Inversiones Oyarzún E Hijas Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$8.000.000
Capital integralizado
$8.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (5)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 33.1667% | $2.653.336 |
CARLA FERNANDA OYARZÚN BECERRA Socio | - | 33.1666% | $2.653.328 |
Socio | - | 33.1667% | $2.653.336 |
ESTER ZULINA BECERRA ARRIAGADA Socio | - | 0.3333% | $26.664 |
Socio | - | 0.1667% | $13.336 |
Administradores (3)
Representação legal (3)
CARLA FERNANDA OYARZÚN BECERRA
Histórico societário relatado
- Constituição· 28 de dezembro de 2012
Constitución original de la sociedad Inversiones Oyarzún e Hijas Limitada.
- Falecimento
Fallecimiento del socio Sergio Luis Oyarzún Soto.
Texto oficial do extrato
Cristián Andrés Del Fierro Ruedlinger, Notario Público Santiago, suplente del Titular Pedro Sadá Azar, con Oficio en Paseo Ahumada Nº 254, Of. 401, Santiago, certifico Que, por escritura pública hoy ante mí, BENJAMÍN VALDÉS VICUÑA, con domicilio en Av. Manquehue Sur N° 898, comuna de Las Condes, en representación de SOLEDAD PAZ OYARZÚN BECERRA, domicilio en Camino Farellones Km. 7, comuna de Lo Barnechea; CARLA FERNANDA OYARZÚN BECERRA, por sí y en representación de JAVIERA PILAR OYARZÚN BECERRA, y ESTER ZULINA BECERRA ARRIAGADA, todas con domicilio en Los Oleandros Nº 981, depto.. 1103, comuna Las Condes; y ANDREA FERNANDA MARÍN LÓPEZ, en representación de SERGIO ANDRÉS OYARZÚN MARÍN, ambos con domicilio en Jorge González 4057, Villa Macul, comuna de Macul; en su calidad de socios y herederos del socio fallecido don SERGIO LUIS OYARZÚN SOTO, modificaron INVERSIONES OYARZÚN E HIJAS LIMITADA, RUT 76.250.259-3, constituida por escritura pública de otorgada notaría de Rancagua de Eduardo de Rodt Espinoza, el 28 de diciembre de 2012, cuyo extracto se inscribió a fs. 93, N° 47, Registro de Comercio del año 2013, Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, publicado en Diario Oficial N° 40.451 de 5 de enero de 2013. Modificación consiste: Socios y herederos de don Sergio Oyarzún Soto, acuerdan modificar la sociedad con la finalidad de integrar como socios a los herederos del socio fallecido, con sus respectivas participaciones sociales, y designar a los nuevos representantes de la sociedad. Declaran que pasan a ser los actuales y únicos socios de la sociedad, con los porcentajes de participación que se indican: 1) SOLEDAD PAZ OYARZÚN BECERRA, con una participación de un 33,1667% del capital social; 2) CARLA FERNANDA OYARZÚN BECERRA, con una participación 33,1666% del capital social; 3) JAVIERA PILAR OYARZÚN BECERRA con una participación de un 33,1667% del capital social; 4) ESTER ZULINA BECERRA ARRIAGADA, con una participación de 0,3333% del capital social; y 5) SERGIO ANDRÉS OYARZÚN MARÍN, con una participación del 0,1667% del capital social. Se modifica cláusula Cuarta del estatuto social, se reemplaza por la siguiente: “CUARTO: Capital social: El capital social es la suma de ocho millones de pesos, que se encuentra íntegramente enterado por los socios de la siguiente forma: 1) SOLEDAD PAZ OYARZÚN BECERRA, con la suma de dos millones seiscientos cincuenta y tres mil trescientos treinta y seis pesos, equivalentes a un treinta y tres coma uno seis seis siete por ciento del capital social; 2) CARLA FERNANDA OYARZÚN BECERRA, con la suma de dos millones seiscientos cincuenta y tres mil trescientos veintiocho pesos, equivalentes a un treinta y tres coma uno seis seis seis por ciento del capital social, ; 3) JAVIERA PILAR. OYARZÚN BECERRA, con la suma de dos millones seiscientos cincuenta y tres mil trescientos treinta y seis pesos, equivalentes a un treinta y tres coma uno seis seis seis por ciento del capital social; 4) ESTER ZULINA BECERRA ARRIAGADA, con la suma de veintiséis mil seiscientos sesenta y cuatro pesos, equivalentes a un cero coma tres tres tres tres por ciento del capital social; y 5) SERGIO ANDRÉS OYARZÚN MARÍN, con la suma de trece mil trescientos treinta y seis pesos, equivalentes a un cero coma uno seis seis seis seis por ciento del capital social. El capital se encuentra íntegramente pagado y enterado al haber social”. Se modifica la cláusula novena del estatuto en el sentido que la administración de la sociedad y uso razón social corresponderá exclusivamente a las socias SOLEDAD PAZ OYARZÚN BECERRA, JAVIERA PILAR OYARZÚN BECERRA y CARLA FERNANDA OYARZÚN BECERRA, quienes actuando dos cualesquiera de ellas en forma conjunta, personalmente o debidamente representadas, tendrán el uso de la razón social y anteponiendo la razón social a su firma, obligarán y representarán a la sociedad tanto en el orden judicial como extrajudicial, con todas las facultades señaladas en la cláusula novena del estatuto social. En todo lo no modificado permanece plenamente vigente el estatuto social. Se faculta al portador de copia autorizada del extracto de la presente escritura para requerir las inscripciones, anotaciones y subinscripciones que procedan en el Registro de Comercio que corresponda y para realizar los demás trámites de legalización de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 16 de noviembre de 2020.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES OYARZÚN E HIJAS LIMITADA
CVE 1861976
