有限責任公司76.171-056

Sociedad Inmobiliaria Y De Inversiones Cochrane Limitada

MODIFICACIÓN — 2025年6月14日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2025-06-14查看 PDF(CVE 2660050)

公司資料

Ltda
Antofagasta, Antofagasta

資本

總資本

$177.325.639

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2011年8月2日

    Se constituye la sociedad Inmobiliaria Cochrane Limitada.

  2. 資本變更· 2025年2月17日

    Se repacta y fija texto refundido, con error numérico en el capital y porcentajes sociales.

    INGRID LORENA ANDERSON PEREIRA · FRANCISCO JAVIER VILLEGAS ANDERSON · HÉCTOR GUILLERMO VILLEGAS ANDERSON · PABLO ANDRÉS VILLEGAS ANDERSON

  3. 權益轉讓· 2025年5月8日

    Ingrid Lorena Anderson Pereira cede parte de su participación social a Francisco Javier Villegas Anderson, Héctor Guillermo Villegas Anderson y Pablo Andrés Villegas Anderson.

    INGRID LORENA ANDERSON PEREIRA · FRANCISCO JAVIER VILLEGAS ANDERSON · HÉCTOR GUILLERMO VILLEGAS ANDERSON · PABLO ANDRÉS VILLEGAS ANDERSON

  4. 資本變更· 2025年5月8日

    Se corrigen los porcentajes sociales y se modifica la cláusula de participación en ganancias y pérdidas.

    INGRID LORENA ANDERSON PEREIRA · FRANCISCO JAVIER VILLEGAS ANDERSON · HÉCTOR GUILLERMO VILLEGAS ANDERSON · PABLO ANDRÉS VILLEGAS ANDERSON

摘要官方正文

Ministerio del Interior JULIO ABASOLO ARAVENA, Notario Público Titular, 2ª Notaría de Antofagasta, Washington Nº 2653, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, comparecen: don FRANCISCO JAVIER VILLEGAS ANDERSON, domiciliado en calle Linares 2190, Antofagasta; doña INGRID LORENA ANDERSON PEREIRA, domiciliada en calle Lord Cochrane N°1839, departamento 803, Antofagasta; don HÉCTOR GUILLERMO VILLEGAS ANDERSON, domiciliado en calle Camino a Melipilla número 15736, Condominio Los Nogales de Malloco, parcela 25, comuna de Peñaflor; y don PABLO ANDRÉS VILLEGAS ANDERSON, domiciliado en calle Brown Norte 1234, Providencia, Santiago, rectificaron Y MODIFICARON estatutos sociedad denominada: SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES COCHRANE LIMITADA y/o INMOBILIARIA COCHRANE LIMITADA, RUT 76.171-056-7. CAPITAL VIGENTE: $177.325.639.-- : Que por escritura pública otorgada con fecha 02-08-2011, ante ESTELA VELÁSQUEZ MIRANDA, Notario Público Interina de la 5TA Notaria de Antofagasta, se constituyó la sociedad citada. Un extracto de dicha escritura fue inscrito a fojas 2231 V, bajo el número 1629, en el Registro de Comercio de Antofagasta, año 2011, y publicado en el Diario Oficial número 40057 el 20-09-2011. Con fecha 17-02-2025 se repactó y se fijó texto refundido por escritura pública suscrita en este mismo oficio notarial, un extracto de dicha escritura se publicó en el Diario Oficial, con fecha 15-03- 2025, practicándose su inscripción en el Registro de Comercio de Antofagasta, con fecha 17-03-2025, a fojas 255, bajo el número 124, año 2025. Que en la escritura de 17-02-2025, así como en la publicación del extracto del pacto refundido, de fecha 15-03-2025 hay un error numérico en relación al capital social, que genera que el resultado de una suma total de que excede el 100%, error que se itera en la publicación, y también en la inscripción que rola a fojas 255, bajo el número 124, año 2025, del registro de comercio, razón por la cual, los socios RECTIFICAN dicho error numérico involuntario, de tal manera que la cláusula séptima de la citada escritura en la parte pertinente queda como sigue: “SÉPTIMO: El capital social es aportado en dominio por todos los socios y que corresponden al total de las acciones y derechos que tienen en la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de don Héctor Villegas González. Tales acciones y derechos ascienden al veinte por ciento por concepto de legitimario de doña Ingrid Lorena Anderson Pereira quien aporta además el cincuenta por ciento que le correspondían como cónyuge de la sociedad conyugal habida con el causante, en total sus acciones ascienden al setenta por ciento y cada uno de los socios restantes aportan sus acciones y derechos en la citada comunidad como hijos del causante y que ascienden al diez por ciento cada uno.” De esta forma los comparecientes y socios subsanan dicho error numérico de porcentajes. Por tanto, son únicos y plenos socios de la “SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES COCHRANE LIMITADA” y/o “INMOBILIARIA COCHRANE LIMITADA": FRANCISCO JAVIER VILLEGAS ANDERSON, 10% de la participación social; INGRID LORENA ANDERSON PEREIRA, 70% de la participación social; don HÉCTOR GUILLERMO VILLEGAS ANDERSON, 10% de la participación social: y don PABLO ANDRÉS VILLEGAS ANDERSON 10% por ciento de la participación social; Acto seguido, MODIFICAN la sociedad como sigue. INGRID LORENA ANDERSON PEREIRA, vende, cede y transfiere PARTE de su participación social como siguen: uno) un 15% de la participación social, a FRANCISCO JAVIER VILLEGAS ANDERSON, en $2.000.000, quien declara comprar, aceptar y adquirir para sí mismo, en el precio señalado, el cual es pagado por la parte compradora y cesionaria, en este acto, al contado y en dinero efectivo al vendedor y cedente, declarando esta última recibirlo a su entera y total conformidad; dos) un 15% de la participación social, a HÉCTOR GUILLERMO VILLEGAS ANDERSON, en $2.000.000, quien declara comprar, aceptar y adquirir para sí mismo, en el precio señalado, el cual es pagado por la parte compradora y cesionaria, en este acto, al contado y en dinero efectivo al vendedor y cedente, declarando esta última recibirlo a su entera y total conformidad; y tres) un 15% de la participación social, a PABLO ANDRÉS VILLEGAS ANDERSON, en $2.000.000.- quien declara comprar, aceptar y adquirir para sí mismo, en el precio señalado, el cual es pagado por la parte compradora y cesionaria, en este acto, al contado y en dinero efectivo al vendedor y cedente, declarando esta última recibirlo a su entera y total conformidad. POR TANTO, los únicos y plenos socios de la “SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES COCHRANE LIMITADA” y/o “INMOBILIARIA COCHRANE LIMITADA", son: doña INGRID LORENA ANDERSON PEREIRA, con un 25% de los derechos sociales; don FRANCISCO JAVIER VILLEGAS ANDERSON, con un 25% de los derechos sociales, don HÉCTOR GUILLERMO VILLEGAS ANDERSON, con un 25% de los derechos sociales; y don PABLO ANDRÉS VILLEGAS ANDERSON, con un 25% de los derechos sociales. Se modifica TAMBIÉN el pacto social en los siguientes términos: Se modifica la cláusula 9na del pacto refundido, relativa a la participación en ganancias y pérdidas en los siguientes términos, la participación en las ganancias y pérdidas se repartirá entre los socios en la misma proporción de sus aportes. Las demás cláusulas que conforman el estatuto social y sus modificaciones permanecen vigentes válida y plenamente, no sufriendo modificaciones ni alteraciones, a excepción de las expresadas en este contrato. Estatuto completo escritura extractada Antofagasta, 08 de mayo de 2025.

