Inmobiliaria E Inversiones Santa Trinidad Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 12.xxx.xxx-9 | 12.xxx.xxx-9 | 75% | - |
Socio 13.xxx.xxx-8 | 13.xxx.xxx-8 | 25% | - |
Administrateurs (1)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 24 avril 2012
Constitución de la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Santa Trinidad Limitada.
JORGE MAURICIO RIVAS JARA · PAULY TALOA PAKOMIO VILLANUEVA · TATIANA ANDREA RIVAS JARA
Texte officiel de l’extrait
JORGE ELÍAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 03 de agosto de 2023, otorgada ante mí; don JORGE MAURICIO RIVAS JARA, cédula nacional de identidad número 12.710.065-9, domiciliado en pasaje Claro de Luna número 1881, de la ciudad y comuna de Temuco, Provincia de Cautín de la Región de La Araucanía; doña PAULY TALOA PAKOMIO VILLANUEVA, cédula nacional de identidad número 15.331.826-3, domiciliada en pasaje Claro de Luna número 1881, de la ciudad y comuna de Temuco, Provincia de Cautín de la Región de La Araucanía; y doña TATIANA ANDREA RIVAS JARA, cédula nacional de identidad número 13.316.069-8, domiciliada en calle Calatayud número 180 departamento 75, de la ciudad y comuna de Temuco, Provincia de Cautín de la Región de La Araucanía, celebraron escritura de cesión de derechos sociales y modificación de la sociedad de responsabilidad limitada denominada "INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA TRINIDAD LIMITADA”, cuyo extracto del contrato social se publicó en el Diario Oficial en su edición número 40245 del 24 de abril del año 2012, inscribiéndose a fojas 810, con el número 670 en el Registro de Comercio del año 2012 a cargo del Primer Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de Temuco, así: doña Pauly Taloa Pakomio Villanueva, autorizada por su socio, cedió la totalidad de su interés social consistente en el 25% del capital social total a doña Tatiana Andrea Rivas Jara, quien los compró para sí. En consecuencia, quedan como únicos socios don JORGE MAURICIO RIVAS JARA, con una participación en el capital y haber social de un setenta y cinco por ciento; y doña TATIANA ANDREA RIVAS JARA, con una participación en el capital y haber social de un veinticinco por ciento. Se retira de la sociedad doña Pauly Taloa Pakomio Villanueva. Los socios modificaron las siguientes clausulas: Cláusula Novena del pacto social, relativa a la representación, administración de la sociedad y uso de la razón social, en el sentido que la representación, administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente al socio don JORGE MAURICIO RIVAS JARA, sin limitación alguna en sus facultades. Listado de facultades en escritura extractada. En lo no modificado continúan rigiendo disposiciones del contrato social y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 08 de agosto de 2023.-
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$147.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
ISMAEL GERARDO AGUILERA GONZALEZ Socio | - | - | - |
VIVIANA ANDREA AGUILERA VALLADARES Socio | - | - | - |
Texte officiel de l’extrait
ALVARO ESTRADA ALVARADO, abogado, Notario Público Titular, esta Comuna de Casablanca, con oficio en calle Constitución N° 378 de la misma Comuna, certifica que por escritura pública de fecha 22 de Junio del 2020, ante mi don ISMAEL GERARDO AGUILERA GONZALEZ y doña VIVIANA ANDREA AGUILERA VALLADARES, ambos con domicilio en Avenida Rojas Montt N° 1.400, Sector Lagunillas, Comuna de Casablanca, Región de Valparaíso, rectificaron escritura pública de constitución de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA TRINIDAD LIMITADA, otorgada con fecha 27 de Diciembre del año 2.019, Repertorio N° 1.713. Un extracto de la citada escritura se publicó en el Diario Oficial con fecha 18 de Enero del año 2.020. La extractada rectificación se refiere a lo siguiente: UNO) Se rectifica parte de la cláusula TERCERO, en particular lo referente al número Cuatro) del punto UNO), el cual en lo destacado y pertinente queda como sigue: “…Cuatro) Es dueño del resto del Lote A 6 – 161, producto de la subdivisión del resto del lote A-1, ubicado en Lagunillas, de la Comuna de Casablanca, Provincia de Valparaíso, Quinta Región, según plano N° 55 del año 2.010” y DOS) De igual forma y en concordancia, se rectifica parte de la CLAUSULA TRANSITORIA, en particular al punto Cuatro) asociado a los uno de los inmuebles aportados por el socio don ISMAEL GERARDO AGUILERA GONZALEZ el cual en lo destacado y pertinente queda como sigue:“… Cuatro) Es dueño del resto del Lote A 6 – 161, producto de la subdivisión del resto del lote A-1, ubicado en Lagunillas, de la Comuna de Casablanca, Provincia de Valparaíso, Quinta Región, según plano N° 55 del año 2.010, cuyos actuales deslindes según consta del plano de subdivisión agregado bajo el N° 268 del Registro de Documentos del año 2.011 del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca son los siguientes.....Con una superficie aproximada de 6.549 metros cuadrados. En todo lo no rectificado rige plenamente lo convenido en la escritura pública signada en la cláusula precedente” El capital de la sociedad rectificada lo es la cantidad de $147.000.000.- Casablanca 22 de Junio de 2.020.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA TRINIDAD LIMITADA
CVE 2359408
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA TRINIDAD LIMITADA
CVE 1782424
