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Sociedad de Responsabilidad LimitadaDisuelta76.205.857-K

Inmobiliaria El Nogal Limitada

MODIFICACIÓN — 19 feb 2022

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Término de giro

10 de mayo de 2023

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2022-02-19Ver PDF (CVE 2089050)

Información societaria

Ltda
calle Dardinac Nº 141, casilla 51

Socios (4)

NombreParticipación

CARMEN PATRICIA NICOL BURROWS

Socio

-

EDUARDO JOSÉ MAGRI VARELA

Socio

-

SUZANNE NICOLE MAGRI NICOL

Socio

-

CRISTIAN ANDRE MAGRI NICOL

Socio

-

Representación legal (2)

ANTONI MAGRI NICOL

En representación de PORVENIR SpA

Texto oficial del extracto

NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Abogada, Titular de la 37º Notaría Pública de Santiago, con oficio en Huérfanos Nº 1117 oficina 1014, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 31.12.2021, repertorio 4215-2021, ante doña Carmen Orellana Quiroga, Notario Público de Santiago, suplente de la Titular de esta Notaría, comparecieron: como cedentes, doña CARMEN PATRICIA NICOL BURROWS, don EDUARDO JOSÉ MAGRI VARELA, doña SUZANNE NICOLE MAGRI NICOL, don CRISTIAN ANDRE MAGRI NICOL, y, como cesionaria, la sociedad PORVENIR SpA, representada por don EDUARDO JOSÉ MAGRI VARELA y por don ANTONI MAGRI NICOL; todos domiciliados en calle Dardinac Nº 141, casilla 51, de la Comuna de Recoleta, de la ciudad de Santiago, de la Región Metropolitana, y modificaron la sociedad INMOBILIARIA EL NOGAL LIMITADA, inscrita a fojas 23.642, N°16.614, del Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2012, en el siguiente sentido: doña CARMEN PATRICIA NICOL BURROWS, don EDUARDO JOSÉ MAGRI VARELA, doña SUZANNE NICOLE MAGRI NICOL y don CRISTIAN ANDRE MAGRI NICOL vendieron, cedieron y transfirieron la totalidad de sus derechos sociales de la sociedad INMOBILIARIA EL NOGAL LIMITADA, a la sociedad PORVENIR SpA. El precio de las cesiones de derechos sociales se estableció en la suma única y total de $1.000.000.-, que la cesionaria pagó a los cedentes en el acto de contado y en dinero efectivo, correspondiendo a doña CARMEN PATRICIA NICOL BURROWS, la suma de $170.000, a don EDUARDO JOSÉ MAGRI VARELA, la suma de $170.000, a doña SUZANNE NICOLE MAGRI NICOL, la suma de $330.000, y a don CRISTIAN ANDRE MAGRI NICOL, la suma de $330.000, que declararon recibir en dicha forma y a su entera satisfacción. Como consecuencia de la cesión de derechos efectuada, se reunieron todos los derechos de INMOBILIARIA EL NOGAL LIMITADA, en poder de sociedad PORVENIR SpA y, en razón de ello, se produjo de pleno derecho la disolución anticipada de INMOBILIARIA EL NOGAL LIMITADA. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 15 de febrero de 2022.

ModificaciónDiario Oficial · 2018-11-26Ver PDF (CVE 1500806)

Información societaria

Ltda
Avenida Isidora Goyenechea 3162, oficina 402

Capital

Capital total

$510.000.000

Socios (3)

NombreParticipación

Rentas Valencia SpA

Socio

7.xxx.xxx-1

99.174%

Gestión Patrimonial Los Nueve Limitada

Socio

76.256.285-5

0.826%

Gonzalo Mujica Vizcaya

Socio

5.xxx.xxx-0

10%

Historia societaria relatada

  1. Otro acto· 28 de septiembre de 2018

    Rentas Valencia SpA, Gestión Patrimonial Los Nueve Limitada y Gonzalo Mujica Vizcaya acuerdan la fusión por absorción de Inmobiliaria El Nogal Limitada por Inversiones y Construcciones Aries Limitada.

