Inversiones Piedra Santa Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La inversión en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades, toda clase de instrumentos financieros y en general toda clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio; pudiendo adquirirlos, gravarlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos; constituir y participar en sociedades colectivas de responsabilidad limitada o anónimas; la prestación de servicios profesionales de toda índole, y en particular, servicios de asesoría y consultoría en materias vinculadas a la ingeniería; todo otro acto relacionado con lo anterior que los socios acuerden
Texto oficial del extracto
JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario Público Suplente del Titular de la 19ª Notaría de Santiago Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, Bandera 341 oficina 352, certifica: Por escritura fecha 18 de Agosto de 2020, Repertorio Nro. 20.884, ante mí, AURELIO IGNACIO DE DIEGO GLARIA y SANDRA ISABEL BARRERA ARAVENA, ambos domiciliados para estos efectos en calle Asturias número ciento noventa y ocho, comuna de Las Condes, modificaron la sociedad “INVERSIONES PIEDRA SANTA LIMITADA”, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago de 2012, a fojas 37.624 Nº 26.449, en los términos que se reemplaza la cláusula tercera del estatuto social, referente al objeto de la sociedad, por la siguiente: El Objeto de la sociedad será: a) La inversión en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades, toda clase de instrumentos financieros y en general toda clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio; pudiendo adquirirlos, gravarlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos; b) Constituir y participar en sociedades colectivas de responsabilidad limitada o anónimas; c) La prestación de servicios profesionales de toda índole, y en particular, servicios de asesoría y consultoría en materias vinculadas a la ingeniería; d) Todo otro acto relacionado con lo anterior que los socios acuerden”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 10 de Septiembre de 2020.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES PIEDRA SANTA LIMITADA
CVE 1815644
