Inversiones Tres Flores Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La compraventa comercialización, arrendamiento subarrendamiento, administración u otra forma de explotación, loteo y subdivisión de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, así como, la explotación y comercialización de áridos en dichos inmuebles; invertir en todo tipo de bienes, corporales e incorporales de toda clase, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; el ejercicio de las actividades agrícola, ganadera y forestal, en las formas más amplias; y cualquier otro negocio que acordaren los socios, presumiéndose el acuerdo de ellos, por la sola circunstancia de su realización. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros.
Capital
Capital total
$100.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 95% | - |
BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCÍA Socio | - | 5% | - |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 25 de abril de 2011
Se constituyó INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA.
- Otro acto· 21 de abril de 2021
Se modificó la sociedad mediante escritura pública.
- Otro acto· 25 de mayo de 2021
Se rectificó la modificación anterior.
- Otro acto· 16 de agosto de 2021
Se rectificó la escritura anterior y se efectuó saneamiento por inscripción tardía.
Texto oficial del extracto
ÁLVARO VALDEBENITO SALGADO, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Temuco, con oficio en la comuna de Temuco, calle Hochstetter N° 560, certifico: por escritura pública de Repertorio N° 1983-2024, de fecha 24 de Mayo de 2024, ante mí: doña MONICA CAROLINA GARCÍA GARCÍA, empresaria, domiciliada en calle Manuel Montt número ochocientos cincuenta, oficina número cuatrocientos cuatro, Temuco; doña MICAELA CAROLINA BECKER GARCÍA, empresaria, domiciliada en calle Manuel Montt número ochocientos cincuenta, oficina número cuatrocientos cuatro, Temuco; y, don BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCÍA, empresario, domiciliado en calle Manuel Montt número ochocientos cincuenta, oficina número cuatrocientos cuatro, Temuco. La sociedad INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, sociedad del giro inversiones, rol único tributario número setenta y seis millones ciento cincuenta y seis mil novecientos treinta y dos guion cinco y cuyo capital asciende a la suma de cien millones de pesos, se constituyó por escritura pública ante el Notario de Temuco don Humberto Toro Martinez-Conde con fecha veinticinco de abril del año dos mil once, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial en su edición número treinta y nieve mil novecientos noventa y cuatro de fecha veinticuatro de junio del año dos mil once y el que se encuentra inscrito a fojas novecientos treinta y ocho vuelta número ochocientos noventa y cinco del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil once. Posteriormente se modificó la mencionada sociedad mediante escritura de fecha veintiuno de Abril del año dos mil veintiuno ante la Notario Público de la Sexta Notaría de Temuco con asiento en Padre Las Casas doña Sylvia Hueche Fuchslocher, el extracto de la mencionada modificación fue publicado en el Diario Oficial en su edición número cuarenta y dos mil novecientos cuarenta y tres de fecha treinta de Abril del año dos mil veintiuno, el extracto se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas ochocientos noventa vuelta número quinientos veintitrés, correspondiente al año dos mil veintiuno. Dicha escritura de modificación, fue rectificada, en razón de referencia a fojas de inscripción de la sociedad y que se modificaba, por otra suscrita en la misma Notaria, ante Enrique Alfredo Fontannaz Palma, Abogado Notario Público de la Sexta Notaría de Temuco, con asiento en Padre Las Casas, Suplente de la Titular doña Sylvia Hueche Fuchslocher, con fecha veinticinco de mayo de dos mil veintiuno, debidamente anotada al margen de la escritura que se rectificaba, el extracto se publicó en el Diario Oficial en su edición número cuarenta y dos mil novecientos sesenta y tres de fecha veintisiete de Mayo del año dos mil veintiuno dicho extracto se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas ochocientos noventa y dos vuelta número quinientos veinticuatro, correspondiente al año dos mil veintiuno. Esta última escritura de rectificación fue posteriormente rectificada y además se efectuó el saneamiento por inscripción tardía mediante escritura pública de fecha dieciséis de Agosto del año dos mil veintiuno ante la Notario Público de la Sexta Notaría de Temuco con asiento en Padre Las Casas doña Sylvia Hueche Fuchslocher, debidamente anotada al margen de la escritura que se rectificaba, el extracto fue publicado en el Diario Oficial en su edición número cuarenta y tres mil cincuenta y cinco de fecha quince de septiembre del año dos mil veintiuno, dicho extracto se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas ochocientos noventa y tres vuelta número quinientos veinticinco, correspondiente al año dos mil veintiuno.