變更Diario Oficial · 2025-03-15查看 PDF(CVE 2621981)

公司資料

Ltda
Antofagasta, Antofagasta
期限: 5 años, renovables conforme escritura
管理方式: corresponderá en forma exclusiva a la socia INGRID LORENA ANDERSON PEREIRA, amplias facultades

公司目的

La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajenas esas inversiones, obtener rentas. La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro. Además la inversión de toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos mobiliarios; y cualquier otra actividad relacionada en la actualidad o en el futuro, con lo dicho y cualquier negocio que acordaren los socios, sin que la enumeración anterior sea taxativa.

資本

總資本

$167.325.639

管理人(1)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2011年8月2日

    Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada con duración de cinco años renovables y capital de $167.325.639.

    FRANCISCO JAVIER VILLEGAS ANDERSON · INGRID LORENA ANDERSON PEREIRA · HÉCTOR GUILLERMO VILLEGAS ANDERSON · PABLO ANDRÉS VILLEGAS ANDERSON

  2. 其他行為· 2025年2月17日

    Se repacta y fija texto refundido de estatutos, ratificando lo obrado en la escritura constitutiva y aclarando que la duración es de cinco años renovables.

    FRANCISCO JAVIER VILLEGAS ANDERSON · INGRID LORENA ANDERSON PEREIRA · HÉCTOR GUILLERMO VILLEGAS ANDERSON · PABLO ANDRÉS VILLEGAS ANDERSON

