Inversiones Pv Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$140.000.000
Socios (7)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | $20.000.000 |
Socio | - | - | $20.000.000 |
Socio | - | - | $20.000.000 |
Socio | - | - | $20.000.000 |
Socio | - | - | $20.000.000 |
Socio | - | - | $20.000.000 |
Socio | - | - | $20.000.000 |
Historia societaria relatada
- Constitución· 1 de enero de 2012
Se menciona la inscripción original de INVERSIONES PV LIMITADA en el Registro de Comercio del año 2012.
- Cambio de capital· 14 de noviembre de 2016
Los socios acuerdan aumentar el capital de $1.000.000 a $140.000.000 e incorporar como socios a María Jesús Poblete Vicuña y José Domingo Poblete Vicuña.
JOSÉ MANUEL POBLETE VICUÑA · MÓNICA POBLETE VICUÑA · JOSÉ JOAQUÍN POBLETE VICUÑA · MAGDALENA POBLETE VICUÑA · JOSÉ MATÍAS POBLETE VICUÑA · MARÍA JESÚS POBLETE VICUÑA · JOSÉ DOMINGO POBLETE VICUÑA
Texto oficial del extracto
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Interino de San Miguel con asiento en La Cisterna, Gran Avenida J.M. Carrera 6988, Santiago, certifica: Con fecha 14 de noviembre de 2016, ante mí, JOSÉ MANUEL POBLETE VICUÑA, MÓNICA POBLETE VICUÑA, JOSÉ JOAQUÍN POBLETE VICUÑA, MAGDALENA POBLETE VICUÑA, JOSÉ MATÍAS POBLETE VICUÑA, MARÍA JESÚS POBLETE VICUÑA y JOSÉ DOMINGO POBLETE VICUÑA, todos domiciliados en Avenida Apoquindo Nº 4775, piso 9, comuna de Las Condes, de paso por ésta, Región Metropolitana, celebraron “Aumento de capital y modificación de estatutos INVERSIONES PV LIMITADA”, inscrita a fojas 77.872 Nº 54.196 del Registro de Comercio del año 2012 Conservador de Bienes Raíces de Santiago y acordaron: 1. Aumento de Capital: Socios acuerdan aumentar el capital social de $1.000.000 a $140.000.000 mediante el aporte de capital que efectúan los socios, MARÍA JESÚS POBLETE VICUÑA y JOSÉ DOMINGO POBLETE VICUÑA. En consecuencia, ingresan como socios los dos últimos a la sociedad. 2. Modificación Estatutos: Los socios acuerdan modificar el artículo primero relativo a los socios y el artículo quinto relativo al capital social, cuyo tenor extractado es el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO: Son únicos socios de la sociedad que por este acto se constituye don JOSÉ MANUEL POBLETE VICUÑA, doña MÓNICA POBLETE VICUÑA, don JOSÉ JOAQUÍN POBLETE VICUÑA, doña MAGDALENA POBLETE VICUÑA, don JOSÉ MATÍAS POBLETE VICUÑA, doña MARÍA JESÚS POBLETE VICUÑA y don JOSÉ DOMINGO POBLETE VICUÑA”. ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma única y total de $140.000.000, que los socios enterarán y aportarán de la siguiente manera: a) Don JOSÉ MANUEL POBLETE VICUÑA, con $20.000.000, de los cuales: i) Ha pagado la suma de $200.000 con anterioridad a esta fecha; y ii) la suma de $19.800.000 que enterará en el plazo máximo de 3 años debidamente reajustado; b) Doña MÓNICA POBLETE VICUÑA, con $20.000.000, de los cuales: i) Ha pagado la suma de $200.000 con anterioridad a esta fecha; y ii) la suma de $19.800.000 que enterará en el plazo máximo de 3 años debidamente reajustado; c) Don JOSÉ JOAQUÍN POBLETE VICUÑA, con $20.000.000, de los cuales: i) Ha pagado la suma de $200.000 con anterioridad a esta fecha; y ii) la suma de $19.800.000 que enterará en el plazo máximo de 3 años debidamente reajustado; d) Doña MAGDALENA POBLETE VICUÑA, con $20.000.000, de los cuales: i) Ha pagado la suma de $200.000 con anterioridad a esta fecha; y ii) la suma de $19.800.000 que enterará en el plazo máximo de 3 años debidamente reajustado; e) Don JOSÉ MATÍAS POBLETE VICUÑA, con $20.000.000, de los cuales: i) Ha pagado la suma de 200.000 con anterioridad a esta fecha; y ii) la suma de $19.800.000 que enterará en el plazo máximo de 3 años debidamente reajustado; f) Doña MARÍA JESÚS POBLETE VICUÑA, con $20.000.000, que enterará en el plazo máximo de 3 años debidamente reajustado; y g) Don JOSÉ DOMINGO POBLETE VICUÑA, con $20.000.000, que enterará en el plazo máximo de 3 años debidamente reajustado. Demás cláusulas constan escritura extractada. Santiago, 22 de noviembre de 2016. M. Medina R. Notario Público Interino.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES PV LIMITADA
CVE 1145359
