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Sociedad por Acciones76.296.522-4

Hisoa SpA

MODIFICACIÓN — 22 jun 2026

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOCIEDAD POR ACCIONES

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2026-06-22Ver PDF (CVE 2827966)

Información societaria

SpA

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto cualesquiera de las actuaciones siguientes tanto en Chile como en el exterior: a) La realización de toda clase de actividades comerciales, incluyendo pero no limitándose a la compra, venta, importación, exportación, comercialización al por mayor y menor, fabricación, mantención, reparación, arrendamiento y transformación, de drones, aeronaves no tripuladas, equipos tecnológicos de monitoreo, vigilancia, captura y procesamiento de datos, dispositivos electrónicos destinados a fines agrícolas, agroindustriales, forestales, industriales, logísticos, medioambientales, de seguridad, privada, vigilancia y actividades afines, así como a toda clase de mercaderías, productos y artículos, como la explotación de toda clase de vehículos y maquinarias; b) La prestación de servicios relacionados con la intermediación, distribución, almacenamiento, transporte internacional y nacional, logística de mercancías, marketing y expansión de canales de venta, gestión comercial y servicios de apoyo empresarial relacionados con los productos y servicios antes indicados; c) La prestación de servicios de asesoría, consultoría, capacitación, soporte técnico, marketing, publicidad, promoción comercial, desarrollo de mercado, administración de canales de venta, representación comercial, intermediación de negocios, mecánicos, de reparaciones y técnicos; d) La adquisición, arrendamiento y administración de bienes muebles e inmuebles, efectos de comercio y valores mobiliarios; e) La ejecución de toda clase de gestiones, negocios y trámites de comercio exterior por cuenta propia o ajena; f) La realización de actividades complementarias o conexas con el objeto social principal, siempre y cuando estén permitidas por la ley y sean compatibles con los intereses de la empresa; g) Todo lo relacionado, de cualquier manera, en la actualidad o en el futuro, con lo indicado en las letras anteriores y en general, la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales; h) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, en Chile o en el extranjero, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora.

Socios (1)

NombreParticipación

SEA FINE S.A.S.

Accionista

59.262.070-7

-

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior CLAUDIA GALINDO LÓPEZ, Abogado, Notario Público Suplente de doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte número quinientos cincuenta y cinco, oficina doscientos uno, comuna de La Condes, según consta en resolución exenta protocolizada en esta Notaria, con fecha quince de junio de dos mil veintiséis, Certifico: Que ante doña Susana Belmonte Aguirre, por escritura pública de fecha 26 de abril de 2026, Repertorio Nº 9394-26, SEA FINE S.A.S. entidad con personalidad jurídica válidamente constituida y vigente conforme con las leyes de la República de Colombia, Número de Identificación Tributaria 901886763, RUT Nº 59.262.070-7, en calidad de Única Accionista de la Sociedad HISOA SpA, RUT Nº 76.296.522-4, conforme consta en el Registro de Accionistas tenido a la vista, debidamente representada por la señora FRANCISCA IGNACIA ANGUITA URRA, modificó el Artículo Cuarto de los Estatutos Sociales, reemplazándolo por el que a continuación se indica: “ARTÍCULO CUARTO: La Sociedad tendrá por objeto cualesquiera de las actuaciones siguientes tanto en Chile como en el exterior: a) La realización de toda clase de actividades comerciales, incluyendo pero no limitándose a la compra, venta, importación, exportación, comercialización al por mayor y menor, fabricación, mantención, reparación, arrendamiento y transformación, de drones, aeronaves no tripuladas, equipos tecnológicos de monitoreo, vigilancia, captura y procesamiento de datos, dispositivos electrónicos destinados a fines agrícolas, agroindustriales, forestales, industriales, logísticos, medioambientales, de seguridad, privada, vigilancia y actividades afines, así como a toda clase de mercaderías, productos y artículos, como la explotación de toda clase de vehículos y maquinarias; b) La prestación de servicios relacionados con la intermediación, distribución, almacenamiento, transporte internacional y nacional, logística de mercancías, marketing y expansión de canales de venta, gestión comercial y servicios de apoyo empresarial relacionados con los productos y servicios antes indicados; c) La prestación de servicios de asesoría, consultoría, capacitación, soporte técnico, marketing, publicidad, promoción comercial, desarrollo de mercado, administración de canales de venta, representación comercial, intermediación de negocios, mecánicos, de reparaciones y técnicos; d) La adquisición, arrendamiento y administración de bienes muebles e inmuebles, efectos de comercio y valores mobiliarios; e) La ejecución de toda clase de gestiones, negocios y trámites de comercio exterior por cuenta propia o ajena; f) La realización de actividades complementarias o conexas con el objeto social principal, siempre y cuando estén permitidas por la ley y sean compatibles con los intereses de la empresa; g) Todo lo relacionado, de cualquier manera, en la actualidad o en el futuro, con lo indicado en las letras anteriores y en general, la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales; h) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, en Chile o en el extranjero, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 15 de junio de 2026.