    Rentas Valencia SpA · Gestión Patrimonial Los Nueve Limitada · Gonzalo Mujica Vizcaya · Inversiones y Construcciones Aries Limitada · Inmobiliaria El Nogal Limitada

Texto oficial del extracto

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público Titular 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de fecha veintiocho de septiembre del año dos mil dieciocho, RENTAS VALENCIA SpA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones doscientos cuarenta y nueve mil setecientos trece guion uno, domiciliado para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea 3162, oficina 402; la sociedad GESTIÓN PATRIMONIAL LOS NUEVE LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones doscientos cincuenta y seis mil doscientos ochenta y cinco guion cinco, domiciliado para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea 3162, oficina 402; y don GONZALO MUJICA VIZCAYA, cédula nacional de identidad número cinco millones ciento sesenta y tres mil quinientos veintiocho guion cero, domiciliado para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea 3162, oficina 402, en su calidad de actuales y únicos socios de la sociedad INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES ARIES LIMITADA; y RENTAS VALENCIA SpA, ya individualizada; don GONZALO MUJICA VIZCAYA, ya individualizado; y doña MARÍA PATRICIA CAMUS MESA, cédula nacional de identidad número cinco millones setecientos dieciocho mil quinientos cuarenta y cuatro guion nueve, domiciliada para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea 3162, oficina 402 en su calidad de actuales y únicos socios de la sociedad INMOBILIARIA EL NOGAL LIMITADA, acuerdan fusionar las sociedades antes singularizadas en una sola, fusión que se efectúa absorbiendo INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES ARIES LIMITADA a INMOBILIARIA EL NOGAL LIMITADA, adquiriendo en consecuencia INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES ARIES LIMITADA la totalidad de los activos y pasivos, a valores financiero, de ésta última a Inversiones y Construcciones Aries Limitada, conforme a los balances de estas sociedad al treinta y uno de agosto del año dos mil dieciocho. Como consecuencia de la fusión acordada, se disuelve la sociedad INMOBILIARIA EL NOGAL LIMITADA, sin que sea procedente su liquidación, quedando incorporados y radicados en INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES ARIES LIMITADA, a título y con motivo de la fusión, los bienes, derechos y obligaciones que constituyen la totalidad del activo y pasivo de la sociedad INMOBILIARIA EL NOGAL LIMITADA, como se especifica y consta de sus libros, como asimismo, todo otro bienes, derechos, obligaciones u operaciones de cualquier naturaleza que pertenecieren a la Sociedad Absorbida, todos los cuales se entienden traspasados, cedidos y trasferidos a la Sociedad Absorbente, la cual acepta y adquiere a su entera y total satisfacciones y en el estado en que se encuentran. Como resultado de esta fusión, INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES ARIES LIMITADA, aumenta su capital de ciento treinta millones de pesos, moneda de curso legal, en la cantidad correspondiente al capital de la Sociedad Absorbida, esto es en trescientos ochenta millones de pesos. En consecuencia, el capital de INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES ARIES LIMITADA, ya fusionada con INMOBILIARIA EL NOGAL LIMITADA, queda en la cantidad de quinientos diez millones de pesos. Además, los socios de la sociedad INVERSIONES Y CONTRUCCIONES ARIES LIMITADA acuerdan modificar: /i/ La cláusula quinta relativa al capital, la cual refleja la fusión antes indicada y el retiro de la socia industrial doña María Patricia Camus Mesa, por dejar esta de aportar su trabajo en la sociedad, la cual que pasará a tener el siguiente tenor: “QUINTO: El capital social es la cantidad de quinientos diez millones de pesos, que le corresponden a Rentas Valencia SpA en un noventa y nueve coma uno siete cuatro por ciento y a Gestión Patrimonial Los Nueve Limitada, en un cero coma ocho dos seis por ciento de los derechos sociales, ambos como únicos socios capitalistas. En tanto que don Gonzalo Mujica Vizcaya aporta su trabajo personal aplicado a la conducción de los negocios sociales con dedicación de todo el tiempo que ello razonablemente requería, pero sin exclusividad”; y /ii/ La cláusula séptima de los estatutos sociales, pasando a tener el siguiente tenor: “SÉPTIMO: Las utilidades de la sociedad se repartirán en proporciones de un ochenta y nueve por ciento para Rentas Valencia SpA, un uno por ciento para Gestión Patrimonial Los Nueve Limitada, un diez por ciento para don Gonzalo Mujica Vizcaya”. Demás estipulaciones no interesan a terceros no son materia de extracto, constan de escritura pública extractada. Santiago, 22 de noviembre de 2018. Juan Ricardo San Martín Urrejola.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    INMOBILIARIA EL NOGAL LIMITADA

    CVE 2089050

  2. MODIFICACIÓN

    INMOBILIARIA EL NOGAL LIMITADA

    CVE 1500806

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)