Inversiones Santa Bárbara Limitada
Informações tributárias (SII)
Tipo de entidade
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedade
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Início de atividades
Sem início de atividades informado pelo SII
Atividades econômicas
Sem atividades econômicas registradas no SII
Documentos timbrados
Sem documentos timbrados registrados no SII
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Histórico societário relatado
- Outro ato· 21 de setembro de 2012
Se relata una modificación estatutaria previa de la sociedad respecto de la cláusula primero y segundo.
- Outro ato
Se rectifican menciones de inmuebles aportados y valorizaciones en la modificación de 2012.
MARÍA VIVIANA OLAVE YOUNG · BÁRBARA VIVIANA NIETO OLAVE · ALONSO NIETO BERNABEU · ALONSO ANDRÉS NIETO OLAVE
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida El Golf 99, oficina 101 B, Las Condes, Santiago, certifica: Que por escritura pública de 04 de junio de 2025, repertorio 4395-2025, comparecen: doña MARÍA VIVIANA OLAVE YOUNG por sí y en representación de doña BÁRBARA VIVIANA NIETO OLAVE, don ALONSO NIETO BERNABEU, y don ALONSO ANDRÉS NIETO OLAVE, todos domiciliados para estos efectos en San Olav número seis mil cuatrocientos cuarenta, departamento mil doscientos tres, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Por escritura que se extracta, se modifica la sociedad INVERSIONES SANTA BÁRBARA LIMITADA, Rol Único Tributario número 76.177.448-4, inscrita a Fojas 133 vuelta, Número 150 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca del año 2012, en los siguientes términos: PRIMERO: Por este acto, los actuales y únicos socios de INVERSIONES SANTA BÁRBARA LIMITADA vienen en rectificar la modificación de estatutos de la sociedad celebrada mediante escritura pública de fecha 21 de septiembre del año 2012, otorgada en la Notaría de Santiago de don Raúl Iván Perry Pefaur, ante el Notario Suplente Ulises Aburto Spitzer, repertorio número 42.826-2012, en los siguientes términos: UNO. En la letra b. cuatro) y b. cinco) del numeral I) de la cláusula PRIMERO de la escritura pública de fecha 21 de septiembre del año 2012, otorgada en la Notaría de Santiago de don Raúl Iván Perry Pefaur, ante el Notario Suplente Ulises Aburto Spitzer, repertorio número 42.826-2012, debe decir: “b.cuatro) Departamento número doscientos tres, del edificio ubicado en calle Suecia número seiscientos noventa y cinco, comuna de Providencia, Región Metropolitana, que se encontraba inscrito a fojas once mil ochocientos ochenta y seis, número siete mil quinientos diecinueve, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año mil novecientos noventa y cinco. Rol mil ciento treinta y tres guion ochocientos ochenta y uno; Bodega número treinta y siete, actualmente inscrita a fojas cincuenta y ocho mil ciento sesenta y ocho, número ochenta y cinco mil trece, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veintiuno, Rol de avalúo fiscal número mil ciento treinta y tres guion novecientos setenta y uno, de la comuna de Providencia; Uso y goce exclusivo del estacionamiento número veinticuatro. Inmuebles avaluados de común acuerdo en cincuenta y dos millones seiscientos veintidós mil ciento treinta y seis pesos, que se desglosa de la siguiente manera: a) departamento doscientos tres en cuarenta y ocho millones de pesos; b) bodega número treinta y siete en un millón de pesos; y c) derecho de uso y goce del estacionamiento número veinticuatro en tres millones seiscientos veintidós mil ciento treinta y siete pesos. b.cinco) Departamento número trescientos dos, del edificio ubicado en calle Suecia número seiscientos noventa y cinco, comuna de Providencia, Región Metropolitana, que se encontraba inscrito a fojas once mil ochocientos ochenta y seis, número siete mil quinientos diecinueve, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año mil novecientos noventa y cinco, Rol mil ciento treinta y tres guión ochocientos ochenta y nueve; Bodega número trece, actualmente inscrita a fojas cincuenta y cuatro mil quinientos sesenta y cuatro número setenta y nueve mil setecientos cincuenta y uno, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veintiuno, Rol de avalúo fiscal número mil ciento treinta y tres guion novecientos cuarenta y siete, de la comuna de Providencia; y Uso y goce exclusivo del estacionamiento número veintidós. Inmuebles avaluados de común acuerdo en cincuenta y dos millones seiscientos veintidós mil ciento treinta y seis pesos, que se desglosa de la siguiente manera: a) departamento trescientos dos en cuarenta y ocho millones de pesos; b) bodega número trece en un millón de pesos; y c) derecho de uso y goce del estacionamiento número veintidós en tres millones seiscientos veintidós mil ciento treinta y siete pesos.”; DOS. En la letra b. cuatro) y b. cinco) de la letra B del UNO) del numeral I de la cláusula SEGUNDO de la escritura escritura pública de fecha 21 de septiembre del año 2012, otorgada en la Notaría de Santiago de don Raúl Iván Perry Pefaur, ante el Notario Suplente Ulises Aburto Spitzer, repertorio número 42.826-2012, debe decir: “b.cuatro) Departamento número doscientos