有限責任公司76.187.796-8

Instituto Médico Montahue Limitada

MODIFICACIÓN — 2019年2月2日

Diario Oficial

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公司資料

Ltda
Avenida Apoquindo N° 6410 oficina 1402 y oficina 302

法定代理(3)

CLAUDIA ANDREA SCHÜTTE MARDONES

代表 SOCIEDAD PSIFAM LIMITADA76.718.530-8

MARLENNE JUDITH WAISSBLUTH MORALES

OSCAR ABRAHAM WAISSBLUTH MORALES

公報所載公司沿革

  1. 其他行為· 2018年9月11日

    Se celebró un acuerdo conciliatorio en juicio arbitral sobre la cesión de derechos sociales

    Alberto González Errázuriz

摘要官方正文

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario de Santiago, suplente del titular don ÁLVARO GONZALEZ SALINAS, Agustinas 1070, 2º piso, certifica: Por escritura Pública de fecha 04 de diciembre de 2018, bajo Repertorio Nº 83.187, ante titular y rectificada mediante escritura pública de fecha 29 de enero de 2019, bajo repertorio N° 5.881, ante mí: CLAUDIA ANDREA SCHÜTTE MARDONES en representación de SOCIEDAD PSIFAM LIMITADA, RUT 76.718.530-8; DAVID RICARDO SARAPURA CORTÉS, C.I. 10.388.171-4, todos domiciliados en Avenida Apoquindo N° 6410 oficina 1402, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra MARLENNE JUDITH WAISSBLUTH MORALES y don OSCAR ABRAHAM WAISSBLUTH MORALES ambos en representación de la Sociedad INSTITUTO MÉDICO WAISSBLUTH Y CIA. LTDA. todos con domicilio en Avenida Apoquindo N° 6410, oficina 302 comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, modificaron Sociedad de responsabilidad limitada “INSTITUTO MÉDICO MONTAHUE LIMITADA” RUT N°76.187.796-8, SOCIEDAD PSIFAM LIMITADA y DAVID RICARDO SARAPURA CORTÉS ceden la totalidad de sus derechos sociales en la sociedad de responsabilidad limitada INSTITUTO MÉDICO MONTAHUE LIMITADA a la sociedad INSTITUTO MÉDICO WAISSBLUTH Y CIA, LTDA la que acepta para sí.- El precio de la Cesión es de UF2.500. La cesión de derechos se hace bajo las siguientes condiciones positivas: el pago del precio de esta cesión de derechos, el alzamiento de gravámenes que afectan al inmueble ubicado en Avenida Apoquindo N° 6.410 de la comuna de Las Condes, incluidos sus estacionamientos. Todo ello especificado en la escritura extractada. Asimismo, la cesión se hace bajo la condición negativa de no celebrar pactos indicados en el art. 2.088 del Código Civil, especificado en la escritura extractada.- Fallida cualquiera de las condiciones positivas y/o cumplida la condición negativa producirá: una multa de UF1.800 a favor de SOCIEDAD PSIFAM LIMITADA Y DAVID RICARDO SARAPURA CORTÉS; La cesión de la totalidad de los derechos sociales de los que es titular la sociedad INSTITUTO MÉDICO WAISSBLUTH Y CIA., LTDA. en la sociedad INSTITUTO MÉDICO MONTAHUE LIMITADA, y la renuncia por parte INSTITUTO MÉDICO WAISSBLUTH Y CIA, LTDA de cualquier acción que tenga por objeto cuestionar, controvertir, impugnar, alterar, modificar, dejar sin efecto, etc. La cesión objeto de esta escritura, según se especifica en escritura extractada.- La presente cesión de derechos se ha celebrado en el marco del acuerdo conciliatorio de fecha 11 de Septiembre de 2.018, en juicio arbitral llevado ante juez árbitro don Alberto González Errázuriz y sus modificaciones. Si fallan las condiciones de esta cesión de derechos la parte cesionaria deberá ceder todos sus derechos en la sociedad Instituto Medico Montahue limitada a la parte cedente dentro del plazo de 10 días posteriores al fallo. Si así lo hace podrá recuperar el precio de esta cesión de derechos, según especifica la escritura extractada. Si ello no ocurre las partes otorgan poder especial al abogado don Alberto González Errázuriz quien tendrá amplias facultadas para concurrir a nombre de ellas en todos los actos o negocios jurídicos que permitan la total eficacia de esta cesión de derechos, según lo especificado en la escritura extractada. Santiago, 31 de enero de 2019.

