Iberocenter
Sociedad de Responsabilidad Limitada76.168.314-4

Comercializadora Proasal Limitada

MODIFICACIÓN — 28 nov 2020

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2020-11-28Ver PDF (CVE 1857063)

Información societaria

Ltda
Temuco, Araucanía

Capital

Capital total

$12.000.000

Capital pagado

$12.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA

Socio

13.xxx.xxx-5

16.666666%

COMERCIALIZADORA HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA E.I.R.L.

Socio

77.171.306-8

83.333333%

Representación legal (1)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 7 de septiembre de 2011

    Se constituye Comercializadora Proasal Limitada con los socios Herman Renato Salamanca Norambuena, Brian Nicolás Salamanca Inostroza y Alicia Yasmín Inostroza Espinoza.

    HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA · BRIAN NICOLAS SALAMANCA INOSTROZA · ALICIA YASMIN INOSTROZA ESPINOZA

  2. Cesión de derechos· 3 de agosto de 2020

    Alicia Yasmín Inostroza Espinoza cede sus derechos a Comercializadora Herman Renato Salamanca Norambuena E.I.R.L. y Brian Nicolás Salamanca Inostroza cede los suyos a Herman Renato Salamanca Norambuena.

    ALICIA YASMIN INOSTROZA ESPINOZA · COMERCIALIZADORA HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA E.I.R.L. · BRIAN NICOLAS SALAMANCA INOSTROZA · HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA

  3. Otro acto· 24 de noviembre de 2020

    Rectificación de porcentajes de participación y de la cesión de derechos sociales; se confirma la salida de Alicia Yasmín Inostroza Espinoza y Brian Nicolás Salamanca Inostroza.

    ALICIA YASMIN INOSTROZA ESPINOZA · BRIAN NICOLAS SALAMANCA INOSTROZA · HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA

Texto oficial del extracto

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veinticuatro de Noviembre de dos mil veinte, ante mí, don HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número trece millones ciento cuarenta y nueve mil setecientos veinticuatro guion cinco, empresario independiente, con domicilio en calle Castilla número ochocientos veinte de la ciudad de Temuco; don BRIAN NICOLAS SALAMANCA INOSTROZA, chileno, soltero, Independiente, cédula nacional de identidad número diecisiete millones doscientos sesenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y cinco guion uno, con domicilio en calle Sendero de luna número novecientos cincuenta y uno, Condominio Altos del Bosque uno, sector Fundo el Carmen de la ciudad de Temuco; doña ALICIA YASMIN INOSTROZA ESPINOZA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número once millones trescientos noventa y dos mil setecientos treinta guion cinco, empresaria independiente, con domicilio en calle Sendero de luna número novecientos cincuenta y uno, Condominio Altos del Bosque Uno, sector Fundo el Carmen de la ciudad de Temuco; y, COMERCIALIZADORA HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA E.I.R.L., empresa individual de responsabilidad limitada, de giro comercial, rol único tributario número setenta y siete millones ciento setenta y un mil trescientos seis guion ocho, representada legalmente por su titular o constituyente don HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA, chileno, administrador de empresas, cédula nacional de identidad número trece millones ciento cuarenta y nueve mil setecientos veinticuatro guion cinco, ambos con domicilio para estos efectos en avenida Caupolicán número mil quinientos nueve, de la comuna y ciudad de Temuco, expusieron: Que por escritura pública de fecha siete de septiembre del año dos mil once, celebrada y autorizada ante el señor Notario público de la ciudad de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, con domicilio en calle Antonio Varas número novecientos setenta y seis, don Herman Renato Salamanca Norambuena, don Brian Nicolás Salamanca Inostroza y doña Alicia Yasmín Inostroza Espinoza constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyo nombre o razón social es: “COMERCIALIZADORA PROASAL LIMITADA”, nombre de fantasía: “PROASAL LTDA”, Rol Unico Tributario número setenta y seis millones ciento sesenta y ocho mil trescientos catorce guión cuatro. El extracto de dicha escritura de constitución se publicó en el Diario Oficial en la edición número cuarenta mil sesenta y cuatro, de fecha diecisiete de septiembre del año dos mil once, y se inscribió en el Registro de Comercio a cargo del primer Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Temuco, a fojas mil seiscientos setenta y siete vuelta número mil cuatrocientos ochenta y uno del año dos mil once. La sociedad fue constituida con un capital de $12.000.000.-, los cuales fueron aportados por los socios de la siguiente forma: don Herman Renato Salamanca Norambuena aportó la suma de un millón de pesos, don Brian Nicolás Salamanca Inostroza aportó la suma de un millón de pesos, y, finalmente, doña Alicia Yasmín Inostroza Espinoza aportó la suma de diez millones de pesos. La sociedad antes individualizada fue modificada por escritura pública de cesión de derechos de fecha tres de agosto del año dos mil veinte, firmada y autorizada ante don Rodrigo Sanhueza Ríos, abogado y notario público de las comunas de Temuco, Melipeuco, Cunco, Vilcún, Freire y Padre Las Casas, suplente del titular don Juan Antonio Loyola Opazo, con oficio en calle Arturo Prat número setecientos setenta de la ciudad de Temuco. El extracto de dicha escritura de modificación fue publicado en el Diario Oficial en su edición número cuarenta y dos mil setecientos treinta, de fecha trece de agosto del año dos mil veinte y fue inscrito en el Registro de Comercio a cargo del primer Conservador de Bienes Raíces y Comercio de la ciudad de Temuco a fojas ochocientos sesenta y nueve vuelta, número cuatrocientos ochenta y seis del año dos mil veinte. En esta escritura de modificación aludida precedentemente, doña Alicia Yasmin Inostroza Espinoza, con el acuerdo expreso de los demás socios, vendió, cedió y transfirió a la empresa individual: “Comercializadora Herman Renato Salamanca Norambuena E.I.R.L.”, rol único tributario número setenta y siete millones ciento setenta y un mil trescientos seis guion ocho, quien aceptó y adquirió para sí, por intermedio de su representante legal, la totalidad de las acciones, derechos y cuotas de participación que a la socia Alicia Inostroza Espinoza le pertenecían, o, era dueña a la fecha de celebración de dicha escritura de venta y cesión de derechos, y que recaían en la sociedad “Comercializadora Proasal Limitada” o “Proasal Limitada”. El precio de venta de las acciones, derechos y cuotas de participación social fue la suma de siete millones de pesos, pagados al contado, según consta y da cuenta la misma escritura de modificación antes aludida. En el mismo acto, y por medio de la misma escritura de modificación antes aludida, el socio don Brian Nicolás Salamanca Inostroza, contando con el acuerdo de los demás socios, vendió cedió y transfirió a don Herman Renato Salamanca Norambuena, quien aceptó y adquirió para sí, la totalidad de las