Agricola Epple Y Heinrich Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
actividades agrícolas, frutícola, ganaderas, forestales, actividades de servicios agrícolas, frutícolas, ganaderos y forestales, cultivo de productos agrícolas en combinación con cría de animales, comercialización, exportación e importación de productos, insumos, equipos y maquinarias agrícolas. La sociedad podrá desarrollar, además, toda otra actividad o negocio relacionado con el objeto principal, que acuerden los socios efectuar.
Capital
Capital total
$823.920.000
Capital libéré
$0
Capital restant dû
$823.920.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
SERVICIOS AYG LTDA Socio 76.273.662-4 | 76.273.662-4 | 50% | $411.960.000 |
JAIME OSVALDO HEINRICH COMMENTZ Socio 9.xxx.xxx-6 | 9.xxx.xxx-6 | 50% | $411.960.000 |
Administrateurs (2)
JAIME OSVALDO HEINRICH COMMENTZ
Texte officiel de l’extrait
El Registro de Empresas y Sociedades, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449 torre 2 piso 11, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, certifica que, según consta en el Estatuto Actualizado, Servicios Ayg Ltda, RUN: 76.273.662-4, con domicilio en: Fundo Las Vertientes km 4 camino Las Quemas N° S/N, OSORNO, región de LOS LAGOS, Jaime Osvaldo Heinrich Commentz, RUN: 9.026.837-6, con domicilio en: Fundo Curihuilo N° s/n, RIO BUENO, región de LOS RIOS, son los únicos socios de una sociedad de responsabilidad limitada, constituida e inscrita en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades con fecha 05 de agosto del 2021, regida por la Ley 3.918, sus modificaciones y demás leyes pertinentes, de cuyo estatuto actualizado se extracta lo siguiente: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: AGRICOLA EPPLE Y HEINRICH LIMITADA . NOMBRE DE FANTASÍA: AGRICOLA E y H Ltda. OBJETO: actividades agrícolas, frutícola, ganaderas, forestales, actividades de servicios agrícolas, frutícolas, ganaderos y forestales, cultivo de productos agrícolas en combinación con cría de animales, comercialización, exportación e importación de productos, insumos, equipos y maquinarias agrícolas. La sociedad podrá desarrollar, además, toda otra actividad o negocio relacionado con el objeto principal, que acuerden los socios efectuar. DOMICILIO: Comuna de Rio bueno, región De los rios, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura por un plazo de 10 años renovable sucesivamente, por un plazo de 5 años, y no termina con la muerte de algún socio. No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, expiración, insolvencia, quiebra, interdicción o incapacidad sobrevinientede cualquiera de los actuales o futuros socios. En caso de fallecer uno de los socios, lasociedad continuará entre los otros socios y los herederos de aquél, quienes deberánhacerse representar ante la sociedad por un mandatario común y único, que ademásdeberá ser persona natural. En caso de fallecer o quedar incapacitado cualquiera de lossocios administradores, la administración de la sociedad y el uso de la razón socialcorresponderán exclusivamente a los otros socios administradores, en caso de haberlos, y una vez que los herederos o representantes del socio fallecido o incapacitado designen un mandatario común, la administración continuará siendo ejercida en conjunto por los socios administradores y el mandatario común que designen los herederos del socio fallecido o representantes del socio incapacitado.En caso de no existir otros socios con facultades administradoras, la administraciónpasará a todos los socios actuando conjuntamente. La renovación automática quedará sinefecto mediante escritura pública Anotada en el Registro con al menos un año deanticipación al vencimiento, en la que cualquier socio manifieste dicha voluntad. CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $823.920.000 pesos, de los cuales se han enterado $0 de pesos y quedan por enterar $823.920.000 pesos; que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones de la forma siguiente: A) SERVICIOS AYG LTDA se obliga a enterar el equivalente al 50 por ciento del capital social, mediante el aporte de $411.960.000 pesos que enterará en dinero efectivo, a más tardar dentro del plazo de 48 mes(es) contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; B) JAIME OSVALDO HEINRICH COMMENTZ se obliga a enterar el equivalente al 50 por ciento del capital social, mediante el aporte de $411.960.000 pesos que enterará en especie consistente en un inmueble denominado lote a-3b de 34,109 héctáreas inscrito a fojas 196 vuelta número 209 del registro de propiedad del año 2014 del conservador de bienes raíces de río bueno, avaluado de común acuerdo en $ 411.960.000, a más tardar dentro del plazo de 6 mes(es) contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: GERMÁN ALFREDO EPPLE IDE, JAIME OSVALDO HEINRICH COMMENTZ, cualquiera indistintamente. Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones en estatuto actualizado extractado.
Informations sociétaires
Objet social
Se agrega que la sociedad podrá realizar cualquier actividad agrícola en el rubro ganadero, frutícola, hortícola, de viveros, forestal, producción de flores y cualquier otra actividad que los socios acuerden relacionada con la anterior, tanto en predios propios como de terceros.
Capital
Capital total
$500.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 80% | - |
JENNIFER ELAINE MAC DONALD SALAS Socio | - | 20% | - |
Administrateurs (2)
JENNIFER ELAINE MAC DONALD SALAS
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 26 mars 2013
Luis Alfredo Epple Appel y Germán Alfredo Epple Ide constituyen Servicios A&G Limitada con capital de $500.000.
- Cession de droits
Luis Alfredo Epple Appel cede el 30% de sus derechos sociales a Germán Alfredo Epple Ide por $4.800.000.
