Ipreser Tecniservi SpA
Diario Oficial
Información societaria
Administradores (1)
Cristian Rodolfo Sepúlveda Torchia
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público, Titular 43° Notaría de Santiago, Paseo Huérfanos N° 835, piso 18, certifica: Por escritura pública de fecha 12 de abril de 2019, otorgada ante mí, Cristian Rodolfo Sepúlveda Torchia modificó la sociedad IPRESER TECNISERVI SpA, inscrita a fojas N° 26020, N° 18324 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, incorporando a las facultades de administración establecidas en el artículo séptimo de los estatutos, la facultad del administrador de auto contratar, sea por sí o en representación de un tercero, pudiendo en consecuencia comprar para sí aquellos bienes que la sociedad le ordene vender y vender de lo suyo a la sociedad, en los términos previstos en los artículos dos mil ciento cuarenta y cuatro del Código Civil y doscientos setenta y uno del Código de Comercio; como asimismo prestar su dinero a la sociedad, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo dos mil ciento cuarenta y cinco del Código Civil; pudiendo en general, celebrar válidamente con el mismo todos aquellos actos, contratos o convenciones cuya ejecución le haya encomendado la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de abril de 2019.-
Información societaria
Administradores (1)
Cristian Rodolfo Sepúlveda Torchia
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público, Titular 43° Notaría de Santiago, Paseo Huérfanos N° 835, piso 18, certifica: Por escritura pública de fecha 12 de abril de 2019, Cristian Rodolfo Sepúlveda Torchia modificó la sociedad IPRESER TECNISERVI SpA, inscrita a fojas N° 26020, N° 18324 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, incorporando a las facultades de administración establecidas en el artículo séptimo de los estatutos, la facultad del administrador de auto contratar, sea por sí o en representación de un tercero, pudiendo en consecuencia comprar para sí aquellos bienes que la sociedad le ordene vender y vender de lo suyo a la sociedad, en los términos previstos en los artículos dos mil ciento cuarenta y cuatro del Código Civil y doscientos setenta y uno del Código de Comercio; como asimismo prestar su dinero a la sociedad, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo dos mil ciento cuarenta y cinco del Código Civil; pudiendo en general, celebrar válidamente con el mismo todos aquellos actos, contratos o convenciones cuya ejecución le haya encomendado la sociedad. Santiago, 15 de abril de 2019.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
IPRESER TECNISERVI SpA
CVE 1582301
- MODIFICACIÓN
Ipreser Tecniservi SpA
CVE 1577053
