y toda clase de documentos o títulos de créditos, de pagos y negociables; constituir, modificar, ingresar y retirarse de toda clase de sociedades o comunidades y solicitar o pactar su disolución o Iiquidación; representar a la sociedad con voz y voto, en las Sociedades de que formare parte o sobre las cuales tuviere derechos; contratar, abrir, operar y cerrar cuentas corrientes, de ahorro, de depósito o de crédito, en moneda nacional o extranjera; girar contra ellas o en la línea de crédito asociada a la misma, retirar talonarios de cheques, reconocer saldos, dar orden de no pago a cheques; contratar con bancos de toda especie, perfeccionar operaciones y actos jurídicos tanto con estos como con el Banco Central de Chile y demás instituciones financieras, contratar todo tipo de créditos, sea bajo la forma de contrato de apertura de crédito, préstamos con letras, mutuos con o sin interés, con o sin garantías, simples o hipotecarias, avances contra aceptación o contra Valores, créditos en cuenta corriente, compraventa de cartera o de colocaciones y en cualquier otra forma; celebrar y otorgar préstamos o mutuos con o sin interés y con o sin reajuste; pactar o condonar intereses o reajustes; cobrar y percibir todo cuanto se adeude a la Sociedad por cualquier concepto y otorgar los correspondientes recibos y cancelaciones; ceder y transferir a cualquier título toda clase de créditos y bienes; efectuar o aceptar cesiones de derechos o acciones; pagar, dar en pago y en general, extinguir por cualquier modo las obligaciones contraídas; realizar operaciones de cambio internacional y de comercio exterior, realizando al efecto las importaciones y exportaciones que estimare convenientes, suscribiendo al efecto los contratos, documentos, cartas de crédito y todo otro instrumento que fuere necesario; endosar y retirar cartas de porte; cartas guías, conocimientos de embarque, representar a la sociedad frente at Banco Central e Chile u otros órganos públicos y privados, tales como Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República, Municipalidades, etcétera; celebrar convenciones y actos de toda especie con esas instituciones; celebrar contratos de transporte; realizar toda clase de tramitación o registro de patentes, de marcas comerciales o de invención, de dominios en Internet y modelos industriales; contratar toda clase de seguros, suscribir, endosar y traspasar pólizas; invertir los fondos sociales en bienes de toda clase, en especial efectuar depósitos a la vista o a plazo en instituciones financieras o bancarias, efectuar otras operaciones en fondos mutuos o en cualquier otra forma de inversión o de créditos, sea en valores mobiliarios u otros y enajenarlos en la forma y tiempo que estime conveniente; contratar boletas de garantía; celebrar, modificar y poner término a contratos de trabajo o de prestación de servicios profesionales a honorarios o de otra índole; celebrar toda clase de actos jurídicos o administrativos y contratos o auto contratos; celebrar contratos de factoraje o factoring y todas las operaciones necesarias para el normal desarrollo de este tipo de negocios; participar y perseverar en licitaciones públicas y privadas; representar extrajudicial o judicialmente a la sociedad con plenos poderes, en especial todas las facultades de ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, que se dan por reproducidas; conferir y revocar mandatos, generales o especiales; y delegar todo o Parte de todas las facultades antes mencionadas, ya sea permanentemente o para objetos o cometidos específicos, revocarlas y reasumirlas todas las veces que lo estime necesario; retirar correspondencia, documentos en consignación, encomiendas, giros postales o telegráficos; celebrar cualquier tipo de contrato o convención, pactando en ellos todo tipo de clausulas y acuerdos, fijando deslindes, cabidas, precios, forma de pago, intereses, reajustes, clausulas penales, condiciones, modos y obligaciones en todo orden; modificar, rescindir, resolver, resciliar, y dejar sin efecto esos contratos; en general se le faculta para decidir y perfeccionar todos los negocios y tomar todas las decisiones que estime convenientes a los fines sociales, sin limitación alguna, salvo que la junta de accionistas que lo designe, nombre adicionalmente un gerente financiero, quien reunirá en su persona todas las facultades relativas a los movimientos bancarios de la sociedad y tendrá la facultad exclusiva de autorizar egresos de las cuentas sociales y en general hacer todo lo que se estime necesario para cubrir las necesidades de la sociedad.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 04 de Abril de 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
NORCYM LOGISTICS SpA
CVE 1206204
