Transportes Santana Guerrero Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Jimena del Carmen Guerrero Muñoz Socio 6.xxx.xxx-k | 6.xxx.xxx-k | 50% | $12.500.000 |
Socio 19.xxx.xxx-1 | 19.xxx.xxx-1 | 50% | $12.500.000 |
Administradores (2)
Emerson Daniel Santana Guerrero
Historia societaria relatada
- Constitución· 5 de octubre de 2012
Constitución original de Transportes Santana Guerrero Limitada.
Emerson Daniel Santana Guerrero · Mitzi Ximena Santana Guerrero
- Cesión de derechos· 15 de diciembre de 2016
Emerson Daniel Santana Guerrero cede el 50% de sus derechos sociales a Jimena del Carmen Guerrero Muñoz.
Emerson Daniel Santana Guerrero · Jimena del Carmen Guerrero Muñoz
- Cesión de derechos· 15 de diciembre de 2016
Mitzi Ximena Santana Guerrero cede el 50% de sus derechos sociales a Daniela Paz Cornejo Santana.
- Cambio de administrador· 15 de diciembre de 2016
Se modifica la administración para que Daniela Paz Cornejo Santana y Emerson Daniel Santana Guerrero administren separada e indistintamente.
Daniela Paz Cornejo Santana · Emerson Daniel Santana Guerrero
Texto oficial del extracto
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notaria Pública, Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Av. José Miguel Carrera 2536 certifico, que por escritura pública, hoy ante mí, EMERSON DANIEL SANTANA GUERRERO, chileno, casado, empresario, domiciliado en calle Las Catalpas Norte Nº 8.358 de la comuna de Peñalolén y de paso en ésta, c.n.i. Nº 13.940.931-0; MITZI XIMENA SANTANA GUERRERO, chilena, casada, empresaria, domiciliada en calle Pirámide Nº 744 de la comuna de San Miguel, c.n.i. Nº 12.905.351-8; JIMENA DEL CARMEN GUERRERO MUÑOZ, chilena, casada, quien actúa bajo el art. 150 del Código Civil, factor de comercio, domiciliada en calle Ipiranga Nº 5.535 de la comuna de San Miguel, c.n.i. Nº 6.005.102-K; y DANIELA PAZ CORNEJO SANTANA, chilena, soltera, factor de comercio, domiciliado en calle Pirámide Nº 744 de la comuna de San Miguel, c.n.i. Nº 19.514.090-1; Modifican sociedad denominada “TRANSPORTES SANTANA GUERRERO LIMITADA”, con nombre de fantasía “TRANSPORTES FSG LTDA.”, rut: 76.242.806-7, constituida por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 05-10-2012, repertorio Nº 1.057-2012, cuyo extracto fue inscrito a fs. 71.314 Nº 49.583 del año 2012, en el Reg. de Comercio del C.B.R. de Santiago, y publicada en el D.O con fecha 12-10-2012, edición 40.384. Sociedad que no ha sufrido modificaciones. En este acto y a contar de esta fecha, los comparecientes acuerdan modificar los estatutos sociales en lo siguiente: a) Don Emerson Daniel Santana Guerrero, renuncia y se retira de la sociedad, quien vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales, que equivalen al 50% del total de los derechos sociales, a doña Jimena del Carmen Guerrero Muñoz, en la suma de $12.500.000, los que se pagan y pagarán de la siguiente manera: i) con la suma de $1.500.000., en este acto y en dinero efectivo; y ii) el saldo de $11.000.000, que se pagarán en 11 cuotas iguales y sucesivas de $1.000.000 mensuales, a contar del día 30-01-2017; y b) doña Mitzi Ximena Santana Guerrero, renuncia y se retira de la sociedad, quien vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales, que equivalen al 50% del total de los derechos sociales, a doña Daniela Paz Cornejo Santana, en la suma de $12.500.000, los que se pagan y pagarán de la siguiente manera: i) con la suma de $1.500.000, en este acto y en dinero efectivo; y ii) el saldo de $11.000.000, que se pagarán en 11 cuotas iguales y sucesivas de $1.000.000 mensuales, a contar del día 30-01-2017. Es así, que en virtud de la presente cesión de derechos, los únicos socios de la sociedad son: 1: doña Jimena del Carmen Guerrero Muñoz dueña de un 50% de los derechos sociales; y 2: doña Daniela Paz Cornejo Santana, dueña de un 50% de los derechos sociales. Las actuales socias, de común acuerdo vienen en modificar la cláusula cuarta del pacto social primitivo en sentido que: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a doña Daniela Paz Cornejo Santana y a don Emerson Daniel Santana Guerrero, c.n.i. Nº 13.940.931-0, de manera separada e indistintamente, con amplias facultades en escritura extractada. En todo lo no modificado, rigen todas las demás cláusulas del pacto social primitivo. Demás estipulaciones del pacto social en escritura extractada. SAN MIGUEL, 15-12-2016.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
TRANSPORTES SANTANA GUERRERO LIMITADA
CVE 1161390
