Comercial Jara Y Riquelme Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
la compra, venta, importación, exportación, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de productos agrícola y/o frutos del país; y en general, la realización de toda clase los negocios relacionados con el giro social y cualquiera otro que los socios acuerden
Capital
Capital total
$4.000.000
Capital pagado
$4.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 9.xxx.xxx-k | 9.xxx.xxx-k | 100% | $4.000.000 |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 18 de mayo de 2012
Constitución de Comercial Jara y Riquelme Limitada con dos socios y capital de $4.000.000.
- Cesión de derechos· 11 de febrero de 2019
Elizabeth Miriam Riquelme Meza cede la totalidad de sus acciones a José Alfonso Jara Lavados, quedando este último como único accionista.
- Transformación· 11 de febrero de 2019
La sociedad se transforma de sociedad de responsabilidad limitada a sociedad por acciones y cambia su razón social a Comercializadora de Frutos del Campo SpA.
Texto oficial del extracto
EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA, Notario Público Titular de San Miguel con asiento en La Cisterna, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número ocho mil ochocientos setenta y siete, comuna de La Cisterna, certifica: Por escritura pública del día once de febrero de 2019, repertorio 159-2019, ante mí; don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad número nueve millones setecientos cuarenta y siete mil ciento sesenta y nueve guion K, domiciliado en Pasaje Santa Águeda número tres mil trescientos cuarenta y nueve, comuna de La Florida, de paso por ésta; doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, chilena, soltera, comerciante, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos cuarenta y cinco mil ciento setenta y siete guion siete, domiciliada en Avenida Cerrillos número cuatro mil treinta, local cuatrocientos dieciséis, comuna de Pedro Aguirre Cerda; vienen, en su calidad de únicos y actuales socios de COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada constituida según consta en escritura pública otorgada con fecha dieciocho de mayo del año dos mil doce, otorgada en la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, ante el Notario Público Titular, don Eduardo Avello Concha, bajo el Repertorio número diez mil trescientos noventa y dos guion dos mil doce, la que se encuentra inscrita a fojas treinta y tres mil quinientos treinta y cuatro número veintitrés mil quinientos sesenta y tres, del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil doce y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, de fecha veintiséis de mayo de dos mil doce, siendo sus únicos y actuales socios doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, con el diez por ciento de los derechos sociales; y don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, con el noventa por ciento de los derechos sociales; teniendo un capital social de CUATRO MILLONES DE PESOS, a transformar la Sociedad en una sociedad por acciones, que se regirá de conformidad a lo dispuesto en el Artículo cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, y en especial por los estatutos que se indican a continuación, en adelante los “Estatutos”, y supletoriamente, en silencio de las normas antes señaladas del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo cuatrocientos veinticuatro del Código de Comercio. Razón Social: La razón social será COMERCIALIZADORA DE FRUTOS DEL CAMPO SpA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “LOS ROBLES SpA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, oficina y / o sucursales donde lo acuerde, en otras ciudades del país o en el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la compra, venta, importación, exportación, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de productos agrícola y/o frutos del país; y en general, la realización de toda clase los negocios relacionados con el giro social y cualquiera otro que los socios acuerden. Capital: El capital de la Sociedad corresponde a la suma de cuatro millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie y de igual valor cada una. Íntegramente suscrito y pagado por los accionistas de la siguiente forma: /a/ novecientas acciones han sido íntegramente suscritas y pagadas por el accionista don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS; /b/ cien acciones han sido íntegramente suscritas y pagadas por la accionista doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA.- Administración: La Sociedad será administrada individualmente por don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, con amplias facultades en escritura extractada. Duración: Indefinida. COMPRAVENTA DE ACCIONES. Doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA en su calidad de accionista de dicha sociedad, vende cede y transfiere, libres de todo gravamen, prenda, prohibición, pacto de accionistas, acción resolutoria, deuda y de cualquier limitación al dominio, a don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, la totalidad de sus acciones en la sociedad ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, esto es cien acciones, que don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS por su parte compra, acepta y adquiere para sí, libres de todo gravamen, prenda, prohibición, pacto de accionistas, acción resolutoria, deuda y de cualquier limitación al dominio las acciones mencionadas; y a su vez éste último paga en este acto el monto correspondiente a cuatrocientos mil pesos a doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, quien declara recibir el pago a su entera conformidad. De conformidad a lo señalado en el artículo quinto de los estatutos de COMERCIALIZADORA DE FRUTOS DEL CAMPO SpA y sin que forme parte integrante de los mismos, se deja constancia de que el capital de la Sociedad es de cuatro millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie y de igual valor cada una, el cual se encuentra total e íntegramente suscrito y pagado por el accionista don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS.- Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna, 11 de febrero de 2018. Evelyn Sánchez Tapia, Notario Público Titular.
