Limited liability company76.198.678-3

Sociedad Ingenelec Limitada

MODIFICACIÓN — Jul 9, 2025

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2025-07-09View PDF (CVE 2669518)

Corporate information

Ltda
Olivar, O'Higgins
Administration: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don PABLO ANDRES FARIAS LEDEZMA, con autorización de al menos uno de los demás socios para ciertos actos

Capital

Total capital

$12.500.000

Shareholders (4)

NameParticipation

NIDIA ESMILDA LEDEZMA SEGOVIA

Socio

6.xxx.xxx-7

-

EMILIO ALEJANDRO FARIAS LEDEZMA

Socio

16.xxx.xxx-5

-

EMILIO ANTONIO FARIAS FARIAS

Socio

6.xxx.xxx-4

-

PABLO ANDRES FARIAS LEDEZMA

Socio

14.xxx.xxx-5

-

Administrators (1)

PABLO ANDRES FARIAS LEDEZMA

14.xxx.xxx-5Administrador

Corporate history on record

  1. Incorporation· February 22, 2012

    Se constituye la sociedad SOCIEDAD INGENELEC LIMITADA o INGENELEC LTDA.

  2. Transfer of rights· November 27, 2023

    EMILIO FARIAS LEDEZMA cede el 20% del total del haber social a PABLO FARIAS LEDEZMA.

    EMILIO FARIAS LEDEZMA · PABLO FARIAS LEDEZMA

Official extract text

Ministerio del Interior ROBERTO PRELLER ARAYA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Coquimbo, calle Melgarejo N°1044, certifica: Por escritura hoy, ante mí, doña NIDIA ESMILDA LEDEZMA SEGOVIA, chilena, casada, separada totalmente de bienes, comerciante, cédula nacional de identidad número seis millones treinta y ocho mil setecientos ochenta y siete guion siete; don EMILIO ALEJANDRO FARIAS LEDEZMA, chileno, soltero, ingeniero eléctrico, cédula nacional de identidad número dieciséis millones quinientos ochenta mil seiscientos noventa guion cinco y don EMILIO ANTONIO FARIAS FARIAS, chileno, casado, separado totalmente de bienes, técnico universitario en mantención mecánica, cédula nacional de identidad número seis millones setecientos cincuenta mil cincuenta guion cuatro, todos domiciliados en Pasaje Italia número quinientos cuarenta y ocho, Sector Olivar Alto, Coquimbo, y don PABLO ANDRES FARIAS LEDEZMA, chileno, casado, trabajador dependiente, cédula de identidad número catorce millones ciento cuarenta y ocho mil ciento veintiuno guion cinco, domiciliado en Pasaje Juan Carlos Onett número seiscientos dos, San Juan, Coquimbo, representados convencionalmente por don MAYKEL ANTONIO JORQUERA TAPIA, Abogado, chileno, soltero, domiciliado en Balmaceda número cuatrocientos sesenta y nueve oficina veinticuatro, La Serena, otorgaron escritura saneamiento, conforme Ley 19.499 de la cesión y modificación de SOCIEDAD INGENELEC LIMITADA otorgada ante el Notario Público de la comuna de Coquimbo, don RODOLFO POLANCO GALLOSO de fecha 27 de noviembre de 2023, repertorio número 1268-2023. Los vicios consisten en: la no publicación en el Diario Oficial del extracto de la escritura de cesión y modificación, por consiguiente no fue inscrita en el Registro de Comercio respectivo dentro del plazo legal para llevar a cabo dichos trámites.- SANEAMIENTO.- Las partes sanean la cesión de derechos y modificación de la sociedad conforme al artículo 3° de la Ley 19.499, publicando este extracto e inscribiéndose en el Registro de Comercio respectivo dentro del plazo legal.- Las cláusulas extractadas de la escritura de cesión y modificación son las siguientes: los comparecientes modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada que gira bajo razón SOCIEDAD INGENELEC LIMITADA también “INGENELEC LTDA.” por escritura pública de fecha veintidós de febrero del año dos mil doce, otorgada ante el Notario Público doña MARCIA ANDREA SEPULVEDA FEHRMANN, Suplente del Titular de la Primera Notaría de Coquimbo don Claudio Barrena Eyzaguirre, publicándose el extracto en el Diario Oficial número cuarenta mil ciento noventa y seis de fecha veinticuatro de febrero de dos mil doce, inscribiéndose su extracto a fojas ciento treinta y uno número ciento ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, correspondiente al año dos mil doce. Dicha sociedad no ha sido modificada. La sociedad tiene un capital de doce millones quinientos mil pesos.- Las modificaciones consisten en: don EMILIO FARIAS LEDEZMA vendió, cedió y transfirió el veinte por ciento del total del haber social, a don PABLO FARIAS LEDEZMA, quien compró, aceptó y adquirió para sí los citados derechos, declarando recibirlos en a su entera y total satisfacción, derecho que el cedente declara no estar afecto a limitación de dominio alguna.- El precio de la referida cesión, es la suma de dos millones quinientos mil pesos, que el cesionario pagó con anterioridad a esta fecha al cedente, declaró don EMILIO FARIAS LEDEZMA haberlos recibido a su entera y total satisfacción, sin tener cargo ni reclamo alguno que formular por ningún concepto o motivo. Los nuevos socios modifican la administración de la sociedad: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don PABLO ANDRES FARIAS LEDEZMA quien, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades a excepción de lo dispuesto en la cláusula quinta, sin que la enumeración sea taxativa podrá: quien anteponiendo a la razón social su firma, la representará con las más amplias facultades, a excepción de las facultades contenidas en la cláusula quinta del pacto social, esto es: será necesaria la concurrencia de cualquiera de los demás socios, quienes solamente con su firma antepuesta a la razón social podrán comprar, vender, permutar, adquirir, disponer o enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, depósito, consignación o administración, toda clase de bienes inmuebles, fijando en cada caso los precios, condiciones, modos y plazos que estime convenientes; en consecuencia, para obligar a la sociedad respecto a los actos y contratos ya enumerados, el administrador debe contar con la aprobación de a lo menos uno de los demás socios, manifestada mediante su firma antepuesta a la razón social.- En lo no modificado, sigue vigente pacto social originario.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Coquimbo, 18 de junio de 2025.