ModificaciónDiario Oficial · 2025-07-02Ver PDF (CVE 2666647)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administración: Administrador o Gerente General

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto cualesquiera de las actuaciones siguientes tanto en Chile como en el exterior: a) La realización de toda clase de actividades comerciales, incluyendo pero no limitándose a la compra, venta, importación, exportación, comercialización al por mayor y menor, fabricación, reparación y transformación de toda clase de mercaderías, productos o artículos, como la explotación de toda clase de vehículos y maquinarias; b) La prestación de servicios relacionados con el comercio, tales como la intermediación, distribución, almacenamiento, transporte internacional y nacional, y logística de mercancías; c) La asesoría y prestación de todo tipo de servicios mecánicos, de reparaciones y técnicos; d) La adquisición, arrendamiento y administración de bienes muebles e inmuebles, efectos de comercio y valores mobiliarios; e) La ejecución de toda clase de gestiones, negocios y trámites de comercio exterior por cuenta propia o ajena; f) La realización de actividades complementarias o conexas con el objeto social principal, siempre y cuando estén permitidas por la ley y sean compatibles con los intereses de la empresa; g) Todo lo relacionado, de cualquier manera, en la actualidad o en el futuro, con lo indicado en las letras anteriores y en general, la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales; h) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, en Chile o en el extranjero, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$500.000

Capital pendiente

$9.500.000

Acciones

10.000

Socios (1)

NombreParticipación

ASIA ARK TRADING & LOGISTICS (H.K) CO., LIMITED

Accionista

59.251.490-7

10.000 acc.

Historia societaria relatada

  1. Cambio de nombre· 13 de junio de 2025

    STELLA AUSTRALIS SpA cambia su razón social a HISOA SpA y su nombre de fantasía a HISOA.

    STELLA AUSTRALIS SpA · ASIA ARK TRADING & LOGISTICS (H.K) CO., LIMITED

  2. Cambio de capital· 13 de junio de 2025

    Se aumenta el capital social de $500.000 a $10.000.000 y se adecua su división en 10.000 acciones.

    ASIA ARK TRADING & LOGISTICS (H.K) CO., LIMITED

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte número quinientos cincuenta y cinco, oficina doscientos uno, comuna de Las Condes, certifico: Que por escritura pública de fecha 13 junio de 2025, repertorio Nº 18021-25, otorgada ante mí, la sociedad ASIA ARK TRADING & LOGISTICS (H.K) CO., LIMITED, entidad con personalidad jurídica válidamente constituida y vigente conforme con las leyes de la República Popular China, R.U.T Nº 59.251.490-7, debidamente representada, en su calidad de única accionista, modificó de los estatutos de la sociedad “STELLA AUSTRALIS SpA”, RUT Nº 76.296.522-4, entre otras materias, las siguientes: RAZÓN SOCIAL: La Sociedad se denomina “HISOA SpA”, pudiendo actuar, inclusive ante los bancos y el Servicio de Impuestos Internos, con el nombre de fantasía “HISOA”. DOMICILIO: La Sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero; OBJETO: La sociedad tendrá por objeto cualesquiera de las actuaciones siguientes tanto en Chile como en el exterior: a) La realización de toda clase de actividades comerciales, incluyendo pero no limitándose a la compra, venta, importación, exportación, comercialización al por mayor y menor, fabricación, reparación y transformación de toda clase de mercaderías, productos o artículos, como la explotación de toda clase de vehículos y maquinarias; b) La prestación de servicios relacionados con el comercio, tales como la intermediación, distribución, almacenamiento, transporte internacional y nacional, y logística de mercancías; c) La asesoría y prestación de todo tipo de servicios mecánicos, de reparaciones y técnicos; d) La adquisición, arrendamiento y administración de bienes muebles e inmuebles, efectos de comercio y valores mobiliarios; e) La ejecución de toda clase de gestiones, negocios y trámites de comercio exterior por cuenta propia o ajena; f) La realización de actividades complementarias o conexas con el objeto social principal, siempre y cuando estén permitidas por la ley y sean compatibles con los intereses de la empresa; g) Todo lo relacionado, de cualquier manera, en la actualidad o en el futuro, con lo indicado en las letras anteriores y en general, la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales; h) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, en Chile o en el extranjero, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora; ADMINISTRACIÓN SOCIAL: La administración de la Sociedad corresponderá a un Administrador o Gerente General, nombrado en el Artículo Tercero Transitorio, de vigencia no permanente del presente instrumento, quien podrá actuar en su nombre y representación y del que se tomará razón y se subinscribirá al margen de la inscripción de la presente compañía en el Registro de Comercio respectivo. Lo anterior, se entiende sin perjuicio de otros apoderados o administradores que se designen en otros artículos transitorios de los estatutos o en otros instrumentos; CAPITAL: Se aumentó el capital, desde la suma de $500.000 divididos en 500 acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a la suma de $10.000.000, divididos en 10.000 acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, en el siguiente sentido: El capital social de $10.000.000, dividido en 10.000 acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, se suscribe y paga por el accionista ASIA ARK TRADING & LOGISTICS (H.K) CO., LIMITED, al valor inicial de mil pesos por cada acción, según las reglas siguientes: a) 500 acciones fueron adquiridas por el accionista mediante instrumento privado, fechado el 05 de junio de 2025, autorizado en la Undécima Notaría de Santiago de doña Susana Belmonte Aguirre. Tales acciones se encuentran pagadas; b) El aumento de capital que consta en el Artículo Quinto, ascendente a 9.500 acciones, se suscribe íntegramente en este acto por el accionista compareciente en este instrumento, tomando ASIA ARK TRADING & LOGISTICS (H.K) CO., LIMITED 9.500 acciones; c) El Capital correspondiente al aumento de capital se pagará a medida que las necesidades sociales lo requieran, en un plazo máximo de cinco años a contar de este acto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- En Santiago, 30 de junio de 2025.