Información societaria
Objeto social
La compra, venta, importación, exportación, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de productos agrícola y/o frutos del país; y en general, la realización de toda clase los negocios relacionados con el giro social y cualquiera otro que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$4.000.000
Capital pagado
$4.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 9.xxx.xxx-k | 9.xxx.xxx-k | 100% | $4.000.000 |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 18 de mayo de 2012
Constitución de COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA con Rosa del Rosario Moya Zúñiga, Elizabeth Miriam Riquelme Meza y José Alfonso Jara Lavados como socios.
ROSA DEL ROSARIO MOYA ZÚÑIGA · ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA · JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS
- Cesión de derechos· 11 de febrero de 2019
Elizabeth Miriam Riquelme Meza vende y cede sus 100 acciones a José Alfonso Jara Lavados.
Texto oficial del extracto
EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA, Notario Público Titular de San Miguel con asiento en La Cisterna, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número ocho mil ochocientos setenta y siete, comuna de La Cisterna, certifica: Por escritura pública del día once de febrero de 2019, repertorio 159-2019, ante mí; don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad número nueve millones setecientos cuarenta y siete mil ciento sesenta y nueve guion K, domiciliado en Pasaje Santa Águeda número tres mil trescientos cuarenta y nueve, comuna de La Florida, de paso por ésta; doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, chilena, soltera, comerciante, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos cuarenta y cinco mil ciento setenta y siete guion siete, domiciliada en Avenida Cerrillos número cuatro mil treinta, local cuatrocientos dieciséis, comuna de Pedro Aguirre Cerda; vienen, en su calidad de únicos y actuales socios de COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada constituida según consta en escritura pública otorgada con fecha dieciocho de mayo del año dos mil doce, otorgada en la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, ante el Notario Público Titular, don Eduardo Avello Concha, bajo el Repertorio número diez mil trescientos noventa y dos guion dos mil doce, la que se encuentra inscrita a fojas treinta y tres mil quinientos treinta y cuatro número veintitrés mil quinientos sesenta y tres, del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil doce y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, de fecha veintiséis de mayo de dos mil doce, siendo sus únicos y actuales socios doña ROSA DEL ROSARIO MOYA ZÚÑIGA, con el ochenta por ciento de los derechos sociales; doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, con el diez por ciento de los derechos sociales; y don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, con el noventa por ciento de los derechos sociales; teniendo un capital social de CUATRO MILLONES DE PESOS, a transformar la Sociedad en una sociedad por acciones, que se regirá de conformidad a lo dispuesto en el Artículo cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, y en especial por los estatutos que se indican a continuación, en adelante los “Estatutos”, y supletoriamente, en silencio de las normas antes señaladas del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo cuatrocientos veinticuatro del Código de Comercio. Razón Social: La razón social será COMERCIALIZADORA DE FRUTOS DEL CAMPO SpA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “LOS ROBLES SpA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, oficina y / o sucursales donde lo acuerde, en otras ciudades del país o en el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la compra, venta, importación, exportación, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de productos agrícola y/o frutos del país; y en general, la realización de toda clase los negocios relacionados con el giro social y cualquiera otro que los socios acuerden. Capital: El capital de la Sociedad corresponde a la suma de cuatro millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie y de igual valor cada una. Íntegramente suscrito y pagado por los accionistas de la siguiente forma: /a/ novecientas acciones han sido íntegramente suscritas y pagadas por el accionista don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS; /b/ cien acciones han sido íntegramente suscritas y pagadas por la accionista doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA.- Administración: La Sociedad será administrada individualmente por don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, con amplias facultades en escritura extractada. Duración: Indefinida. COMPRAVENTA DE ACCIONES. Doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA en su calidad de accionista de dicha sociedad, vende cede y transfiere, libres de todo gravamen, prenda, prohibición, pacto de accionistas, acción resolutoria, deuda y de cualquier limitación al dominio, a don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, la totalidad de sus acciones en la sociedad ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, esto es cien acciones, que don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS por su parte compra, acepta y adquiere para sí, libres de todo gravamen, prenda, prohibición, pacto de accionistas, acción resolutoria, deuda y de cualquier limitación al dominio las acciones mencionadas; y a su vez éste último paga en este acto el monto correspondiente a cuatrocientos mil pesos a doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, quien declara recibir el pago a su entera conformidad. De conformidad a lo señalado en el artículo quinto de los estatutos de COMERCIALIZADORA DE FRUTOS DEL CAMPO SpA y sin que forme parte integrante de los mismos, se deja constancia de que el capital de la Sociedad es de cuatro millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie y de igual valor cada una, el cual se encuentra total e íntegramente suscrito y pagado por el accionista don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS.- Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna, 11 de febrero de 2018. Evelyn Sánchez Tapia, Notario Público Titular. Evelyn Sanchez Tapia, Notario Público Titular. La Cisterna
Información societaria
Capital
Capital total
$4.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-k | 9.xxx.xxx-k | 90% | - |
ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA Socio 8.xxx.xxx-7 | 8.xxx.xxx-7 | 10% | - |
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Historia societaria relatada
- Otro acto· 18 de enero de 2018
Se había celebrado una modificación anterior que incluyó venta, cesión o transferencia de derechos sociales y cambio de administración, luego dejadas sin efecto por esta resciliación.
