Agrícola E Industrial Centinela Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$33.989.505
Capital libéré
$33.989.505
Capital restant dû
$0
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
CARLOS JORGE HUMBERTO SPOERER URRUTIA Socio | - | 53.56% | $18.204.779 |
Socio | - | 25% | $8.497.376 |
ADMINISTRACIONES E INVERSIONES OLÓN LIMITADA Socio | - | 21.44% | $7.287.350 |
Historique sociétaire relaté
- Entrée d’un associé· 27 février 2017
CARLOS JORGE SPOERER VÉLEZ y MARTÍN SPOERER VÉLEZ aportan su participación a ADMINISTRACIONES E INVERSIONES OLÓN LIMITADA, que ingresa como socia.
CARLOS JORGE SPOERER VÉLEZ · MARTÍN SPOERER VÉLEZ · ADMINISTRACIONES E INVERSIONES OLÓN LIMITADA
- Retrait d’un associé· 27 février 2017
CARLOS JORGE SPOERER VÉLEZ y MARTÍN SPOERER VÉLEZ se retiran como socios tras el aporte de sus participaciones.
- Changement de capital· 12 mai 2017
Se sustituye la cláusula de capital social, fijándolo en $33.989.505, totalmente pagado.
CARLOS JORGE HUMBERTO SPOERER URRUTIA · MARÍA CRISTINA VÉLEZ CALISTO · ADMINISTRACIONES E INVERSIONES OLÓN LIMITADA
Texte officiel de l’extrait
JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera 4886, comuna de San Miguel, certifica: Que por escritura pública de fecha 12 de mayo de 2017, ante mí, don CARLOS JORGE HUMBERTO SPOERER URRUTIA, don CARLOS JORGE SPOERER VÉLEZ, don MARTÍN SPOERER VÉLEZ, la sociedad ADMINISTRACIONES E INVERSIONES OLÓN LIMITADA, todos los anteriores domiciliados en calle Magdalena número 140, oficina 1601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y doña MARÍA CRISTINA VÉLEZ CALISTO, domiciliada en Contralmirante Fernández Vial número once mil setenta y nueva, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron sociedad AGRÍCOLA E INDUSTRIAL CENTINELA LIMITADA. Modificaciones consisten: Uno) Por escritura pública de fecha veintisiete de febrero de dos mil diecisiete, don CARLOS JORGE SPOERER VÉLEZ y don MARTÍN SPOERER VÉLEZ, ambos en su calidad de empresario individual, aportaron en dominio la participación que cada uno de ellos tiene en el capital social de AGRÍCOLA E INDUSTRIAL CENTINELA LIMITADA, ascendente a un diez coma setenta y dos por ciento para cada uno, a la sociedad ADMINISTRACIONES E INVERSIONES OLÓN LIMITADA. Dos) Como consecuencia de dicho aporte, don CARLOS JORGE SPOERER VÉLEZ y don MARTÍN SPOERER VÉLEZ se retiran como socios de AGRÍCOLA E INDUSTRIAL CENTINELA LIMITADA, retiro que los demás socios aceptan por unanimidad, en tanto que ADMINISTRACIONES E INVERSIONES OLÓN LIMITADA ingresa como nuevo socio con una participación equivalente a un veintiuno coma cuarenta y cuatro por ciento del capital social, ingreso que es aceptado unánimemente por los demás socios de AGRÍCOLA E INDUSTRIAL CENTINELA LIMITADA. Tres) Don CARLOS JORGE HUMBERTO SPOERER URRUTIA, doña MARÍA CRISTINA VÉLEZ CALISTO y la sociedad ADMINISTRACIONES E INVERSIONES OLÓN LIMITADA, en su calidad de actuales y únicos socios de la sociedad AGRÍCOLA E INDUSTRIAL CENTINELA LIMITADA, acuerdan sustituir el artículo sexto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de treinta y tres millones novecientos ochenta y nueve mil quinientos cinco pesos, el que ha sido aportado y enterado por los socios en las siguientes proporciones: a) Don CARLOS JORGE HUMBERTO SPOERER URRUTIA, en su calidad de empresario individual, ha aportado la suma de dieciocho millones doscientos cuatro mil setecientos setenta y nueve pesos, equivalente a un cincuenta y tres coma cincuenta y seis por ciento de participación en el capital social, totalmente pagado; b) Doña MARÍA CRISTINA VÉLEZ CALISTO, en su calidad de empresario individual, ha aportado la suma de ocho millones cuatrocientos noventa y siete mil trescientos setenta y seis pesos, equivalente a un veinticinco por ciento de participación en el capital social, totalmente pagado; y, c) La sociedad ADMINISTRACIONES E INVERSIONES OLÓN LIMITADA, ha aportado la suma de siete millones doscientos ochenta y siete mil trescientos cincuenta pesos, equivalente a un veintiuno coma cuarenta y cuatro por ciento de participación en el capital social, totalmente pagado”. Cuatro) En todo lo no modificado por el presente instrumento siguen plenamente vigentes las demás estipulaciones del pacto social, en especial, la estipulación relativa a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Miguel, 22 de mayo de 2017.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
AGRÍCOLA E INDUSTRIAL CENTINELA LIMITADA
CVE 1223278
