Inversiones Rio Deva Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 3 de abril de 2013
Constitución de Inversiones Rio Deva Limitada.
- Otro acto· 7 de diciembre de 2022
Giampiero Mariano Fava Cohen y Jimena Bada Erenchun modifican la cláusula séptima sobre distribución de utilidades y pérdidas.
Texto oficial del extracto
SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular del 11° Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte N° 555, oficina 201, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 07-12-2022, Rep. N° 37454-22, ante mí, don GIAMPIERO MARIANO FAVA COHEN y doña JIMENA BADA ERENCHUN, ambos domiciliados en Narciso Goycolea número 4.107, depto. 32, comuna de Vitacura, modificaron “INVERSIONES RIO DEVA LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 3 de abril de 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 28.338 N°18.817 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2013 y se publicó en el Diario Oficial de fecha ocho de abril del año dos mil trece., en lo siguiente: Los socios acuerdan modificar artículo Séptimo del Pacto Social relativo a distribución de utilidades y pérdidas sustituyéndolo por siguiente: “SEPTIMO: La distribución de utilidades y pérdidas se acordará por los socios al final de cada ejercicio en función del valor que cada uno de ellos haya aportado a la Sociedad en el respectivo ejercicio.. Para efectos de dicha distribución los socios deberán ceñirse a criterios de razonabilidad económica en función de las actividades desarrolladas, los riesgos asumidos y los activos comprometidos por cada uno de los socios en los negocios realizados por la sociedad. En caso de existir disenso entre los socios respecto a la distribución de utilidades y pérdidas ésta deberá ser determinada por el árbitro designado en la cláusula décimo segunda del pacto social”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de diciembre de 2022.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES RIO DEVA LIMITADA
CVE 2241681