- Los comparecientes, ya individualizados, vienen en modificar el pacto social de INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, de la manera que en las cláusulas siguientes se expresa. Doña MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA, ya individualizada, declara que es dueña del veinticinco por ciento de los derechos, cuota o participación societaria en INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, y, en este acto, y por este instrumento, y con acuerdo de la totalidad de los socios quienes comparecen en señal de aceptación, vende, cede y transfiere a doña MONICA CAROLINA GARCÍA GARCÍA, ya individualizada, quien compra, acepta y adquiere, para sí, la totalidad, de la cuota o participación societaria y la calidad de socio, que en la sociedad le corresponden a doña MICAELA CAROLINA BECKER GARCÍA, y que como ya se señaló asciende al veinticinco por ciento del capital social. El precio de esta venta, cesión o transferencia es la suma de un dos millones quinientos mil pesos, que se pagan en este acto en dinero efectivo y de contado, y que el vendedor declara recibir a su entera satisfacción.- Asimismo don BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCÍA, ya individualizado, declara que es dueño del veinticinco por ciento de los derechos, cuota o participación societaria en INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, y, en este acto, y por este instrumento, y con acuerdo de la totalidad de los socios quienes comparecen en señal de aceptación, vende, cede y transfiere a doña MONICA CAROLINA GARCÍA GARCÍA, ya individualizada, quien compra, acepta y adquiere, para sí, el veinte por ciento, de la cuota o participación societaria y la calidad de socio, que en la sociedad le corresponden a don BENJAMIN ALEJANDRO BECKER, y que como ya se señaló asciende al veinticinco por ciento del capital social. El precio de esta venta, cesión o transferencia es la suma de un dos millones de pesos, que se pagan en este acto en dinero efectivo y de contado, y que el vendedor declara recibir a su entera satisfacción.- Se retira de INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA doña MICAELA CAROLINA BECKER GARCÍA y queda compuesta únicamente por los siguientes socios y participaciones societarias: MONICA CAROLINA GARCÍA GARCÍA, con un noventa y cinco por ciento de los derechos sociales o participación propietaria y don BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCÍA, con un cinco por ciento de los derechos sociales o participación propietaria.- Las partes vienen en ampliar el objeto o giro social a la extracción y venta de áridos, en consecuencia se modifica la cláusula SEGUNDA de los estatutos sociales la que queda como sigue: “SEGUNDO: El objeto de la sociedad será la compraventa comercialización, arrendamiento subarrendamiento, administración u otra forma de explotación, loteo y subdivisión de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, así como, la explotación y comercialización de áridos en dichos inmuebles; invertir en todo tipo de bienes, corporales e incorporales de toda clase, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; el ejercicio de las actividades agrícola, ganadera y forestal, en las formas más amplias; y cualquier otro negocio que acordaren los socios, presumiéndose el acuerdo de ellos, por la sola circunstancia de su realización. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros.” Se modifica también la cláusula CUARTA del pacto social referente a la administración la que queda La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña MONICA CAROLINA GARCÍA GARCÍA, ya individualizada, quien tendrá a su cargo la administración interna de la sociedad, con todas la facultades señaladas en la escritura que se extracta. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes.- Quedan vigentes todas las cláusulas del pacto social no alteradas o modificadas por la presente escritura.- Temuco, 03 de Junio de 2024.-
Información societaria
Capital
Capital total
$3.000.000
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA Socio | - | - | - |
BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA Socio | - | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 25 de abril de 2011
Se constituye INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA
- Otro acto· 21 de abril de 2021
Se modifica la sociedad INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA
MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA · MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA · BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA
- Otro acto· 25 de mayo de 2021
Se rectifica la escritura de modificación social para corregir la referencia al notario y a la inscripción
MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA · MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA · BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA
Texto oficial del extracto
