Inversiones San Luis Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (9)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
MARÍA ANGÉLICA CERDA ECHEVERRÍA Socio | - | - | - |
MANUEL SERGIO COVARRUBIAS ONFRAY Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
SERGIO MANUEL COVARRUBIAS CERDA Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
ALFONSO JOSÉ COVARRUBIAS CERDA Socio | - | - | - |
MARÍA MAGDALENA COVARRUBIAS CERDA Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
MARÍA JOSEFINA COVARRUBIAS CERDA Socio | - | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 1 de enero de 2013
Constitución de INVERSIONES SAN LUIS LIMITADA inscrita en el Registro de Comercio de Santiago.
- Cesión de derechos· 18 de febrero de 2021
MANUEL SERGIO COVARRUBIAS ONFRAY dona la nuda propiedad del 24,99% de sus derechos sociales a Angélica, Sergio Manuel, Manuel José, Alfonso José, María Magdalena, María Elisa y María Josefina Covarrubias Cerda.
MANUEL SERGIO COVARRUBIAS ONFRAY · ANGÉLICA COVARRUBIAS CERDA · SERGIO MANUEL COVARRUBIAS CERDA · MANUEL JOSÉ COVARRUBIAS CERDA · ALFONSO JOSÉ COVARRUBIAS CERDA · MARÍA MAGDALENA COVARRUBIAS CERDA · MARÍA ELISA COVARRUBIAS CERDA · MARÍA JOSEFINA COVARRUBIAS CERDA
Texto oficial del extracto
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 22 de febrero de 2021, ante mí, doña MARÍA ANGÉLICA CERDA ECHEVERRÍA, don MANUEL SERGIO COVARRUBIAS ONFRAY, doña ANGÉLICA COVARRUBIAS CERDA, don SERGIO MANUEL COVARRUBIAS CERDA, don MANUEL JOSÉ COVARRUBIAS CERDA, don ALFONSO JOSÉ COVARRUBIAS CERDA, doña MARÍA MAGDALENA COVARRUBIAS CERDA, doña MARÍA ELISA COVARRUBIAS CERDA y doña MARÍA JOSEFINA COVARRUBIAS CERDA, todos domiciliados para estos efectos en calle Flor de Azucena N°111, oficina 61-B, comuna de Las Condes, de paso en esta, Región Metropolitana, celebraron “Da cuenta de hecho que indica y modificación de estatutos sociales INVERSIONES SAN LUIS LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 52.746 N°35.177 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 2013, y acordaron lo siguiente: I. Da cuenta de hecho que indica: Por escritura pública de fecha 18 de febrero de 2021, otorgada en esta misma Notaría, se celebró “Donación Manuel Sergio Covarrubias Onfray a Angélica Covarrubias Cerda y otros”, mediante la cual, don MANUEL SERGIO COVARRUBIAS ONFRAY donó, por acto entre vivos, gratuita e irrevocablemente, como mera liberalidad, y en iguales partes, a doña ANGÉLICA, don SERGIO MANUEL, don MANUEL JOSÉ, don ALFONSO JOSÉ, doña MARÍA MAGDALENA, doña MARÍA ELISA, y doña MARÍA JOSEFINA, todos de apellidos COVARRUBIAS CERDA, la nuda propiedad sobre un 24,99% del total de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES SAN LUIS LIMITADA, donatarios que en el mismo acto aceptaron y notificaron la aceptación de la donación, cumpliéndose de esta manera lo exigido por el artículo 1.386 y 1.412 del Código Civil. II. Modificación de estatutos: Como consecuencia de la donación de la nuda propiedad de los derechos sociales, los socios de la sociedad INVERSIONES SAN LUIS LIMITADA acordaron modificar el artículo tercero de los estatutos sociales, relativo al capital social, que tendrá el tenor que se indica a continuación: “Artículo Tercero. Capital. El capital de la sociedad es la suma única y total de un millón de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: (a) don MANUEL SERGIO COVARRUBIAS ONFRAY, con la plena propiedad sobre el cero coma cero uno por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, y el usufructo vitalicio sobre el veinticuatro coma noventa y nueve por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha; (b) doña MARÍA ANGÉLICA CERDA ECHEVERRÍA, con la plena propiedad sobre el cero coma cero tres por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y el usufructo vitalicio sobre el treinta y nueve coma noventa y siete por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha; (c) doña ANGÉLICA COVARRUBIAS CERDA, con la plena propiedad sobre el cinco por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el nueve coma veintiocho por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha; (d) don SERGIO MANUEL COVARRUBIAS CERDA, con la plena propiedad sobre el cinco por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el nueve coma veintiocho por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha; (e) don MANUEL JOSÉ COVARRUBIAS CERDA, con la plena propiedad sobre el cinco por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el nueve coma veintiocho por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha; (f) don ALFONSO JOSÉ COVARRUBIAS CERDA, con la plena propiedad sobre el cinco por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el nueve coma veintiocho por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha; (g) doña MARÍA MAGDALENA COVARRUBIAS CERDA, con la plena propiedad sobre el cinco por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el nueve coma veintiocho por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha; (h) doña MARÍA ELISA COVARRUBIAS CERDA, con la plena propiedad sobre el cinco por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el nueve coma veintiocho por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha; e, (i) doña MARÍA JOSEFINA COVARRUBIAS CERDA, con la plena propiedad sobre el cinco por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el nueve coma veintiocho por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.” III. Ratificación de estatutos sociales: Los socios acordaron que en todo lo no modificado, seguirá plenamente vigente el pacto social de la sociedad INVERSIONES SAN LUIS LIMITADA. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 11 de marzo de 2021. M. Medina R. Notario Público.