- Cession de droits
Luis Alfredo Epple Appel cede el 20% de sus derechos sociales a Jennifer Elaine Mac Donald Salas por $3.200.000.
- Retrait d’un associé
Luis Alfredo Epple Appel deja de ser socio de la sociedad.
- Changement d’administrateur
La administración se radica exclusivamente en Germán Alfredo Epple Ide y, en caso de fallecimiento, pasará a Jennifer Elaine Mac Donald Salas.
Texte officiel de l’extrait
RODRIGO PATRICIO CESAR FERRER FIGUEROA, Abogado, Notario y Conservador de Bienes Raíces de las comunas de Río Negro y Purranque, oficio Vicuña Mackenna N. 243 Río Negro, certifica por escritura pública de fecha 13/07/2021, ante mí, Rp. 654-2021; comparecen don LUIS ALFREDO EPPLE APPEL, don GERMAN ALFREDO EPPLE IDE, y doña JENNIFER ELAINE MAC DONALD SALAS, todos domiciliados en el Fundo Las Vertientes, kilómetros cuatro sector Las Quemas de la Comuna de Osorno y de paso en esta ciudad y exponen. PRIMERO. Don Luís Alfredo Epple Appel y don Germán Alfredo Epple Ide declaran que por escritura pública de fecha veintiséis de Marzo del año dos mil trece, Repertorio número doscientos veintiuno guion dos mil trece suscrita en la Notaria de Río Negro de don Rodrigo Ferrer Figueroa, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es SERVICIOS A&G LIMITADA , Rol Único Tributario número setenta y seis millones doscientos setenta y tres mil seiscientos sesenta y dos guion cuatro pacto social que se encuentra inscrito a fojas setenta y uno número treinta y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Río Negro del año dos mil trece y se público en extracto en el Diario Oficial de la República de Chile en su edición de fecha veintiséis de Marzo del año dos mil trece. Capital $500.000.- SEGUNDO. Por el presente instrumento don Luís Alfredo Epple Appel declara ser dueño del cincuenta por ciento del haber social de la sociedad SERVICIOS A & G LIMITADA. Por el presente instrumento don Luís Alfredo Eppe Appel viene en ceder y transferir a don Germán Alfredo Epple Ide quien compra y acepta para si el treinta por ciento del haber social del cual es dueño el vendedor en la referida sociedad. El precio de la cesión de los derechos sociales es la suma de cuatro millones ochocientos mil pesos que el cesionario paga en este acto al contado y en dinero en efectivo declarando el cedente que recibe el precio a su entera satisfacción y conformidad, otorgando para estos efectos la correspondiente cancelación. TERCERO. Por el presente instrumento don Luís Alfredo Epple Appel viene en ceder y transferir a doña Jennifer Elaine Mac Donald Salas quien compra y acepta para si el veinte por ciento del haber social del cual es dueño el cedente en la referida sociedad. El precio de la cesión de los derechos sociales es la suma de tres millones doscientos mil pesos que la cesionaria paga en este acto al contado y en dinero en efectivo declarando el cedente que recibe el precio a su entera satisfacción y conformidad, otorgando para estos efectos la correspondiente cancelación. CUARTO. Como consecuencia de cesión de los derechos sociales referidos en las cláusulas anteriores, ha dejado de ser socio de la sociedad SERVICIOS A & G LIMITADA, don Luís Alfredo Epple Appel, otorgándose entre los socios y con la sociedad, el más amplio y total finiquito declarando que nada se adeudan asumiendo la sociedad todos los compromisos y obligaciones pendientes. QUINTO. Han quedado como único socios de la sociedad SERVICIOS A & G LIMITADA, don GERMAN ALFREDO EPPLE IDE con una participación social de un ochenta por ciento y doña JENNIFER ELAINE MAC DONALD SALAS con una participación social de un veinte por ciento por haber social. SEXTO. Los actuales socios viene en modificar el pacto social en el siguiente sentido: A) Se agrega a continuación del objeto social de la cláusula Tercera la siguiente nueva oración. “La sociedad podrá realizar cualquier actividad agrícola en el rubro ganadero, frutícola, hortícola, de viveros, forestal, producción de flores y cualquier otra actividad que los socios acuerden relacionada con la anterior, tanto en predios propios como de terceros". B) En la cláusula Novena se sustituye la administración social quedando radicada a contar de esta fecha exclusivamente en el socio GERMAN ALFREDO EPPLE IDE sin las limitaciones mencionadas en el númeral treinta y uno de la mencionada disposición del pacto social, con todas y cada una de las facultades indicadas en la cláusula Novena. C) Se agrega a continuación del punto final de la cláusula Novena la siguiente nueva oración. “En caso de fallecimiento del socio administrador la sociedad será administrada por doña JENNIFER ELAINE MAC DONALD SALAS con las mismas facultades antes referidas.“ SEPTIMO. En lo no modificado en forma expresa se mantienen plenamente vigentes las disposiciones de pacto social. Se faculta al portador de copia autorizada del presente instrumento para requerir las inscripciones, anotaciones y subinscripciones que proceda. Río Negro, 21 de julio del 2021.-
Actes récents
- MIGRACIÓN
AGRICOLA EPPLE Y HEINRICH LIMITADA
CVE 2571057
- MODIFICACIÓN
SERVICIOS A&G LIMITADA
CVE 1981341