ENRIQUE ALFREDO FONTANNAZ PALMA Notario Suplente de la Sexta Notaria de Temuco con asiento en Padre Las Casas, con oficio en Avenida Maquehue 1244 local 13-14 de la comuna de Padre Las Casas CERTIFICO: Por escritura de fecha dieciséis de Agosto de 2021 repertorio 1249-2021 ante doña SYLVIA ALICIA HUECHE FUCHSLOCHER, Notario Público de la Sexta Notaria de Temuco con asiento en Padre Las Casas, doña MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA, empresaria, domiciliada en calle Francia número treinta y cinco, Departamento, setecientos cinco, Temuco; doña MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA, empresaria, domiciliada en calle Francia número treinta y cinco, Departamento, setecientos cinco, Temuco; y, don BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA, empresario, domiciliado en calle Francia número treinta y cinco, Departamento, setecientos cinco, Temuco. Exponen, que mediante escritura pública ante la Notario de Padre Las Casas doña Sylvia Alicia Hueche Fuchslocher, de fecha veintiuno de abril de dos mil veintiuno, se modificó la sociedad INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, con un capital inicial de tres millones de pesos, celebrada por los comparecientes MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA, MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA y don BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA, de fecha veintiuno de abril del año dos mil veintiuno, cuyo repertorio es el número quinientos setenta y nueve guion dos mil veintiuno, otorgada ante la Notario Público doña Sylvia Alicia Hueche Fuchslocher. Dicha escritura de modificación, fue rectificada, en razón de referencia a fojas de inscripción de la sociedad que se modificó, por otra suscrita en la misma Notaria, ante el Notario Suplente don Enrique Fontannaz Palma, con fecha veinticinco de mayo de dos mil veintiuno, debidamente anotada al margen de la escritura que se rectificaba. ERRORES.- Esta última escritura de rectificación de fecha veinticinco de mayo de dos mil veintiuno, si bien corrigió el error que adolecía la escritura de modificación social de fecha veintiuno de abril de dos mil veintiuno, adolece de un error de referencia al Notario respecto del cual se suscribió, la cual señala a doña Sylvia Alicia Hueche Fuchslocher, como Notario Suplente, siendo que debería haber dicho Notario Titular, lo que fue reparado por el Conservador de Bienes Raíces de Temuco, al momento de inscribir dicha modificación; se suma a lo anterior, que dado que la escritura que modificatoria de fecha veintiuno de abril de dos mil veintiuno, aun no se inscribe correctamente, procede que se sanee en conformidad a la ley de saneamiento de sociedades para requerir la correspondiente inscripción en el registro de comercio.- En razón de lo expuesto, los comparecientes, vienen en rectificar la escritura rectificatoria de fecha veinticinco de mayo de dos mil veintiuno, en específico la cláusula primera del señalado instrumento ya que se individualizó incorrectamente a la Notario, quedando dicha clausula como sigue: “PRIMERO: Que por en la escritura de modificación social de la sociedad INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, con un capital inicial de tres millones de pesos, celebrada por los comparecientes MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA, MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA y don BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA, de fecha veintiuno de abril del año dos mil veintiuno, cuyo repertorio es el número quinientos setenta y nueve guion dos mil veintiuno, otorgada ante el Notario Público titular de la Sexta Notaría de Temuco, con asiento en Padre Las Casas, doña Sylvia Alicia Hueche Fuchslocher, vienen en rectificar y complementar la cláusula primera del señalado instrumento ya que se citó erradamente la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, corrigiéndose dicho error quedando como sigue: “PRIMERO. Antecedentes sociales: La sociedad INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, se constituyó por escritura pública ante el Notario de Temuco don Humberto Toro Martínez-Conde con fecha veinticinco de abril del año dos mil once, el extracto se publicó en el Diario Oficial en su edición número treinta y nueve mil novecientos noventa y cuatro de fecha veinticuatro de junio del año dos mil once y el que se encuentra inscrito a fojas novecientos treinta y ocho vuelta número ochocientos noventa y cinco del Registro de Comercio del Conservador De Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil once.”.- SANEAMIENTO: En razón de lo señalado en la cláusula anterior, por este acto los comparecientes, en la calidad que inviste, vienen en sanear la modificación de la sociedad INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, ya señalada en la cláusula precedente, conforme las disposiciones de los artículos tercero y cuarto de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, a fin de que quede legalmente modificada y debidamente inscrita en el Registro de Comercio respectivo. En lo no modificado y rectificado por las escrituras referidas, rige la escritura de constitución de la sociedad y sus modificaciones posteriores. Demás antecedentes escritura extractada.- Padre las Casas 13 Septiembre de 2021.