- Constitución· 18 de mayo de 2012
Constitución de la sociedad COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA.
Texto oficial del extracto
EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA, Notario Público Titular de San Miguel con asiento en La Cisterna, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número ocho mil ochocientos setenta y siete, comuna de La Cisterna, certifica: Por escritura pública del día 29 de enero de 2019, repertorio 98-2019, ante mí; don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad número nueve millones setecientos cuarenta y siete mil ciento sesenta y nueve guion K, domiciliado en Pasaje Santa Águeda número tres mil trescientos cuarenta y nueve, comuna de La Florida; doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, chilena, soltera, comerciante, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos cuarenta y cinco mil ciento setenta y siete guion siete, domiciliada en Avenida Cerrillos número cuatro mil treinta, local cuatrocientos dieciséis, comuna de Pedro Aguirre Cerda; y don VÍCTOR NOE ROMERO MENA, chileno, soltero, guardia de seguridad, cédula nacional de identidad número diecisiete millones quinientos ocho mil cuatrocientos cincuenta y cinco guion K, domiciliado en Pasaje Santa Lucila sin número, Población El Esfuerzo, comuna de Requínoa, resciliaron de común acuerdo la modificación de la sociedad de responsabilidad limitada “COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA”, nombre de fantasía “EL ENCANTO LTDA”, rol único tributario setenta y seis millones doscientos trece mil ciento cinco guion seis, celebrada con fecha dieciocho de enero de dos mil diecinueve, ante doña Evelyn Sánchez Tapia, Notario Público Titular de La Cisterna, la que quedó anotada bajo el repertorio número sesenta y cuatro guion dos mil diecinueve. Como efecto de la resciliación que se hace por la presente escritura pública, las partes dejan sin efecto la modificación de la sociedad de responsabilidad limitada singularizada anteriormente, dejándose sin efecto toda venta cesión o transferencia de derechos sociales efectuados en la escritura pública de fecha dieciocho de enero del año dos mil diecinueve, otorgada ante doña Evelyn Sánchez Tapia, Notario Público Titular de La Cisterna, la que quedó anotada bajo el repertorio número sesenta y cuatro guion dos mil diecinueve; así como la modificación de la administración y representación social que los socios acordaron en el mismo acto. De esta forma, vuelven a ser los únicos socios de “COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA”, nombre de fantasía “EL ENCANTO LTDA”, don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, y doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, con un noventa por ciento del capital social el primero, y un diez por ciento del capital social la segunda, volviendo la administración, representación y uso de la razón social de “COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA”, nombre de fantasía “EL ENCANTO LTDA” exclusivamente al socio JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, rigiendo en su totalidad la escritura de constitución de la sociedad, de fecha dieciocho de mayo del año dos mil doce, otorgada en la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, ante el Notario Público Titular, don Eduardo Avello Concha, bajo el Repertorio número diez mil trescientos noventa y dos guion dos mil doce. Capital social asciende a CUATRO MILLONES DE PESOS. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna, 29 de enero de 2019. Evelyn Sánchez Tapia, Notario Público Titular.
Información societaria
Capital
Capital total
$4.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 17.xxx.xxx-k | 17.xxx.xxx-k | 90% | - |
Socio 9.xxx.xxx-k | 9.xxx.xxx-k | 10% | - |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 18 de mayo de 2012
Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA, de fantasía EL ENCANTO LTDA.
