Sociedad de Responsabilidad Limitada76.276.319-2

Prestaciones Médicas Y De Enfermería Limitada

MODIFICACIÓN — 3 oct 2018

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2018-10-03Ver PDF (CVE 1471835)

Información societaria

Ltda
Presidente Ibáñez 0224
Administración: Socio que actúe en representación de la compañía

Texto oficial del extracto

JUAN CARLOS SAN MARTÍN MOLINA, Notario Titular Primera Notaría Coyhaique, 21 de Mayo 551, certifica: Por escritura de fecha 26 de septiembre de 2018, ante mí, RODRIGO PATRICIO PARRA SALAZAR y MARLENE ELIZABETH FARFÁN PALMA, ambos domiciliados en Presidente Ibáñez 0224, Coyhaique, modificaron cláusula cuarta estatutos sociedad “PRESTACIONES MÉDICAS Y DE ENFERMERÍA LIMITADA”, constituida por escritura pública 6 mayo 2013 Segunda Notaría Coyhaique de don Teodoro Patricio Durán Palma, extracto publicado en edición 40.554 Diario Oficial de 9 mayo 2013 e inscrito fojas 312 N° 92 Registro Comercio año 2013 Conservador Comercio Coyhaique, otorgando al socio que actúe en representación de la compañía las siguientes nuevas facultades: 1) Colocar y retirar dineros, sea en moneda nacional o extranjera, y valores en depósito, custodia o garantía y cancelar los certificados respectivos; tomar y cancelar vales vista, tomar y renovar boletas bancarias o boletas de garantía, ya sea a crédito o en efectivo, en moneda nacional o extranjera, en Unidades de Fomento, en Unidades Tributarias, o en cualquiera otra modalidad; celebrar toda clase contratos de futuros, swaps, opciones y en general con instrumentos derivados; 2) Ejercitar y renunciar a la acción resolutoria y en general ejercitar y renunciar a todas las acciones y derechos que correspondan a la sociedad en los contratos en que actualmente tuviere celebrados o celebre en lo sucesivo, de cualquiera naturaleza que sean; y en los cuasicontratos que, a su favor o en contra, hubieren nacido o nacieren más tarde; y aceptar sus renuncias; 3) Celebrar contratos de trabajo, pudiendo convenir sus condiciones, modificaciones, fijar y estipular remuneraciones y salarios, funciones o labores, ponerles término de acuerdo a la legislación vigente y suscribir los recibos, finiquitos y demás resguardos que fuere necesario respecto de las obligaciones que emanen de dichos contratos, pudiendo, en caso necesario, representar a la sociedad ante todo tipo de autoridades, sean del ámbito privado como público, tales como la Dirección del Trabajo, la Inspección del Trabajo, la Secretaría Regional Ministerial del Trabajo, suscribiendo ante ellas todos los documentos que sea menester; 4) Tomar posesión de bienes, firmando las actas e instrumentos correspondientes; constituir y aceptar prohibiciones de gravar y/o de enajenar; pedir y aceptar adjudicaciones de toda clase de bienes; 5) Otorgar mandatos y poderes generales o especiales, y delegar las facultades conferidas, total o parcialmente, con o sin reservas, condiciones o plazos, y cuantas veces lo estime conveniente; revocar, en cualquier tiempo, tanto los poderes que confiere el mandante como los que otorgue el mandatario y sea que estén actualmente en vigor o se confieran en el futuro, modificarlos, delegar y reasumir, en todo o en parte, sus atribuciones de administración delegadas o subdelegadas, o los poderes o representación que la sociedad detente, de terceros, en cualquier persona natural o jurídica; 6) Comprar y adquirir toda clase de establecimientos y negocios, el activo y/ o el pasivo de cualquier empresa o sociedad, ya sea con la integración de sus capitales, sea con la utilización de reservas u otros bienes que destine al efecto; entregarlos en arrendamiento y explotarlos; 7) Realizar toda clase de operaciones de cambios internacionales, en especial, comprar y vender y, en general, enajenar divisas, al contado o a futuro, con o sin condiciones, provengan del comercio exterior, visible o invisible, hacer conversiones y pactar arbitrajes; contratar cartas de créditos o acreditivos; solicitar giros de cheques y otros documentos en moneda extranjera y hacer declaraciones juradas; 8) Depositar y retirar mercaderías o bienes en almacenes generales de depósito y en Almacenes de Aduanas, dejar mercaderías en consignación y otorgar mandatos al efecto, endosar vales de depósito y de prenda. Dar y recibir cosas en depósito, sea necesario o voluntario y en secuestro. Entregar en depósito valores de oferta pública, en empresas de depósito de valores y adquirir y transferir, incluso, los que están en depósito y ejercer todos los derechos de depositante, según la Ley dieciocho mil ochocientos setenta y seis; 9) Realizar toda clase de operaciones de bolsa y corretaje, comprar y vender bonos, fondos mutuos, acciones y valores mobiliarios en general, con o sin garantía, con o sin pacto de retroventa o recompra; suscribir bonos, letras de crédito y acciones y 10) abrir cuentas de ahorro, a la vista o a plazo, hacer depósitos en ellas, retirar fondos total o parcialmente, cerrar las cuentas y en general efectuar todo tipo de inversiones.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Coyhaique, 29 de septiembre de 2018.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    PRESTACIONES MÉDICAS Y DE ENFERMERÍA LIMITADA

    CVE 1471835

Relaciones societarias

PRESTACIONES MÉDICAS Y DE ENFERMERÍA LIMITADA

Sin relaciones societarias vinculadas por ahora