Sociedad por Acciones76.257.055-6

Inversiones Said Álvarez SpA

MODIFICACIÓN — 20 feb 2017

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2017-02-20Ver PDF (CVE 1185097)

Información societaria

SpA
Administración: Gerente General

Representación legal (1)

RICARDO SALVADOR SAID HERESI

En representación de INVERSIONES SAID ÁLVAREZ SpA

Texto oficial del extracto

ELIAS JARUFE ROJAS, Abogado, Notario Titular de la 47.a Notaria de Santiago, con oficio en Avda. P. de Valdivia No. 3317, certifica: Por escritura pública de hoy ante mí,: don RICARDO SALVADOR SAID HERESI, debidamente facultado compareció a reducir a escritura pública el ACTA DE JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE INVERSIONES SAID ÁLVAREZ SpA, en virtud de la cual sus actuales socios, por unanimidad acordaron modificar en el siguiente sentido los estatutos de la Sociedad, la cual se encuentra inscrita a fojas 91.466, número 64.442 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012: Modificar la administración de la Sociedad de la siguiente forma: “TITULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACIÓN. Artículo Décimo: La Sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo éste ser o no accionista, designado - y esencialmente revocable - por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta. Sin embargo, no será necesaria la celebración de Junta de Accionistas para efectos de la designación o revocación del Gerente General en caso que tal designación o revocación conste por escritura pública firmada por el único accionista o por todos los accionistas de la Sociedad. Para todos los efectos, el Gerente General tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la Sociedad que el único accionista o todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública. El Gerente General tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, está investido de todas y las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, y sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. El Gerente General podrá delegar libremente sus facultades, sea en forma general o especial.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de enero de 2017.

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