- Cesión de derechos· 18 de enero de 2019
ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA cede el 10% de sus derechos a VÍCTOR NOE ROMERO MENA.
- Cesión de derechos· 18 de enero de 2019
JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS cede el 80% de los derechos sociales a VÍCTOR NOE ROMERO MENA.
- Retiro de socio· 18 de enero de 2019
ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA deja de pertenecer a la sociedad.
- Cambio de administrador· 18 de enero de 2019
La administración, representación y uso de la razón social quedan exclusivamente a cargo de VÍCTOR NOE ROMERO MENA.
- Cambio de capital· 18 de enero de 2019
El capital social asciende a $4.000.000.
Texto oficial del extracto
EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA, Notario Público Titular de San Miguel con asiento en La Cisterna, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número ocho mil ochocientos setenta y siete, comuna de La Cisterna, certifica: Por escritura pública del día 18 de enero de 6 de agosto de 2019, repertorio 64-2019, ante mí; don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad número nueve millones setecientos cuarenta y siete mil ciento sesenta y nueve guion K, domiciliado en Pasaje Santa Águeda número tres mil trescientos cuarenta y nueve, comuna de La Florida; doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, chilena, soltera, comerciante, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos cuarenta y cinco mil ciento setenta y siete guion siete, domiciliada en Avenida Cerrillos número cuatro mil treinta, local cuatrocientos dieciséis, comuna de Pedro Aguirre Cerda; y don VÍCTOR NOE ROMERO MENA, chileno, soltero, guardia de seguridad, cédula nacional de identidad número diecisiete millones quinientos ocho mil cuatrocientos cincuenta y cinco guion K, domiciliado en Pasaje Santa Lucila sin número, Población El Esfuerzo, comuna de Requínoa, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA”, nombre de fantasía “EL ENCANTO LTDA”, rol único tributario setenta y seis millones doscientos trece mil ciento cinco guion seis, constituida por escritura pública de fecha dieciocho de mayo del año dos mil doce, otorgada en la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, ante el Notario Público Titular, don Eduardo Avello Concha, bajo el Repertorio número diez mil trescientos noventa y dos guion dos mil doce, y cuyo extracto se inscribió a fojas treinta y tres mil quinientos treinta y cuatro número veintitrés mil quinientos sesenta y tres, del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil doce y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, de fecha veintiséis de mayo de dos mil doce. Por medio del presente instrumento, doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad, equivalentes al diez por ciento del total de los derechos sociales al compareciente don VÍCTOR NOE ROMERO MENA, quien declara comprarlos para sí, a su entera conformidad, en el precio único y total de CUATROCIENTOS MIL PESOS que el comprador paga a la vendedora en este acto al contado y en dinero efectivo y que ésta declara recibir a su entera satisfacción, dándose por íntegramente pagado el precio, declarando las partes que nada se adeudan por ningún concepto. A su vez, don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, vende, cede y transfiere el setenta y dos por ciento de los derechos que le corresponden en la sociedad, equivalentes al ochenta por ciento del total de los derechos sociales al compareciente don VÍCTOR NOE ROMERO MENA, quien declara comprarlos para sí, a su entera conformidad, en el precio único y total de TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS que el comprador paga al vendedor en este acto al contado y en dinero efectivo y que éste declara recibir a su entera satisfacción, dándose por íntegramente pagado el precio, declarando las partes que nada se adeudan por ningún concepto. En consecuencia, la participación de los socios queda distribuida de la siguiente forma: don VÍCTOR NOE ROMERO MENA con el noventa por ciento de los derechos sociales, y don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, con el diez por ciento restante del haber social; dejando doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA de pertenecer a la sociedad. Además los socios modifican la escritura de constitución, acordando que la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio VÍCTOR NOE ROMERO MENA, quien podrá actuar con todas las facultades señaladas en la cláusula SÉPTIMA de la escritura de constitución de la sociedad, de fecha dieciocho de mayo del año dos mil doce, otorgada en la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, ante el Notario Público Titular, don Eduardo Avello Concha, bajo el Repertorio número diez mil trescientos noventa y dos guion dos mil doce, las que se tienen por completamente reproducidas. Capital social asciende a CUATRO MILLONES DE PESOS. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna, 19 de enero de 2019. Evelyn Sánchez Tapia, Notario Público Titular.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA
CVE 1549557
- MODIFICACIÓN
COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA
CVE 1546001
- MODIFICACIÓN
COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA
CVE 1540695
- MODIFICACIÓN
COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA
CVE 1532379
