Sociedad Gastronómica Aramon Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La instalación, administración, explotación y compra y venta de hoteles, moteles, bares, restaurantes y demás establecimientos gastronómicos relacionados con el rubro, por cuenta propia o ajena; la compra y venta, producción, fabricación, transformación, distribución y en general, la distribución de productos alimenticios y la prestación de servicios relacionados con el arte culinario y el turismo, que efectuará mediante la explotación de los citados establecimientos comerciales y además todo acto de comercio relacionado directamente con lo anterior, en especial, la producción de eventos gastronómicos y culinarios para distintos organismos o entidades públicas o privadas, y en general, cualquiera otra actividad que los socios acuerden, sin limitación alguna.
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital integralizado
$5.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 16.xxx.xxx-3 | 16.xxx.xxx-3 | 99% | - |
Socio 15.xxx.xxx-1 | 15.xxx.xxx-1 | 1% | - |
Administradores (1)
Representação legal (1)
Histórico societário relatado
- Constituição· 4 de abril de 2013
Constitución original de la sociedad Sociedad Gastronómica Aramon Limitada
- Outro ato· 18 de dezembro de 2014
Primera modificación de la sociedad
- Outro ato· 20 de novembro de 2015
Segunda modificación de la sociedad
- Cessão de direitos
Víctor Hugo Pérez Achurra cede el 94% de sus derechos sociales a Jorge Alejandro Pérez Pérez
- Cessão de direitos
Víctor Hugo Pérez Achurra cede el 1% de sus derechos sociales a Víctor Eduardo Pérez Pérez
- Saída de sócio
Víctor Hugo Pérez Achurra se retira de la sociedad
- Mudança de administrador
Se modifica la administración y representación social, quedando a cargo exclusivo de Jorge Alejandro Pérez Pérez
Texto oficial do extrato
HARRY M. WINTER AGUILERA, Abogado, Notario Público Titular Osorno, con oficio en Eleuterio Ramírez 910, certifico: por escritura publico hoy, ante mí, JORGE ALEJANDRO PÉREZ PÉREZ, chileno, comerciante, soltero, cédula de identidad N° 16.832.195-3, calle Los Colonos N° 2050, local 15, Osorno, por sí y en representación, de VÍCTOR EDUARDO PÉREZ PÉREZ, chileno, fotógrafo, casado, separado totalmente de bienes, cédula de identidad N° 15.276.490-1, 22 Rue Creuzet, Código Postal N° 69007, Lyon, Francia, y VÍCTOR HUGO PÉREZ ACHURRA, chileno, trabajador independiente, viudo, cédula de identidad N° 6.213.303-1, calle Los Colonos N° 2050, local 15, Osorno, modifican y repactan sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD GASTRONÓMICA ARAMON LIMITADA”, Rut N° 76.261.485-5, calle Los Colonos N° 2050, local 15, Osorno, constituida por escritura pública de fecha 04 de abril del año 2013, otorgada ante don José Robinson Dolmestch Urra, Notario Público Titular de Osorno, publicada en el Diario Oficial, edición N° 40.536, de fecha 17 de abril del año 2013, e inscrita a fojas 269, N° 188, del Registro de Comercio de Osorno año 2013. La referida sociedad fue modificada en dos ocasiones, a saber: a) Por escritura pública de fecha 18 de diciembre del año 2014, otorgada ante don José Robinson Dolmestch Urra, Notario Público Titular de Osorno, publicada en el Diario Oficial, edición N° 41.052, de fecha 09 de enero del año 2015, e inscrita a fojas 60 vuelta, N° 33, del Registro de Comercio de Osorno año 2015; y b) Por escritura pública de fecha 20 de noviembre del año 2015, otorgada ante don José Robinson Dolmestch Urra, Notario Público Titular de Osorno, publicada en el Diario Oficial, edición N° 41.350, de fecha 07 de enero del año 2016, e inscrita a fojas 11 vuelta, número 8, del Registro de Comercio de Osorno año 2016. Las modificaciones consistieron en lo siguiente: UNO) VÍCTOR HUGO PÉREZ ACHURRA, vende, cede y transfiere a JORGE ALEJANDRO PÉREZ PÉREZ, quien compra, adquiere y acepta para sí, en la suma total de $13.160.000, el 94% de los derechos sociales de la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD GASTRONÓMICA ARAMON LIMITADA”.- DOS) VÍCTOR HUGO PÉREZ ACHURRA, vende, cede y transfiere a VÍCTOR EDUARDO PÉREZ PÉREZ, quien debidamente representado, compra, adquiere y acepta para sí, en la suma total de $140.000, el 1% de los derechos sociales la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD GASTRONÓMICA ARAMON LIMITADA”.- Como consecuencia de las cesiones referidas, VÍCTOR HUGO PÉREZ ACHURRA se retira de la sociedad “SOCIEDAD GASTRONÓMICA ARAMON LIMITADA”. Asimismo, todos los comparecientes se otorgan el más amplio y completo finiquito declarando que no tienen cargo ni cobro alguno que hacerse.- En virtud de la cesiones y retiro antes señalados, quedan como únicos socios de la sociedad “SOCIEDAD GASTRONÓMICA ARAMON LIMITADA”, JORGE ALEJANDRO PÉREZ PÉREZ y VÍCTOR EDUARDO PÉREZ PÉREZ, en la proporción de un 99% y un 1%, respectivamente, de los derechos sociales de esta sociedad.