tres, del edificio ubicado en calle Suecia número seiscientos noventa y cinco, comuna de Providencia, Región Metropolitana, que se encontraba inscrito a fojas once mil ochocientos ochenta y seis, número siete mil quinientos diecinueve, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año mil novecientos noventa y cinco. Rol mil ciento treinta y tres guion ochocientos ochenta y uno; Bodega número treinta y siete, actualmente inscrita a fojas cincuenta y ocho mil ciento sesenta y ocho, número ochenta y cinco mil trece, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veintiuno, Rol de avalúo fiscal número mil ciento treinta y tres guion novecientos setenta y uno, de la comuna de Providencia; Uso y goce exclusivo del estacionamiento número veinticuatro. Inmuebles avaluados de común acuerdo en cincuenta y dos millones seiscientos veintidós mil ciento treinta y seis pesos, que se desglosa de la siguiente manera: a) departamento doscientos tres en cuarenta y ocho millones de pesos; b) bodega número treinta y siete en un millón de pesos; y c) derecho de uso y goce del estacionamiento número veinticuatro en tres millones seiscientos veintidós mil ciento treinta y siete pesos. b.cinco) Departamento número trescientos dos, del edificio ubicado en calle Suecia número seiscientos noventa y cinco, comuna de Providencia, Región Metropolitana, que se encontraba inscrito a fojas once mil ochocientos ochenta y seis, número siete mil quinientos diecinueve, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año mil novecientos noventa y cinco, Rol mil ciento treinta y tres guión ochocientos ochenta y nueve; Bodega número trece, actualmente inscrita a fojas cincuenta y cuatro mil quinientos sesenta y cuatro número setenta y nueve mil setecientos cincuenta y uno, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veintiuno, Rol de avalúo fiscal número mil ciento treinta y tres guion novecientos cuarenta y siete, de la comuna de Providencia; y Uso y goce exclusivo del estacionamiento número veintidós. Inmuebles avaluados de común acuerdo en cincuenta y dos millones seiscientos veintidós mil ciento treinta y seis pesos, que se desglosa de la siguiente manera: a) departamento trescientos dos en cuarenta y ocho millones de pesos; b) bodega número trece en un millón de pesos; y c) derecho de uso y goce del estacionamiento número veintidós en tres millones seiscientos veintidós mil ciento treinta y siete pesos.”. Demás estipulaciones según escritura. En lo no modificado, subsiste pacto social. Santiago, 05 de junio de 2025. Magdalena Latorre Larraín. Notario Público Interino.
Informações societárias
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones, o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. A modo de ejemplo, la sociedad podrá obtener rentas de bonos y debentures o títulos de crédito; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras, que no desarrollen actividades en el país; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La sociedad no podrá realizar, bajo ninguna circunstancia, otro tipo de actividades.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital integralizado
$1.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Inversiones Estrategia Limitada Socio | - | 99% | $990.000 |
Socio | - | 1% | $10.000 |
Administradores (1)
Texto oficial do extrato
JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4.886, Comuna de San Miguel, certifico: Que con fecha 01 de diciembre de 2020, ante mí, se otorgó escritura pública de “Constitución de Sociedad Inversiones Santa Bárbara Limitada”, en que don Luis Felipe Israel Quilodrán e Inversiones Estrategia Limitada, domiciliados en Avenida Alonso de Córdova número 2.860, piso 7, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “INVERSIONES SANTA BÁRBARA LIMITADA”, pudiendo usar indistintamente la expresión abreviada “INVERSIONES SANTA BÁRBARA LTDA.”. Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones, o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. A modo de ejemplo, la sociedad podrá obtener rentas de bonos y debentures o títulos de crédito; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras, que no desarrollen actividades en el país; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La sociedad no podrá realizar, bajo ninguna circunstancia, otro tipo de actividades. Capital: $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: Uno. Inversiones Estrategia Limitada, aporta la suma de $990.000, equivalentes al 99% del capital y derechos sociales. Dos. Don Luis Felipe Israel Quilodrán, aporta la suma de $10.000, equivalentes al 1% del capital y derechos sociales. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración, Representación y Uso de la Razón Social: Don Luis Felipe Israel Quilodrán, en la forma y con las facultades estipuladas en escritura extractada. Duración: 5 años contados desde fecha de constitución de sociedad, prorrogable tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. San Miguel, 27 de enero de 2021.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES SANTA BÁRBARA LIMITADA
CVE 2660589
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES SANTA BÁRBARA LIMITADA
CVE 1888540