ModificaciónDiario Oficial · 2017-07-27Ver PDF (CVE 1248115)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

La prestación, representación, promoción y desarrollo de toda clase de servicios de turismo y comerciales, la explotación de agencias de turismo, la compra y venta de pasajes aéreos, marítimos y terrestres, tramitación de visas de todo tipo, así como la organización de toda clase de giras, viajes turísticos y de negocios; efectuar actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión, así como la investigación de mercados, asesoría y consultoría a empresas en materias de marketing, comerciales, financieras, de gestión y de administración en general, incluyendo la prestación de servicios y asesorías integrales a sociedades, empresas, industrias, comercios, personas naturales y jurídicas; la organización de rondas de negocios, misiones, ferias y eventos nacionales e internacionales; la prestación de servicios de traducción e interpretación; la intermediación como comisionista o bróker nacional e internacional; la comercialización, distribución, promoción, publicidad, transporte, producción, procesamiento y fabricación, compra y venta, por cuenta propia o ajena, de toda clase de mercaderías, productos o artículos, y cualquier otro acto o negocio lícito relacionado.

Socios (1)

NombreParticipación

JOSÉ OSVALDO ROJAS GUERRERO

Accionista

100%

Texto oficial del extracto

CLAUDIA GALINDO LÓPEZ, Abogado, Notario Público Suplente de doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE, abogado, Notario Público Titular Undécima Notaría de Santiago, Oficio en Paseo Ahumada 131, oficina 322, comuna de Santiago, certifico: Con fecha 13/07/2017, ante mí, se celebró por escritura pública una modificación de los estatutos sociales de la sociedad “TURISMO STELLA AUSTRALIS SpA”, compareciendo José Osvaldo Rojas Guerrero, chileno, abogado, señalando: SEGUNDO: MODIFICACIÓN DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN. Por este acto, se modifica la cláusula primera de la escritura de constitución, eliminando el vocablo “TURISMO” y quedando en consecuencia, con el siguiente tenor: “PRIMERO: Que por el presente instrumento, viene en otorgar el acto de constitución de una Sociedad por Acciones denominada “STELLA AUSTRALIS SpA”, en adelante también la “Sociedad”, acompañando al efecto los estatutos por los cuales se regirá, los que son del siguiente tenor: “ ESTATUTOS DE STELLA AUSTRALIS SpA ”. TERCERO: MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS PERMANENTES. Por el presente acto, el único accionista de TURISMO STELLA AUSTRALIS SpA, titular del cien por ciento de las acciones con derecho a voto, a saber, JOSÉ OSVALDO ROJAS GUERRERO, viene en modificar los siguientes artículos permanentes de la manera que a continuación se indica: UNO) RAZÓN SOCIAL. Se reemplaza el Artículo Primero por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO: La sociedad se denomina “Stella Australis SpA”, pudiendo actuar, inclusive ante los bancos, municipalidades y el Servicio de Impuestos Internos, con los nombres de fantasía “STELLA AUSTRALIS”, “CHINA UNO”, “CHINA-UNO”, “HOJAS DE TÉ” y “TAURET”. DOS) GIRO. Se reemplaza el ARTÍCULO CUARTO por el que a continuación se transcribe: “ARTÍCULO CUARTO: La Sociedad tendrá por objeto cualesquiera de las actuaciones siguientes, tanto en Chile como en el exterior: a) La prestación , representación, promoción y desarrollo de toda clase de servicios de turismo y comerciales, la explotación de agencias de turismo, la compra y venta de pasajes aéreos, marítimos y terrestres, tramitación de visas de todo tipo, así como la organización de toda clase de giras, viajes turisticos y de negocios; b) Efectuar actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión, así como la investigación de mercados, asesoría y consultoría a empresas en materias de marketing, comerciales, financieras, de gestión y de administración en general, incluyendo la prestación de