Potasios de Chile S.A.
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
US$257.199.234
Capital libéré
US$257.199.234
Capital restant dû
$0
Actions
4 736 143 211
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior MARIAM SALUA BUALE NOVOA, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 25 de junio de 2026, otorgada ante mí bajo el repertorio N° 13872-2026, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de Potasios de Chile S.A. (la “Sociedad”), celebrada con fecha 18 de junio de 2026 en mi presencia, en la cual se acordaron, entre otras, las siguientes materias extractables: (1) Aprobar la eliminación de las series de acciones A y B en que se encuentra dividido el capital social, terminando las preferencias y limitaciones asociadas a ellas, de manera que todas las acciones pasen a ser ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie, manteniéndose inalterado el número total de acciones en que se divide el capital social. Para estos efectos, cada acción serie A y cada acción serie B equivaldrá a una acción ordinaria, nominativa, sin valor nominal y de una misma y única serie (la “Eliminación de las Series”). La Eliminación de las Series quedó sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones suspensivas y copulativas (las “Condiciones”): (i) la reducción a escritura pública del acta de la junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad en la que se aprobó la Eliminación de las Series; y (ii) que, en el caso de ser convocada para los efectos del artículo 71 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas (la “Ley”), la junta de accionistas de la Sociedad decida ratificar los acuerdos que motivaron el ejercicio del derecho a retiro, lo que en todo caso se entenderá cumplido en el evento de que el directorio de la Sociedad decida no efectuar dicha convocatoria. Una vez cumplidas las Condiciones, la fecha desde la cual la Eliminación de las Series producirá sus efectos será fijada en una escritura pública declarativa que dejará constancia de su cumplimiento. (2) Aprobar el cambio de nombre o razón social de la Sociedad, reemplazando la actual denominación Potasios de Chile S.A. por Potasios Investments S.A., pudiendo utilizar para fines comerciales, publicitarios, promocionales, de propaganda, de marketing y, en general, para cualquier actividad vinculada a su imagen corporativa, las denominaciones de fantasía “Potasios Investments” o “Potasios”. (3) Modificar los estatutos sociales en los términos necesarios para reflejar los acuerdos precedentemente indicados, dejándose expresa constancia de que las modificaciones estatutarias quedarán sujetas al cumplimiento de las Condiciones antes referidas, con excepción de la modificación del artículo primero de los estatutos sociales, relativa al cambio de nombre o razón social de la Sociedad, la que producirá sus efectos desde la fecha de reducción a escritura pública del acta de la junta extraordinaria de accionistas de fecha 18 de junio de 2026, siempre que el extracto de dicha escritura sea oportunamente inscrito y publicado conforme al artículo 5 de la Ley. En consecuencia, las disposiciones extractables de los estatutos sociales que se acordaron modificar quedan redactadas como sigue: “ARTÍCULO PRIMERO: Se constituye una sociedad anónima, con el nombre de Potasios Investments S.A., la que también podrá usar para fines de publicidad, marketing y propaganda la denominación de “Potasios Investments” o “Potasios”, que se regirá por sus estatutos y, en su defecto, por lo dispuesto en la Ley N°18.046 sobre Sociedades Anónimas y su Reglamento”; “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la Sociedad es la suma de US$257.199.234 dividido en 4.736.143.211 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie.”; y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la suma de US$257.199.234, dividido en 4.736.143.211 acciones nominativas y sin valor nominal, de una misma y única serie de acciones, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad al 18 de junio de 2026, oportunidad en la que se celebró la junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad que acordó eliminar las series de acciones A y B en que se encontraba dividido el capital social, terminando sus respectivas preferencias y limitaciones, pasando todas las acciones a ser ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, y manteniéndose el número de acciones en que se divide el capital social, correspondiendo cada acción serie A y cada acción serie B a una acción ordinaria, nominativa, de una misma serie y sin valor nominal. Se deja constancia que la eliminación de las series tendrá efecto y vigencia contable y financiera a contar de la fecha que se indique en la escritura pública declaratoria que se otorgue para estos efectos, en la cual se dejará constancia del cumplimiento de las condiciones establecidas para la eliminación de las series.” Demás estipulaciones constan en escritura púbica extractada. Santiago, 26 de junio de 2026.
Informations sociétaires
Objet social
efectuar y mantener inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, de cualquier tipo que sean, vender, permutar, ceder y enajenar a cualquier título, inmuebles, valores mobiliarios, acciones, bonos, opciones, pagarés y demás efectos de comercio y, en general, cualquier otro título, participación o valor de inversión.
Capital
Capital total
US$257.199.234
Capital libéré
US$257.199.234
Actions
4 736 143 211
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos 941, local 302, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico que con fecha 29 de diciembre de 2025, ante mí bajo el repertorio 25649-2025, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de Potasios de Chile S.A. (la “Sociedad”) celebrada con fecha 19 de diciembre de 2025 en mi presencia, en la que se acordaron, entre otras, las siguientes materias extractables: (1) capitalizar los saldos por concepto de sobreprecio en colocación de acciones con ocasión del aumento de capital acordado en junta extraordinaria de accionistas de fecha 25 de abril de 2025, ascendente a US$85, de conformidad con el artículo 26 de la Ley N°18.046 sobre Sociedades Anónimas (“LSA”), y cancelar y dejar sin efecto 37.880.091 acciones serie A y 2.508.072 acciones serie B no suscritas ni pagadas y que fueron emitidas con cargo al aumento de capital acordado en junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad el 25 de abril de 2025, lo anterior de conformidad al inciso segundo del artículo 20 del Reglamento de la LSA, modificando al efecto los artículos sexto permanente y segundo transitorio de los estatutos sociales. De esta forma, el capital social se mantiene en el efectivamente suscrito y pagado a la fecha, esto es, a la suma de US$170.441.691 dividido en 2.365.136.614 acciones serie A y 156.597.607 acciones serie B, todas nominativas y sin valor nominal. (2) aprobar la fusión por absorción de Nitratos de Chile S.A. (“Nitratos”) en la Sociedad, siendo la primera la sociedad absorbida y la segunda la sociedad absorbente (la “Fusión”). Con motivo de la Fusión, la Sociedad adquirirá todos los activos y pasivos de Nitratos, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones. Por su parte, como consecuencia de la Fusión, Nitratos se disolverá de pleno derecho, sin necesidad de efectuar su liquidación. La Fusión está sujeta a las siguientes condiciones copulativas (las “Condiciones”): (i) que los accionistas de la Sociedad y Nitratos, respectivamente, hayan aprobado por junta extraordinaria de accionistas la operación con partes relacionadas y la Fusión en los términos y condiciones que se proponen, y se hayan reducido a escritura pública las actas de las juntas extraordinarias de accionistas correspondientes; (ii) que, en el caso de ser convocada para los efectos del artículo 71 de la LSA, la junta de accionistas de la Sociedad decida ratificar los acuerdos que motivaron el ejercicio del derecho a retiro, lo que en todo caso se entenderá cumplido en el evento que el directorio de la Sociedad decida no efectuar dicha convocatoria; y (iii) que, en el caso de ser convocada para los efectos del artículo 71 de la LSA, la junta de accionistas de Nitratos decida ratificar los acuerdos que motivaron el ejercicio del derecho a retiro, lo que en todo caso se entenderá cumplido en el evento que el directorio de Nitratos decida no efectuar dicha convocatoria. Una vez cumplidas las Condiciones, la fecha desde la cual la Fusión producirá sus efectos será fijada en escritura pública declaratoria que otorgarán conjuntamente los apoderados designados por la Sociedad y Nitratos. (3) Aumentar el capital de US$170.441.691 dividido en 2.365.136.614 acciones serie A y 156.597.607 acciones serie B, todas nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la suma de US$257.199.234 dividido en 4.441.670.481 acciones serie A y 294.472.730 acciones serie B, todas nominativas y sin valor nominal, esto es, en US$86.757.543 mediante la emisión de 2.076.533.867 nuevas acciones de pago de la serie A y 137.875.123 nuevas acciones de pago de la serie B, todas nominativas y sin valor nominal, las que serán emitidas por el directorio de la Sociedad de inmediato, y que serán íntegramente pagadas mediante el aporte de las cuentas patrimoniales de Nitratos, conforme se detalla en escritura extractada. En efecto, los accionistas de Nitratos recibirán como única contraprestación 0,01235 nuevas acciones serie A y 0,00082 nuevas acciones serie B de la Sociedad por cada acción de Nitratos de que sean titulares, de acuerdo a la relación de canje acordada y señalada en los términos y condiciones que sirvieron de base para la Fusión, y que fueron elaborados en conformidad a los rangos propuestos por el evaluador independiente e informe pericial. A su vez, se acordó modificar los artículos sexto permanente y segundo transitorio de los estatutos sociales en los términos que se indica en escritura extractada. (4) aprobar modificar artículos del estatuto social, que no son materia de extracto, con motivo de la pérdida de vigencia y validez de los mismos; y dictar un texto refundido de los estatutos sociales de manera de reflejar en ellos los cambios y modificaciones acordados, cuyas materias de extracto son: Nombre: Potasios de Chile S.A. Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: indefinida. Objeto: efectuar y mantener inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, de cualquier tipo que sean, vender, permutar, ceder y enajenar a cualquier título, inmuebles, valores mobiliarios, acciones, bonos, opciones, pagarés y demás efectos de comercio y, en general, cualquier otro título, participación o valor de inversión. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de US$257.199.234 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 4.441.670.481 acciones Serie A y 294.472.730 Serie B, todas nominativas y sin valor nominal, el que se entera y enterará de la siguiente forma: (i) dejando constancia y reconociendo que, en junta extraordinaria de accionistas de la sociedad de fecha 19 de diciembre de 2025, se acordó cancelar 37.880.091 acciones serie A y 2.508.072 acciones serie B emitidas no colocadas, suscritas ni pagadas, aun cuando el plazo acordado en la junta extraordinaria de accionistas de fecha 25 de abril de 2025 para su colocación, suscripción y pago no haya vencido, quedando el capital en la suma de US$170.441.606 dividido en 2.365.136.614 acciones serie A y 156.597.607 acciones serie B, todas nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado al 19 de diciembre de 2025; (ii) dejando constancia que, en junta extraordinaria de accionistas de la sociedad de fecha 19 de diciembre de 2025, se acordó capitalizar los saldos por concepto de sobreprecio en colocación de acciones, de conformidad al artículo 26 de la Ley de Sociedades Anónimas, en US$85 dólares de los Estados Unidos de América, quedando el capital en la suma de US$170.441.691 dividido en 2.365.136.614 acciones serie A y 156.597.607 acciones serie B, todas nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado al 19 de diciembre de 2025; y (iii) con la suma de US$86.757.543 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 2.076.533.867 acciones Serie A y 137.875.123 acciones Serie B, todas nominativas y sin valor nominal, que se emitirán con cargo al aumento de capital acordado en junta extraordinaria de accionistas de la sociedad de fecha 19 de diciembre de 2025, que acordó y aprobó la fusión por incorporación de Nitratos de Chile S.A. en Potasios de Chile S.A., absorbiendo esta última a aquélla, adquiriendo todos sus activos y pasivos, y sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones. La fusión tendrá efecto y vigencia contable y financiera a contar de la fecha que se indique en la escritura pública declaratoria que se otorgue para estos efectos. En dicha escritura se dejará constancia del cumplimiento de las condiciones establecidas para la fusión. Como consecuencia de la fusión, Potasios de Chile S.A. será la sucesora y continuadora legal de Nitratos de Chile S.A. para todos los efectos legales. Las acciones de la Serie B tendrán derecho a percibir un dividendo adicional del diez por ciento sobre el dividendo que corresponda a las acciones Serie A. Las acciones de la Serie B no tendrán derecho a participar en la elección, ni elegir directores de la Sociedad. La preferencia de las acciones Serie B y la exclusión establecida a favor de las acciones Serie A, tendrán una duración de cien años contados desde el día veintinueve de abril de mil novecientos noventa y siete. Las acciones serán nominativas y la forma de los títulos, su emisión, canje, reemplazo, cesión y demás circunstancias de los mismos, se regirán por lo dispuesto en la Ley 18.046 y su reglamento. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 2 de enero de 2026. Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
USD 170.441.606,28
Capital libéré
USD 135.441.606,28
Capital restant dû
USD 35.000.000,00
Actions
2 562 122 384
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior Luis Ignacio Manquehual Mery; Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos 941, local 302, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: que con fecha 5 de mayo de 2025, se redujo a escritura pública ante mi Suplente doña Natalia Alejandra Burgos Flores, bajo el repertorio N° 8.555/2025, el acta de la junta extraordinaria de accionistas de POTASIOS DE CHILE S.A. (la “Sociedad”), celebrada en mi presencia el día 25 de abril de 2025. En la referida junta se acordó, entre otras materias, las siguientes materias de extracto: Uno. Aumentar el capital de la Sociedad en US $35.000.000 mediante la emisión de 225.047.636 acciones de pago serie A y 14.900.586 acciones de pago serie B, ambas nominativas y sin valor nominal. Como consecuencia de lo anterior, se acordó aumentar el capital de la cantidad de US $135.441.606,28 dividido en 2.177.969.069 acciones serie A y 144.205.093 acciones serie B, ambas nominativas y sin valor nominal; a la cantidad de US $170.441.606,28 dividido en 2.403.016.705 acciones serie A y 159.105.679 acciones serie B, ambas nominativas y sin valor nominal. Dos. Como consecuencia de los acuerdos adoptados, se acordó reemplazar íntegramente los artículos sexto y segundo transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “Artículo Sexto: El capital de la Sociedad es la suma de USD 170.441.606,28, dividido en 2.403.016.705 acciones Serie A y 159.105.679 acciones Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal. Las acciones de la Serie B tendrán derecho a percibir un dividendo adicional del diez por ciento sobre el dividendo que corresponda a las acciones Serie A. Las acciones de la Serie B no tendrán derecho a participar en la elección, ni elegir directores de la Sociedad. La preferencia de las acciones Serie B y la exclusión establecida a favor de las acciones Serie A, tendrán una duración de cien años contados desde el día veintinueve de abril de mil novecientos noventa y siete. Las acciones serán nominativas y la forma de los títulos, su emisión, canje, reemplazo, cesión y demás circunstancias de los mismos, se regirán por lo dispuesto en la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas, y su reglamento.” “Artículo Segundo Transitorio: El capital de la sociedad es la suma de USD 170.441.606,28, dividido en 2.403.016.705 acciones Serie A y 159.105.679 acciones Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal, el que se entera y enterará de la siguiente forma: (i) con la suma de USD 135.441.606,28, dividido en 2.177.969.069 acciones Serie A y 144.205.093 acciones Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad al 25 de abril de 2025; y (ii) con la suma de USD $35.000.000 que corresponden a 225.047.636 nuevas acciones Serie A y 14.900.586 nuevas acciones Serie B, ambas series nominativas de pago y sin valor nominal, que se emitirán con cargo al aumento de capital acordado en Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad efectuada con fecha 25 de abril de 2025, las que deberán quedar íntegramente suscritas y pagadas dentro del plazo máximo que ocurra primero entre: (a) un año contado desde la fecha en que la Comisión para el Mercado Financiero inscriba en el Registro de Valores las acciones de pago que se emitan con cargo al aumento de capital; o (b) dos años contados desde la fecha de la señalada Junta Extraordinaria de Accionistas. Vencido dicho plazo sin que se haya enterado el total del aumento de capital aprobado por la referida Junta Extraordinaria de Accionistas, el capital de la Sociedad quedará reducido de pleno derecho a la cantidad efectivamente pagada al vencimiento de dicho plazo. Dichas acciones de pago deberán ser pagadas al contado, en el acto de suscripción de las mismas, en dinero efectivo, vale vista bancario, transferencia electrónica de fondos o cualquier otro instrumento o efecto representativo de dinero pagadero a la vista.” Tres. Asimismo, se acordó modificar el artículo trigésimo sexto del estatuto social que no es materia de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de mayo de 2025.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
US$139.108.936,82
Capital libéré
US$95.644.215,82
Capital restant dû
US$43.464.721
Actions
2 549 224 155
Texte officiel de l’extrait
Luis Enrique Tavolari Oliveros, Notario Público Titular de la Vigésimo Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Don Carlos N° 2.889, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que, con fecha 4 de mayo de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Tercera Junta Extraordinaria de Accionistas (la “Junta”) de Potasios de Chile S.A. (la “Sociedad”), celebrada en mi presencia el día 24 de abril de 2020. En la referida Junta se acordó, entre otras materias, las siguientes materias de extracto: Uno) Aumentar el capital de la Sociedad en la suma de 43.464.721 dólares de los Estados Unidos de América, mediante la emisión de 574.922.555 acciones de pago Serie A y 38.301.379 acciones de pago Serie B, de las actuales series establecidas en los estatutos de la Sociedad, ambas series nominativas y sin valor nominal. A consecuencia de este aumento de capital, el capital de la Sociedad quedo en la suma de 139.108.936,82 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 2.390.002.060 acciones Serie A y 159.222.095 acciones Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal. De dicho capital, la cantidad de 95.644.215,82 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 1.815.079.505 acciones Serie A y 120.920.716 acciones Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal, se encuentran íntegramente suscritas y pagadas a la fecha de la Junta, y la cantidad de 43.464.721 dólares de los Estados Unidos de América, correspondiente al aumento de capital aprobado en