Inmobiliaria E Inversiones Gubudul S.a.
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOCIEDADES ANONIMAS CERRADAS
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Término de giro
28 de julio de 2017
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$80.000.000
Capital pagado
$80.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
8000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
MANUEL ALEJANDRO NUÑEZ PEIRANO Accionista 8.xxx.xxx-4 | 8.xxx.xxx-4 | 100% | - |
Administradores (3)
ASTRID INGEBORG ALVEAR ROSENTHAL
MANUEL ALEJANDRO NUÑEZ PEIRANO
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 2 de octubre de 2018
Julio Alfredo Alvear Hugas enajena la totalidad de sus acciones a Manuel Alejandro Núñez Peirano
Texto oficial del extracto
PABLO MARTINEZ LOAIZA, Notario Público de Valparaíso, Prat N° 856, CERTIFICO: Escritura hoy ante mí, FABIO ROCCO CASTELLETTO KIRBY, domiciliado Cochrane 843, of. 3, Valparaíso, redujo a Escritura Pública Acta Segunda Sesión de Directorio “INMOBILIARIA E INVERSIONES GUBUDUL S.A., Rut: 76.209.313-8, inscrita a fs. 584 vuelta Nº 662, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, año 2012, celebrada el 25 de octubre de 2018, en la cual asistieron los Directores ASTRID INGEBORG ALVEAR ROSENTHAL, JULIO ALFREDO ALVEAR HUGAS y MANUEL ALEJANDRO NUÑEZ PEIRANO. Sesión en la cual se acordó la disolución de la sociedad. El Presidente da cuenta que con fecha 2 de octubre 2018, la Sociedad cursó traspaso en virtud del cual el accionista de la sociedad don Julio Alfredo Alvear Hugas por escritura pública realizada ante el Notario Público de Valparaíso, don Pablo Martínez Loaiza, con fecha de 2 de octubre del 2018, ha enajenado la totalidad de sus acciones (10 acciones) a don Manuel Alejandro Núñez Peirano. En virtud de este traspaso, y que a la Sociedad sólo le corresponde cursar, el adquirente don Manuel Alejandro Núñez Peirano ha resultado con la titularidad de 8.000 acciones, que corresponde a la totalidad de las acciones emitidas por la Sociedad. En conformidad a lo dispuesto en el estatuto social y la ley, y habiendo transcurrido el plazo de 10 días establecido en el Art. 103, Nº2 de la Ley 18.046, en conformidad con lo dispuesto en el Art. 108 de la Ley 18.046, la Sociedad se ha disuelto por la causal de reunirse todas las acciones en manos de un solo accionista: don Manuel Alejandro Núñez Peirano. Que procede el Directorio consigne este hecho, por escritura pública, dentro del plazo de 30 días de producida la disolución, y, que, dentro del plazo de 60 días, un extracto de la referida escritura se publique por 1 vez en el Diario Oficial y se inscriba en el Registro de Comercio en conformidad a la Ley. El Directorio, por unanimidad, acuerda actuar en la forma propuesta por el Presidente, otorgando facultades suficientes para este procedimiento a la conclusión. Tres. – Se deja constancia que a esta fecha el capital de la Sociedad “Inmobiliaria e Inversiones Gubudul S.A.”, alcanza la suma de $80.000.000, dividido en 8.000 acciones nominativas, de una sola serie de igual valor, sin valor nominal que se encuentra totalmente emitido, suscrito y pagado. Cuarto. - Que se deja constancia que, como consecuencia de lo anterior, todos los activos y pasivos sociales, son de propiedad del único accionista de la Sociedad don Manuel Alejandro Núñez Peirano, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniero civil, cédula nacional de identidad y RUT Nº 8.354.097-4. Quinto: Que la Sociedad “Inmobiliaria e Inversiones Gubudul S.A.”, es dueña del Lote o Sitio Nº 24 de la manzana 91, de la urbanización Jardín del Mar, Sector Reñaca Bajo, denominado Las Cañitas, Viña del Mar, individualizado en el plano agregado con el Nº 1.835 en el Registro de Documentos de este Conservador del año 1989, cuyos deslindes son los siguientes: Al Norte, en 38 metros, con lote 23; Al Sur, en 19 metros 60 centímetros con área verde pública; Al Oriente, con fondo de quebrada de lote número 20; y Al Poniente, en 47 metros con Pasaje Huinitela, con una superficie aproximada de 1.190 metros cuadrados de los cuales 468 metros cuadrados son área verde natural. Dicho inmueble tiene el Rol para el efecto del pago del impuesto territorial Nº 046 44-024. Que el inmueble ya individualizado, se dio en aporte como cuerpo cierto en el estado en que actualmente se encontraba la propiedad, con todo lo plantado y edificado, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres y libre de gravámenes, prohibición o embargo y deudas pendientes y se encuentra inscrito a nombre de la Sociedad, a fojas 4.423, Nº 5.309 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, año 2012. Sexto: Que, como consecuencia de la disolución de la Sociedad, se ha producido la radicación del dominio del inmueble ya referido en el patrimonio de don Manuel Alejandro Núñez Peirano, ya individualizado. Séptimo: Que la radicación del mencionado inmueble se ha producido, como cuerpo cierto, en el estado en que actualmente se encuentra, estado conocido por don Manuel Alejandro Núñez Peirano, con todo lo plantado y edificado, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres, libre de gravámenes, embargos, hipotecas, ni deuda pendiente por ningún concepto. Don Manuel Alejandro Núñez Peirano declara recibir el inmueble individualizado en el número precedente, sin perjuicio de la competente inscripción. Octavo.- Para efectos tributarios se deja constancia que la radicación del bien inmueble individualizado precedentemente se realiza al valor libros de $79.900.000.- Otros acuerdos se refieren a materias no extractables. Valparaíso, 31 de octubre de 2018.-
Actuaciones recientes
- DISOLUCIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES GUBUDUL S.A.
CVE 1492318