摘要官方正文

JULIO ABASOLO ARAVENA, Notario Público Titular, 2ª Notaría de Antofagasta, Washington Nº 2653, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, comparecen: don FRANCISCO JAVIER VILLEGAS ANDERSON, domiciliado en calle Linares 2190, Antofagasta; doña INGRID LORENA ANDERSON PEREIRA, domiciliada en calle Lord Cochrane N°1839, departamento 803, Antofagasta; don HÉCTOR GUILLERMO VILLEGAS ANDERSON, domiciliado en calle Camino a Melipilla número 15736, Condominio Los Nogales de Malloco, parcela 25, comuna de Peñaflor; y don PABLO ANDRÉS VILLEGAS ANDERSON, chileno, domiciliado en calle Brown Norte 1234, Providencia, Santiago, Repactaron y fijaron texto refundido estatutos sociedad de responsabilidad limitada denominada: SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES COCHRANE LIMITADA y/o INMOBILIARIA COCHRANE LIMITADA, RUT 76.171-056-7, CAPITAL ACTUAL VIGENTE: $177.325.639.- La que se constituyó por escritura pública de fecha 2 de agosto de 2011, otorgada ante Notario Interino de la 5ta Notaría de Antofagasta, ESTELA VELASQUEZ MIRANDA, inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Antofagasta a fojas 2231 vuelta bajo el número 1629, año 2011, publicada en el Diario Oficial de 20 de Septiembre 2011, edición número 40.057. Que en el extracto publicado, se produjo un error y omisión involuntaria, en la escritura constitutiva se indicó en la cláusula 8va: “La sociedad tendrá una vigencia de cinco años contados desde la fecha de suscripción del contrato social entendiéndose prorrogada por períodos iguales y sucesivos, si alguno de los socios no manifestare su intención o voluntad de ponerle término o de no proseguir la sociedad, al término del plazo original o de sus prórrogas o renovaciones, la que deberá manifestarse por escritura pública, anotada en extracto, al margen de la inscripción social con seis meses de anticipación, a lo menos, a la fecha del plazo de extinción de la sociedad y notificarse por medio de notario al otro socio con la misma anticipación de seis meses.”; en tanto que en el extracto publicado, se yerra al señalarse la duración de la sociedad como simplemente: cinco años, en circunstancias que son cinco años renovables conforme lo estipula el pacto. Que fruto de dicha disconformidad, el extracto inscrito en el Registro de Comercio de Antofagasta, que rola a fojas 2231 vuelta, número 1629, correspondiente al año 2011, itera el error relativo a la duración de la citada sociedad, indicando: cinco años. Con lo cual, la sociedad no se encontraría vigente.Que subsistiendo el afectio societatis entre los comparecientes, y no procediendo el saneamiento conforme a ley, corresponde, la aplicación del artículo 2098 inciso segundo del Código Civil en el sentido de prorrogar por unánime consentimiento la sociedad en los mismos términos y con las mismas formalidades que hubo para la constitución primitiva, por lo cual los comparecientes : FRANCISCO JAVIER VILLEGAS ANDERSON, INGRID LORENA ANDERSON PEREIRA, HÉCTOR GUILLERMO VILLEGAS ANDERSON, y PABLO ANDRÉS VILLEGAS ANDERSON vienen en repactar la citada sociedad, en los siguientes términos: acuerdan ratificar todo lo obrado y lo señalado en escritura constitutiva de fecha 2-08-2011, en la 5ta Notaría de Antofagasta, inscrito a fojas 2231 vuelta, bajo el número 1629, de fecha 20-09-2011, en el Registro de Comercio de la ciudad de Antofagasta; y que se publicó en la edición del Diario Oficial número 40057, de fecha 20-09-2011. PACTO CONSTITUTIVO: Domicilio: Antofagasta. Razón social: "SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES COCHRANE LIMITADA” y /o “INMOBILIARIA COCHRANE LIMITADA”. Objeto será: la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajenas esas inversiones, obtener rentas. La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro. Además la inversión de toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos mobiliarios: y cualquier otra actividad relacionada en la actualidad o en el futuro, con lo dicho y cualquier negocio que acordaren los socios, sin que la enumeración anterior sea taxativa.- Administración, representación, uso de razón social: corresponderá en forma exclusiva a la socia: INGRID LORENA ANDERSON PEREIRA, amplias facultades. Capital: $167.325.639.- El capital social es aportado en dominio por todos los socios y que corresponden al total de las acciones y derechos que tienen en la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de don Héctor Villegas González. Tales acciones y derechos ascienden al 20% por concepto de legitimario de doña Ingrid Lorena Anderson Pereira quien aporta además el 50% que le correspondían como cónyuge de la sociedad conyugal habida con el causante, en total sus acciones ascienden al 71% y cada uno de los socios restantes aportan sus acciones y derechos en la citada comunidad como hijos del causante y que ascienden al 10% cada uno. Los bienes que se aportan y aportará en dominio y que comprendían la citada comunidad, son: 1.- Automóvil marca Toyota, modelo Corolla XLI 1.8, año 2006, color beige metálico, número de motor uno ZZ4531, chasis 9 BR53ZEC268626130 , código PPU WC.7615-8, inscrito a nombre de la citada comunidad y que los socios tasan en la suma $4.200.000, que se aportará de acuerdo a la necesidad de la sociedad; 2.- Inmueble ubicado en Antofagasta, Avenida República de Croacia número 0498, que corresponde al sitio 76, de la población Playa Blanca es tasado por los socios de común acuerdo en la suma de $43.366.928.- pesos; 3.- Inmueble ubicado Antofagasta, calle Copiapó número 956 al 962, que los socios tasan de común acuerdo en $103.862.535 pesos; 4.- Saldo en fondos mutuos Itaú que al 4-5-2011 ascendían a $14.490.762.- y además US $24630 que al valor del dólar a esa fecha de 463,07 siete pesos, totalizan $11.405.414 pesos. Duración: 5 años, renovables conforme escritura. Estatuto completo escritura extractada Antofagasta, 17 de febrero de 2025.-

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  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES COCHRANE LIMITADA

    CVE 2660050

  2. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES COCHRANE LIMITADA

    CVE 2621981

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