Información societaria
Capital
Capital total
$3.000.000
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA Socio | - | - | - |
BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA Socio | - | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 25 de abril de 2011
La sociedad Inversiones Tres Flores Limitada se constituyó por escritura pública.
MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA · MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA · BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA
- Otro acto· 21 de abril de 2021
Se otorgó una escritura de modificación de la sociedad.
MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA · MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA · BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA
- Otro acto· 25 de mayo de 2021
Se otorgó una escritura rectificatoria de la modificación social.
MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA · MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA · BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA
Texto oficial del extracto
SYLVIA ALICIA HUECHE FUCHSLOCHER, Notario Público de la Sexta Notaria de Temuco con asiento en Padre Las Casas, con oficio en Avenida Maquehue 1244 local 13-14 de la comuna de Padre Las Casas CERTIFICO: Por escritura de hoy, ante mí: doña MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA, empresaria, domiciliada en calle Francia número treinta y cinco, Departamento, setecientos cinco, Temuco; doña MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA, empresaria, domiciliada en calle Francia número treinta y cinco, Departamento, setecientos cinco, Temuco; y, don BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA, empresario, domiciliado en calle Francia número treinta y cinco, Departamento, setecientos cinco, Temuco. Exponen, que mediante escritura pública ante el Notario de Padre Las Casas doña Sylvia Alicia Hueche Fuchslocher, de fecha veintiuno de abril de dos mil veintiuno, se modificó la sociedad INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, con un capital inicial de tres millones de pesos, celebrada por los comparecientes MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA, MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA y don BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA, de fecha veintiuno de abril del año dos mil veintiuno, cuyo repertorio es el número quinientos setenta y nueve guion dos mil veintiuno, otorgada ante el Notario Público Suplente don Enrique Fontannaz Palma. Dicha escritura de modificación, fue rectificada, en razón de referencia a fojas de inscripción de la sociedad que se modificó, por otra suscrita en la misma Notaria, ante el Notario Suplente don Enrique Fontannaz Palma, con fecha veinticinco de mayo de dos mil veintiuno, debidamente anotada al margen de la escritura que se rectificaba. ERRORES.- Esta última escritura de rectificación de fecha veinticinco de mayo de dos mil veintiuno, si bien corrigió el error que adolecía la escritura de modificación social de fecha veintiuno de abril de dos mil veintiuno, adolece de un error de referencia al Notario respecto del cual se suscribió, la cual señala a doña Sylvia Alicia Hueche Fuchslocher, como Notario Suplente, siendo que debería haber dicho Notario Titular, lo que fue reparado por el Conservador de Bienes Raíces de Temuco, al momento de inscribir dicha modificación; se suma a lo anterior, que dado que la escritura que modificatoria de fecha veintiuno de abril de dos mil veintiuno, aun no se inscribe correctamente, procede que se sanee en conformidad a la ley de saneamiento de sociedades para requerir la correspondiente inscripción en el registro de comercio.- En razón de lo expuesto, los comparecientes, vienen en rectificar la escritura rectificatoria de fecha veinticinco de mayo de dos mil veintiuno, en específico la cláusula primera del señalado instrumento ya que se individualizó incorrectamente a la Notario, quedando dicha clausula como sigue: “PRIMERO: Que por en la escritura de modificación social de la sociedad INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, con un capital inicial de tres millones de pesos, celebrada por los comparecientes MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA, MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA y don BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA, de fecha veintiuno de abril del año dos mil veintiuno, cuyo repertorio es el número quinientos setenta y nueve guion dos mil veintiuno, otorgada ante el Notario Público titular de la Sexta Notaría de Temuco, con asiento en Padre Las Casas, doña Sylvia Alicia Hueche Fuchslocher, vienen en rectificar y complementar la cláusula primera del señalado instrumento ya que se citó erradamente la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, corrigiéndose dicho error quedando como sigue: “PRIMERO. Antecedentes sociales: La sociedad INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, se constituyó por escritura pública ante el Notario de Temuco don Humberto Toro Martínez-Conde con fecha veinticinco de abril del año dos mil once, el extracto se publicó en el Diario Oficial en su edición número treinta y nueve mil novecientos noventa y cuatro de fecha veinticuatro de junio del año dos mil once y el que se encuentra inscrito a fojas novecientos treinta y ocho vuelta número ochocientos noventa y cinco del Registro de Comercio del Conservador De Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil once.”.- SANEAMIENTO: En razón de lo señalado en la cláusula anterior, por este acto los comparecientes, en la calidad que inviste, vienen en sanear la modificación de la sociedad INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, ya señalada en la cláusula precedente, conforme las disposiciones de los artículos tercero y cuarto de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, a fin de que quede legalmente modificada y debidamente inscrita en el Registro de Comercio respectivo. En lo no modificado y rectificado por las escrituras referidas, rige la escritura de constitución de la sociedad y sus modificaciones posteriores. Demás antecedentes escritura extractada.- Padre las Casas 16 Agosto de 2021.-
Información societaria
Capital
Capital total
$3.000.000
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA Socio | - | - | - |
BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA Socio | - | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 25 de abril de 2011
La sociedad Inversiones Tres Flores Limitada fue constituida por escritura pública.
