Caballero Y Espada Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La prestación de servicios o asesorías profesionales de índole jurídico en cualquiera especialidad, tanto para personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, privadas o públicas, estatales, fiscales, de administración autónoma, gobiernos regionales, municipalidades, empresas y servicios del estado; pudiendo desarrollar y realizar informes, estudios, investigaciones, planificaciones, programas, proyectos, contratos, convenios, atender juicios en cualquiera calidad, participar en procesos y sumarios administrativos, asumir la calidad de juez arbitro, participar en concursos, licitaciones, y concesiones y realizar cursos, talleres, seminarios, charlas, presentaciones y en general todo tipo de prestaciones profesionales, asesorías o consultorías relativas a la ocupación o profesión de los socios; como asimismo podrán realizar todos los contratos o actividades comerciales que acuerden los socios relacionadas con las actividades indicadas.
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
GUILLERMO FERNANDO CABALLERO GERMAIN Socio | - | - | - |
Texto oficial del extracto
R. ALFREDO MARTIN ILLANES, Notario Público Titular de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 201, locales 101 y 102, Providencia, certifico: Por escritura pública Repertorio Nº 428-2023, de 25 de enero de 2023, ante mí: doña SUSANA ESPADA MALLORQUÍN y GUILLERMO FERNANDO CABALLERO GERMAIN, ambos domiciliados en Avenida Padre Hurtado 1815, Comuna de La Reina, modificaron CABALLERO Y ESPADA LIMITADA, inscrita a fojas 77793 Nº 54144 del Registro de Comercio de Santiago, año 2012, a efectos de tributar como sociedad de profesionales, sustituyéndo el artículo cuarto por el siguiente: “CUARTO: Objeto. El objeto de la sociedad será la prestación de servicios o asesorías profesionales de índole jurídico en cualquiera especialidad, tanto para personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, privadas o públicas, estatales, fiscales, de administración autónoma, gobiernos regionales, municipalidades, empresas y servicios del estado; pudiendo desarrollar y realizar informes, estudios, investigaciones, planificaciones, programas, proyectos, contratos, convenios, atender juicios en cualquiera calidad, participar en procesos y sumarios administrativos, asumir la calidad de juez arbitro, participar en concursos, licitaciones, y concesiones y realizar cursos, talleres, seminarios, charlas, presentaciones y en general todo tipo de prestaciones profesionales, asesorías o consultorías relativas a la ocupación o profesión de los socios; como asimismo podrán realizar todos los contratos o actividades comerciales que acuerden los socios relacionadas con las actividades indicadas.”. En todo lo no modificado, pacto sigue plenamente vigente sin modificaciones. - Santiago, 26 de enero de 2023.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
CABALLERO Y ESPADA LIMITADA
CVE 2263905
