Sociedad por Acciones76.219.194-6

Profectus Íntegra SpA

MODIFICACIÓN — 13 dic 2023

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2023-12-13Ver PDF (CVE 2420365)

Información societaria

SpA
La Serena, Coquimbo
Duración: 5 años, prorrogable automática y sucesivamente por iguales períodos de 5 años
Administración: Actuación unipersonal de ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA

Objeto social

prestación de servicios o asesorías profesionales

Capital

Capital total

$2.500.000

Capital pagado

$2.500.000

Capital pendiente

$0

Acciones

2500

Socios (4)

NombreParticipación

ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA

Socio

9.xxx.xxx-k

25%

ADÁN RUDECINDO SAAVEDRA SAN MARTIN

Socio

8.xxx.xxx-0

25%

ESTEBAN EDUARDO ALBERTO YEFI ARAYA

Socio

17.xxx.xxx-4

25%

XIMENA RENÉE YEFI ARAYA

Socio

16.xxx.xxx-9

25%

Administradores (1)

ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA

9.xxx.xxx-kAdministrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 22 de junio de 2012

    Constitución original de PROFECTUS ÍNTEGRA SpA.

  2. Transformación· 29 de noviembre de 2023

    La sociedad se transforma de SpA a sociedad de responsabilidad limitada bajo el nuevo nombre PROFECTUS ÍNTEGRA SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA.

    ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA · ADÁN RUDECINDO SAAVEDRA SAN MARTIN · ESTEBAN EDUARDO ALBERTO YEFI ARAYA · XIMENA RENÉE YEFI ARAYA

Texto oficial del extracto

ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de La Serena, con domicilio en Huanhualí N° 292, La Serena, certifico: Por escritura pública de fecha 04 de Diciembre del año 2023 Repertorio Nº3019-2023; ante mí compareció don Felipe Ignacio Viveros Varela, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número trece millones cuatrocientos veintiún mil doscientos veinte guión nueve, domiciliado en calle Manuel Antonio Matta Nº 218, La Serena, debidamente facultado, redujo a escritura pública el acta de SEGUNDA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS PROFECTUS ÍNTEGRA SpA Celebrada el 29 de Noviembre de 2023. ACTA SEGUNDA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS PROFECTUS ÍNTEGRA SPA. En La Serena, a veintinueve de Noviembre de dos mil veintitrés, siendo las doce horas, en las oficinas de la sociedad ubicadas en Manuel Antonio Matta número trescientos nueve, Departamento D, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, se llevó a efecto la presente Junta de Accionistas de PROFECTUS ÍNTEGRA SpA, bajo la Presidencia de su Titular doña XIMENA RENÉE YEFI ARAYA y con la asistencia de la totalidad de las acciones emitidas, las que estuvieron representadas según la siguiente Lista de Asistencia: a) ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA, por seiscientas veinticinco acciones; b) ADÁN RUDECINDO SAAVEDRA SAN MARTIN, por seiscientas veinticinco acciones; c) ESTEBAN EDUARDO ALBERTO YEFI ARAYA, por seiscientas veinticinco acciones; d) XIMENA RENÉE YEFI ARAYA, por seiscientas veinticinco acciones. De esta forma, concurrió a la Junta la unanimidad de las acciones emitidas a la fecha. Actuó como Secretaria doña ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA. Asistió también el señor Notario don Alberto Viada Ovalle Verificado el quórum por el señor Presidente, se dejó constancia de lo siguiente:1. FORMALIDADES DE CONSTITUCIÓN DE LA JUNTA. a) Formalidades de convocatoria: Se dejó constancia que se había omitido la citación que prescribe el artículo 60 de la Ley N° 18.046, por haberse, con la debida anticipación, comprometido la asistencia de la totalidad de las acciones emitidas, lo que efectivamente había ocurrido; b) Firma del Acta de la presente Junta: Se acordó que la presente Junta sería firmada por todos los accionistas presentes al acto. c) Instalación de la Junta: Señaló el señor Presidente que estando presentes en la Junta la totalidad de las dos mil quinientas acciones emitidas a la fecha, declaraba instalada la Junta y abierta la Sesión. 2. TABLA. Manifestó el señor Presidente que, tal como se había comunicado oportunamente a los señores accionistas, la presente junta tenía por objeto: a) Pronunciarse acerca de la transformación de la presente sociedad por acciones en una sociedad de responsabilidad limitada en los términos de la Ley número tres mil novecientos dieciocho, de catorce de marzo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones, cambiando en tal sentido su especie o tipo social con subsistencia de su personalidad jurídica y reformando sus Estatutos, la que se denominará “PROFECTUS ÍNTEGRA SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones doscientos diecinueve mil ciento noventa y cuatro guión seis, cuyos estatutos modificados se fijan más adelante en este instrumento, la que será en todo su continuadora legal, haciéndose cargo y asumiendo el total de su activo y pasivo, sin solución alguna de continuidad, y quedando en su nueva organización como responsable de los impuestos que correspondieren en la gestión de su organización anterior, declaración esta que se incluye para los efectos que pudiere corresponder del Código Tributario; b) Modificar el estatuto social agregando al objeto social la prestación de servicios o asesorías profesionales; c) Fijar al efecto un nuevo texto refundido de sus estatutos sociales, como consecuencia de la transformación social antes señalada, debiendo por efecto de las normas legales aplicables de las sociedades de responsabilidad, este pacto social y sus Estatutos darse por ratificado y reiterado por los socios constituyentes, quienes deberán suscribir personalmente la escritura pública de reducción de esta acta a instrumento público; d) Acordar que la presente transformación una vez cumplidas todas las formalidades legales, producirá sus efectos a contar del día uno de enero de dos mil veinticuatro. 3. ACUERDOS. 3.1. Transformación. La junta acordó, por la unanimidad de los accionistas presentes, transformar la presente sociedad por acciones en una sociedad de responsabilidad limitada en los términos de la Ley número tres mil novecientos dieciocho, de catorce de marzo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones, cambiando en tal sentido su especie o tipo social con subsistencia de su personalidad jurídica y reformando sus Estatutos, la que se denominará “PROFECTUS ÍNTEGRA SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA”, cuyos estatutos se fijan más adelante en este instrumento, la que será en todo su continuadora legal, haciéndose cargo y asumiendo el total de su activo y pasivo, sin solución alguna de continuidad, y quedando en su nueva organización como responsable de los impuestos que correspondieren en la gestión de su organización anterior, declaración ésta que se incluye para los efectos que pudiere corresponder del Código Tributario. Las partes protocolizarán conjuntamente con la reducción a escritura pública de la presente acta y a título de mera referencia, el Balance de la Compañía al treinta y uno de diciembre de dos mil veintitrés, que corresponde al último ejercicio terminado antes de este instrumento, y que se considerará formar parte integrante de esta escritura a todos los efectos, produciendo la transformación todas sus consecuencias a contar del día uno de enero de dos mil veinticuatro, ya sea entre las partes o respecto de terceros, fecha desde la cual producirá todas sus consecuencias, considerándose que todos sus actos, a partir de esta fecha, corresponden a su organización como sociedad comercial de responsabilidad limitada. 