AmendmentDiario Oficial · 2024-03-28View PDF (CVE 2472716)

Corporate information

Ltda
Olivar, O'Higgins
Administration: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don PABLO ANDRES FARIAS LEDEZMA, con autorización de a lo menos uno de los demás socios para ciertos actos.

Capital

Total capital

$12.500.000

Shareholders (4)

NameParticipation

NIDIA ESMILDA LEDEZMA SEGOVIA

Socio

6.xxx.xxx-7

-

EMILIO ALEJANDRO FARIAS LEDEZMA

Socio

16.xxx.xxx-5

-

EMILIO ANTONIO FARIAS FARIAS

Socio

675.xxx-4

-

PABLO ANDRES FARIAS LEDEZMA

Socio

14.xxx.xxx-5

20%

Administrators (1)

PABLO ANDRES FARIAS LEDEZMA

14.xxx.xxx-5Administrador

Corporate history on record

  1. Incorporation· February 22, 2012

    Se constituyó la sociedad INGENELEC LTDA.

  2. Transfer of rights· November 27, 2023

    EMILIO FARIAS LEDEZMA vendió, cedió y transfirió el 20% de sus derechos sociales a PABLO FARIAS LEDEZMA.

    EMILIO FARIAS LEDEZMA · PABLO FARIAS LEDEZMA

  3. Change of administrator· November 27, 2023

    La administración pasó a corresponder exclusivamente a PABLO ANDRES FARIAS LEDEZMA.

