Sociedade por Ações76.160.802-9

ReStudio SpA

MODIFICACIÓN — 6 de nov. de 2019

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2019-11-06Ver PDF (CVE 1677374)

Informações societárias

SpA

Capital

Capital total

$1.372.422.664

Capital integralizado

$597.969.664

Capital pendente

$774.453.000

Ações

1.450.000

Texto oficial do extrato

RAÚL UNDURRAGA LASO, Notario Público Titular de la 29ª Notaría de Santiago, domiciliado en calle Mac-Iver N° 225, oficina N° 302, Santiago. CERTIFICO: Con fecha 22 de octubre de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el 27 de septiembre de 2019, de ReStudio SpA, sociedad inscrita a fojas 74.529 N° 49.180 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2013, en la que se acordó, entre otras materias: (i)Aumentar el capital social, desde la cantidad de $597.969.664.- dividido en 650.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal y 480.000 acciones preferentes Serie A, nominativas, iguales y sin valor nominal, a la nueva cantidad de $1.372.422.664, esto es por la cantidad de $774.453.000.- el que se pagará mediante la emisión y suscripción de 40.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, mediante la emisión y suscripción de 310.000 acciones preferentes Serie A, nominativas, iguales y sin valor nominal, y mediante la emisión y suscripción de 30.000 acciones preferentes Serie A-1, nominativas, iguales y sin valor nominal las cuales serán emitidas al efecto; (ii) En virtud de la modificación anterior, se reemplazaron los artículos quinto y primero transitorio por los siguientes: " QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de mil trescientos setenta y dos millones cuatrocientos veintidós mil seiscientos sesenta y cuatro pesos, dividido en seiscientas noventa mil acciones ordinarias, en setecientas noventa mil acciones preferentes Serie A y en treinta mil acciones preferentes Serie A-1 todas nominativas, sin valor nominal, se encuentra suscrito y pagado y se suscribirá y pagará en la forma que se indica en el artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo, con SAFEs, otros bienes o con créditos. La valoración de éstos se acordará en forma unánime por las acciones suscritas y pagadas de la Sociedad, y en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión en cada aumento. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Se deja expresa constancia que los accionistas podrán suscribir y pagar el capital social con aportes en trabajo, el que deberá ser valorizado por la Junta. La Sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones de propia emisión que se encuentren bajo el dominio de la Sociedad, no se computarán para la constitución del quórum en las Juntas de Accionistas o aprobar modificaciones del estatuto social, y no tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de aumentos de capital. Salvo disposición especial en contrario en estos estatutos, las acciones de propia emisión adquiridas por la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de diez años contado desde su adquisición. Si dentro del plazo establecido las acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno derecho al monto que corresponda luego de excluir aquellas acciones de propia emisión en poder de la Sociedad, las que se eliminarán del Registro de Accionistas. El capital social deberá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, el Directorio queda facultado en forma permanente para acordar aumentos de capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad o para fines específicos. El plazo para enterar los aumentos de capital será de seis meses contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta o el Directorio acuerden algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la Sociedad. En el caso que las acciones ordinarias pendientes de suscripción y pago no sean suscritas y pagadas en los plazos que se indican y tan pronto como dichos plazos concluyan sin haberse cumplido tal condición, el capital de la Sociedad será reducido de pleno derecho y las acciones pendientes de suscripción y pago serán eliminadas de los registros de la Sociedad.”; “PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de mil trescientos setenta y dos millones cuatrocientos veintidós mil seiscientos sesenta y cuatro pesos , dividido en seiscientas noventa mil acciones ordinarias, en setecientas noventa ml acciones preferentes Serie A y en treinta mil acciones preferentes Serie A-1 todas nominativas y sin valor nominal, que se han suscrito y pagado y se suscribirán y pagarán de la siguiente manera: a) Con la suma de un millón de pesos dividido en quinientos mil acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, las que fueron suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; b) Con la suma de trescientos mil pesos dividido en ciento cincuenta mil acciones preferentes Serie A, nominativas, iguales y sin valor nominal, las que fueron suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; c) Con la suma de quince mil pesos dividido en ciento cincuenta mil acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, las que fueron suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; d) Con la suma de trescientos doce millones ciento doce mil setecientos cuarenta y cuatro pesos dividido en doscientos mil acciones preferentes Serie A, nominativas, iguales y sin valor nominal, las que fueron suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; e) Con la suma de ochenta y dos millones doscientos cincuenta y dos mil ciento noventa y cuatro pesos dividido en cuarenta mil acciones preferentes Serie A, nominativas, iguales y sin valor nominal, las que fueron suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; f) Con la suma de ciento ochenta y un millones noventa y nueve mil setecientos cuarenta y tres pesos dividido en noventa mil acciones preferentes Serie A, nominativas, iguales y sin valor nominal, las que fueron suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha. g) Con la suma de veintiún millones ciento ochenta y nueve mil novecientos ochenta y tres pesos equivalentes a la revalorización del capital propio calculado al treinta y uno de octubre de dos mil dieciocho; y h) Con la suma de setecientos setenta y cuatro millones cuatrocientos cincuenta y tres mil pesos, dividido en cuarenta mil acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, destinadas a la implementación de un plan de compensación para trabajadores y asesores, las que en todo caso deberán ser suscritas y pagadas en un plazo máximo de cinco años contados desde el veintisiete de septiembre de dos mil diecinueve, trescientas diez mil nuevas acciones preferentes Serie A y treinta mil nuevas acciones preferentes Serie A-1, las que quedan pendientes de suscripción y pago, y que en todo caso deberán ser suscritas y pagadas en un plazo máximo de cinco años contados desde el veintisiete de septiembre de dos mil diecinueve. En consecuencia del total del capital social ascendente a mil trescientos setenta y dos millones cuatrocientos veintidós mil seiscientos sesenta y cuatro pesos, a la presente fecha se encuentra suscrito y pagado la cantidad de quinientos noventa y siete millones novecientos sesenta y nueve mil seiscientos sesenta y cuatro pesos, quedando pendiente por pagar y suscribir la cantidad de setecientos setenta y cuatro millones cuatrocientos cincuenta y tres mil pesos.-; y (iii) Adicionalmente, se modificó el Título Tercero ahora denominado “Términos y Condiciones de las Acciones Preferentes Serie A y Serie A-1”, y el artículo Décimo, se modificó el artículo trigésimo primero y se incorporó un nuevo artículo trigésimo sexto . Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 29 de Octubre de 2019.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    ReStudio SpA

    CVE 1677374

Relações societárias

ReStudio SpA

Ainda não há relações societárias vinculadas