Sociedad de Responsabilidad Limitada76.158.979-2

Vibrados De Hormigon Torres Limitada

MODIFICACIÓN — 8 jun 2020

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2020-06-08Ver PDF (CVE 1770358)

Información societaria

Ltda
Providencia, Región Metropolitana
Administración: La administración y representación corresponde conjunta o separadamente a Juan Luis Torres Torres y Carlos Marcos Torres Torres

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (5)

NombreParticipación

Raul Orlando Torres Torres

Socio

10.xxx.xxx-k

8.34%

Camilo del Carmen Torres Torres

Socio

6.xxx.xxx-4

8.33%

Juan Luis Torres Torres

Socio

9.xxx.xxx-3

8.33%

Carlos Marcos Torres Torres

Socio

11.xxx.xxx-9

8.33%

Comercial La Pirámide SpA

Socio

76.613.774-1

66.67%

Administradores (2)

Juan Luis Torres Torres

9.xxx.xxx-3Administrador

Carlos Marcos Torres Torres

11.xxx.xxx-9Administrador

Texto oficial del extracto

PAULA ANDREA LUNA SAEZ, Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 669, piso 8°, Santiago, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 15 de Mayo de 2020, Repertorio N° 7240/ 2020 ante la titular, RAUL ORLANDO TORRES TORRES, cédula de identidad N° 10.359.880-K, domiciliado en Avenida Providencia N° 1208, oficina 1710, comuna de Providencia, Santiago; SOCIEDAD COMERCIAL LA PIRAMIDE LIMITADA, Rut N° 77.305.060-0, domiciliada en Avenida Providencia N° 1208, oficina 1710, comuna de Providencia, Santiago; CAMILO DEL CARMEN TORRES TORRES, cédula de identidad N° 6.118.813-4, domiciliado en calle Camino El Huinganal N° 3577, casa 11, comuna de Lo Barnechea, Santiago, JUAN LUIS TORRES TORRES, cédula de identidad N° 9.217.720-3, domiciliado en calle Jorge Hirmas 2575, comuna de Renca, Santiago; CARLOS MARCOS TORRES TORRES, cédula de identidad N° 11.177.720-9, domiciliado en calle Toro N° 1320, comuna de Quilicura, Santiago; y COMERCIAL LA PIRÁMIDE SpA, Rut N° 76.613.774-1, domiciliada en calle Toro número 1320, comuna de Quilicura, Santiago, acordaron modificar la sociedad de responsabilidad limitada denominada “VIBRADOS DE HORMIGON TORRES LIMITADA”, Rut N° 76.158.979-2, Capital: $10.000.000, inscrita fojas 42.455 número 31.380 del año 2011 del Registro de Comercio de Santiago, en los siguientes términos: Uno) Don Raúl Orlando Torres Torres vende, cede y transfiere una parte de sus derechos sociales, equivalente a un 8,33% de la sociedad, a Camilo del Carmen Torres Torres, quien los compra en el precio fijado en escritura extractada; Dos) Raúl Orlando Torres Torres vende, cede y transfiere una parte de sus derechos sociales, equivalente a un 8,33% de la sociedad, a Juan Luis Torres Torres, quien los compra en el precio fijado en escritura extractada; Tres) Raúl Orlando Torres Torres vende, cede y transfiere una parte de sus derechos sociales, equivalente a un 8,33% de la sociedad, a Carlos Marcos Torres Torres, quien los compra en el precio fijado en escritura extractada; Cuatro) “Sociedad Comercial La Pirámide Limitada” vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalente a un 66,67% de la sociedad, a “Comercial La Pirámide SpA”, quien los compra en el precio fijado en escritura extractada; Cinco) En consecuencia, se retira como socia la “Sociedad Comercial La Pirámide LIMITADA”, ingresando como nuevos socios “Comercial La Pirámide SpA” y los señores Camilo del Carmen Torres Torres, Juan Luis Torres Torres y Carlos Marcos Torres Torres, quedando la sociedad con la siguiente composición en el capital social:a) Raúl Orlando Torres Torres, con un 8,34%; b) Camilo del Carmen Torres Torres, con un 8,33%; c) Juan Luis Torres Torres, con un 8,33%; d) CARLOS MARCOS TORRES TORRES, con un 8,33%; y e) “Comercial La Pirámide SpA”, con el 66,67% restante del haber social.- Seis) Los socios acuerdan modificar el estatuto de la sociedad en las siguientes materias: a) Se reemplaza el artículo sexto relativo al capital, por el siguiente: “ARTICULO SEXTO: El capital de la sociedad será la suma de diez millones de pesos que los socios aportan y enteran así: a) Don RAUL ORLANDO TORRES TORRES aporta la suma de ochocientos treinta y cuatro mil pesos, equivalente al ocho coma treinta y cuatro por ciento del capital social, íntegramente pagado al contado y en dinero efectivo; b) Don CAMILO DEL CARMEN TORRES TORRES aporta la suma de ochocientos treinta y tres mil pesos, equivalente al ocho coma treinta y cuatro por ciento del capital social, íntegramente pagado al contado y en dinero efectivo; c) Don JUAN LUIS TORRES TORRES aporta la suma de ochocientos treinta y tres mil pesos, equivalente al ocho coma treinta y cuatro por ciento del capital social, íntegramente pagado al contado y en dinero efectivo; d) Don CARLOS MARCOS TORRES TORRES aporta la suma de ochocientos treinta y tres mil pesos, equivalente al ocho coma treinta y cuatro por ciento del capital social, íntegramente pagado al contado y en dinero efectivo; y e) La sociedad “COMERCIAL LA PIRÁMIDE SpA” aporta la suma de seis millones seiscientos sesenta y siete mil pesos, equivalente al sesenta y seis coma sesenta y siete por ciento del capital social, íntegramente pagado al contado y en dinero efectivo. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.”; y b) Reemplazan el encabezado del artículo quinto, sobre la administración, por el siguiente texto: “ARTICULO QUINTO: La uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a don Juan Luis Torres Torres y a don Carlos Marcos Torres Torres, quienes podrán actuar conjunta o separadamente y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades, entendiéndose comprendidas en ellas…”. En todo aquello que no ha sido modificado, subsiste plenamente el pacto social.- Santiago, 26 de mayo de 2020.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    VIBRADOS DE HORMIGON TORRES LIMITADA

    CVE 1770358

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial