Andes Solar S.a.
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$500.000.000
Capital pagado
$245.000.000
Capital pendiente
$255.000.000
Acciones
500.000
Texto oficial del extracto
Gerardo Carvallo Castillo, Abogado, Notario Público Titular de la 45ª Notaría de Santiago, Huérfanos 979, piso 7,CERTIFICO: que con fecha de hoy, ante mí, se redujo a escritura pública acta Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Andes Solar S.A., celebrada con fecha 25 de mayo de 2022, donde se acordó entre otras materias lo siguiente: 1) Aumentar el capital de la Sociedad en $255.000.000.-, de monto actual de $245.000.000.- a la cantidad $500.000.000.- mediante emisión de 255.000 acciones de pago, ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma serie, con un valor de colocación de $1.000, que deberán pagarse en dinero efectivo y al contado, dentro del plazo máximo 60 contados desde la celebración de la Junta. 2) Introducir las siguientes modificaciones a los estatutos sociales: (a) Sustituir el artículo Quinto de los estatutos por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital social será la suma de $500.000.000.-, dividido en 500.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma mencionada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. El capital social tendrá los incrementos y variaciones que se indican en el artículo décimo de la Ley sobre Sociedades Anónimas y sin perjuicio de los aumentos y disminuciones que puedan tener en virtud de acuerdos adoptados por los accionistas previa reforma de estatutos.” Y, (b) Reemplazar íntegramente el artículo primero transitorio de los estatutos por el siguiente nuevo: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad ascendente a $500.000.000.-, dividido en 500.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, se ha pagado y pagará de la siguiente forma: a) Con la cantidad de $245.000.000.-, dividido en 245.000 acciones, ordinarias, nominativas, sin valor nominal de una misma serie, íntegramente suscrito y pagado; y, b) Con la cantidad de $255.000.000.- que corresponden al aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad con fecha 25 de mayo de 2022, mediante la emisión de 255.000 acciones de pago, ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, con un valor de colocación de $1.000.- cada una el cual será suscrito y pagado por los accionistas o terceros en dinero efectivo y al contado dentro del plazo máximo de 60 días contado desde la fecha de la Junta. Vencido este plazo sin que se haya enterado el aumento de capital, éste quedará reducido a la cantidad efectivamente pagada.” El Directorio de la Sociedad quedó facultado, en virtud de lo establecido en la Junta de Accionistas de la sociedad de 25 de mayo de 2022, ya citada, para emitir las acciones y para que, a través de un mandatario designado al efecto, proceda a la suscripción de las acciones y reciba su pago; y, en general, lleve a cabo en la forma que estimare conveniente el aumento de capital en los términos acordados en dicha Junta. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 22 de Junio de 2022.- Gerardo Andrés Carvallo Castillo. Notario Público.
Información societaria
Capital
Capital total
$245.000.000.-
Capital pagado
$145.000.000.-
Capital pendiente
$100.000.000.-
Acciones
245.000
Texto oficial del extracto
René Benavente Cash, Abogado, Notario Público Titular de la 45° Notaría de Santiago, Huérfanos 979, piso 7,CERTIFICO: que con fecha de hoy, ante mí, se redujo a escritura pública acta Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad ANDES SOLAR S.A., celebrada con fecha 30 de Agosto de 2016, donde se acordó entre otras materias lo siguiente: 1) Aumentar el capital de la Sociedad en $100.000.000.-, de monto actual de $145.000.000.- a la cantidad $245.000.000.- mediante emisión de 100.000 acciones de pago, ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma serie, con un valor de colocación de $1.000, que deberán pagarse mediante la capitalización de créditos o acreencias por igual valor que mantienen los accionistas en contra de la Sociedad, dentro del plazo máximo 30 contados desde la celebración de la Junta. 2) Introducir las siguientes modificaciones a los estatutos sociales: (a) Sustituir el artículo Quinto de los estatutos por el siguiente: "ARTICULO QUINTO: El capital social será la suma de $245.000.000.- dividido en 245.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma mencionada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. El capital social tendrá los incrementos y variaciones que se indican en el artículo décimo de la Ley sobre Sociedades Anónimas y sin perjuicio de los aumentos y disminuciones que puedan tener en virtud de acuerdos adoptados por los accionistas previa reforma de estatutos." (b) Reemplazar íntegramente el artículo primero transitorio de los estatutos por el siguiente nuevo: "ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad ascendente a $245.000.000.-, dividido en 245.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, se ha pagado y pagará de la siguiente forma: a) Con la cantidad de $145.000.000.-, dividido en 145.000 acciones, ordinarias, nominativas, sin valor nominal de una misma serie, íntegramente suscrito y pagado; y, b) Con la cantidad de $100.000.000.- que corresponden al aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad con fecha 30 de Agosto de 2016, mediante la emisión de 100.000 acciones de pago, ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, con un valor de colocación de $1.000.- cada una el cual será suscrito y pagado por los accionistas mediante la capitalización de créditos o acreencias por igual valor que mantienen en contra de la Sociedad, dentro del plazo máximo de 30 días contado desde la fecha de la Junta." El Directorio de la Sociedad quedó facultado, en virtud de lo establecido en la Junta de Accionistas de la sociedad de 30 de Agosto de 2016, ya citada, para emitir las acciones y para que, a través de un mandatario designado al efecto, proceda a la suscripción de las acciones y reciba su pago; y, en general, lleve a cabo en la forma que estimare conveniente el aumento de capital en los términos acordados en dicha Junta. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 3 de Octubre de 2016.- René Benavente Cash, Notario Público.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
ANDES SOLAR S.A.
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- MODIFICACIÓN
ANDES SOLAR S.A.
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