Rentas Andia Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$100.000
Capital pagado
$100.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99% | $99.000 |
Joaquín Hernán Irarrázaval Aguirre Socio | - | 1% | $1.000 |
Administradores (2)
Joaquín Hernán Irarrázaval Aguirre
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos
Hernán Irarrázaval Barros cede sus derechos y sale de la sociedad, ingresando Joaquín Hernán Irarrázaval Aguirre como nuevo socio.
Hernán Irarrázaval Barros · Joaquín Hernán Irarrázaval Aguirre
Texto oficial del extracto
VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, CERTIFICO que por escritura pública otorgada ante el Notario Titular con fecha 24 de noviembre de 2020, LUIS HERNÁN IRARRÁZAVAL VIDAL, HERNÁN IRARRÁZAVAL BARROS y JOAQUÍN HERNÁN IRARRÁZAVAL AGUIRRE, todos domiciliados en esta ciudad, Pasaje Camino El Chin N°3637, departamento 24, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; modificaron RENTAS ANDIA LIMITADA, inscrita a fojas 30.878 N°20.604 Registro de Comercio de Santiago año 2013, en los siguientes términos: 1) Como consecuencia cesión de derechos que da cuenta escritura extractada, se retira de sociedad Hernán Irarrázaval Barros, e ingresa como nuevo socio Joaquín Hernán Irarrázaval Aguirre, quedando como únicos socios de “Rentas Andia Limitada” don Luis Hernán Irarrázaval Vidal, con un 99% del capital social, y don Joaquín Hernán Irarrázaval Aguirre con un 1% del capital social. 2) Actuales socios modificaron estatutos sociales en los siguientes términos: i) Sustituyendo artículo 4° de los estatutos sociales por el siguiente: "Cuarto: El capital de la sociedad es la suma de cien mil pesos, totalmente enterado en dinero efectivo, y que corresponde a los socios como sigue: a) A don Luis Hernán Irarrázaval Vidal, la suma de noventa y nueve mil pesos, que representa el noventa y nueve por ciento de participación en el capital social; y b) a don Joaquín Hernán Irarrázaval Aguirre, la suma de mil pesos, que representa el uno por ciento de participación en el capital social. Los socios limitan su responsabilidad personal hasta el monto de sus respectivos aportes.”; y ii) Sustituyendo artículo 8° de estatutos sociales por el siguiente: “Octavo: No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, insolvencia, liquidación, interdicción o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los socios, o disolución de alguna persona jurídica. En caso de fallecer alguno de los socios, la sociedad continuará con sus herederos, los que no tendrán por ese título ninguna injerencia en la administración de la sociedad ni en el uso de la razón social, y deberán actuar ante la sociedad de forma conjunta y mediante mandatario común, el que deberá ser persona natural. Si es del caso y en la medida que resulte aplicable lo antes indicado con respecto a los herederos, se entenderá dicho igualmente con respecto a los legatarios de derechos sociales. Si faltare el administrador designado en la cláusula Tercera de los estatutos, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a los señores Joaquín Hernán Irarrázaval Aguirre y Enrique Vergara Vial, los que deberán actuar conjuntamente. Únicamente para los efectos de lo dispuesto en esta cláusula Octava, se entenderá faltar el administrador de la sociedad en el caso de su fallecimiento y también cuando se encontrare inhabilitado en forma total y permanente”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador copia autorizada extracto para legalización. Santiago, 31 de diciembre de 2020.
Información societaria
Capital
Capital total
$100.000
Capital pagado
$100.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99% | $99.000 |
Socio | - | 1% | $1.000 |
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos
Sociedad Civil de Rentas Caburgua cede la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 1%, a Hernán Irarrázaval Barros
Sociedad Civil de Rentas Caburgua · Hernán Irarrázaval Barros
Texto oficial del extracto
MARÍA LORETO ZALDÍVAR GRASS, Notario Suplente de don Patricio Zaldívar Mackenna, Titular 18° Notaría Santiago, domiciliado Bandera 341, 8° piso, oficina 875, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, Luis Hernán Irarrázaval Vidal, "Sociedad Civil de Rentas Caburgua" y Hernán Irarrázaval Barros, todos domiciliados para estos efectos en calle El Radal 80, departamento 26, comuna de Lo Barnechea, Santiago, acordaron modificar la sociedad denominada “Rentas Andía Limitada”, inscrita a fojas 30878 número 20604 del año 2013 del Registro de Comercio de Santiago, así: 1) Cesión de derechos: La socia “Sociedad Civil de Rentas Caburgua” cedió la totalidad de sus derechos sociales, ascendentes a un 1% del capital social a Hernán Irarrázaval Barros.- De este modo, la primera se retira de la sociedad, e ingresa como nuevo socio a la misma el segundo, todo con el consentimiento de Luis Hernán Irarrázaval Vidal.- 2) Nuevos socios y participaciones sociales: En consecuencia, los socios y su participación en el capital social quedan en definitiva de la siguiente forma: a) Luis Hernán Irarrázaval Vidal, con un 99%; y b) Hernán Irarrázaval Barros, con un 1%.- 3) Reforma de estatutos: Los socios, de común acuerdo, modifican el artículo cuarto de los estatutos sociales, sustituyéndolo por el siguiente: “Cuarto: El capital de la sociedad es la suma de $100.000, totalmente enterado en dinero efectivo, y que corresponde a los socios como sigue: a) a don Luis Hernán Irarrázaval Vidal, la suma de $99.000, que representa el 99% de participación en el capital social; y b) a don Hernán Irarrázaval Barros, la suma de $1.000, que representa el 1% de participación en el capital social.- Los socios limitan su responsabilidad personal hasta el monto de sus respectivos aportes.".- Demás cláusulas constan en escritura que extracto.- Santiago, 21 de diciembre de 2016, María Loreto Zaldívar Grass, Notario Público Suplente.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
RENTAS ANDIA LIMITADA
CVE 1876002
- MODIFICACIÓN
Rentas Andía Limitada
CVE 1157817
