Société par actions76.250.181-3

Isolcork SpA

MODIFICACIÓN — 12 mai 2022

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2022-05-12Voir le PDF (CVE 2127025)

Informations sociétaires

SpA

Capital

Capital total

$28.000.000

Capital libéré

$10.000.000

Capital restant dû

$18.000.000

Actions

11 236

Historique sociétaire relaté

  1. Autre acte· 9 septembre 2021

    Se reduce a escritura el acta de junta extraordinaria de accionistas de Isolcork SpA y luego se sanea la omisión de solemnidades legales.

    Nicolás Casado Núñez

Texte officiel de l’extrait

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2°, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 4 de mayo de 2022, Repertorio N° 9268- 2022, ante mí, don Nicolás Casado Núñez, chileno, casado y separado totalmente de bienes, abogado, CNI N° 15.828.962-8, en representación de “Isolcork SpA”, RUT N° 76.250.181-3, sociedad inscrita a fojas 579v número 524 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción correspondiente al año 2013, viene en sanear, conforme lo dispuesto en la Ley N° 19.499, la escritura pública de fecha 9 de septiembre de 2021 otorgada en esta Notaría bajo el repertorio N° 20.666 -2021, por la cual se redujo el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Isolcork SpA de fecha 31 de agosto de 2021, consistente en la omisión a las solemnidades legales dispuesto en el artículo 15 de la Ley 18.046 y artículo 21 del Decreto 702, reemplazando en definitiva el Artículo Quinto y Artículo Primero Transitorio de los estatutos de Isolcork SpA, de la siguiente forma: “ARTÍCULO QUINTO: Capital y Acciones. El capital de la sociedad será la suma de veintiocho millones de pesos dividido en once mil doscientas treinta y seis acciones, de las cuales (a) diez mil corresponden a Acciones Ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal; y (b) mil doscientas treinta y seis corresponden a Acciones Serie Seed, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el cual será pagado conforme a lo establecido en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital deberán pagarse en dinero efectivo o en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión en cada aumento. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo.- La Sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones de propia emisión que se encuentren bajo el dominio de la Sociedad, no se computarán para la constitución del quórum en las Juntas de Accionistas o aprobar modificaciones del estatuto social, y no tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de aumentos de capital. Salvo disposición especial en contrario en estos estatutos, las acciones de propia emisión adquiridas por la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de diez años contado desde su adquisición. Si dentro del plazo establecido las acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno derecho al monto que corresponda luego de excluir aquellas acciones de propia emisión en poder de la Sociedad, las que se eliminarán del Registro de Accionistas.- El capital social deberá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. El plazo para enterar los aumentos de capital será de cinco años, contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta acuerde algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la Sociedad.- En el caso que las acciones pendientes de suscripción y pago no sean suscritas y pagadas en los plazos que se indican y tan pronto como dichos plazos concluyan sin haberse cumplido tal condición, el capital de la Sociedad será reducido de pleno derecho y las acciones pendientes de suscripción y pago serán eliminadas de los registros de la Sociedad.” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago del capital. El capital social ascendente a la suma de veintiocho millones de pesos dividido en once mil doscientas treinta y seis acciones, de las cuales (a) diez mil corresponden a Acciones Ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal; y (b) mil doscientas treinta y seis corresponden a Acciones Serie Seed, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, ha sido y será suscrito y pagado de la siguiente forma: a)Con la suma de diez millones de pesos equivalentes a diez mil Acciones Ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el cual ha sido suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha; y b) Con la suma de dieciocho millones de pesos.- equivalentes a mil doscientas treinta y seis Acciones Serie Seed, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal; las cuales las cuales se encuentran pendientes de suscripción y pago, lo que en todo caso deberá pagarse con anterioridad al día treinta y uno de diciembre del año dos mil veintidós.”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 06 de mayo de 2022.

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  1. MODIFICACIÓN

    ISOLCORK SpA

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Relations sociétaires

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