Société à responsabilité limitée76.217.044-2

Sociedad De Comercio Y Transporte Transar Limitada

MODIFICACIÓN — 24 sept. 2025

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2025-09-24Voir le PDF (CVE 2703196)

Informations sociétaires

Ltda
Administration: Indistintamente, actuando en forma conjunta o separada, anteponiendo sus nombres y firmas a la razón social

Associés (2)

NomParticipation

PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ

Socio

9.xxx.xxx-4

50%

ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL

Socio

50%

Administrateurs (2)

ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL

Administrador

PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ

9.xxx.xxx-4Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Transformation· 19 mars 2025

    Se ratifica la escritura de transformación de la sociedad en los mismos términos y características en que fue otorgada.

    JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL

  2. Cession de droits· 19 mars 2025

    JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL cede el 50% de su participación social a PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ.

    JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL · PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior GLORIA DEL PILAR JÁCOME SEPÚLVEDA, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces de Pirque con oficio en Camino El Llano N°10 Locales 13 y 14, certifico que por escritura pública de saneamiento de fecha 23/08/2025, REP 809, ante mí: PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ, chileno, casado y separado de bienes, cédula de identidad número 9.635.962-4, con domicilio en Carlos Vial Infante mil trescientos sesenta y ocho, comuna de Pirque, en calidad de actual representante de la sociedad con amplias facultades y con mandato especial tenido a la vista, concurre con la siguiente voluntad. Saneamiento Ley Nº19.499, por la no inscripción y publicación dentro de plazo legal, de la modificación de la “SOCIEDAD DE COMERCIO Y TRANSPORTE TRANSAR LIMITADA”, de fecha 19/03/2025, extracto de fecha 16/05/2025. Ratificando la escritura de transformación citada, en los mismo términos y características en los que fue otorgada y con los mismos fines específicos señalados, y que reproducen en este acto: don JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, cede todos los derechos (cincuenta por ciento de la participación social) que les corresponde en la sociedad, en los términos que siguen: Uno) Don JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, vende, cede y transfiere el cincuenta por ciento de su participación social a PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, la participación. El cesionario paga en el acto al cedente la suma de quinientos mil pesos, mediante transferencia electrónica, declarando don JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, haber recibido el precio a su más entera satisfacción. Dos. Los comparecientes se otorgaron completo total y recíproco finiquito. En virtud de las cesiones realizadas quedan como únicos y actuales socios don PEDRO JUAN ARELLANO MUÑO y doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL, con un cincuenta por ciento cada uno de la participación social en la sociedad. En el acto, los socios ratifican la administración de la sociedad, indicando que, corresponderá a doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL y don PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ, ambos indistintamente, actuando en forma conjunta o separada, quienes, anteponiendo sus nombres y firmas a la razón social, la obligarán y actuará con cada una de las facultades indicadas en los estatutos. Demás cláusulas constan en escritura extractada. - Rep.809/2025 Pirque, 12/09/2025. DOY FE. -

ModificationDiario Oficial · 2025-06-10Voir le PDF (CVE 2657827)

Informations sociétaires

Ltda
Carlos Vial Infante número mil trescientos sesenta y ocho
Administration: Doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL y don PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ, ambos indistintamente, actuando en forma conjunta o separada

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital libéré

$3.000.000

Associés (2)

NomParticipation

PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ

Socio

9.xxx.xxx-4

50%

ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL

Socio

19.xxx.xxx-4

50%

Administrateurs (2)

ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL

19.xxx.xxx-4Administrador

PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ

9.xxx.xxx-4Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 14 juin 2012

    Se constituye la sociedad SOCIEDAD DE COMERCIO Y TRANSPORTE TRANSAR LIMITADA.

    JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL · SEBASTIÁN ANDRÉS ARELLANO RETAMAL · PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ · ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior GLORIA DEL PILAR JÁCOME SEPÚLVEDA, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces de Pirque con oficio en Camino El Llano N° 10, Locales 13 y 14, Pirque, Certifico que por escritura pública, Rep. 270-2025 con fecha 19-03-2025, ante mí, compareció: don JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, chileno, cédula nacional de identidad número diecisiete millones setecientos sesenta mil doscientos dos guion siete; doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL, chilena, cédula nacional de identidad número diecinueve millones trescientos cuarenta y siete mil ciento sesenta y ocho guion cuatro; don PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ, chileno, casado, transportista, cédula nacional de identidad número nueve millones seiscientos treinta y cinco mil novecientos sesenta y dos guion cuatro, todos con domicilio en Carlos Vial Infante número mil trescientos sesenta y ocho, comuna de Pirque: Con fecha 14 de junio del año 2012, ante el Notario Público de Puente Alto, don Jorge Rehbein Ohaco, don JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, don SEBASTIÁN ANDRÉS ARELLANO RETAMAL y don PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ en representación de doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL, constituyeron la “SOCIEDAD DE COMERCIO Y TRANSPORTE TRANSAR LIMITADA”, RUT N° 76.217.044-2. Un extracto de la escritura de constitución fue publicado en el Diario Oficial en la edición número cuarenta mil doscientos noventa y dos de fecha veinte de junio del año dos mil doce; inscribiéndose a fojas ciento ochenta y cuatro vuelta número ciento cincuenta del Registro de Comercio del año 2012 del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto. MODIFICACIÓN: Por el presente acto, don JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, vienen en ceder todos los derechos (cincuenta por ciento de la participación social) que les corresponde en la sociedad, en los términos que siguen: Uno) Don JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL vende, cede y transfiere el cincuenta por ciento de su participación social a PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ, quien compra, acepta y adquiere para sí la participación. El cesionario paga en este acto al cedente la suma de quinientos mil pesos, mediante transferencia electrónica, declarando don JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL haber recibido el precio a su más entera satisfacción. Dos. Los comparecientes se otorgaron completo total y recíproco finiquito. En virtud de las cesiones realizadas quedan como únicos y actuales socios don PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ y doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL, con un cincuenta por ciento cada uno de la participación social en la sociedad. En este acto, los socios vienen en ratificar la administración de la sociedad, indicando que, a partir de esta fecha, corresponderá a doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL y don PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ, ambos indistintamente, actuando en forma conjunta o separada, quienes, anteponiendo sus nombres y firmas a la razón social, la obligarán y actuará con cada una de las facultades indicadas en los estatutos, las cuales se dan por expresamente reproducidas. Capital acreditado $3.000.000.- Demás cláusulas constan en escritura extractada.- Rep. 267/2025. Pirque, 16/05/2025. Doy Fe.

ModificationDiario Oficial · 2025-02-25Voir le PDF (CVE 2615231)

Informations sociétaires

Ltda
Loma Verde número dos mil novecientos sesenta y uno, Lomas de Eyzaguirre
Administration: Isidora Alejandra Arellano Retamal y Pedro Juan Arellano Muñoz, ambos indistintamente, actuando en forma conjunta o separada

Associés (2)

NomParticipation

JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL

Socio

50%

ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL

Socio

50%

Administrateurs (2)

ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL

Administrador

Texte officiel de l’extrait

GLORIA DEL PILAR JÁCOME SEPÚLVEDA, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces de Pirque con oficio en Camino El Llano N°10 Locales 13 y 14, Pirque Certifico que por escritura pública con fecha 11-02-2025, repertorio 151-2025, ante mí, compareció: don JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, cédula nacional de identidad número diecisiete millones setecientos sesenta mil doscientos dos guion siete; doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL, cédula nacional de identidad número diecinueve millones trescientos cuarenta y siete mil ciento sesenta y ocho guion cuatro; y don SEBASTIAN ANDRES ARELLANO RETAMAL, cédula de identidad número dieciocho millones trescientos cuarenta y un mil ochocientos sesenta y seis guion uno, todos con domicilio para estos efectos en Loma Verde número dos mil novecientos sesenta y uno, Lomas de Eyzaguirre, comuna de Puente Alto. Modificaron la sociedad " SOCIEDAD DE COMERCIO Y TRANSPORTE TRANSAR LIMITADA", RUT N° 76217044-2, inscrita a fojas ciento ochenta y cuatro vuelta número ciento cincuenta del Registro de Comercio del año dos mil doce del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto. modificaciones: siendo los únicos y actuales socios don JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL, y don SEBASTIAN ANDRES ARELLANO RETAMAL, acuerdan lo siguiente. A) don SEBASTIAN ANDRES ARELLANO RETAMAL, viene en ceder todos los derechos (10% de la participación social) que les corresponde en la sociedad, en los términos que siguen: Uno) Don SEBASTIAN ANDRES ARELLANO RETAMAL, vende, cede y transfiere el 5% de su participación social a JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, quien compra, acepta y adquiere para sí, la participación. El cesionario paga en este acto al cedente la suma de $500.000, mediante transferencia electrónica, declarando don SEBASTIAN ANDRES ARELLANO RETAMAL, haber recibido el precio a su más entera satisfacción. Dos) Don SEBASTIAN ANDRES ARELLANO RETAMAL, vende, cede y transfiere el 5% de su participación social a doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL, quien compra, acepta y adquiere para sí, la participación. La cesionaria paga en este acto al cedente la suma de $500.000, mediante transferencia electrónica, declarando don SEBASTIAN ANDRES ARELLANO RETAMAL, haber recibido el precio a su más entera satisfacción. Los comparecientes se otorgaron completo total y recíproco finiquito. En virtud de las cesiones realizadas quedan como únicos y actuales socios don JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL, con un 50% cada uno de la participación social en la sociedad. En este acto, los socios vienen en ratificar la administración de la sociedad, indicando que, a partir de esta fecha, corresponderá a doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL y don PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ, ambos indistintamente, actuando en forma conjunta o separada, quienes, anteponiendo sus nombres y firmas a la razón social, la obligarán y actuará con cada una de las facultades indicadas en los estatutos, las cuales se dan por expresamente reproducidas. Demás cláusulas constan en escritura extractada. - Rep.151-2025 Pirque, 13.02.2025. DOY FE.

ModificationDiario Oficial · 2023-09-08Voir le PDF (CVE 2374169)

Informations sociétaires

Ltda
Administration: Conjunta o separada por dos administradores indistintos

Associés (3)

NomParticipation

JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL

Socio

17.xxx.xxx-7

45%

ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL

Socio

19.xxx.xxx-4

45%

SEBASTIAN ANDRES ARELLANO RETAMAL

Socio

18.xxx.xxx-1

10%

Administrateurs (2)

ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL

19.xxx.xxx-4Administrador

PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ

9.xxx.xxx-4Administrador

Texte officiel de l’extrait

GLORIA DEL PILAR JÁCOME SEPÚLVEDA, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces de Pirque con oficio en Camino El Llano N°10 Locales 13 y 14, Pirque Certifico que por escritura pública con fecha 07/08//2023, repertorio 514-2023, y por escritura pública con fecha 23/08/2023, repertorio 555-2023, ambas ante mí, compareció: don JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, C.I. 17.760.202-7, domiciliado en Loma Verde número dos mil novecientos sesenta y uno, Lomas de Eyzaguirre, comuna de Puente Alto, doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL, C.I. 19.347.168-4, domiciliada en Carlos Vial Infante número mil trescientos sesenta y ocho, comuna de Pirque, don SEBASTIAN ANDRES ARELLANO RETAMAL. C.I.: 18.341.866-1, domiciliado en Loma Verde número dos mil novecientos sesenta y uno, Lomas de Eyzaguirre, comuna de Puente Alto, don PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ. C.I.: 9.635.962-4, domiciliado en Carlos Vial Infante número mil trescientos sesenta y ocho, comuna de Pirque. Modificaron la sociedad " SOCIEDAD DE COMERCIO Y TRANSPORTE TRANSAR LIMITADA ", RUT N° 76.217.044-2 inscrita a fojas 184 vuelta, Número 150 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, correspondiente al año 2012, en los siguientes términos: A) don JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL y doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL, en carácter de únicos socios de la “SOCIEDAD DE COMERCIO Y TRANSPORTE TRANSAR LIMITADA” o “TRANSAR LTDA.” con un 50% cada uno, cedieron parte de los derechos que a ellos les corresponde en la sociedad, en los términos que siguen: Uno) Don JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, vendió, cedió y transfirió el 5% de su participación social a don SEBASTIAN ANDRES ARELLANO RETAMAL, quien compró, aceptó y adquirió para sí, la participación. El cesionario pagó en el acto al cedente la suma de quinientos mil pesos, mediante transferencia electrónica, declarando don JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, haber recibido el precio a su más entera satisfacción. Dos) Doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL, vendió, cedió y transfirió el 5% de su participación social a don SEBASTIAN ANDRES ARELLANO RETAMAL, quien compró, aceptó y adquirió para sí, la participación. El cesionario pagó en el acto a la cedente la suma de quinientos mil pesos, mediante transferencia electrónica, declarando doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL, haber recibido el precio a su más entera satisfacción. Los comparecientes se otorgaron completo total y recíproco finiquito. En virtud de las cesiones realizadas quedan como únicos y actuales socios don JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL, con un 45% cada uno de la participación social en la sociedad y don SEBASTIAN ANDRES ARELLANO RETAMAL, con un 10% de la participación social. B) En el acto, los nuevos socios modificaron la administración de la sociedad, indicando que, a partir de esta fecha, corresponderá a doña ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL y don PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ, ambos indistintamente, actuando en forma conjunta o separada, quienes, anteponiendo sus nombres y firmas a la razón social, la obligarán y actuará con cada una de las facultades indicadas en los estatutos, las cuales se dan por expresamente reproducidas. C) don PEDRO JUAN ARELLANO MUÑOZ comparece aceptando y ratificando el mandato de administración conferido por la sociedad. Demás cláusulas constan en escrituras extractadas. - Rep.514/2023 y Rep.555-2023.- Pirque, 23/08/2023. DOY FE.

ModificationDiario Oficial · 2022-12-16Voir le PDF (CVE 2235145)

Informations sociétaires

Ltda
Administration: Se modifica el artículo sexto relativo a administración, representación y uso de la razón social

Texte officiel de l’extrait

GLORIA JÁCOME SEPÚLVEDA, Abogada, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces de Pirque, con oficio en Camino El Llano N°10 Locales 13 y 14, Pirque Certifico que por escritura pública de fecha 04/10/2022, ante mí, compareció: JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, cédula nacional de identidad número 17.760.202-7, domiciliado Loma Verde 2961 comuna Puente Alto e ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL, cédula nacional de identidad número 19.347.168-4, domiciliada Carlos Vial Infante 1368 comuna Pirque; modificaron “SOCIEDAD DE COMERCIO Y TRANSPORTE TRANSAR LIMITADA” o “TRANSAR LTDA.” en su artículo Sexto, relativo administración, representación y uso razón social, solamente facultades indicadas en la letra a) Facultades de Libre Disposición de Bienes, en sus números UNO, CUATRO y NUEVE y se agregan números ONCE y DOCE, quedando en definitiva: UNO: Adquirir, enajenar, permutar, comprar y vender a cualquier título toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, lates como bonos, letras de cambio, pagarés, debentures y cualquier otro clase de valores mobiliarios y actuar con las más amplias facultades en el mercado de capitales, pactando precios, condiciones, plazos y demás cláusulas, estipulaciones y modalidades, con o sin pacto de retrocompra.- CUATRO: Celebrar contratos de promesa y toda clase de contratos preparatorios, entre ellos el contrato de opción y leasing sobre toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales.- NUEVE: Aceptar fianzas y solidaridad, pactar multas y cláusulas penales, dar, recibir y constituir prenda sobre todo tipo de bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil o comercial de cualquier tipo o mediante prendas especiales y cancelarlas; dar, tomar y constituir hipotecas con o sin cláusula de garantía general sobre toda clase de inmuebles, pudiendo alzarlas y posponerlas; al efecto las prendas o hipotecas podrán caucionar obligaciones propias de la sociedad o de terceros. Constituir a la sociedad en avalista, fiadora y codeudora solidaria, otorgar y aceptar fianzas simples y solidarias, avalar y suscribir letras de cambio, pagarés y toda clase de instrumentos negociables, sea para caucionar obligaciones propias o ajenas. Contratar créditos aceptando, constituyendo, posponiendo y cancelar toda clase de garantías.- ONCE: Dar y tomar en arriendo toda clase bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales con o sin opción de compra; dar y recibir especies en comodato, mutuo y anticresis, y convenir intereses y multas.- DOCE: Ingresar a sociedades ya constituidas, constituir sociedades de cualquier tipo, cooperativas, asociaciones gremiales, asociaciones o cuentas en participación, sociedades anónimas; modificarlas, disolverlas, liquidarlas, dividirlas, fusionarlas y transformarlas de un tipo a otro; formar parte de comunidades, pactar indivisión o solicitar partición, liquidación y adjudicación bienes que la componen, designar administradores pro-indiviso, representando a la sociedad con voz y voto en sociedades o comunidades que forme parte, pedir y otorgar rendiciones de cuentas, y convenir, aceptar y pactar estimaciones de perjuicios, suscribir contratos de transacción, firmar actas de avenimiento y otorgar finiquitos.- En todo lo no modificado sigue vigente pacto social de 14 de junio de 2012 y sus modificaciones posteriores.- Demás acuerdos en escritura extractada. Rep 557/2022 Pirque, 14/12/2022. DOY FE.-

