Constructora Viento Puelche Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$15.000.000
實繳資本
$15.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
MARCO ANTONIO SAN MARTÍN HERRERA Socio 10.xxx.xxx-4 | 10.xxx.xxx-4 | 60% | $9.000.000 |
FRANCISCO JOSÉ SAN MARTÍN KLOCK Socio 18.xxx.xxx-6 | 18.xxx.xxx-6 | 40% | $6.000.000 |
公報所載公司沿革
- 設立· 2012年7月27日
Se constituye la sociedad Constructora Viento Puche Limitada.
- 權益轉讓· 2021年7月21日
Se otorga una cesión de derechos y modificación de sociedad.
MARCO ANTONIO SAN MARTÍN HERRERA · FRANCISCO JOSÉ SAN MARTÍN KLOCK
- 資本變更· 2021年10月30日
Se aumenta el capital social de $10.000.000 a $15.000.000.
MARCO ANTONIO SAN MARTÍN HERRERA · FRANCISCO JOSÉ SAN MARTÍN KLOCK
摘要官方正文
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha treinta de Octubre de dos mil veintiuno, ante mí, don MARCO ANTONIO SAN MARTÍN HERRERA, chileno, constructor civil, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número diez millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil seiscientos nueve guión cuatro, domiciliado en calle La Giralda número cero dos mil sesenta y uno, Puerta de Alcalá, de la comuna y ciudad de Temuco, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía; y don FRANCISCO JOSÉ SAN MARTÍN KLOCK, chileno, ingeniero civil, soltero, cédula de identidad número dieciocho millones setecientos veinte mil seiscientos cuarenta y cinco guión seis, domiciliado en calle Los Pablos número cero dos mil doscientos treinta y uno, de la comuna y ciudad de Temuco, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, expusieron: Que don MARCO ANTONIO SAN MARTÍN HERRERA y don FRANCISCO JOSÉ SAN MARTÍN KLOCK, son actualmente los únicos socios de la sociedad comercial de responsabilidad limitada que gira bajo la razón social CONSTRUCTORA VIENTO PUELCHE LIMITADA, con el nombre de fantasía o sigla “VIENTO PUELCHE LIMITADA” o “VIENTO PUELCHE LTDA”. Rol Único Tributario número setenta y seis millones doscientos treinta mil ochocientos noventa y nueve guión uno. Esta sociedad se constituyó por escritura pública de fecha veintisiete de Julio del año dos mil doce, otorgada ente el Notario Público de Temuco don JORGE ELIAS TADRES HALES, bajo el repertorio número cinco mil doscientos sesenta y dos, y cuyo extracto se inscribió a fojas mil cuatrocientos noventa y dos número mil doscientos cuatro del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Temuco, correspondiente al año dos mil doce, y un ejemplar del mismo se publicó en el Diario Oficial, en su edición número cuarenta mil trescientos veintiocho, de fecha tres de agosto de dos mil doce y se anotó al margen de la inscripción respectiva. Posteriormente esta sociedad se modificó por escritura pública de Cesión de Derechos y Modificación de Sociedad, de fecha veintiuno de julio del año dos mil veintiuno, otorgada ante el el Notario Público de Temuco don JORGE ELIAS TADRES HALES, bajo el repertorio número tres mil ochocientos treinta y dos, cuyo extracto se inscribió a foja seiscientos noventa y ocho número cuatrocientos trece, del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil veintiuno y un ejemplar del mismo se publicó en el Diario Oficial, en su edición número cuarenta y tres mil catorce, con fecha veintinueve de Julio del año dos mil veintiuno y se anotó al margen de la inscripción respectiva. El capital social es la suma de diez millones de pesos cancelados en el acto de la suscripción del estatuto social, al contado y en dinero en efectivo, ingresando en ese mismo acto a las arcas sociales. La participación de los únicos socios en la sociedad es: a) don MARCO ANTONIO SAN MARTÍN HERRERA, con un sesenta por ciento de los derechos y acciones sociales y b) don FRANCISCO JOSÉ SAN MARTÍN KLOCK, con un cuarenta por ciento de los derechos y acciones sociales. Declarando además estos que sus responsabilidades quedan limitadas al monto de sus respectivos aportes, los que son equivalentes a su participación en el haber social. Asimismo, que su participación en las utilidades y contribuciones a las pérdidas serán a prorrata de sus respectivos aportes. PRESENTE MODIFICACION: Por instrumento extractado don MARCO ANTONIO SAN MARTÍN HERRERA y don FRANCISCO JOSÉ SAN MARTÍN KLOCK, en su calidad de únicos socios de la sociedad CONSTRUCTORA VIENTO PUELCHE LIMITADA, vienen en aumentar el capital social de la suma actual de diez millones de pesos a la suma de $15.000.000.-, considerando un aumento efectivo de cinco millones de pesos, el que se paga de la siguiente manera: A.) don MARCO ANTONIO SAN MARTÍN HERRERA aporta la suma de tres millones de pesos, al contado y en dinero en efectivo, dinero que es aportado y enterado en este acto a las arcas sociales, y B.) FRANCISCO JOSÉ SAN MARTÍN KLOCK aporta la suma de dos millones de pesos, al contado y en dinero en efectivo, dinero que es aportado y enterado en este acto a las arcas sociales.- Con el objeto de adecuar los estatutos sociales al aumento de capital acordado y materializado en este acto, los socios acuerdan sustituir íntegramente la cláusula cuarta de los Estatutos Sociales, relativo al capital social, que consta en la escritura pública indicada en la cláusula primera precedente, sustituyéndola por el siguiente: “CUARTO: DEL CAPITAL DE LA SOCIEDAD.- El capital social asciende a la suma de QUINCE MILLONES DE PESOS, que se aportan de la siguiente forma: A.) Por don MARCO ANTONIO SAN MARTÍN HERRERA, la cantidad de nueve millones de pesos, que aporta en este acto al contado y en dinero en efectivo, que son aportados y enterados en este acto a las arcas sociales. B.) Por don FRANCISCO JOSÉ SAN MARTÍN KLOCK, la cantidad de seis millones de pesos que aporta en este acto al contado y en dinero en efectivo, que son aportados y enterados en este acto a las arcas sociales; como consecuencia a los socios le corresponde en los derechos y acciones sociales un porcentaje de un sesenta por ciento para don MARCO ANTONIO SAN MARTÍN HERRERA y un porcentaje del cuarenta por ciento para don FRANCISCO JOSÉ SAN MARTÍN KLOCK.”. En lo no modificado continuará vigente el pacto social primitivo contenidos en la escritura pública de constitución de sociedad, y sus respectivas modificaciones.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 05 de Noviembre de 2021.
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
CONSTRUCTORA VIENTO PUELCHE LIMITADA
CVE 2039915
