Sociedade de Responsabilidade Limitada76.220.749-4

Constructora Coprofor Limitada

MODIFICACIÓN — 13 de jan. de 2024

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2024-01-13Ver PDF (CVE 2436837)

Informações societárias

Ltda
Eusebio Lillo N°135, Villa Icalma
Administração: Luz María Arévalo Torres y Paola Constanza Millar Arévalo, actuando separada e indistintamente

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Capital pendente

$0

Administradores (2)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 30 de julho de 2012

    Constitución de CONSTRUCTORA COPROFOR LIMITADA o CONSTRUCOP LTDA.

    LUZ MARIA AREVALO TORRES · GONZALO ANTONIO MILLAR AREVALO · MARIA ANGELICA MILLAR AREVALO · PAOLA CONSTANZA MILLAR AREVALO

  2. Falecimento· 27 de janeiro de 2020

    Fallece Víctor Hernán Millar Peña.

    Víctor Hernán Millar Peña

  3. Sucessão· 22 de dezembro de 2023

    Los herederos liquidan la comunidad hereditaria y se adjudican los derechos del causante.

    Luz María Arévalo Torres · Gonzalo Antonio Millar Arévalo · María Angélica Millar Arévalo · Paola Constanza Millar Arévalo · Víctor Hernán Millar Peña

Texto oficial do extrato

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Concepción, O´Higgins 528, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2023, ante mí, LUZ MARIA AREVALO TORRES, GONZALO ANTONIO MILLAR AREVALO, MARIA ANGELICA MILLAR AREVALO y PAOLA CONSTANZA MILLAR AREVALO, todos domiciliados en Eusebio Lillo N°135, Villa Icalma, San Pedro de la Paz, modificaron sociedad responsabilidad limitada CONSTRUCTORA COPROFOR LIMITADA o CONSTRUCOP LTDA., Rut N°76.220.749-4, Capital escriturado $10.000.000.-, constituida 30 julio 2012 Notario Público Concepción José Gerardo Bambach Echazarreta, inscrita fojas 1859 Nº1701 Registro Comercio Concepción 2012, publicada Diario Oficial 6 agosto 2012. Por fallecimiento socio Víctor Hernán Millar Peña, acaecido 27 enero 2020 en Coronel, cuya posesión efectiva concedida por Resolución Exenta N°18.552 de 12 octubre 2021, estableció que comparecientes Luz María Arévalo Torres, Gonzalo Antonio Millar Arévalo, María Angélica Millar Arévalo y Paola Constanza Millar Arévalo, son los únicos y exclusivos herederos, quienes mediante escritura pública de 22 diciembre 2023, Repertorio N°4837 de 2023, otorgada Notario Público Concepción Juan Espinosa Bancalari, procedieron a liquidar Comunidad hereditaria surgida con ocasión del fallecimiento de don Víctor Hernán Millar Peña, efectuando siguientes adjudicaciones en relación a ésta Sociedad: a) Se adjudicó a María Angélica Millar Arévalo, en la suma $223.203.-, el 25% de los derechos en el 20% de los derechos de la Comunidad hereditaria, equivalentes al 5% del capital social en la Sociedad, quien los aceptó y adquirió para sí; b) Se adjudicó a don Gonzalo Hernán Millar Arévalo, en la suma $223.203.-, el 25% de los derechos en el 20% de los derechos de la Comunidad hereditaria, equivalentes al 5% del capital social en la Sociedad, quien los aceptó y adquirió para sí; c) Se adjudicó a doña Paola Constanza Millar Arévalo, en la suma $223.203.-, el 25% de los derechos en el 20% de los derechos de la Comunidad hereditaria, equivalentes al 5% del capital social en la Sociedad, quien los aceptó y adquirió para sí; d) Se adjudicó a doña Luz María Arévalo Torres, en la suma $223.203.-, el 25% de los derechos en el 20% de los derechos de la Comunidad hereditaria, equivalentes al 5% del capital social en la Sociedad, quien los aceptó y adquirió para sí. Las adjudicaciones precedentes incluyeron absolutamente todos los derechos y haberes que corresponden proporcionalmente en esta sociedad, a cualquier título o denominación, especialmente su parte del capital social, fondos de reserva, incluso por concepto de utilidades no retiradas y de saldos a su favor en cuenta corriente o personal, como asimismo las presuntas obligaciones y/o deudas que le pudieren corresponder. Los comparecientes y únicos socios de CONSTRUCTORA COPROFOR LIMITADA, vienen en efectuar las siguientes modificaciones al estatuto social: a) Se modifica la cláusula séptima de Estatuto social: La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a doña Luz María Arévalo Torres y a doña Paola Constanza Millar Arévalo, quienes, actuando separada e indistintamente una cualquiera de ellas, representarán a la Sociedad con todas las facultades que indica el Estatuto social; b) Se modifica la cláusula quinta de Estatuto social: El capital social escriturado es la suma de diez millones de pesos, el que ha sido aportado e íntegramente enterado por los socios en arcas sociales, de la siguiente manera, en un veinticinco por ciento por doña Luz María Arévalo Torres, en un veinticinco por ciento por don Gonzalo Antonio Millar Arévalo, en un veinticinco por ciento por doña María Angélica Millar Arévalo, y en un veinticinco por ciento por doña Paola Constanza Millar Arévalo. En lo no modificado, mantiene plena vigencia el estatuto social.- Concepción, 11 de enero de 2024.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    CONSTRUCTORA COPROFOR LIMITADA

    CVE 2436837

Relações societárias

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