Servicios Marítimos Jovimar Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Representación legal (1)
Texto oficial del extracto
PABLO GONZÁLEZ CAAMAÑO, abogado, Notario Público, Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos 333 e/p, certifico: Por escritura pública de 16 de Junio de 2021 ante mí, don Juan Federico Amtmann Darras, chileno, abogado, divorciado, con domicilio en esta ciudad, Morandé 322, of. 404, debidamente autorizado, por la sociedad “Servicios Marítimos Jovimar Limitada” o Jovimar Ltda.”, Rut 76.234.897-7, y de acuerdo a la Ley 19.499, viene en sanear la escritura pública de fecha 13 de Enero del año 2021, repertorio N° 297, suscrita ante don Eugenio Alberto San Martín Truffy, Abogado, Notario Público de la Segunda Notaria de Puerto Montt, Suplente del Titular don Felipe San Martín Schröder, por inscripción extemporánea en el Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 05 de Julio de 2021.
Información societaria
Capital
Capital total
$103.000.000
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
INMOBILIARIA E INVERSIONES Y ASESORÍAS SIETE CONTINENTES TRADING LIMITADA Socio 76.237.350-5 | 76.237.350-5 | 10% | - |
Franco Esteban Terán Norambuena Socio 17.xxx.xxx-3 | 17.xxx.xxx-3 | 20% | - |
Alonso Andrés Terán Norambuena Socio 17.xxx.xxx-5 | 17.xxx.xxx-5 | 20% | - |
Administradores (2)
Franco Esteban Terán Norambuena
Alonso Andrés Terán Norambuena
Representación legal (4)
Franco Esteban Teran Norambuena
Alonso Andres Teran Norambuena
Franco Esteban Teran Norambuena
Alonso Andres Teran Norambuena
Historia societaria relatada
- Constitución· 19 de octubre de 2012
Constitución de Servicios Marítimos Jovimar Limitada.
- Otro acto· 3 de junio de 2013
Modificación societaria previa.
- Otro acto· 15 de febrero de 2019
Modificación societaria previa.
- Cesión de derechos
Sara Victoria Letelíer Fierro cede el 10% de sus derechos a Inmobiliaria e Inversiones y Asesorías Siete Continentes Trading Limitada.
SARA VICTORIA LETELÍER FIERRO · INMOBILIARIA E INVERSIONES Y ASESORÍAS SIETE CONTINENTES TRADING LIMITADA
- Cesión de derechos
Sara Victoria Letelíer Fierro cede el 20% de sus derechos a Franco Esteban Terán Norambuena.
SARA VICTORIA LETELÍER FIERRO · Franco Esteban Terán Norambuena
- Cesión de derechos
Sara Victoria Letelíer Fierro cede el 20% de sus derechos a Alonso Andrés Terán Norambuena.
SARA VICTORIA LETELÍER FIERRO · Alonso Andrés Terán Norambuena
- Cambio de administrador
La administración queda a cargo de Franco Esteban Terán Norambuena y Alonso Andrés Terán Norambuena, conjunta o separadamente.
Franco Esteban Terán Norambuena · Alonso Andrés Terán Norambuena
- Cambio de capital
Se informa capital social de $103.000.000.
Texto oficial del extracto
EUGENIO ALBERTO SAN MARTÍN TRUFFY, Abogado, Notario Público de la Segunda Notaría de Puerto Montt, Suplente del Titular don Felipe San Martin Schröder, con Oficio ubicado en esta ciudad, calle Urmeneta cuatrocientos catorce, CERTIFICA: Que por escritura pública de fecha 13 de Enero de 2021, suscrita ante el Notario Titular don Felipe San Martín Schröder, SARA VICTORIA LETELÍER FIERRO cédula nacional de identidad N°8.240.474-0, con domicilio en Ñuble número ciento noventa y seis, Piso tres, Puerto Montt , y la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES Y ASESORÍAS SIETE CONTINENTES TRADING LIMITADA”, Rut Rol único Tributario N°76.237.350-5, representada, por don FRANCO ESTEBAN TERAN NORAMBUENA, cédula nacional de identidad N°17.349.210-3 quien comparece por la sociedad y por sí, y don ALONSO ANDRES TERAN NORAMBUENA, cédula nacional de identidad N°17.045.504-5 quien comparece por la sociedad y por sí, todos estos domiciliados en Morandé 322 oficina 404, comuna y Ciudad Santiago y de paso por esta , modificaron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada denominada "Servicios Marítimos Jovimar Limitada" o "Jovimar Ltda.", Rol único Tributario N°76.234.897- 7, constituida por escritura pública de fecha 19/10/2012, otorgada ante doña Loreto Alvarez Vásquez, Notario Público de Puerto Montt, Suplente del Titular don Hernán Tike Carrasco, la cual se inscribió en extracto a fojas 1499 vta. N°1221 en el Registro de Comercio del año 2012 del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, cuyo extracto se publicó en la página web del Diario Oficial de la República de Chile el 08/11/2012. La que fue modificada por escritura pública de fecha 03/06/2013, otorgada ante el Notario Público de Puerto Montt don Hernán Tike Carrasco, la cual se inscribió en extracto a fojas 977 número 837 en el Registro de Comercio del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt y cuyo extracto se publicó en la página web del Diario Oficial de la República de Chile el 08/07/2013. La que fue modificada por escritura pública de fecha 15/02/2019, otorgada ante ante Eugenio Alberto San Martín Truffy, Notario Suplente de la segunda Notaría de Puerto Montt, del Titular don Felipe San Martín Schröder, la cual se inscribió en extracto a fojas 250 vta. número 173 en el Registro de Comercio del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt y cuyo extracto se publicó en la página web del Diario Oficial