- TRES) Las utilidades y pérdidas y todo otro derecho de los socios, incluso en el evento de liquidación de esta sociedad, y para todos los efectos que en derecho correspondan, se repartirán y soportarán entre los socios en la siguiente proporción: a) 99% socio JORGE ALEJANDRO PÉREZ PÉREZ; b) 1% socio VÍCTOR EDUARDO PÉREZ PÉREZ. CUATRO) Se modifica la cláusula 13° de la escritura de constitución de sociedad, relativa a la administración y uso de la razón social, quedando en definitiva la referida cláusula del siguiente tenor: La administración, representación y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá en forma exclusiva a JORGE ALEJANDRO PÉREZ PÉREZ, quien actuará en calidad de administrador estatutario, con las más amplias facultades, y sin limitación alguna, debiendo anteponer su firma a la razón social, con todas y cada una de las facultades singularizadas en el pacto social inicial. En lo no modificado, quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones del pacto social y modificaciones singularizadas. Los únicos y actuales socios, JORGE ALEJANDRO PÉREZ PÉREZ y VÍCTOR EDUARDO PÉREZ PÉREZ, debidamente representado, repactan la sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD GASTRONÓMICA ARAMON LIMITADA”, otorgando un texto nuevo, único y refundido de sus estatutos, que contiene todas las modificaciones y pactos que han convenido los socios, el cual es continuador y reemplaza en todas sus partes lo pactado en los estatutos sociales.- En consecuencia, para todos los efectos que en derecho corresponda, los estatutos de la sociedad son los siguientes: JORGE ALEJANDRO PÉREZ PÉREZ y VÍCTOR EDUARDO PÉREZ PÉREZ, debidamente representado, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, en conformidad a las disposiciones de la Ley 3.918 y sus modificaciones y teniendo presente además, las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no estuviere estipulado en el presente contrato.- Razón Social.- La razón social será “SOCIEDAD GASTRONÓMICA ARAMON LIMITADA”. Nombre de fantasía “ARAMON LTDA.- Objeto.- El objeto de la sociedad será: la instalación, administración, explotación y compra y venta de hoteles, moteles, bares, restaurantes y demás establecimientos gastronómicos relacionados con el rubro, por cuenta propia o ajena; la compra y venta, producción, fabricación, transformación, distribución y en general, la distribución de productos alimenticios y la prestación de servicios relacionados con el arte culinario y el turismo, que efectuará mediante la explotación de los citados establecimientos comerciales y además todo acto de comercio relacionado directamente con lo anterior, en especial, la producción de eventos gastronómicos y culinarios para distintos organismos o entidades públicas o privadas, y en general, cualquiera otra actividad que los socios acuerden, sin limitación alguna. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades, ingresar a ellas o representarlas; la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas y derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios.- Domicilio. El domicilio de la sociedad será la comuna de Osorno, sin perjuicio de las agencias o sucursales que la sociedad acuerde establecer en otros puntos del país o del extranjero.- Administración. La administración, representación y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá en forma exclusiva a don JORGE ALEJANDRO PÉREZ PÉREZ, quien actuará en calidad de administrador estatutario, con las más amplias facultades, y sin limitación alguna, debiendo anteponer su firma a la razón social. Facultades escritura extractada.- Capital. El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000, aportados e ingresados en arcas sociales de la forma establecida en la escritura pública de constitución, individualizada en la cláusula primera precedente de la presente escritura de modificación, repacto y texto refundido.- Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Los socios acuerdan que las utilidades y pérdidas y todo otro derecho de los socios, incluso en el evento de liquidación de esta sociedad, y para todos los efectos que en derecho correspondan, se repartirán y soportarán entre los socios en la siguiente proporción: a) 99% socio JORGE ALEJANDRO PÉREZ PÉREZ; y b) 1% socio VÍCTOR EDUARDO PÉREZ PÉREZ.- Duración. 5 años contados desde fecha de escritura extractada. Plazo se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en forma establecida en escritura extractada. En caso de fallecimiento de algún socio la sociedad no se disuelve. Demás estipulaciones escritura extractada. Osorno, 10 Mayo 2019.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD GASTRONÓMICA ARAMON LIMITADA
CVE 1592740