acciones, derechos y cuotas de participación social que al socio Brian Salamanca le pertenecían, o, era dueño a la fecha de celebración de dicha escritura de venta y cesión de derechos, y que recaían en la sociedad: “Comercializadora Proasal Limitada” o “Proasal Limitada”. El precio de venta de la acciones, derechos y cuotas de participación social fue la suma de un millón de pesos pagados al contado según consta y da cuenta la escritura de modificación antes aludida. PRESENTE RECTIFICACION: En primer término, y con la finalidad de aclarar lo relativo a los porcentajes de participación de cada uno de los socios en el capital social al tiempo de celebración del pacto social y de constituirse la sociedad: “Comercializadora Proasal Limitada” o “Proasal Limitada”, doña Alicia Yasmín Inostroza Espinoza declara en este acto, que, su porcentaje de participación en la sociedad era de un ochenta y tres, coma trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres por ciento del capital social; por su parte, el socio don Herman Renato Salamanca Norambuena declara en este acto, que, su porcentaje de participación en la sociedad era de un ocho coma trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres por ciento del capital social; y, finalmente, el socio don Brian Nicolás Salamanca Inostroza declara en este acto, que, su porcentaje de participación en la sociedad era de un ocho como trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres por ciento del capital social. Hecha la aclaración anterior, acto seguido, los comparecientes proceden a rectificar los errores en los que se incurrió en la redacción de la escritura de cesión de derechos sociales y modificación de la sociedad Comercializadora Proasal Limitada, o, Proasal Limitada de fecha tres de agosto del año dos mil vente, errores individualizados en la cláusula tercera precedente de esta escritura, rectificación que se hace teniendo en consideración los porcentajes de participación de cada socio en el capital social al tiempo de la constitución de la sociedad, y, la venta, cesión y transferencia de acciones y derechos o cuotas de participación social hecha por los socios Alicia Yasmín Inostroza Espinoza y Brian Nicolás Salamanca Inostroza mediante la referida escritura de cesión de derechos y modificación de sociedad de fecha tres de agosto del año dos mil veinte, señalada en la cláusula segunda de la presente escritura de rectificación, y, rectifican ésta, declarando lo siguiente: Uno: Que ratifican y aprueban la venta y cesión de derechos sociales o cuotas de participación en la sociedad: “Comercializadora Proasal Limitada” o “Proasal Limitada” hecha por la socia doña Alicia Yasmín Inostroza Espinoza a la Empresa individual: “Herman Renato Salamanca Norambuena E.I.R.L.”. Dos: Que, ratifican y aprueban la venta y cesión de derechos sociales o cuotas de participación en la sociedad: “Comercializadora Proasal Limitada” o “Proasal Limitada” hecha por el socio don Brian Nicolás Salamanca Inostroza a don Herman Renato Salamanca Norambuena. Tres: Que, en atención a la venta y cesión de derechos efectuada por los socios mediante la escritura pública de fecha tres de agosto del dos mil veinte, individualizada en la cláusula segunda de la presente escritura, los comparecientes declaran que, a partir de la fecha de celebración de dicha escritura de cesión de derechos, la sociedad “Comercializadora Proasal Limitada” o “Proasal Limitada” quedó conformada o integrada, exclusivamente, por los socios don: “Don Herman Renato Salamanca Norambuena” con una cuota o porcentaje de participación en el capital social de un dieciséis coma seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis por ciento del capital social, y, por la empresa individual: “Comercializadora Herman Renato Salamanca Norambuena E.I.R.L.” con una cuota de participación en el capital social de un ochenta y tres coma trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres por ciento del capital social. Cuatro: Que, conforme a la cesión de derechos realizada por escritura de fecha tres de agosto del año dos mil vente, se retiraron de la sociedad los socios: Alicia Yasmín Inostroza Espinoza y el socio Brian Nicolás Salamanca Inostroza. Cinco: Que, la responsabilidad de los socios que integran actualmente la sociedad quedó igualmente limitada sólo hasta el monto de sus respectivos aportes o porcentajes de participación. Se tiene por aclarada y rectificada la escritura de cesión de derechos sociales y modificación de sociedad de fecha tres de agosto del año dos mil vente, individualizada en la cláusula segunda de este instrumento, y, por modificado los estatutos sociales en la forma como se ha expresado precedentemente, y, subsanando de esa forma los errores en los que se incurrió en la redacción de la escritura de modificación, relativos a los porcentajes de participación de los socios y porcentajes de acciones y derechos vendido o cedidos, errores que fueron indicados en la cláusula tercera de este instrumento, los cuales dejan de tener validez alguna para todos los efectos legales, a propósito de la presente escritura de rectificación. Todo contenido del pacto social que no haya sido modificado por escritura extractada, permanecerá vigente en todas sus partes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 26 de Noviembre de 2020.