la Junta, dividido en 574.922.555 acciones de pago Serie A y 38.301.379 acciones de pago Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal, deberán quedar íntegramente emitidas, suscritas y pagadas dentro del plazo máximo que ocurra primero entre: (i) un año contado desde la fecha en que la Comisión para el Mercado Financiero inscriba en el Registro de Valores las acciones de pago que se emitan con cargo al aumento de capital; o (ii) dos años contados desde la fecha de la Junta. Vencido dicho plazo sin que se haya enterado el total del aumento de capital aprobado por la Junta, el capital de la Sociedad quedará reducido de pleno derecho a la cantidad efectivamente pagada al vencimiento del indicado plazo. Dos) A consecuencia del aumento de capital, se reemplazaron íntegramente los Artículos Sexto y Segundo Transitorio de los estatutos de la Sociedad, por los siguientes: “Artículo Sexto: El capital de la Sociedad es la suma de ciento treinta y nueve millones ciento ocho mil novecientos treinta y seis coma ochenta y dos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en dos mil trescientas noventa millones dos mil sesenta acciones Serie A y ciento cincuenta y nueve millones doscientas veintidós mil noventa y cinco acciones Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal. Las acciones de la Serie B tendrán derecho a percibir un dividendo adicional del diez por ciento sobre el dividendo que corresponda a las acciones Serie A. Las acciones de la Serie B no tendrán derecho a participar en la elección, ni elegir directores de la Sociedad. La preferencia de las acciones Serie B y la exclusión establecida a favor de las acciones Serie A, tendrán una duración de cien años contados desde el día veintinueve de abril de mil novecientos noventa y siete. Las acciones serán nominativas y la forma de los títulos, su emisión, canje, reemplazo, cesión y demás circunstancias de los mismos, se regirán por lo dispuesto en la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas, y su reglamento”; y “Artículo Segundo Transitorio: El capital de la sociedad es la suma de ciento treinta y nueve millones ciento ocho mil novecientos treinta y seis coma ochenta y dos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en dos mil trescientas noventa millones dos mil sesenta acciones Serie A y ciento cincuenta y nueve millones doscientas veintidós mil noventa y cinco acciones Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal, el que se entera y enterará de la siguiente forma: (i) Con la suma de noventa y cinco millones seiscientos cuarenta y cuatro mil doscientos quince coma ochenta y dos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en mil ochocientas quince millones setenta y nueve mil quinientos cinco acciones Serie A y ciento veinte millones novecientas veinte mil setecientas dieciséis acciones Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad al veinticuatro de abril de dos mil veinte; y (ii) Con la suma de cuarenta y tres millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil setecientos veintiún dólares de los Estados Unidos de América, que corresponden a quinientas setenta y cuatro millones novecientas veintidós mil quinientas cincuenta y cinco nuevas acciones de pago de la Serie A y treinta y ocho millones trescientas un mil trescientas setenta y nueve nuevas acciones de pago de la Serie B, ambas series nominativas y sin valor nominal, que se emitirán con cargo al aumento de capital acordado en Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad efectuada con fecha veinticuatro de abril de dos mil veinte, las que deberán quedar íntegramente suscritas y pagadas dentro del plazo máximo que ocurra primero entre: (a) un año contado desde la fecha en que la Comisión para el Mercado Financiero inscriba en el Registro de Valores las acciones de pago que se emitan con cargo al aumento de capital; o (b) dos años contados desde la fecha de la señalada Junta Extraordinaria de Accionistas. Vencido dicho plazo sin que se haya enterado el total del aumento de capital aprobado por la referida Junta Extraordinaria de Accionistas, el capital de la Sociedad quedará reducido de pleno derecho a la cantidad efectivamente pagada al vencimiento de dicho plazo. Dichas acciones de pago deberán ser pagadas al contado, en el acto de suscripción de las mismas, en pesos moneda nacional, en dinero efectivo, vale vista bancario, transferencia electrónica de fondos o cualquier otro instrumento o efecto representativo de dinero pagadero a la vista.”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 8 de mayo de 2020.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
Potasios de Chile S.A.
CVE 2833319
- MODIFICACIÓN
Potasios de Chile S.A.
CVE 2753600
- MODIFICACIÓN
POTASIOS DE CHILE S.A.
CVE 2648575
- MODIFICACIÓN
Potasios de Chile S.A.
CVE 1762080
