Comercial Inversiones Apobal Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Capital
Total capital
$8.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 13.xxx.xxx-3 | 13.xxx.xxx-3 | 99% | $7.920.000 |
Socio 13.xxx.xxx-7 | 13.xxx.xxx-7 | 1% | $80.000 |
Legal representation (1)
Official extract text
Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con domicilio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: Por escritura pública de fecha 18 de octubre de 2021, ante mí: ANDREA PILAR OPITZ BALBONTIN, ingeniero civil industrial, C.I. N° 13.848.014-3, con domicilio en calle Del Salvador N° 543, Puerto Varas, y don PABLO ENRIQUE OPITZ BALBONTIN, contador auditor, C.I. N° 13.117.662-7, con domicilio en Las Golondrinas, parcela 10, Puerto Varas, modificaron sociedad de responsabilidad limitada COMERCIAL INVERSIONES APOBAL LIMITADA, inscrita fojas 180, bajo el número 170 del Registro de Comercio de Puerto Varas correspondiente al año 2013, en cuanto: 1) don PABLO ENRIQUE OPITZ BALBONTIN, vendió, cedió y transfirió a doña ANDREA PILAR OPITZ BALBONTIN, el noventa y cinco por ciento de los derechos sociales de los cuales era dueño, esto es, el diecinueve por ciento del total de los derechos sociales de COMERCIAL INVERSIONES APOBAL LIMITADA. El precio de la cesión es la suma de $1.520.000.- que se pagaron en el acto al contado y en dinero en efectivo, a entera satisfacción del cedente. En consecuencia quedaron como únicos socios doña ANDREA PILAR OPITZ BALBONTIN con el 99% de los derechos sociales y don PABLO ENRIQUE OPITZ BALBONTIN, con el 1% de los derechos sociales 2) Se modificó la Cláusula Quinto del TITULO III.- Del Capital y Responsabilidad de los Estatutos Sociales en los siguientes términos: A) Se reemplaza la letra a) de la misma por la siguiente: “a) Doña Andrea Pilar Opitz Balbontín, aporta la suma de siete millones novecientos veinte mil pesos, que corresponde al noventa y nueve por ciento del capital social, que entera a la caja social en dinero efectivo.” y B) Se reemplaza la letra b) de la misma por la siguiente: “b) Don Pablo Enrique Opitz Balbontín, aporta la suma de ochenta mil pesos, que corresponden al uno por ciento del capital social, que entera a la caja social en dinero efectivo.” 3) Del mismo modo, modificaron la Cláusula Tercero de la escritura social, agregando al final de la misma, el siguiente párrafo: “Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.” 4) Asimismo, los socios modificaron la Cláusula Cuarto del Título II.- “De la Administración de la sociedad”, en el sentido de agregar, al final de la misma el siguiente párrafo: “En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los socios de la Sociedad.”, quedando inalteradas las demás estipulaciones de la individualizada cláusula Cuarto. En todo lo no modificado expresamente, permanece vigente Estatuto Social primitivo. Puerto Varas, a 25 de octubre de 2021.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
COMERCIAL INVERSIONES APOBAL LIMITADA
CVE 2032635