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公司資料

Ltda
Avenida Apoquindo N° 6410 oficina 1402

法定代理(4)

CLAUDIA ANDREA SCHÜTTE MARDONES

代表 PSIFAM LIMITADA76.718.530-8

DAVID RICARDO SARAPURA CORTÉS

10.xxx.xxx-4代表 DAVID RICARDO SARAPURA CORTÉS10.xxx.xxx-4

MARLENNE JUDITH WAISSBLUTH MORALES

OSCAR ABRAHAM WAISSBLUTH MORALES

摘要官方正文

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario de Santiago, Agustinas N°1070 2º piso, certifica: Por escritura Pública de fecha 04 de diciembre de 2018, bajo Repertorio Nº 83.187, ante mí: CLAUDIA ANDREA SCHÜTTE MARDONES en representación de PSIFAM LIMITADA, RUT 76.718.530-8; DAVID RICARDO SARAPURA CORTÉS, C.I. 10.388.171-4, todos domiciliados en Avenida Apoquindo N° 6410 oficina 1402, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra MARLENNE JUDITH WAISSBLUTH MORALES y don OSCAR ABRAHAM WAISSBLUTH MORALES ambos en representación de la Sociedad INSTITUTO MÉDICO WAISSBLUTH Y CIA. LTDA. todos con domicilio en Avenida Apoquindo N° 6410, oficina 302 comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, modificaron Sociedad de responsabilidad limitada “INSTITUTO MÉDICO MONTAHUE LIMITADA” RUT N°76.187.796-8, en el siguiente sentido: PSIFAM LIMITADA y DAVID RICARDO SARAPURA CORTÉS ceden la totalidad de sus derechos sociales en la sociedad de responsabilidad limitada INSTITUTO MÉDICO MONTAHUE LIMITADA a la sociedad INSTITUTO MÉDICO WAISSBLUTH Y CIA, LTDA la que acepta para sí.- El precio de la Cesión es de UF2.500. La cesión de derechos se hace bajo las siguientes condiciones positivas: el pago del precio de esta cesión de derechos, el alzamiento de gravámenes que afectan al inmueble ubicado en Avenida Apoquindo N° 6.410 de la comuna de Las Condes, incluidos sus estacionamientos. Todo ello especificado en la escritura extractada. Asimismo, la cesión se hace bajo la condición negativa de no celebrar pactos indicados en el art. 2.088 del Código Civil, especificado en la escritura extractada.- Fallida cualquiera de las condiciones positivas y/o cumplida la condición negativa producirá: una multa de UF1.800 a favor de PSIFAM LIMITADA Y DAVID RICARDO SARAPURA CORTÉS; La cesión de la totalidad de los derechos sociales de los que es titular la sociedad INSTITUTO MÉDICO WAISSBLUTH Y CIA., LTDA. en la sociedad INSTITUTO MÉDICO MONTAHUE LIMITADA, y la renuncia por parte INSTITUTO MÉDICO WAISSBLUTH Y CIA, LTDA de cualquier acción que tenga por objeto cuestionar, controvertir, impugnar, alterar, modificar, dejar sin efecto, etc. La cesión objeto de esta escritura, según se especifica en escritura extractada.- La presente cesión de derechos se ha celebrado en el marco del acuerdo conciliatorio de fecha 11 de Septiembre de 2.018, en juicio arbitral llevado ante juez árbitro don Alberto González Errázuriz y sus modificaciones. Si fallan las condiciones de esta cesión de derechos la parte cesionaria deberá ceder todos sus derechos en la sociedad Instituto Medico Montahue limitada a la parte cedente dentro del plazo de 10 días posteriores al fallo. Si así lo hace podrá recuperar el precio de esta cesión de derechos, según especifica la escritura extractada. Si ello no ocurre las partes otorgan poder especial al abogado don Alberto González Errázuriz quien tendrá amplias facultadas para concurrir a nombre de ellas en todos los actos o negocios jurídicos que permitan la total eficacia de esta cesión de derechos, según lo especificado en la escritura extractada. Santiago, 15 de enero de 2019.

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