Melo Erbetta Abogados Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
INVERSIONES LAS TRES NIÑITAS LIMITADA Socio 76.001.979-8 | 76.001.979-8 | 50% | $500.000 |
INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA Socio 78.627.400-1 | 78.627.400-1 | 50% | $500.000 |
Texte officiel de l’extrait
Félix Jara Cadot, Notario Público 41 Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, INVERSIONES LAS TRES NIÑITAS LIMITADA, rol único tributario 76.001.979-8; INVERSIONES JOSEFINA Y JORGE LIMITADA, rol único tributario 76.050.765-2; INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA, rol único tributario 78.627.400-1; y ASESORÍAS E INVERSIONES DISAMO LIMITADA, rol único tributario 76.136.612-2; todos domiciliados en Rosario Norte Nº 555, oficina 1104, Las Condes, acordaron modificar “MELO ERBETTA ABOGADOS LIMITADA”, inscrita fojas 36.931, Nº27.634, del Registro de Comercio Conservador Bienes Raíces de Santiago, año 2011, rol único tributario 76.161.557-2, en siguiente sentido: 1) Cesión de Derechos Sociales: a) ASESORÍAS E INVERSIONES DISAMO LIMITADA, vende, cede y transfiere, el 1% de “MELO ERBETTA ABOGADOS LIMITADA”, a INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA. b) INVERSIONES JOSEFINA Y JORGE LIMITADA, vende, cede y transfiere, el 1% de “MELO ERBETTA ABOGADOS LIMITADA”, a INVERSIONES LAS TRES NIÑITAS LIMITADA. Precios y forma de pago detallada en escritura extractada. 2) Modificación y Adecuación de Estatutos: Socias acuerdan modificar y sustituir cláusula quinta por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad asciende a $1.000.000.-, que las socias aportan: A) INVERSIONES LAS TRES NIÑITAS LIMITADA aporta $500.000.-, correspondiente al 50% del capital social, la cual se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha. B) INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA aporta $500.000.-, correspondiente al 50% del capital social, la cual se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha. Las socias declaran estar de acuerdo con las sumas y porcentajes señalados”. 3) Distribución de Utilidades: Socias acuerdan modificar y sustituir cláusula novena por la siguiente: “NOVENO: El balance general de la sociedad se hará al 31 de diciembre de cada año. Los estados financieros serán sometidos a la aprobación de los socios. Los socios distribuirán las utilidades y pérdidas de la siguiente manera; (A) INVERSIONES LAS TRES NIÑITAS LIMITADA participará en un 50% de las de utilidades y pérdidas de la Sociedad; y (B) INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA participará en un 50% por ciento de las utilidades y pérdidas de la Sociedad.” Salvo lo modificado, estatutos de “MELO ERBETTA ABOGADOS LIMITADA” continúan plenamente vigentes, especialmente estipulación que limita responsabilidad de socios hasta monto de aportes. Santiago, 10 abril 2019. FÉLIX JARA CADOT, N.P.
Informations sociétaires
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
INVERSIONES LAS TRES NIÑITAS LIMITADA Socio 76.001.979-8 | 76.001.979-8 | - | - |
INVERSIONES JOSEFINA Y JORGE LIMITADA Socio 76.050.765-2 | 76.050.765-2 | - | - |
INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA Socio 78.627.400-1 | 78.627.400-1 | - | - |
ASESORÍAS E INVERSIONES DISAMO LIMITADA Socio 76.136.612-2 | 76.136.612-2 | - | - |
Texte officiel de l’extrait
ALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA, Notario Público de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Suplente del Titular don Félix Jara Cadot, certifica que: Con fecha 27 de diciembre de 2018, ante mí, suplente del Notario titular Félix Jara Cadot: INVERSIONES LAS TRES NIÑITAS LIMITADA, rol único tributario 76.001.979-8, INVERSIONES JOSEFINA Y JORGE LIMITADA, rol único tributario 76.050.765-2, INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA, rol único tributario 78.627.400-1, y ASESORÍAS E INVERSIONES DISAMO LIMITADA , rol único tributario 76.136.612-2, todos domiciliados en Cerro el Plomo N° 5.420, oficina 908, Las Condes, acordaron modificar “ERBETTA, COSTA, MELO, GUZMÁN ABOGADOS LIMITADA”, inscrita fojas 36.931, Nº 27.634, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Santiago, año 2011, rol único tributario 76.161.557-2. En siguiente sentido: 1) Sustitución del nombre o razón social: Acuerdan sustituir la cláusula segunda de los estatutos sociales, por la siguiente: “El nombre o razón social de la sociedad será “MELO ERBETTA ABOGADOS LIMITADA”, manteniendo y pudiendo utilizar para fines comerciales y de publicidad el nombre de fantasía “ECMG ABOGADOS LIMITADA”, cuyo uso la obligará en los mismos términos que el uso de la razón social completa”.- 2) Hay otra modificación estatutaria no materia de extracto. Salvo lo modificado, estatutos de “MELO ERBETTA ABOGADOS LMITADA” continúan plenamente vigentes, especialmente estipulación que limita responsabilidad de socios hasta monto de aportes. Santiago, 27 de diciembre del 2018. Santiago 28 de diciembre de 2018. ALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA. N.P.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$1.000.000
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
INVERSIONES LAS TRES NIÑITAS LIMITADA Socio 76.001.979-8 | 76.001.979-8 | 49% | $490.000 |
INVERSIONES JOSEFINA Y JORGE LIMITADA Socio 76.050.765-2 | 76.050.765-2 | 1% | $10.000 |
INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA Socio 78.627.400-1 | 78.627.400-1 | 49% | $490.000 |
ASESORÍAS E INVERSIONES DISAMO LIMITADA Socio 76.136.612-2 | 76.136.612-2 | 1% | $10.000 |
Administrateurs (2)
Historique sociétaire relaté
- Autre acte
Se relatan cesiones de derechos previas entre las sociedades socias, con adecuación de estatutos y capital social.
