Asesorías Comerciales Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$800.000
股東(8)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 2% | $16.000 |
Socio | - | 8% | $64.000 |
Socio | - | 8% | $64.000 |
Socio | - | 8% | $64.000 |
Socio | - | 8% | $64.000 |
Socio | - | 8% | $64.000 |
Socio | - | 8% | $64.000 |
Jaime Marcelo Norambuena Bustos Socio | - | 50% | $400.000 |
管理人(2)
Jaime Marcelo Norambuena Bustos
公報所載公司沿革
- 設立· 2011年7月20日
Constitución original de Asesorías Comerciales Limitada
- 其他行為
La sociedad no ha sido objeto de modificaciones anteriores
摘要官方正文
RENE A. MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda Serrano 374, certifica por escritura pública fecha hoy ante mí, Moises Negit Leyan Carcur, María Pilar Leyan Massoud, Ana María Leyan Massoud, María Consuelo Leyan Massoud, María Paz Leyan Massoud, María Carolina Leyan Massoud, Flor María Leyan Massoud, y Jaime Marcelo Norambuena Bustos, todos con domicilio, para estos efectos, en calle Ugalde 520, comuna y ciudad de Melipilla, Región Metropolitana, modifican Asesorías Comerciales Limitada, rut:76.159.723-k, constituida por escritura pública fecha 20/07/2011, ante el Notario Público Interino de Melipilla don Alfredo Domke Zepeda, cuyo extracto se inscribió a fojas 253 N° 145 en el Registro de Comercio correspondiente al año 2011, del Conservador de Melipilla, y publicó en el Diario Oficial con fecha 25/07/2011.- La sociedad no ha sido objeto de modificaciones anteriores.- Los únicos y actuales socios de la sociedad Asesorías Comerciales Limitada, son don Moises Leyan Carcur, con el equivalente al 4% del capital social y doña María Pilar Leyan Massoud, doña Ana María Leyan Massoud, doña María Consuelo Leyan Massoud, doña María Paz Leyan Massoud, doña María Carolina Leyan Massoud y doña Flor María Leyan Massoud, estas seis últimas con el equivalente al 16% del capital social cada una de ellas. MODIFICACION:- Los socios de Asesorías Comerciales Limitada, modifican la sociedad en los siguientes términos: A.- Se aumenta el capital estatutario social en la suma de cuatrocientos mil pesos, quedando en la suma de ochocientos mil pesos, que es aportado en este acto y en dinero efectivo, por don Jaime Marcelo Norambuena Bustos, lo que es aceptado por los restantes socios, con lo cual el aportante pasa a ser socio de la Asesorías Comerciales Limitada. Como consecuencia del aumento de capital anteriormente señalado, se modifica la cláusula quinta referida al capital social, por la siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de ochocientos mil pesos que los socios pagan y pagaron en la siguiente forma: Uno.- En una proporción de un cincuenta por ciento del capital social, don Jaime Marcelo Norambuena Bustos, esto es la suma de cuatrocientos mil pesos, pagados en este acto, en dinero efectivo, cantidad recibida en la caja social a entera conformidad de los demás socios. Dos.- En una proporción de un dos por ciento del capital social, don Moises Leyan Carcur, esto es la suma de dieciséis mil pesos, ya enterado y pagado con anterioridad a esta fecha; Tres.- En una proporción de un ocho por ciento del capital social para cada una de las socias, María Pilar Leyan Massoud, Ana María Leyan Massoud, María Consuelo Leyan Massoud, María Paz Leyan Massoud, María Carolina Leyan Massoud y Flor María Leyan Massoud, esto es en la suma de sesenta y cuatro mil pesos por cada una de ellas, enterados con anterioridad a esta fecha”. B.- Se modifica la cláusula cuarta referida a la administración y uso de la razón social por la siguiente: “CUARTO: ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación, corresponderá sin ninguna limitación al señor don Jaime Marcelo Norambuena Bustos.- En el evento de que el administrador antes mencionado falleciere o estuviere imposibilitado de administrar, lo cual no deberá ser acreditado fehacientemente frente a terceros, la administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación, corresponderá a doña Rosa Massoud Pozo, cédula de identidad número seis millones cuatrocientos veinte mil setecientos sesenta guión uno, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las mismas facultades del administrador fallecido o imposibilitado, entendiéndose reproducidas todas las facultades anteriores, y sin que dicha enumeración sea taxativa. En el evento de que ambos administradores antes mencionados fallecieren o estuvieren imposibilitados de administrar, lo cual no deberá ser acreditado fehacientemente ante terceros, la administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación, corresponderá a tres de los socios quienes actuando conjuntamente y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las mismas facultades de los administradores fallecidos o imposibilitados, entendiéndose reproducidas todas las facultades anteriores, y sin que dicha enumeración sea taxativa. CUARTO: LIMITE A RESPONSABILIDAD PERSONAL DE LOS SOCIOS: La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. En lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales anteriores a esta fecha.-Melipilla, 26/10/2020.
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
Asesorías Comerciales Limitada
CVE 1848217
