Inversiones Invernova SpA
Nombre registral: INVERSIONES INVERNOVA LIMITADA
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
a) La constitución, adquisición, inversión y participación en toda clase de sociedades, sean estás de personas, de capital, o de cualquier tipo, y cualquier otro tipo de asociación, fondo o entidad lucrativa y/o de negocios, tanto en Chile como en el extranjero; b) La inversión, por cuenta propia o ajena, en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, materiales o inmateriales, tangibles e intangibles, entre otros; bienes raíces, incluyendo todo tipo de inversiones y negocios inmobiliarios; acciones, bonos o debentures; patentes, marcas comerciales y otros bienes de igual naturaleza y, en general, la inversión en cualquier clase de valores mobiliarios y cualquier otro tipo de bienes; y c) Los demás negocios que los socios acordaren en relación con el objeto social
Capital
Capital total
$617.539.610
Capital pagado
$617.539.610
Capital pendiente
$0
Acciones
1.000.000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ANTONIO MARÍA VÁSQUEZ GUERRERO Accionista | - | 100% | $617.539.610 |
Historia societaria relatada
- Otro acto· 7 de diciembre de 2022
Se transforma INVERSIONES INVERNOVA LIMITADA en una sociedad por acciones denominada INVERSIONES INVERNOVA SpA.
ANTONIO MARÍA VÁSQUEZ GUERRERO · JULIO CÉSAR VÁSQUEZ ORTIZ
- Cesión de derechos· 7 de diciembre de 2022
Antonio María Vásquez Guerrero pasa a ser único accionista por compraventa y cesión de acciones.
ANTONIO MARÍA VÁSQUEZ GUERRERO · JULIO CÉSAR VÁSQUEZ ORTIZ
- Cambio de capital· 7 de diciembre de 2022
Se redenomina el capital de USD $30.000 a CLP $26.532.200, luego se capitaliza una reserva por $5.220.755 y finalmente se aumenta el capital a $617.539.610 mediante aporte de derechos sociales en otras sociedades.
ANTONIO MARÍA VÁSQUEZ GUERRERO
Texto oficial del extracto
PATRICIA PARAM SARRAS, abogada, Notario Público de Santiago, Suplente de la Titular de la Notaría N°37 de doña Nancy de la Fuente Hernández, con oficio en Huérfanos N°1117, oficina 1014, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 07.12.2022, Rep. N° 3958, ante mi titular, don ANTONIO MARÍA VÁSQUEZ GUERRERO, y don JULIO CÉSAR VÁSQUEZ ORTIZ ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco 5561 oficina 402, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, únicos socios de la sociedad INVERSIONES INVERNOVA LIMITADA inscrita a fojas 26.686 N° 17.733, del Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2013, acordaron lo siguiente: A) Transformación de sociedad. Se acuerda la transformación de INVERSIONES INVERNOVA LIMITADA al tipo social de una sociedad por acciones. NOMBRE O RAZON SOCIAL: INVERSIONES INVERNOVA SpA. OBJETO: a) La constitución, adquisición, inversión y participación en toda clase de sociedades, sean estás de personas, de capital, o de cualquier tipo, y cualquier otro tipo de asociación, fondo o entidad lucrativa y/o de negocios, tanto en Chile como en el extranjero; b) La inversión, por cuenta propia o ajena, en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, materiales o inmateriales, tangibles e intangibles, entre otros; bienes raíces, incluyendo todo tipo de inversiones y negocios inmobiliarios; acciones, bonos o debentures; patentes, marcas comerciales y otros bienes de igual naturaleza y, en general, la inversión en cualquier clase de valores mobiliarios y cualquier otro tipo de bienes; y c) Los demás negocios que los socios acordaren en relación con el objeto social.- CAPITAL: USD $30.000 dividido en 1.000.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, de una sola serie y sin valor nominal que se encuentran suscritas y pagadas según se señala en la escritura extractada. B) Modificación social. Acto seguido, ANTONIO MARÍA VÁSQUEZ GUERRERO, en calidad de único accionista de INVERSIONES INVERNOVA SpA, conforme a la compraventa y cesión de acciones que consta en la misma escritura, modifica la sociedad en el siguiente sentido: Uno. Modifica el capital social en el sentido que se redenomina su moneda a pesos chilenos, de tal forma que, pasa de ser de la suma de USD $30.000, a la suma de CLP $26.532.200. Dos. Se capitaliza la cuenta patrimonial de “cuenta RESERVA DE REVALORIZACIÓN DELCAPITAL”, por la suma de $5.220.755, de tal forma, el capital social se incrementa desde la suma de $26.532.200 a la suma de $31.762.955.- Tres. Acto seguido, se aumenta el capital social desde la suma de $31.762.955 a la suma de $617.539.610 mediante el aporte en dominio, cesión y transferencia de los siguientes derechos sociales: a) El total de los derechos sociales que don ANTONIO MARÍA VÁSQUEZ GUERRERO detenta en la sociedad INVERSIONES METALES DEL CENTRO LIMITADA, equivalentes al 15,5% del capital social de dicha sociedad, y que se valorizan a costo tributario, esto es en la suma de $230.602.188.- B. El total de los derechos sociales que don ANTONIO MARÍA VÁSQUEZ GUERRERO detenta en la sociedad INVERSIONES METALES DEL NORTE LIMITADA, equivalentes al 16,17% del capital social de dicha sociedad, y que se valorizan a costo tributario, esto es en la suma de $207.534.679.- y, C. El total de los derechos sociales que don ANTONIO MARÍA VÁSQUEZ GUERRERO detenta en INVERSIONES METALES DEL SUR LIMITADA, equivalentes al 17,71% del capital social de dicha sociedad, y que se valorizan a costo tributario, esto es en la suma de $147.639.788.- Conforme a las modificaciones antes realizadas se reemplaza el artículo quinto de los estatutos sociales, por el siguiente “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma seiscientos diecisiete millones quinientos treinta y nueve mil seiscientos diez pesos, dividido en un millón de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, totalmente suscritas y pagadas” Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 04 de enero de 2023.
