Eléctrica San Miguel SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$1.000.000
Ações
1.000
Sócios (1)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Inversiones San Miguel Limitada Accionista 76.217.675-0 | 76.217.675-0 | 100% | $15.000.000 |
Administradores (1)
Inversiones San Miguel Limitada
Histórico societário relatado
- Constituição· 20 de março de 2012
Se constituye la sociedad por acciones Eléctrica San Miguel SpA con capital de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones.
- Cessão de direitos· 30 de dezembro de 2014
Otto Sigmund Wild vende, cede y transfiere el 100% de sus acciones a Inversiones San Miguel Limitada.
- Mudança de administrador· 30 de dezembro de 2014
La administración, uso de la razón social y representación pasa a Inversiones San Miguel Limitada.
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior CÉSAR HUMBERTO ESPINOZA GUTIÉRREZ, ABOGADO, NOTARIO PÚBLICO INTERINO DE LA CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES, con oficio calle Caupolicán número 355, Los Ángeles, certifica: Por escritura pública de fecha 11 de febrero de 2026, Rep. N°608-2026, ante mí; don OTTO SIGMUND WILD, cédula de identidad extranjeros N° 14.747.994-8, domiciliado en Fundo San Miguel, comuna de Alto Bio Bio; y doña VERENA NELLY WILD, también conocida como VERENA NELLY UNGRICHT, pasaporte suizo número X0K78H50, cédula de identidad N° 21.146.944-7, en representación de Inversiones San Miguel Limitada, rut N° 76.217.675-0, ambos con domicilio en Fundo San Miguel, Ralco, Alto Bio Bio; modificaron la sociedad por acciones denominada "ELÉCTRICA SAN MIGUEL SpA", rut N° 76.217.501-0, que se constituyó por escritura pública de fecha 20 de marzo del año 2012, otorgada en la Notaría de Santa Bárbara, ante el notario de aquel entonces don Luis Gonzalo Navarrete Villegas. se inscribió a fojas 10 N° 09, en el Registro de Comercio del año 2012, Conservador de Bienes Raíces de Santa Bárbara; igualmente se publicó en extracto en el Diario Oficial de fecha 11 de abril de 2012, edición N° 40.234. Que, la sociedad se constituyó con un capital de $1.000.000 de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas de una única serie, sin valor nominal. Uno. Modificación: Que, por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2014, rep. N° 9676-2014, otorgada ante el Notario Público de la primera Notaría de Los Ángeles don Sergio Jaime Edgardo Hidalgo Campos, suplente del titular del aquel entonces don Selim Parra Fuentealba, se modificó la sociedad por acciones denominada Eléctrica San Miguel Spa, como sigue: A. don OTTO SIGMUND WILD, vendió, cedió y transfirió, a "Inversiones San Miguel Limitada", para quien compró y aceptó doña Verena Nelly Wild-Ungrichtt, el 100% de las acciones que le corresponden en la eléctrica San Miguel SpA, es decir mil acciones; el precio de la venta de las acciones fue la suma de $15.000.000, pagada en la forma indicada en la misma escritura, totalmente pagado.- B. Que, desde la fecha de la escritura de modificación, la administración, uso de la razón social y representación de ELÉCTRICA SAN MIGUEL SpA, le corresponderá a Inversiones San Miguel Limitada. Que, Dos. Que, se complementa la escritura de compraventa de acciones de fecha 30 de diciembre de 2014, repertorio N° 9676-2014, otorgada ante el Notario Público de la primera Notaría de Los Ángeles don Sergio Jaime Edgardo Hidalgo Campos, suplente del titular del aquel entonces don Selim Parra Fuentealba, en la que se cometió la siguiente omisión: En el encabezado de esta se indicó: "COMPRA VENTA DE ACCIONES INVERSIONES SAN MIGUEL LIMITADA A OTTO SIGMUND WILD", siendo lo correcto indicar: "COMPRA VENTA DE ACCIONES Y MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD "ELÉCTRICA SAN MIGUEL SpA, INVERSIONES SAN MIGUEL LIMITADA A OTTO SIGMUND WILD".- Tres: Vicio de nulidad: Que, la escritura de modificación social adolece de un vicio de nulidad consistente en la omisión de la publicación de su extracto en el Diario Oficial y la correspondiente inscripción en el Registro de Comercio respectivo, dentro del plazo legal, por lo que para que se valide, es preciso, solo el saneamiento de tal vicio.- Cuatro. Saneamiento de vicio: haciendo uso del derecho que concede la Ley 19.499, los comparecientes vienen de común acuerdo en sanear el vicio de nulidad, consistente en la publicación tardía de su extracto en el Diario Oficial e igualmente en la inscripción tardía del extracto en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santa Bárbara, otorgando la presente escritura de saneamiento vigor a la escritura que por este acto de sanea; cuyo extracto será publicado en el Diario Oficial, e inscrito en el Registro de Comercio en el Conservador de Bienes raíces respectivo, conjuntamente con la pertinente inscripción del extracto de la modificación de la sociedad.- Demás estipulaciones, constan en escritura extractada.- Los Ángeles 20 de febrero de 2026.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
ELÉCTRICA SAN MIGUEL SpA
CVE 2777665