    PABLO ANDRES FARIAS LEDEZMA

Official extract text

RODOLFO ESTEBAN POLANCO GALLOSO, abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Coquimbo, calle Melgarejo N°1044, certifica, Doña NIDIA ESMILDA LEDEZMA SEGOVIA, chilena, casada, separada totalmente de bienes, comerciante, cédula nacional de identidad número seis millones treinta y ocho mil setecientos ochenta y siete guion siete; don EMILIO ALEJANDRO FARIAS LEDEZMA, chileno, soltero, ingeniero eléctrico, cédula nacional de identidad número dieciséis millones quinientos ochenta mil seiscientos noventa guion cinco y don EMILIO ANTONIO FARIAS FARIAS, chileno, casado, separado totalmente de bienes, técnico universitario en mantención mecánica, cédula nacional de identidad número seis millones setecientos cincuenta mil cincuenta guion cuatro, todos domiciliados en pasaje Italia número quinientos cuarenta y ocho, sector olivar alto, Coquimbo y don PABLO ANDRES FARIAS LEDEZMA, chileno, casado, trabajador dependiente, cedula de identidad número catorce millones ciento cuarenta y ocho mil ciento veintiuno guion cinco, domiciliado en pasaje Juan Carlos Onett numero seiscientos dos, San Juan, Coquimbo representados convencionalmente por don MAYKEL ANTONIO JORQUERA TAPIA, Abogado, chileno, soltero, domiciliado en Balmaceda numero cuatrocientos sesenta y nueve oficina veinticuatro, La Serena, otorgaron escritura saneamiento, conforme Ley 19.499 de la cesión y modificación de SOCIEDAD INGENELEC LIMITADA otorgada ante el Notario Público de la comuna de Coquimbo, don RODOLFO POLANCO GALLOSO de fecha 27 de noviembre de 2023, repertorio número 1268-2023. Los vicios consisten en: la no publicación en el Diario Oficial del extracto de la escritura de cesión y modificación, por consiguiente no fue inscrita en el Registro de Comercio respectivo dentro del plazo legal para llevar a cabo dichos tramites.- SANEAMIENTO.- Las partes sanean la cesión de derechos y modificación de la sociedad conforme al artículo 3° de la Ley 19.499, publicando este extracto e inscribiéndose en el Registro de Comercio respectivo dentro del plazo legal.- Las cláusulas extractadas de la escritura de cesión y modificación son las siguientes: los comparecientes modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada que gira bajo razón SOCIEDAD INGENELEC LIMITADA también “INGENELEC LTDA.” por escritura pública de fecha veintidós de febrero del año dos mil doce, otorgada ante el Notario Público doña MARCIA ANDREA SEPULVEDA FEHRMANN, Suplente del Titular de la Primera Notaria de Coquimbo don Claudio Barrena Eyzaguirre, , publicándose el extracto en el diario oficial número cuarenta mil ciento noventa y seis de fecha veinticuatro de febrero de dos mil doce, inscribiéndose su extracto a fojas ciento treinta y uno número ciento ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, correspondiente al año dos mil doce. Dicha sociedad no ha sido modificada. La sociedad tiene un capital de doce millones quinientos mil pesos.- Las modificaciones consisten en: don EMILIO FARIAS LEDEZMA vendió, cedió y transfirió el veinte por ciento del total del haber social, a don PABLO FARIAS LEDEZMA, quién compró, aceptó y adquirió para sí los citados derechos, declarando recibirlos en a su entera y total satisfacción, derecho que el cedente declara no estar afectos a limitación de dominio alguna.- El precio de la referida cesión, es la suma de dos millones quinientos mil pesos, que el cesionario pagó con anterioridad a esta fecha al cedente, declaró don EMILIO FARIAS LEDEZMA haberlos recibido a su entera y total satisfacción, sin tener cargo ni reclamo alguno que formular por ningún concepto o motivo.-: los nuevos socios modifican la administración de la sociedad: LA administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don PABLO ANDRES FARIAS LEDEZMA quien, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades a excepción de lo dispuesto en la cláusula quinta, sin que la enumeración sea taxativa podrá: quien anteponiendo a la razón social su firma, la representara con las más amplias facultades, a excepción de las facultades contenidas en la clausula quinta del pacto social, esto es: será necesaria la concurrencia de cualquiera de los demás socios, quienes solamente con su firma antepuesta a la razón social podrán comprar, vender, permutar, adquirir, disponer o enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, depósito, consignación o administración, toda clase de bienes inmuebles, fijando en cada caso los precios, condiciones, modos y plazos que estime convenientes; en consecuencia, para obligar a la sociedad respecto a los actos y contratos ya enumerados, el administrador debe contar con la aprobación de a lo menos uno de los demás socios, manifestada mediante su firma antepuesta a la razón social.- En lo no modificado, sigue vigente pacto social originario.- Demás estipulaciones escritura extractada. Coquimbo, 20 de marzo de 2024.

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  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD INGENELEC LIMITADA

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    Sociedad Ingenelec Limitada

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