ModificationDiario Oficial · 2022-10-21Voir le PDF (CVE 2205004)

Informations sociétaires

Ltda
Administration: Administración y representación social modificada

Associés (2)

NomParticipation

JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL

Socio

17.xxx.xxx-7

-

ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL

Socio

19.xxx.xxx-4

-

Texte officiel de l’extrait

GLORIA DEL PILAR JÁCOME SEPÚLVEDA, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces de Pirque con oficio en Camino El Llano N°10 Locales 13 y 14, Pirque Certifico que por escritura pública de fecha 04/10/2022, ante mí, compareció: JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, cédula nacional de identidad número 17.761.202-7, domiciliado Loma Verde 2961 comuna Puente Alto e ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL, cédula nacional de identidad número 19.347.168-4, domiciliada Carlos Vial Infante 1368 comuna Pirque; modificaron “SOCIEDAD DE COMERCIO Y TRANSPORTE TRANSAR LIMITADA” o “TRANSAR LTDA.” en su artículo Sexto, relativo administración, representación y uso razón social, solamente facultades indicadas en la letra a) Facultades de Libre Disposición de Bienes, en sus números UNO, CUATRO y NUEVE y se agregan números ONCE y DOCE, quedando en definitiva: UNO: Adquirir, enajenar, permutar, comprar y vender a cualquier título toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, lates como bonos, letras de cambio, pagarés, debentures y cualquier otro clase de valores mobiliarios y actuar con las más amplias facultades en el mercado de capitales, pactando precios, condiciones, plazos y demás cláusulas, estipulaciones y modalidades, con o sin pacto de retrocompra.- CUATRO: Celebrar contratos de promesa y toda clase de contratos preparatorios, entre ellos el contrato de opción y leasing sobre toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales.- NUEVE: Aceptar fianzas y solidaridad, pactar multas y cláusulas penales, dar, recibir y constituir prenda sobre todo tipo de bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil o comercial de cualquier tipo o mediante prendas especiales y cancelarlas; dar, tomar y constituir hipotecas con o sin cláusula de garantía general sobre toda clase de inmuebles, pudiendo alzarlas y posponerlas; al efecto las prendas o hipotecas podrán caucionar obligaciones propias de la sociedad o de terceros. Constituir a la sociedad en avalista, fiadora y codeudora solidaria, otorgar y aceptar fianzas simples y solidarias, avalar y suscribir letras de cambio, pagarés y toda clase de instrumentos negociables, sea para caucionar obligaciones propias o ajenas. Contratar créditos aceptando, constituyendo, posponiendo y cancelar toda clase de garantías.- ONCE: Dar y tomar en arriendo toda clase bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales con o sin opción de compra; dar y recibir especies en comodato, mutuo y anticresis, y convenir intereses y multas.- DOCE: Ingresar a sociedades ya constituidas, constituir sociedades de cualquier tipo, cooperativas, asociaciones gremiales, asociaciones o cuentas en participación, sociedades anónimas; modificarlas, disolverlas, liquidarlas, dividirlas, fusionarlas y transformarlas de un tipo a otro; formar parte de comunidades, pactar indivisión o solicitar partición, liquidación y adjudicación bienes que la componen, designar administradores pro-indiviso, representando a la sociedad con voz y voto en sociedades o comunidades que forme parte, pedir y otorgar rendiciones de cuentas, y convenir, aceptar y pactar estimaciones de perjuicios, suscribir contratos de transacción, firmar actas de avenimiento y otorgar finiquitos.- En todo lo no modificado sigue vigente pacto social de 14 de junio de 2012 y sus modificaciones posteriores.- Demás acuerdos en escritura extractada. Rep 557/2022 Pirque, 05/10/2022. DOY FE.