3.2. Constancia relativa a títulos anteriores de la sociedad. Para efectos de orden, la presente junta de accionistas acordó dejar la siguiente constancia relativa a los títulos societarios de “PROFECTUS ÍNTEGRA SpA”, la que se constituyó originalmente, por escritura pública de fecha veintidós de junio de dos mil doce, otorgada en la Segunda Notaría de La Serena de don Óscar Fernández Mora, cuyo extracto se inscribió a fojas mil noventa y uno número quinientos setenta y siete del Registro de Comercio del Conservador de La Serena correspondiente al año dos mil doce, habiendo sufrido varias modificaciones a sus estatutos a la fecha. De conformidad con los estatutos sociales vigentes, PROFECTUS ÍNTEGRA SpA tiene actualmente un capital de dos millones quinientos mil pesos- el que considerando la revalorización su capital propio conforme el artículo 10 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas que asciende a dos millones quinientos mil pesos, da un capital actualizado de dos millones quinientos mil pesos, el que se encuentra dividido en dos mil quinientas acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en dinero efectivo, por los accionistas fundadores, quedando la participación de los actuales accionistas de la siguiente forma: a) ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA con seiscientas veinticinco acciones; b) ADÁN RUDECINDO SAAVEDRA SAN MARTIN con seiscientas veinticinco acciones; c) ESTEBAN EDUARDO ALBERTO YEFI ARAYA con seiscientas veinticinco acciones; d) XIMENA RENÉE YEFI ARAYA con seiscientas veinticinco acciones. 3.3. Modificar el objeto social. Modificar los estatutos sociales en lo relativo al objeto social de la compañía, en el sentido de que la sociedad podrá dedicarse a la prestación de servicios o asesorías profesionales, quedando en consecuencia el artículo segundo de los estatutos originales que pasa a ser la cláusula tercera del nuevo texto refundido del siguiente tenor: “TERCERO: La sociedad tendrá por objeto: prestación de servicios o asesorías profesionales”. 3.4. Nuevo texto refundido de estatutos sociales. Como consecuencia de la transformación societaria acordada en la presente junta extraordinaria de accionistas, se acordó por unanimidad establecer el siguiente texto refundido de los estatutos sociales, único por el cual se regirá la sociedad en el futuro: “PROFECTUS ÍNTEGRA SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA”. “Por el presente instrumento, Doña ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA, chilena, casada, factor comercio, cédula nacional de identidad número nueve millones doscientos noventa y ocho mil guión seis, domiciliada en Manuel Antonio Matta número trescientos nueve, departamento D, Segundo Piso, La Serena; don ADÁN RUDECINDO SAAVEDRA SAN MARTIN, chileno, casado, Contador Auditor, cédula nacional de identidad número ocho millones cuatrocientos noventa y tres mil seiscientos diecisiete guión cero, domiciliado en calle Nueva Dos número tres mil ochocientos cuarenta, Rosario de Peñuelas, comuna y ciudad de Coquimbo; don ESTEBAN EDUARDO ALBERTO YEFI ARAYA, chileno, soltero, cientista político, cédula nacional de identidad número diecisiete millones ochocientos veintinueve mil novecientos ochenta y dos guión cuatro, domiciliado en Avenida del Mar número dos mil quinientos cincuenta y nueve, Departamento Cuarenta y nueve, La Serena; doña XIMENA RENÉE YEFI ARAYA, chilena, soltera, implementador y auditor ISO, cédula nacional de identidad número dieciséis millones diecisiete mil ciento noventa y siete guión nueve, domiciliada en Alfalfares número mil ciento noventa y siete, La Serena; vienen en constituir una sociedad comercial de responsabilidad limitada de conformidad a las siguientes disposiciones: PRIMERO. Por el presente instrumento los comparecientes vienen en constituir una sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes, la que se regirá por las reglas de la Ley número tres mil novecientos dieciocho, de catorce de marzo de mil novecientos veintitrés, y sus modificaciones posteriores, y especialmente por las contenidas en sus estatutos sociales establecidos en el presente instrumento, y a falta de ellos, por las prescritas en los Códigos de Comercio y Civil, las que serán aplicables en el orden indicado. SEGUNDO. El nombre o razón social será “PROFECTUS ÍNTEGRA SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA», pudiendo usar y actuar ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, incluso bancos comerciales, con la abreviación o nombre de fantasía “Profectus Ltda”. TERCERO. La sociedad tendrá por objeto: prestación de servicios o asesorías profesionales. CUARTO. La administración y el uso de la razón social corresponderá a la actuación unipersonal de ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA, quien actuando de la forma antes indicada y anteponiendo la razón social a su nombre y firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades, y especialmente con las que a título meramente enunciativo y no taxativo se indican a continuación: UNO. Comprar, vender, permutar, y en general, adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes raíces; DOS. Comprar, vender, permutar, y en general, adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, incluso valores mobiliarios; TRES. Dar y tomar en arrendamiento, administración y concesión toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles; CUATRO. Dar y tomar bienes en comodato; CINCO. Dar y tomar bienes en mutuo; SEIS. Dar bienes en hipoteca, posponer, limitar y alzar hipotecas constituidas en favor de la sociedad incluso con cláusula de garantía general; SIETE. Dar en prenda muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sean en prenda civil, mercantil, warrants de cosas muebles vendidas u otras especiales y cancelarlas; OCHO. Dar y recibir dinero y otros bienes en depósito, sea necesario o voluntario y en secuestro; NUEVE. Resciliar, rescindir, resolver y dejar sin efecto actos y contratos; renunciar derechos o acciones resolutorias o de otra índole; DIEZ. Ceder y aceptar cesiones de crédito y otros derechos, sean nominativo, a la orden o al portador, y en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantiles, valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio. ONCE. Aceptar en favor de la sociedad toda clase de garantías reales y personales; DOCE. Recibir en donación, incluso bienes raíces; TRECE. Novar, transigir y comprometer; CATORCE. Dar y tomar dinero en préstamo, con o sin intereses, con o sin reajustes, a corto o a largo plazo, con o sin garantía, en moneda nacional o extranjera; QUINCE. Operar en el mercado de capitales pudiendo comprar, vender y negociar en cualquier forma, acciones, bonos pagarés, debentures, valores hipotecarios reajustables y cualquiera clase de valores mobiliarios, letras de cambio y efectos de comercio, sean emitidos por el Estado o por particulares; DIECISÉIS. Celebrar toda clase de operaciones con el Banco Central de Chile, Bancos e Instituciones Financieras, Corporación de Fomento de la Producción y demás instituciones públicas y privadas de crédito nacionales o extranjeras, y en especial contratar con estos bancos o instituciones, mutuos, préstamos bancarios de cualquier índole, préstamos con letras, pagarés, sobregiros, avances contra aceptación y cualquier otro tipo de operaciones de crédito en cualquier forma y condiciones; DIECISIETE. Celebrar contratos de seguros, pudiendo acordar primas, fijar riesgos, plazos y demás condiciones, prorrogar pólizas, endosarlas y cancelarlas, aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros; DIECIOCHO. Celebrar contratos de transporte, de fletamento, de cambio y de correduría; DIECINUEVE. Celebrar contratos para constituir agentes, comisionistas, distribuidores y concesionarios; VEINTE. Establecer agencias, sucursales o establecimientos en cualquier punto del país o el extranjero; VEINTIUNO. Presentarse a toda clase de propuestas públicas y privadas, pactando las condiciones que estime convenientes y necesarias, pudiendo al efecto suscribir toda clase de solicitudes y documentos que sean pertinentes para su debido otorgamiento; VEINTIDÓS. Solicitar para la sociedad concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto, inclusive concesiones marítimas, de acuicultura, de telecomunicaciones, y de cualquiera otra índole; VEINTITRÉS. Celebrar contratos de censo, de renta vitalicia, de avío, de iguala y de anticresis; VEINTICUATRO. Celebrar contratos colectivos de trabajo; VEINTICINCO. Celebrar y modificar contratos de trabajo, contratar y despedir trabajadores, contratar servicios profesionales o técnicos y ponerles término, otorgar finiquitos, pagar sueldos, salarios gratificaciones, bonificaciones, conceder anticipos, estipular las remuneraciones en moneda nacional o extranjera; pactar viáticos, traslados, y demás condiciones que estime conveniente; VEINTISÉIS. Representar a la sociedad ante todas las autoridades o reparticiones fiscales, semifiscales, de administración autónoma; organismos de previsión, de salud, de Administración de Fondos de Pensiones, y presentar ante ellas solicitudes de cualquier especie; suscribir con ellas o ante ellas todos los instrumentos públicos o privados que sean necesarios; efectuar declaraciones juradas de cualquier especie o materia; asistir a reuniones, comparendos y citaciones que hagan tales autoridades; VEINTISIETE. Abrir cuentas corrientes bancarias y comerciales, de depósito y de crédito en Chile y en el extranjero; girar y sobregirar en ellas; aceptar y rechazar saldos; adquirir y retirar talonarios de cheques; celebrar toda clase de operaciones relacionadas con el contrato de cambio y demás obligaciones mercantiles y en especial girar, tomar, suscribir, aceptar, reaceptar, descontar, prorrogar, endosar en dominio o en otra forma, revalidar letras de cambio, pagarés, cheques, libranzas, certificados de depósito y demás efectos negociables de comercio; contratar boletas de garantía bancaria; contratar cajas de seguridad o de otra especie; VEINTIOCHO . Girar, endosar en cobranza y/o en garantía letras de cambio, colocar y retirar valores en custodia o garantía; depositar y retirar de cajas de seguridad toda clase de bienes y valores mobiliarios; VEINTINUEVE. Representar a la sociedad con voz y voto en todas las sociedades, comunidades, cooperativas, asociaciones, empresas y organismos privados de que la sociedad forme parte o en que tenga participación o interés, aunque no sea pecuniario, con facultad para intervenir en las reuniones, asambleas, comités y demás órganos de tales entidades, en lo que corresponda conforme a la ley y estatutos o convenios que las rijan y para que ejerza todos los derechos que con ellas correspondan a la sociedad; TREINTA. Tomar parte o interés en otras sociedades, comunidades, cooperativas, asociaciones o empresas civiles o comerciales, de carácter colectivo, en comandita, anónimas o de cualquiera otra naturaleza, ya formadas o que formen y concurrir con voz y voto a sus resoluciones, modificación o liquidación; TREINTA Y UNO. Solicitar el registro de marcas comerciales, patentes de invención y modelos industriales e inscribir el dominio intelectual; realizar todos los actos y gestiones destinados a proteger y amparar la propiedad industrial e intelectual; y mantener su vigencia, solicitando las renovaciones o ampliaci

ModificaciónDiario Oficial · 2023-12-01Ver PDF (CVE 2415815)

Información societaria

SpA
calle Manuel Antonio Matta número trescientos nueve, departamento D, Segundo Piso

Objeto social

prestación de servicios de capacitación

Capital

Capital total

$2.500.000

Acciones

2500

Socios (2)

NombreParticipación

Adán Rudecindo Saavedra San Martin

Accionista

-

XIMENA RENÉE YEFI ARAYA

Accionista

-

Administradores (1)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 22 de junio de 2012

    Constitución de PROFECTUS ÍNTEGRA SpA.

  2. Otro acto· 5 de noviembre de 2012

    La sociedad fue saneada.

  3. Otro acto· 15 de mayo de 2014

    La sociedad fue modificada.

  4. Cesión de derechos· 4 de diciembre de 2018

    Elena Margarita Araya Molina adquirió las 2.500 acciones equivalentes al 100% de las acciones suscritas y pagadas.

    Elena Margarita Araya Molina

  5. Cesión de derechos· 6 de noviembre de 2023

    Elena Margarita Araya Molina vende acciones a Adán Rudecindo Saavedra San Martin.

    Elena Margarita Araya Molina · Adán Rudecindo Saavedra San Martin

  6. Cambio de administrador· 17 de noviembre de 2023

    Se renuncia a la presidencia del directorio de Elena Margarita Araya Molina y se designa como nueva presidenta a Ximena Renée Yefi Araya.

    Elena Margarita Araya Molina · XIMENA RENÉE YEFI ARAYA

Texto oficial del extracto

ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de La Serena, con domicilio en Huanhualí N° 292, La Serena, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de Noviembre Repertorio Nº2961-2023; ante mí compareció don FELIPE IGNACIO VIVEROS VARELA, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número trece millones cuatrocientos veintiún mil doscientos veinte guión nueve, domiciliado en Manuel Antonio Matta número doscientos dieciocho, La Serena, debidamente facultado, redujo a escritura pública el acta de PRIMERA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS PROFECTUS ÍNTEGRA SpA Celebrada el 17 de Noviembre de 2023. En La Serena, a diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés, a las doce horas, en Manuel Antonio Matta número trescientos nueve, Departamento D, Segundo piso, La Serena, se celebró la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “PROFECTUS ÍNTEGRA SpA”, persona jurídica de derecho privado, de giro único y exclusivo de prestación de servicios de capacitación, Rol Único Tributario número setenta y seis millones doscientos diecinueve mil ciento noventa y cuatro guión seis, con domicilio en calle Manuel Antonio Matta número trescientos nueve, departamento D, Segundo Piso, comuna y ciudad de La Serena, constituida de conformidad a las disposiciones del Párrafo Octavo del Título Séptimo del Código de Comercio, por escritura pública de fecha veintidós de junio de dos mil doce otorgada ante Notario Público Titular de la Segunda Notaría de La Serena don Óscar Fernández Mora protocolizada con la misma fecha bajo el número cinco mil cuatrocientos cincuenta y dos guión dos mil doce cuyo extracto fue inscrito a fojas mil noventa y uno número quinientos setenta y siete del Registro de Comercio del Conservador de La Serena correspondiente al año dos mil doce. La referida sociedad fue saneada por escritura pública de fecha cinco de noviembre de dos mil doce otorgada ante Notario Público Titular de la Segunda Notaría de La Serena don Óscar Fernández Mora, cuyo extracto fue inscrito a fojas dos mil treinta y seis número mil sesenta y cinco del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año dos mil doce y, posteriormente, modificada mediante escritura pública de fecha quince de mayo del año dos mil catorce otorgada ante don Ricardo Olivares Pizarro, Notario Público Titular, de la Segunda Notaría de Vallenar cuyo extracto fue inscrito a fojas setecientos cuarenta y seis número trescientos cincuenta y dos del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año dos mil catorce. Con fecha cuatro de diciembre de dos mil dieciocho otorgada ante don John Gallardo Gómez, Notario Público Suplente del Titular Óscar Fernández Mora, se modificó la Sociedad referida, adquiriendo doña Elena Margarita Araya Molina las dos mil quinientas acciones equivalentes al cien por ciento del total de acciones suscritas y pagadas, modificación cuyo extracto fue inscrito a fojas mil doscientos cincuenta y cuatro número cuatrocientos noventa y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año dos mil dieciocho y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial, edición oficial número cuarenta y dos mil doscientos treinta y dos de fecha dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho. El capital social es de dos millones quinientos mil pesos, dividido en dos mil quinientas acciones nominativas sin valor nominal. Presidió la reunión doña ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA, y actuó de Secretaria doña XIMENA RENÉE YEFI ARAYA. El capital social es de dos millones quinientos mil de pesos dividido en dos mil quinientas acciones nominativas sin valor nominal. Por unanimidad los accionistas acordaron entre otros: a) Aprobar la venta de acciones de fecha seis de noviembre de dos mil veintitrés efectuada por doña Elena Margarita Araya Molina a don Adán Rudecindo Saavedra San Martin; b) Aprobar la renuncia de la señora Presidente del Directorio doña Elena Margarita Araya Molina y la designación del nuevo Presidente del Directorio doña XIMENA RENÉE YEFI ARAYA. Demás pactos constan en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para su legalización. La Serena, a veintinueve de noviembre de 2023.

ModificaciónDiario Oficial · 2019-10-15Ver PDF (CVE 1668321)

Información societaria

SpA
Manuel Antonio Matta número trescientos nueve guion D

Objeto social

La prestación de servicios de capacitación, incluyendo la prestación de servicios de capacitación laboral y/o ocupacional, de capacitación a empresas y a cualquier persona, instituciones públicas o privadas. La realización de consultorías a nivel de investigaciones y desarrollo experimental en el campo de las ciencias naturales y la ingeniería; investigaciones y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades; la implementación y realización de auditorías internas empresariales de Estándares nacionales (NCh) e internacionales (ISO), Global GAP, asesorías profesionales y otras consultorías atingentes; la evaluación y formulación de proyectos relacionados con la gestión de la innovación para la transferencia tecnológica, investigación y desarrollo científico; acuerdos de producción limpia, eficiencia energética y huella de carbono, entre otras, pudiendo realizar sus actividades en los siguientes ámbitos de acción: Educación, Salud, Minería, Agroindustria, Pesca, Transporte, Turismo, Industria alimentaria, Actividades de investigación y desarrollo experimental; el desarrollo de todo tipo de proyectos y actividades en materia de asesoramiento, consultoría y capacitación empresarial y de gestión. La Sociedad podrá además ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los socios y que digan relación con el objeto social y los demás negocios que estipularen los socios que digan relación con cualquier actividad conexa al objeto.

