Comercial Caleta Miramar Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
EMPR. INDIVIDUAL RESP. LTDA.
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital pagado
$5.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Titular 97.xxx.xxx-5 | 97.xxx.xxx-5 | 100% | $5.000.000 |
Historia societaria relatada
- Transformación· 4 de octubre de 2021
Transformación de Comercial Caleta Miramar Limitada en Comercial Hugo Miguel Leal Fuentes E.I.R.L.
Texto oficial del extracto
Por escritura pública hoy ante mí, Carlos Wendt Gaggero, Notario Publico Suplente del Titular Pablo Martinez Loaiza, doña Fresia Antonia Vargas Cortés en representación de doña ROSA EMERITA FUENTES BECERRA, chilena, soltera, Factor de Comercio, con domiciliado en Calle del Ejercito número doscientos treinta y siete, El Quisco, cédula nacional de identidad y Rol Único Tributario número 4.481.415-3, de 80 años de edad y HUGO MIGUEL LEAL FUENTES, chileno, soltero, periodista, domiciliado en Calle del Ejercito numero 237, El Quisco, 55 años de edad, cédula nacional de identidad y Rol Único Tributario RUT número 9.717.790-25. Rectifica, complementa y sanea escritura pública de Cesión de derechos sociales y Transformación de la sociedad de Responsabilidad Limitada “Comercial Caleta Miramar Limitada” a “Comercial Hugo Miguel Leal Fuentes E.I.R.L, extendida en la Notaría de Casablanca con fecha 4 de Octubre de 2021, Se complementa y rectifica la citada escritura y su extracto en el siguiente sentido : Se complementa en la individualización de HUGO MIGUEL LEAL FUENTES, señalando que la edad es de 55 años de edad; se Rectifica: uno) Donde dice: “SEXTO: De esta forma, al reunirse la totalidad de los derechos sociales en manos de una sola persona, esto es, de don HUGO MIGUEL LEAL FUENTES, ésta se transforma en una empresa individual de responsabilidad limitada, la que será la continuadora legal de Sociedad Comercial de responsabilidad Limitada “COMERCIAL CALETA MIRAMAR LIMITADA” y que se regirá por la Ley número Diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, y las normas de los Códigos Civil y de Comercio que le fueren aplicables y cuyos estatutos son los siguientes: “PRIMERO: El nombre de esta empresa será “COMERCIAL HUGO MIGUEL LEAL FUENTES E.I.R.L.”, pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de “COMERCIAL CALETA MIRAMAR E.I.R.L.”. DEBE DECIR: “QUINTO: De esta forma, al reunirse la totalidad de los derechos sociales en manos de una sola persona, esto es, de don HUGO MIGUEL LEAL FUENTES, ésta se transforma en una empresa individual de responsabilidad limitada, la que será la continuadora legal de Sociedad Comercial de responsabilidad Limitada “COMERCIAL CALETA MIRAMAR LIMITADA” y que se regirá por la Ley número Diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, y las normas de los Códigos Civil y de Comercio que le fueren aplicables y cuyos estatutos son los siguientes: “TITULO PRIMERO”: Nombre y objeto: PRIMERO: El nombre de esta empresa será “COMERCIAL HUGO MIGUEL LEAL FUENTES E.I.R.L.”, pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de “COMERCIAL CALETA MIRAMAR E.I.R.L.”. Dos) En La constitución y estatutos de la Empresa Individual de responsabilidad limitada, se señala por error con posterioridad a la cláusula Tercero, lo siguiente “QUINTO: El capital de la empresa asciende a la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, que corresponden al capital que tenía la Sociedad de Responsabilidad Limitada, sumas ya ingresadas a la caja de la empresa”, lo que es incorrecto, debiendo decir: “CUARTO: El capital de la empresa asciende a la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, que corresponden al capital que tenía la Sociedad de Responsabilidad Limitada, sumas ya ingresadas a la caja de la empresa.” de manera que la cláusula Sexta pasa a ser Quinta y así sucesivamente. Además conforme artículo 7 ley 19.857 y Ley 19.499, SANEA vicio formal consistente en no haberse inscrito dentro de plazo modificación social de la sociedad denominada “Comercial Caleta Miramar Limitada” y posterior transformación de la misma en empresa individual de responsabilidad limitada la que pasó a denominarse “Comercial Hugo Miguel Leal Fuentes E.I.R.L”, inscribiendo dentro de plazo el presente extracto y el de la escritura de modificación y Transformación. Valparaíso a 27 Julio 2022.
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 60% | $3.000.000 |
Socio | - | 40% | - |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos
Rosa María Leal Fuentes vende el 60% de sus derechos sociales a Rosa Emerita Fuentes Becerra.
Texto oficial del extracto
Álvaro Francisco Estrada Alvarado, Notario Público Titular de Casablanca, domicilio en Constitución 376 / 378, certifico por escritura pública hoy ante mí: ROSA MARIA LEAL FUENTES, domiciliada en calle Nolasco Pérez sin número, Isla Negra, El Quisco; don HUGO MIGUEL LEAL FUENTES y doña ROSA EMERITA FUENTES BECERRA, ambos domiciliados en Calle del Ejercito número 237, El Quisco, de paso en esta, modificaron la sociedad “COMERCIAL CALETA MIRAMAR LIMITADA “ inscrita a fojas 30, N°35 del Registro de Comercio del año 2012 a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca, en el siguiente sentido: Doña Rosa María Leal Fuentes, es dueña de un 60% de los derechos sociales, vende el total de sus derechos sociales, que corresponden al 60%, a Rosa Emerita Fuentes Becerra. Precio de la venta $3.000.000.- pagados con anterioridad. En consecuencia los actuales socios de la sociedad “COMERCIAL CALETA MIRAMAR LIMITADA” son doña ROSA EMERITA FUENTES BECERRA y don HUGO MIGUEL LEAL FUENTES, en proporción de un 60% de los derechos sociales, para doña Rosa Emerita Leal Fuentes y de un 40% de los derechos sociales, para don Hugo Miguel Leal Fuentes. Modificando la cláusula Cuarta de la escritura de Constitución, en cuanto a las facultades y atribuciones allí estipuladas, como en el sentido que la administración y uso de la razón social corresponderá a contar de esta fecha, a don Hugo Miguel Leal Fuentes, quien actuando por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las atribuciones, y de conformidad a las facultades contempladas en la cláusula Décima, de la escritura de Modificación y cesión de derechos sociales. Demás estipulaciones escritura extractada. Casablanca 11 de noviembre 2020.-
Actuaciones recientes
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