Información societaria
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (9)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
MARÍA ANGÉLICA CERDA ECHEVERRÍA Socio | - | 0.03% | $1.000.000 |
MANUEL SERGIO COVARRUBIAS ONFRAY Socio | - | 25% | $1.000.000 |
Socio | - | 10.71% | $1.000.000 |
SERGIO MANUEL COVARRUBIAS CERDA Socio | - | 10.71% | $1.000.000 |
Socio | - | 10.71% | $1.000.000 |
ALFONSO JOSÉ COVARRUBIAS CERDA Socio | - | 10.71% | $1.000.000 |
MARÍA MAGDALENA COVARRUBIAS CERDA Socio | - | 10.71% | $1.000.000 |
Socio | - | 10.71% | $1.000.000 |
MARÍA JOSEFINA COVARRUBIAS CERDA Socio | - | 10.71% | $1.000.000 |
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 29 de diciembre de 2020
María Angélica Cerda Echeverría dona la nuda propiedad del 39,97% de sus derechos sociales a varios integrantes de la familia Covarrubias Cerda
MARÍA ANGÉLICA CERDA ECHEVERRÍA · ANGÉLICA COVARRUBIAS CERDA · SERGIO MANUEL COVARRUBIAS CERDA · MANUEL JOSÉ COVARRUBIAS CERDA · ALFONSO JOSÉ COVARRUBIAS CERDA · MARÍA MAGDALENA COVARRUBIAS CERDA · MARÍA ELISA COVARRUBIAS CERDA · MARÍA JOSEFINA COVARRUBIAS CERDA
Texto oficial del extracto
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 06 de enero de 2021, ante mí, doña MARÍA ANGÉLICA CERDA ECHEVERRÍA, don MANUEL SERGIO COVARRUBIAS ONFRAY, doña ANGÉLICA COVARRUBIAS CERDA, don SERGIO MANUEL COVARRUBIAS CERDA, don MANUEL JOSÉ COVARRUBIAS CERDA, don ALFONSO JOSÉ COVARRUBIAS CERDA, doña MARÍA MAGDALENA COVARRUBIAS CERDA, doña MARÍA ELISA COVARRUBIAS CERDA y doña MARÍA JOSEFINA COVARRUBIAS CERDA, todos domiciliados, para estos efectos, en calle Flor de Azucenas número 111, oficina 61-B, comuna de Las Condes, de paso en esta, Región Metropolitana, y celebraron “Da cuenta de hecho que indica y modificación de estatutos sociales INVERSIONES SAN LUIS LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 52.746 N°35.177 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 2013, y acordaron lo siguiente: I. Da cuenta de hecho que indica: Por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2020, y ante esta misma notaría, se celebró “Donación María Angélica Cerda Echeverría a Angélica Covarrubias Cerda y otros”, mediante la cual, doña MARÍA ANGÉLICA CERDA ECHEVERRÍA donó, por acto entre vivos, gratuita e irrevocablemente, como mera liberalidad, y en iguales partes, a doña ANGÉLICA, don SERGIO MANUEL, don MANUEL JOSÉ, don ALFONSO JOSÉ, doña MARÍA MAGDALENA, doña MARÍA ELISA, y doña MARÍA JOSEFINA, todos de apellidos COVARRUBIAS CERDA, la nuda propiedad sobre un 39,97% del total de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES SAN LUIS LIMITADA, donatarios que en el mismo acto, aceptaron y notificaron la aceptación de la donación, cumpliéndose de esta manera lo exigido por el artículo 1.386 y 1.412 del Código Civil. II. Modificación de estatutos: Como consecuencia de la donación de los derechos sociales, los socios de la sociedad INVERSIONES SAN LUIS LIMITADA acordaron modificar el artículo tercero de los estatutos sociales, relativo al capital social, que tendrá el tenor que se indica a continuación: “Artículo Tercero. Capital. El capital de la sociedad es la suma única y total de un millón de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: (a) don MANUEL SERGIO COVARRUBIAS ONFRAY, con la propiedad plena sobre el veinticinco por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha; (b) doña MARÍA ANGÉLICA CERDA ECHEVERRÍA, con la plena propiedad sobre el cero coma cero tres por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y el usufructo vitalicio sobre el treinta y nueve coma noventa y siete por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha; (c) doña ANGÉLICA COVARRUBIAS CERDA, con la plena propiedad sobre el cinco por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el cinco coma setenta y un por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha; (d) don SERGIO MANUEL COVARRUBIAS CERDA, con la plena propiedad sobre el cinco por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el cinco coma setenta y un por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha; (e) don MANUEL JOSÉ COVARRUBIAS CERDA, con la plena propiedad sobre el cinco por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el cinco coma setenta y un por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha; (f) don ALFONSO JOSÉ COVARRUBIAS CERDA, con la plena propiedad sobre el cinco por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el cinco coma setenta y un por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha; (g) doña MARÍA MAGDALENA COVARRUBIAS CERDA, con la plena propiedad sobre el cinco por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el cinco coma setenta y un por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha; (h) doña MARÍA ELISA COVARRUBIAS CERDA, con la plena propiedad sobre el cinco por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el cinco coma setenta y un por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha; e, (i) doña MARÍA JOSEFINA COVARRUBIAS CERDA, con la plena propiedad sobre el cinco por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social y la nuda propiedad sobre el cinco coma setenta y un por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital social, íntegramente pagados y enterados con anterioridad a esta fecha. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.” III. Ratificación de estatutos sociales: Los socios acordaron que en todo lo no modificado, seguirá plenamente vigente el pacto social de la sociedad INVERSIONES SAN LUIS LIMITADA. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 29 de enero de 2021. M. Medina R. Notario Público.
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CVE 1892384