de la República de Chile el 11/03/2019. Las modificaciones acordadas consistieron en: a) doña SARA VICTORIA LETELÍER FIERRO, con el consentimiento de todos los socios de la Sociedad, vendió, cedió y transfirió a “INMOBILIARIA E INVERSIONES Y ASESORÍAS SIETE CONTINENTES TRADING LIMITADA, quien, compró, aceptó y adquirió para sí, el 10% del total de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad, en el precio y demás condiciones indicadas en escritura extractada; b) doña SARA VICTORIA LETELÍER FIERRO, con el consentimiento de todos los socios de la Sociedad, vendió, cedió y transfirió a FRANCO ESTEBAN TERAN NORAMBUENA, quien, compró, aceptó y adquirió para sí, el 20% del total de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad, en el precio y demás condiciones indicadas en escritura extractada; c) doña SARA VICTORIA LETELÍER FIERRO, con el consentimiento de todos los socios de la Sociedad, vendió, cedió y transfirió a ALONSO ANDRES TERAN NORAMBUENA, quien, compró, aceptó y adquirió para sí, el 20% del total de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad, en el precio y demás condiciones indicadas en escritura extractada d) En virtud de dicha cesión de derechos, “INMOBILIARIA E INVERSIONES Y ASESORÍAS SIETE CONTINENTES TRADING LIMITADA, FRANCO ESTEBAN TERAN NORAMBUENA y “ALONSO ANDRES TERAN NORAMBUENA, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron modificar la cláusula décima de la escritura social, quedando dicha cláusula del siguiente tenor: "DÉCIMO: La administración y uso de la razón social corresponderá a don Franco Esteban Terán Norambuena y a don Alonso Andrés Terán Norambuena quienes podrán actuar en forma separada o conjunta con todas las facultades contenidas en la cláusula décimo primera de la escritura social, con la limitación de que deberán actuar conjuntamente para: vender bienes del activo fijo de la Sociedad, para enajenar y gravar bienes raíces y para constituir a la Sociedad como fiadora, aval o codeudora de obligaciones de terceros”. En todo lo no modificado por escritura extractada, continúan plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Capital: $103.000.000.- Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Puerto Montt, 21 de Enero de 2021.
Información societaria
Capital
Capital total
$103.000.000
Administradores (2)
Franco Esteban Terán Norambuena
Representación legal (1)
FRANCO ESTEBAN TERAN NORAMBUENA
Historia societaria relatada
- Constitución· 19 de octubre de 2012
Constitución original de Servicios Marítimos Jovimar Limitada
- Otro acto· 3 de junio de 2013
Modificación anterior de la sociedad
Texto oficial del extracto
FELIPE SAN MARTIN SCHRODER, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, con Oficio ubicado en esta ciudad, calle Urmeneta 414, certifica: que por escritura pública, suscrita ante el Notario Suplente de este Oficio, don Eugenio Alberto San Martín Truffy, con fecha 15 de Febrero de 2019, SARA VICTORIA LETELIER FIERRO, empresaria, cédula nacional de identidad N°8.240.474-0, domiciliada en Ñuble N° 196, Puerto Montt; y la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES Y ASESORÍAS SIETE CONTINENTES TRADING LIMITADA, Rol Unico Tributario N°76.237.350-5, domiciliada en Morandé 322, oficina 404, Santiago, representada por don FRANCO ESTEBAN TERAN NORAMBUENA, ingeniero, del mismo domicilio de su representada; modificaron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada denominada “Servicios Marítimos Jovimar Limitada” o “Jovimar Ltda.”, Rol Unico Tributario N° 76.234.897- 7, constituida por escritura pública de fecha 19/10/2012, otorgada ante doña Loreto Alvarez Vásquez, Notario Público de Puerto Montt, Suplente del Titular don Hernán Tike Carrasco, la cual se inscribió en extracto a fojas 1499 vta. N°1221 en el Registro de Comercio del año 2012 del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, cuyo extracto se publicó en la página web del Diario Oficial de la República de Chile el 8/11/2012. La que fue modificada por escritura pública de fecha 3/6/2013, otorgada ante el Notario Público de Puerto Montt don Hernán Tike Carrasco, la cual se inscribió en extracto a fojas 977 número 837 en el Registro de Comercio del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt y cuyo extracto se publicó en la página web del Diario Oficial de la República de Chile el 8/7/2013. Capital: $103.000.000.- Modificación consiste: se modifica la cláusula décima de la escritura social, quedando dicha cláusula del siguiente tenor: “DECIMO: la administración y uso de la razón social corresponderá a doña Sara Victoria Letelier Fierro y a don Franco Esteban Terán Norambuena, quienes podrán actuar en forma separada o conjunta con todas las facultades contenidas en la cláusula décimo primera de la escritura social, con la limitación de que deberán actuar conjuntamente para: vender bienes del activo fijo de la Sociedad, para enajenar y gravar bienes raíces y para constituir a la Sociedad como fiadora, aval o codeudora de obligaciones de tercero”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Montt, 08 de Marzode 2019.
Actuaciones recientes
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