servicios y asesorías integrales en su más amplio espectro a todo tipo de sociedades, empresas, industrias, comercios, personas naturales y jurídicas; c) La organización por sí o por cuenta de terceros y asesoría para la organización de rondas de negocios, misiones, ferias y eventos tanto nacionales como internacionales; d) La prestación de servicios de traducción e interpretación; e) La intermediación como comisionista o bróker nacional e internacional; f) La comercialización, distribución, promoción, publicidad, transporte, producción, procesamiento y fabricación, compra y venta, por cuenta propia o ajena, a nivel mayorista o minorista, de toda clase de mercaderías, productos o artículos, como la explotación de toda clase de establecimientos comerciales, agrícolas, fabriles e industriales; g) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive, complemente o esté relacionado con los anteriores o sea una consecuencia de ellos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. TRES) Se reemplazan los artículos DÉCIMO SEGUNDO y DÉCIMO TERCERO por los siguientes: “ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: Las Juntas Generales de Accionistas podrán celebrarse en cualquier tiempo y en cualquier lugar, tanto en Chile como en el extranjero, cuando así lo exijan las necesidades sociales; ellas también podrán, sin que la enunciación que sigue sea limitativa, sino meramente ejemplar, adoptar acuerdos sobre las siguientes materias: La modificación de los estatutos sociales; la transformación de la Sociedad en una de otra especie o tipo; la división de la Sociedad o fusión con otra; el establecimiento de un plazo de duración de la Sociedad o de su disolución anticipada; el aumento o disminución del capital social; la aprobación de aportes o estimación de bienes no consistentes en dinero; la adquisición de acciones de su propia emisión; la designación de fiscalizadores de la administración y la aprobación de los balances sociales. En todo caso, ningún acuerdo de la Junta de Accionistas dará derecho a retirarse de la Sociedad.” “ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Las Juntas de Accionistas serán convocadas mediante carta certificada o correo electrónico enviado con, a lo menos, 15 días corridos de anticipación a la fecha de la Junta. Podrán participar en ellas los accionistas por sus acciones pagadas. Los accionistas podrán asistir personalmente, o bien, hacerse representar por otra persona a la que hayan otorgado por escrito un poder suficiente al efecto. La representación deberá conferirse por escrito, por el total de las acciones de las cuales el mandante sea titular a la fecha de la celebración de la junta. Se entenderá que los accionistas participan personalmente en la Junta cuando estén comunicados simultánea y permanentemente a través de medios tecnológicos. Podrán celebrarse válidamente aquellas Juntas a las que concurran la totalidad de las acciones pagadas, aún cuando se realicen fuera del domicilio social o no se hubieren cumplido las formalidades requeridas para su citación. Las disposiciones del estatuto social podrán ser modificadas por acuerdo de la Junta de Accionistas, del que se dejará constancia en un acta que deberá ser protocolizada o reducida a escritura pública. Sin embargo, no se requerirá la celebración de la junta antedicha si la totalidad de los accionistas suscribieren una escritura pública o un instrumento privado protocolizado en que conste tal modificación.” Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Sociedad inscrita a fojas 43.211 número 28.878, del Registro de Comercio del año 2013, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 18/07/2017.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    HISOA SpA

    CVE 2827966

  2. MODIFICACIÓN

    STELLA AUSTRALIS SpA

    CVE 2666647

  3. MODIFICACIÓN

    ESTATUTOS DE STELLA AUSTRALIS SpA

    CVE 1248115

Relaciones societarias

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