ModificaciónDiario Oficial · 2020-08-13Ver PDF (CVE 1798890)

Información societaria

Ltda
Temuco, Araucanía

Capital

Capital total

$12.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

Comercializadora Herman Renato Salamanca Norambuena E.I.R.L

Socio

77.171.306-8

30%

HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA

Socio

13.xxx.xxx-5

70%

Representación legal (1)

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos· 3 de agosto de 2020

    Alicia Yasmin Inostroza Espinoza cede el 30% de sus derechos a Comercializadora Herman Renato Salamanca Norambuena E.I.R.L.

    ALICIA YASMIN INOSTROZA ESPINOZA · Comercializadora Herman Renato Salamanca Norambuena E.I.R.L

  2. Cesión de derechos· 3 de agosto de 2020

    Brian Nicolas Salamanca Inostroza cede el 10% de sus derechos a Herman Renato Salamanca Norambuena.

    BRIAN NICOLAS SALAMANCA INOSTROZA · HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA

  3. Retiro de socio· 3 de agosto de 2020

    Se retiran de la sociedad Alicia Yasmin Inostroza Espinoza y Brian Nicolas Salamanca Inostroza.

    ALICIA YASMIN INOSTROZA ESPINOZA · BRIAN NICOLAS SALAMANCA INOSTROZA

Texto oficial del extracto

RODRIGO SANHUEZA RIOS, abogado, Notario Público de la ciudad de Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos con domicilio en calle Arturo Prat número 770 de la comuna y ciudad Temuco, certifica: Que por escritura Pública de Cesión y Modificación, de fecha 03 de agosto del año 2020, otorgada ante mí, repertorio notarial N° 2271 de 2020; COMPARECIERON: A) don HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA, chileno, casado, empresario, cédula de identidad número trece millones ciento cuarenta y nueve mil setecientos veinticuatro guión cinco, domiciliado en calle castilla número ochocientos veinte, de Temuco; B) don BRIAN NICOLAS SALAMANCA INOSTROZA chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad número diecisiete millones doscientos sesenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y cinco guión uno, domiciliado en calle Sendero de Luna número novecientos cincuenta y uno de Temuco; C) doña ALICIA YASMIN INOSTROZA ESPINOZA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número once millones trescientos noventa y dos mil setecientos treinta guión cinco, domiciliado en calle Sendero de Luna número novecientos cincuenta y uno, de Temuco; D) Comercializadora Herman Renato Salamanca Norambuena E.I.R.L, empresa del giro de su denominación, rol único Tributario número setenta y siete millones ciento setenta y un mil trescientos seis guión ocho, representada legalmente por don HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cédula de identidad número trece millones ciento cuarenta y nueve mil setecientos veinticuatro guión cinco, ambos domiciliados en calle castilla número ochocientos veinte de Temuco. Los comparecientes procedieron a ceder y adquirir derechos sociales y modificar los Estatutos sociales de una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es “COMERCIAIZADORA PROASAL LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones ciento sesenta y ocho mil trescientos catorce guión cuatro, con domicilió en la ciudad de Temuco. Siendo actualmente sus únicos socios HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA, don BRIAN NICOLAS SALAMANCA INOSTROZA y doña ALICIA YASMIN INOSTROZA ESPINOZA, con un porcentaje de un sesenta por ciento de utilidades y perdidas, de un diez por ciento de utilidades y perdidas y de un treinta por ciento de utilidades y perdidas respectivamente, completando en su conjunto un cien por ciento de las acciones y derechos sociales. Cesión Derechos Sociales: A) Por este acto y mediante este instrumento y prestando su autorización todos los socios de la “COMERCIALIZADORA PROASAL LIMITADA”, doña ALICIA YASMIN INOSTROZA ESPINOZA, vende, cede y transfiere a Comercializadora Herman Renato Salamanca Norambuena E.I.R.L, para quien compra, acepta y adquiere para su representada don Herman Renato Salamanca Norambuena, el cien por ciento de los derechos de que es dueña la vendedora y cedente y que representa el treinta por ciento de los derechos sociales en la nombrada sociedad “COMERCIALIZADORA PROASAL LIMITADA”. B) Por este acto y mediante este instrumento y prestando su autorización todos los socios de la “COMERCIALIZADORA PROASAL LIMITADA”, don BRIAN NICOLAS SALAMANCA INOSTROZA, vende, cede y transfiere a Herman Renato Salamanca Norambuena el cien por ciento de los derechos de que es dueño el vendedor y cedente y que representa el diez por ciento de los derechos sociales en la nombrada sociedad “COMERCIALIZADORA PROASAL LIMITADA”. El Precio: El precio de la cesión señalada en la letra A) de la cláusula segunda precedente, corresponde a la suma única y total de SIETE MILLONES DE PESOS; precio que la cesionaria paga de contado y en dinero efectivo al cedente, quien declara haber recibido el precio en forma íntegra y a su entera satisfacción.- El precio de la cesión señalada en la letra B) de la cláusula segunda precedente, corresponde a la suma única y total de UN MILLÓN DE PESOS; precio que el cesionario paga de contado y en dinero efectivo al cedente, quien declara haber recibido el precio en forma íntegra y a su entera satisfacción, por lo que otorga la respectiva cancelación. Declaran los socios don HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA, don BRIAN NICOLAS SALAMANCA INOSTROZA y doña ALICIA YASMIN INOSTROZA ESPINOZA, expresamente que prestan su total aprobación y autorización de la venta y transferencia de derechos realizada en la cláusula segunda anterior, manifestando además que aceptan, como nuevo socio, a Comercializadora Herman Renato Salamanca Norambuena E.I.R.L, con un treinta por ciento de participación en el capital social y utilidades y perdidas. Integrantes de la sociedad y distribución del capital y participación social y Modificación Pacto social: A.- En consecuencia en conformidad a la cesión de derechos sociales efectuada precedentemente, serán de este momento, únicos socios de “Comercializadora Proasal Limitada”: Uno.- Con un treinta por ciento de participación en utilidades y perdidas en el capital social, el socio Comercializadora Herman Renato Salamanca Norambuena E.I.R.L.- Dos.- Con un setenta por ciento de participación en utilidades y perdidas en el capital social, el socio don HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA. B.- Modificación pacto social: Como consecuencia de las cesiones indicadas en las cláusulas segunda y tercera precedentes, se modifica el pacto social individualizado en la cláusula primera de esta escritura en el siguiente sentido: a) Se retiran de la sociedad la socia doña ALICIA YASMIN INOSTROZA ESPINOZA y el socio don BRIAN NICOLAS SALAMANCA INOSTROZA. b) Los únicos socios integrantes de la sociedad Comercializadora Proasal limitada son: don HERMAN RENATO SALAMANCA NORAMBUENA y Comercializadora Herman Renato Salamanca Norambuena E.I.R.L.- En todo lo demás no modificado se mantienen plenamente vigentes, en todas sus partes las cláusulas del pacto social, que constan en la escritura de constitución, debidamente indicada en la cláusula primera precedente. Capital de la sociedad es la suma de doce millones de pesos.- TEMUCO, a 11 de Agosto de 2020.-

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    COMERCIALIZADORA PROASAL LIMITADA

    CVE 1857063

  2. MODIFICACIÓN

    COMERCIAIZADORA PROASAL LIMITADA

    CVE 1798890

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)