ASESORÍAS E INVERSIONES DISAMO LIMITADA · INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA · INVERSIONES JOSEFINA Y JORGE LIMITADA · INVERSIONES LAS TRES NIÑITAS LIMITADA
Texte officiel de l’extrait
Félix Jara Cadot, Notario Público 41 Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, INVERSIONES LAS TRES NIÑITAS LIMITADA (antes INVERSIONES ERBETTA TOLOSA LIMITADA), RUT N° 76.001.979-8, INVERSIONES JOSEFINA Y JORGE LIMITADA, RUT N° 76.050.765-2, INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA, RUT N° 78.627.400- 1 y ASESORÍAS E INVERSIONES DISAMO LIMITADA (antes ASESORÍAS E INVERSIONES SAN DIEGO LIMITADA y luego ASESORÍAS E INVERSIONES DIEGO Y SANTIAGO LIMITADA), RUT N° 76.136.612-2; todos domiciliados en Cerro el Plomo N° 5.420, oficina 908, Las Condes, Región Metropolitana; acordaron modificar “ERBETTA, COSTA, MELO, GUZMÁN ABOGADOS LIMITADA”, RUT N° 76.161.557-2, inscrita fojas 36.931, Nº 27.634, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces de Santiago, año 2011, en el siguiente sentido: 1) Cesión de derechos: a) ASESORÍAS E INVERSIONES DISAMO LIMITADA, vende, cede y transfiere, un 24% de “ERBETTA, COSTA, MELO, GUZMÁN ABOGADOS LIMITADA”, a INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA. b) INVERSIONES JOSEFINA Y JORGE LIMITADA, vende, cede y transfiere, un 24% de “ERBETTA, COSTA, MELO, GUZMÁN ABOGADOS LIMITADA”, a INVERSIONES LAS TRES NIÑITAS LIMITADA. Precios y formas de pagos detalladas en escritura extractada. 2) Modificaciones y Adecuación de estatutos: Las socias reconociendo cesiones anteriores acuerdan modificar la cláusula quinta de estatutos por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000.-, que las socias aportan de la siguiente forma: A) INVERSIONES LAS TRES NIÑITAS LIMITADA aporta la suma de $490.000.-, correspondiente al 49% del capital social, la cual se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha. B) INVERSIONES JOSEFINA Y JORGE LIMITADA aporta la suma de $10.000.-, correspondiente al 1% del capital social, la cual se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha. C) INVERSIONES SANTA TERESITA LIMITADA aporta la suma de $490.000.-, correspondiente al 49% del capital social, la cual se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha. D) ASESORÍAS E INVERSIONES DISAMO LIMITADA aporta la suma de $10.000.-, correspondiente al 1% del capital social, la cual se encuentra íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha. Las socias declaran estar de acuerdo con las sumas y porcentajes señalados”.- Finalmente, acuerdan sustituir el artículo séptimo de los estatutos en el sentido que la administración y el uso de la razón social corresponderá a don Juan Ignacio Erbetta Chávez, C.I. N° 10.721.072-5 y a don Mario Ignacio Melo Quintana, C.I. N° 9.949.367-4; quienes actuando individual e indistintamente, gozarán de amplias facultades señaladas en escritura extractada. En todo lo no modificado en virtud de la presente escritura, permanecen íntegramente vigentes las demás disposiciones de los estatutos sociales, especialmente la estipulación que limita responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 1 de junio de 2018. FÉLIX JARA CADOT. N.P.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
MELO ERBETTA ABOGADOS LIMITADA
CVE 1582134
- MODIFICACIÓN
ERBETTA, COSTA, MELO, GUZMÁN ABOGADOS LIMITADA
CVE 1551084
- MODIFICACIÓN
ERBETTA, COSTA, MELO, GUZMÁN ABOGADOS LIMITADA
CVE 1412308