Capital

Capital total

$2.500.000

Texto oficial del extracto

JOHN GALLARDO GOMEZ, Notario Público de la Segunda Notaría de La Serena, Suplente del Titular, Oscar Fernández Mora, con domicilio en Cordovez 588, Local 108, La Serena, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí; doña ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA, con domicilio en Manuel Antonio Matta número trescientos nueve guion D, comuna de La Serena, modificó la sociedad por acciones denominada PROFECTUS INTEGRA SpA, inscrita a fojas 1091 N° 577 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena del año 2012, específicamente, el objeto de la sociedad, modificando para ello el artículo SEGUNDO del acto constitutivo, quedando este, en definitiva, como sigue: El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios de capacitación, incluyendo la prestación de servicios de capacitación laboral y/o ocupacional, de capacitación a empresas y a cualquier persona, instituciones públicas o privadas. La realización de consultorías a nivel de investigaciones y desarrollo experimental en el campo de las ciencias naturales y la ingeniería; investigaciones y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades; la implementación y realización de auditorías internas empresariales de Estándares nacionales (NCh) e internacionales (ISO), Global GAP, asesorías profesionales y otras consultorías atingentes; la evaluación y formulación de proyectos relacionados con la gestión de la innovación para la transferencia tecnológica, investigación y desarrollo científico; acuerdos de producción limpia, eficiencia energética y huella de carbono, entre otras, pudiendo realizar sus actividades en los siguientes ámbitos de acción: Educación, Salud, Minería, Agroindustria, Pesca, Transporte, Turismo, Industria alimentaria, Actividades de investigación y desarrollo experimental; el desarrollo de todo tipo de proyectos y actividades en materia de asesoramiento, consultoría y capacitación empresarial y de gestión. La Sociedad podrá además ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los socios y que digan relación con el objeto social y los demás negocios que estipularen los socios que digan relación con cualquier actividad conexa al objeto. Capital: $2.500.000.- Demás estipulaciones en escritura extractada. La Serena, 08 de octubre. de 2019.

ModificaciónDiario Oficial · 2018-12-18Ver PDF (CVE 1513883)

Información societaria

SpA
calle Manuel Antonio Matta número trescientos nueve, departamento D, Segundo Piso
Administración: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a la socia única

Objeto social

prestación de servicios de capacitación

Capital

Capital total

$2.500.000

Acciones

2500

Socios (1)

NombreParticipación

ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA

Accionista

9.xxx.xxx-6

100%

Administradores (1)

ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA

9.xxx.xxx-6Administrador

Representación legal (2)

ADÁN RUDECINDO SAAVEDRA SAN MARTÍN

8.xxx.xxx-0En representación de PROFECTUS INTEGRA SpA76.219.194-6

ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA

9.xxx.xxx-6En representación de PROFECTUS INTEGRA SpA76.219.194-6

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 22 de junio de 2012

    Se constituye PROFECTUS INTEGRA SpA por Adán Rudecindo Saavedra San Martín, Roberto Enrique Zavala Briceño y Elena Margarita Araya Molina.

    ADÁN RUDECINDO SAAVEDRA SAN MARTÍN · ROBERTO ENRIQUE ZAVALA BRICEÑO · ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA

  2. Cesión de derechos· 4 de diciembre de 2018

    Adán Rudecindo Saavedra San Martín cede el 60% de sus acciones a Elena Margarita Araya Molina, quedando como única socia.

    ADÁN RUDECINDO SAAVEDRA SAN MARTÍN · ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA

Texto oficial del extracto

JOHN GALLARDO GÓMEZ, Notario Público Suplente del Titular Oscar Fernández Mora, domiciliado en calle Gregorio Cordovez N°588, Of. 108, La Serena, certifico: que por escritura pública ante el Notario Titular, de fecha 04 de diciembre de 2018, don ADÁN RUDECINDO SAAVEDRA SAN MARTÍN, chileno, casado, separado totalmente de bienes, contador auditor, cédula nacional de identidad número ocho millones cuatrocientos noventa y tres mil seiscientos diecisiete guión cero (8.493.617-0), domiciliado en calle Cordovéz N° 490, oficina 312, Tercer Piso, comuna y ciudad de La Serena y doña ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA, chilena, casada, factor comercio, cédula nacional de identidad número nueve millones doscientos noventa y ocho mil guión seis (9.298.000-6), domiciliada en calle Manuel Antonio Matta número trescientos nueve, departamento D, comuna y ciudad de La Serena; ambos en representación de la sociedad por acciones PROFECTUS INTEGRA SpA, persona jurídica de derecho privado, de giro único y exclusivo de prestación de servicios de capacitación, Rol Único Tributario número setenta y seis millones doscientos diecinueve mil ciento noventa y cuatro guión seis con domicilio en calle Manuel Antonio Matta número trescientos nueve, departamento D, Segundo Piso, comuna y ciudad de La Serena. Por escritura pública de fecha veintidós de junio de dos mil doce otorgada ante Notario Público Titular de la Segunda Notaría de La Serena don Óscar Fernández Mora protocolizada con la misma fecha bajo el número cinco mil cuatrocientos cincuenta y dos guión dos mil doce (5.452-2012) cuyo extracto fue inscrito a fojas mil noventa y uno (1.091)número quinientos setenta y siete (577) del Registro de Comercio del Conservador de La Serena correspondiente al año dos mil doce (2012); don Adán Rudecindo Saavedra San Martín, don Roberto Enrique Zavala Briceño y doña Elena Margarita Araya Molina, constituyeron la sociedad por acciones “PROFECTUS INTEGRA SpA”. La referida sociedad fue saneada por escritura pública de fecha cinco de noviembre de dos mil doce otorgada ante Notario Público Titular de la Segunda Notaría de La Serena don Óscar Fernández Mora, cuyo extracto fue inscrito a fojas dos mil treinta y seis (2.036) número mil sesenta y cinco (1.065) del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año dos mil doce (2012) y, posteriormente, modificada mediante escritura pública de fecha quince de mayo del año dos mil catorce otorgada ante don Ricardo Olivares Pizarro, Notario Público Titular, de la Segunda Notaría de Vallenar cuyo extracto fue inscrito a fojas setecientos cuarenta y seis (746) número trescientos cincuenta y dos (352) del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año dos mil catorce (2014). El capital inicial de la sociedad es de dos millones quinientos mil pesos. Por el presente instrumento, don Adán Rudecindo Saavedra San Martín vende, cede y transfiere, a la cesionaria la totalidad de sus acciones a doña ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA, correspondientes al sesenta por ciento (60%) del total de las acciones de la sociedad acciones emitidas de “Profectus Integra SpA” con lo cual queda con el cien por ciento (100%) de las acciones emitidas y, en consecuencia, como única socia en “Profectus Integra SpA”. Doña Elena Margarita Araya Molina, en este acto acepta para sí, la totalidad de tales acciones singularizadas, directamente, sin la intermediación de un Corredor, ni de ninguna Institución Bancaria, Financiera o de Crédito. El precio por las mil quinientas acciones individualizadas en la cláusula segunda es la suma de un millón quinientos mil pesos ($1.500.000.-), cantidad que se paga por el comprador en este acto y en dinero efectivo y que el vendedor declara recibir a su entera satisfacción, dejando las partes, constancia del total y absoluto finiquito de cualquier obligación que entre éstas exista. Se deja expresa constancia que las mil quinientas acciones que se transfieren en este acto, se encuentran a esta fecha suscritas y pagadas. Las partes declaran que, por no tener, tales acciones, cotización bursátil, el precio ha quedado entregado a la autonomía de la voluntad y que ambas lo consideran justo. La adquisición de acciones de doña ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA de la sociedad PROFECTUS ÍNTEGRA SpA., de que da cuenta el presente instrumento implica la aceptación del comprador de los estatutos sociales, de los acuerdos adoptados por los administradores. En virtud de la compraventa de acciones queda como única socia de la sociedad “PROFECTUS INTEGRA SpA”, doña ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA con dos mil quinientas acciones equivalentes al cien por ciento del total de acciones suscritas y pagadas. La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a la socia doña ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA, quién anteponiendo a su firma la razón social obligará y representará a la sociedad, en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y que aparecen en la escritura de constitución de la Sociedad referida. Se deja expresa constancia que doña ELENA MARGARITA ARAYA MOLINA, ya individualizada, adquiere las acciones objeto del presente instrumento, en virtud del artículo ciento cincuenta del Código Civil, patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal. En lo no modificado quedan vigentes todas las disposiciones contenidas en la escritura de constitución de la sociedad referida. La Serena 04 de diciembre de 2018.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    PROFECTUS ÍNTEGRA SpA

    CVE 2420365

  2. MODIFICACIÓN

    PROFECTUS ÍNTEGRA SpA

    CVE 2415815

  3. MODIFICACIÓN

    PROFECTUS INTEGRA SpA

    CVE 1668321

  4. MODIFICACIÓN

    PROFECTUS INTEGRA SpA

    CVE 1513883

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)