Agrícola San José Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (6)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Administrateurs (1)
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, domiciliado en calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, piso séptimo, comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 28 de enero de 2026, doña María José Labra Serrano, don Manuel Bulnes Muzard, don Diego Bulnes Labra, don Martín Bulnes Labra, don Pablo Bulnes Labra y don Max José Bulnes Labra, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en avenida El Golf N°99, piso 7, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de Agrícola San José Limitada, inscrita a fojas 66.571 número 48.703 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2011, acordaron modificar el Artículo Octavo de los estatutos sociales, relativo a la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad, en el sentido de que la administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a don Víctor Hugo Medina Bustos, quien actuando individualmente, y anteponiendo su firma a la razón social, podrá representar a la sociedad con las facultades que se indican en la escritura extractada, excluyéndose aquellas indicadas en la referida escritura. En relación a determinados actos y contratos indicados en escritura extractada deberán actuar todos los socios conjuntamente y anteponiendo su firma a la razón social. En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales, en especial, en cuanto a que la responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de enero de 2026.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$4.120.000
Capital libéré
$4.120.000
Capital restant dû
$0
Associés (6)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 32.553% | $1.341.200 |
Socio | - | 2.883% | $118.800 |
Socio | - | 16.141% | $665.000 |
Socio | - | 16.141% | $665.000 |
Socio | - | 16.141% | $665.000 |
Socio | - | 16.141% | $665.000 |
Administrateurs (6)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 1 janvier 2011
Se constituye Agrícola San José Limitada, inscrita en el Registro de Comercio en 2011.
- Cession de droits· 27 septembre 2022
Donación de derechos sociales con retiro de Manuel Bulnes Labra y Nicolás Bulnes Labra, e ingreso de Diego Bulnes Labra, Martín Bulnes Labra, Pablo Bulnes Labra y Max José Bulnes Labra como socios.
Manuel Bulnes Muzard · María José Labra Serrano · Manuel Bulnes Labra · Nicolás Bulnes Labra · Diego Bulnes Labra · Martín Bulnes Labra · Pablo Bulnes Labra · Max José Bulnes Labra
Texte officiel de l’extrait
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 27 de septiembre de 2022, ante mí, don Manuel Bulnes Muzard, doña María José Labra Serrano, don Manuel Bulnes Labra, don Nicolás Bulnes Labra, don Diego Bulnes Labra, don Martín Bulnes Labra, don Pablo Bulnes Labra y don Max José Bulnes Labra, todos domiciliados para estos efectos en El Golf número 99, piso 7, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; en su calidad de únicos y actuales socios de Agrícola San José Limitada, en adelante también la “Sociedad”, inscrita a fojas 66.571 número 48.703 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011, dejaron constancia de las donaciones de plena propiedad de derechos sociales indicadas en la escritura extractada, compareciendo los donatarios junto con los donantes en señal de aceptación de dichas donaciones. Como consecuencia de dichas donaciones, don Manuel Bulnes Labra y don Nicolás Bulnes Labra se retiran de la Sociedad, mientras que don Diego Bulnes Labra, don Martín Bulnes Labra, don Pablo Bulnes Labra y don Max José Bulnes Labra ingresan como socios de la Sociedad. Conforme a ello, Manuel Bulnes Muzard, doña María José Labra Serrano, don Manuel Bulnes Labra, don Nicolás Bulnes Labra, don Diego Bulnes Labra, don Martín Bulnes Labra, don Pablo Bulnes Labra y don Max José Bulnes Labra, acordaron reemplazar el Artículo Sexto de los estatutos sociales de Agrícola San José Limitada, por el siguiente: “Artículo Sexto: El capital de la sociedad es la cantidad de cuatro millones ciento veinte mil pesos el que ha sido aportado y pagado por los socios en la siguiente forma y proporciones: /i/ doña María José Labra Serrano ha aportado y pagado la cantidad de un millón trescientos cuarenta y un mil doscientos pesos, equivalente al treinta y dos coma cinco cinco tres por ciento de los derechos sociales; /ii/ don Manuel Bulnes Muzard ha aportado y pagado la cantidad de ciento dieciocho mil ochocientos pesos, equivalente al dos coma ocho ocho tres por ciento de los derechos sociales; /iii/ don Diego Bulnes Labra ha aportado y pagado la cantidad de seiscientos sesenta y cinco mil pesos, equivalente al dieciséis coma ciento cuarenta y un por ciento de los derechos sociales; /iv/ don Martín Bulnes Labra ha aportado y pagado la cantidad de seiscientos sesenta y cinco mil pesos, equivalente al dieciséis coma ciento cuarenta y un por ciento de los derechos sociales; /v/ don Pablo Bulnes Labra ha aportado y pagado la cantidad de seiscientos sesenta y cinco mil pesos, equivalente al dieciséis coma ciento cuarenta y un por ciento de los derechos sociales; y, /vi/ don Max José Bulnes Labra ha aportado y pagado la cantidad de seiscientos sesenta y cinco mil pesos, equivalente al dieciséis coma ciento cuarenta y un por ciento restante de los derechos sociales.”. Asimismo, los actuales y únicos socios acordaron modificar el Artículo Octavo de los estatutos sociales, relativos a la Administración de la Sociedad, en el sentido de establecer que esta le corresponderá a don Manuel Bulnes Muzard actuando individualmente. En caso de fallecimiento o incapacidad sobreviniente debidamente acreditada de don Manuel Bulnes Muzard, la administración de la Sociedad le corresponderá a doña María José Labra Serrano, actuando individualmente. En caso de fallecimiento o de incapacidad sobreviniente de doña María José Labra Serrano, la administración de la Sociedad le corresponderá conjuntamente a dos cualquiera de don Martín Bulnes Labra, don Pablo Bulnes Labra, don Max José Bulnes Labra y don Diego Bulnes Labra. En todo lo no modificado, rigen plenamente los estatutos sociales de la sociedad Agrícola San José Limitada, en especial en cuanto a la limitación de la responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Facultades de administración y demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 24 de octubre del año 2022.-
Actes récents
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