ModificationDiario Oficial · 2022-09-26Voir le PDF (CVE 2192882)

Informations sociétaires

Ltda
Pirque, Región Metropolitana
Administration: Administración, representación y uso de razón social modificada

Associés (2)

NomParticipation

JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL

Socio

17.xxx.xxx-7

-

ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL

Socio

19.xxx.xxx-4

-

Administrateurs (2)

JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL

17.xxx.xxx-7Administrador

ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL

19.xxx.xxx-4Administrador

Texte officiel de l’extrait

GLORIA JACOME SEPÚLVEDA, Notario Público Titular de Puente Alto con asiento en Pirque, con domicilio Camino El Llano N° 10 locales 13 y 14 Pirque, Certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, JUAN PABLO ARELLANO RETAMAL, cédula nacional de identidad número 17.761.202-7, domiciliado Loma Verde 2961 comuna Puente Alto e ISIDORA ALEJANDRA ARELLANO RETAMAL, cédula nacional de identidad número 19.347.168-4, domiciliada Carlos Vial Infante 1368 comuna Pirque; modificaron “SOCIEDAD DE COMERCIO Y TRANSPORTE TRANSAR LIMITADA” o “TRANSAR LTDA.” en su artículo Sexto, relativo administración, representación y uso razón social, solamente facultades indicadas en la letra a) Facultades de Libre Disposición de Bienes, en sus números UNO y CUATRO y se agrega un número ONCE, quedando en definitiva: UNO: Adquirir, enajenar, permutar, comprar y vender a cualquier título toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, lates como bonos, letras de cambio, pagarés, debentures y cualquier otro clase de valores mobiliarios y actuar con las más amplias facultades en el mercado de capitales, pactando precios, condiciones, plazos y demás cláusulas, estipulaciones y modalidades, con o sin pacto de retrocompra.- CUATRO: Celebrar contratos de promesa y toda clase de contratos preparatorios, entre ellos el contrato de opción y leasing sobre toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales.- ONCE: Dar y tomar en arriendo toda clase de bienes, ya sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales con o sin opción de compra; y dar y recibir especies en comodato, mutuo y anticresis, y convenir intereses y multas.- En todo lo no modificado sigue vigente pacto social de 14 de junio de 2012 y sus modificaciones posteriores.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Pirque, 23 de Septiembre de 2022.- Rep 535-2022. Doy fe.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD DE COMERCIO Y TRANSPORTE TRANSAR LIMITADA

    CVE 2703196

  2. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD DE COMERCIO Y TRANSPORTE TRANSAR LIMITADA

    CVE 2657827

  3. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD DE COMERCIO Y TRANSPORTE TRANSAR LIMITADA

    CVE 2615231

  4. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD DE COMERCIO Y TRANSPORTE TRANSAR LIMITADA

    CVE 2374169

  5. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD DE COMERCIO Y TRANSPORTE TRANSAR LIMITADA

    CVE 2235145

Relations sociétaires

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