Información societaria
Capital
Capital total
US$50.000
Capital pagado
US$50.000
Capital pendiente
US$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ANTONIO MARÍA VÁSQUEZ GUERRERO Socio | - | 99.9% | US$49.950 |
JULIO CÉSAR VÁSQUEZ ORTIZ Socio | - | 0.1% | US$50 |
Representación legal (3)
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos
Gabriel Jaime Vásquez Guerrero cede la totalidad de sus derechos, equivalentes al 0,1% del capital social, a Julio César Vásquez Ortiz.
GABRIEL JAIME VÁSQUEZ GUERRERO · JULIO CÉSAR VÁSQUEZ ORTIZ
Texto oficial del extracto
NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Notario Público de Santiago, Titular 37° Notaría, Huérfanos 1117 oficina 1014, Santiago, certifica: que por escritura pública de esta fecha, ante mí, comparecieron: por un lado RODOLFO PORTE MUNIZAGA, en representación de ANTONIO MARÍA VÁSQUEZ GUERRERO y GABRIEL JAIME VÁSQUEZ GUERRERO, y JULIO CÉSAR VÁSQUEZ ORTIZ, todos domiciliados en Huérfanos 786, oficina 910, comuna y ciudad de Santiago, modificaron la sociedad INVERSIONES INVERNOVA LIMITADA, inscrita a fojas 26.686, número 17733, del Registro de Comercio del CBR de Santiago, año 2013, en el siguiente sentido: 1) Con el consentimiento de su socio, GABRIEL JAIME VÁSQUEZ GUERRERO vendió, cedió y transfirió la totalidad de los derechos de que es titular en INVERSIONES INVERNOVA LIMITADA, los que representan el 0,1% del capital social, a don JULIO CÉSAR VÁSQUEZ ORTIZ, en la suma de $657.038.-. 2) Producto de la cesión de derechos, quedan como únicos socios de la sociedad ANTONIO MARÍA VÁSQUEZ GUERRERO y JULIO CÉSAR VÁSQUEZ ORTIZ. 3) Se modifica el artículo primero de los estatutos sociales, siendo reemplazado por el siguiente: “Don ANTONIO MARÍA VASQUEZ GUERRERO y don JULIO CÉSAR VÁSQUEZ ORTIZ son los únicos y actuales socios de la sociedad comercial de responsabilidad limitada cuyos estatutos se establecen en las cláusulas siguientes, constituida de acuerdo a la ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, teniendo además presente las disposiciones del Código Civil y de Comercio, y demás normas supletorias en todo lo que no se hubiere estipulado en este contrato.” 4) Se modifica el artículo sexto de los estatutos sociales, siendo reemplazado por el siguiente: El capital social es la suma de cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América, que los socios aportan en la siguiente proporción: a) don ANTONIO MARÍA VÁSQUEZ GUERRERO aporta la suma de cuarenta y nueve mil novecientos cincuenta dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes al noventa y nueve coma nueve por ciento del capital social, ya enterado en caja social; y b) don JULIO CÉSAR VÁSQUEZ ORTIZ aporta la suma de cincuenta dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes al cero coma uno por ciento del capital social, ya enterado en caja social. Asimismo, los socios acuerdan expresamente que, no obstante que el capital social capital social constituye una obligación en dólares de los Estados Unidos de América, excepcionalmente se autorizará a título de dación en pago, el pago en moneda nacional, sólo en el evento que dicho pago corresponda a reinversiones de utilidades desde otras sociedades chilenas en las cuales éstos puedan tener participación, con el objeto exclusivo de facilitar dicho proceso de reinversión y en la medida que sea necesario para cumplir cabalmente los requisitos legales, reglamentarios y administrativos para su perfeccionamiento, como asimismo, con las obligaciones de información ante el Servicio de Impuestos Internos y demás autoridades pertinentes. El capital enterado bajo esta especial modalidad, se considerará pagado al tipo de cambio vigente a la fecha del pago en moneda nacional. Sin embargo, una vez recibida la reinversión por parte de la sociedad, ésta deberá convertir a dólares las sumas recibidas en moneda nacional para proceder a su ingreso a la caja social, dentro del plazo máximo de quince días hábiles. Cualquier diferencia cambiaria que se produzca en el proceso con relación al tipo de cambio a la fecha de la reinversión deberá ser cubierta y será de cargo exclusivo del socio aportante, quien deberá pagar dicho diferencial en dólares dentro del plazo de treinta días o dentro del tiempo que reste para el cumplimiento del plazo del pago del capital pactado, si fuere este último menor. De producirse un remanente a favor de un socio en la operación cambiaria, la sociedad imputará los respectivos dólares al saldo pendiente por enterar del capital que corresponda al respectivo socio o procederá a su devolución en caso que dicho saldo se haya extinguido. En caso que la sociedad no proceda a efectuar la operación cambiaria dentro del plazo máximo señalado, cualquier diferencia será de su cargo”. // En todo lo no modificado se mantiene plenamente vigente el estatuto social, en especial respecto a la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 26 de Abril de 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES INVERNOVA LIMITADA
CVE 2248069
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES INVERNOVA LIMITADA
CVE 1209761