Texto oficial del extracto
SYLVIA ALICIA HUECHE FUCHSLOCHER, Notario Público de la Sexta Notaria de Temuco, con asiento en Padre Las Casas, calle Maquehue, Nº1244 Padre Las Casas, CERTIFICA: Por escritura de de fecha 25 de Mayo de 2021 repertorio N° 845-2021, ante don Enrique Alfredo Fontannaz Palma Notario Suplente de la Notario Público Sylvia Alicia Hueche Fuchslocher, comparece: doña MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA, empresaria, domiciliada en calle Francia número treinta y cinco, Departamento, setecientos cinco, Temuco; doña MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA, empresaria, domiciliada en calle Francia número treinta y cinco, Departamento, setecientos cinco, Temuco; y, don BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA, empresario, domiciliado en calle Francia número treinta y cinco, Departamento, setecientos cinco, Temuco. Que en la escritura de modificación social de la sociedad INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, con un capital inicial de tres millones de pesos, de fecha veintiuno de abril del año dos mil veintiuno, cuyo repertorio es el número quinientos setenta y nueve guion dos mil veintiuno, otorgada ante la Notario Público doña Sylvia Alicia Hueche Fuchslocher, vienen en rectificar y complementar la cláusula primera del señalado instrumento ya que se citó erradamente la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, corrigiéndose dicho error quedando como sigue: “PRIMERO. Antecedentes sociales: La sociedad INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, RUT.: Setenta y seis millones ciento cincuenta y seis mil novecientos treinta y dos guion cinco, se constituyó por escritura pública ante el Notario de Temuco don Humberto Toro Martinez-Conde con fecha veinticinco de abril del año dos mil once, el extracto se publicó en el Diario Oficial en su edición número treinta y nieve mil novecientos noventa y cuatro de fecha veinticuatro de junio del año dos mil once y el que se encuentra inscrito a fojas novecientos treinta y ocho vuelta número ochocientos noventa y cinco del Registro de Comercio del Conservador De Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil once.” Declaran los comparecientes que en lo no modificado rige en los mismos términos la escritura que por este acto se rectifica y complementa, debiendo entenderse esta última, para todos los efectos legales, como parte integrante de la escritura individualizada en la cláusula segunda precedente. Socios limitan responsabilidad hasta el monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Padre las Casas, 14 Junio de 2021.
Información societaria
Capital
Capital total
$3.000.000
Historia societaria relatada
- Constitución· 25 de abril de 2011
INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA se constituyó por escritura pública.
- Otro acto· 21 de abril de 2021
Se otorgó la escritura de modificación social que luego fue rectificada y complementada.
MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA · MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA · BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA
Texto oficial del extracto
ENRIQUE ALFREDO FONTANNAZ PALMA, Notario Suplente de la Notario Público Sylvia Alicia Hueche Fuchslocher de la Sexta Notaria de Temuco, con asiento en Padre Las Casas, calle Maquehue, Nº1244 Padre Las Casas, CERTIFICA: Por escritura de hoy, ante mí, comparece: doña MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA, empresaria, domiciliada en calle Francia número treinta y cinco, Departamento, setecientos cinco, Temuco; doña MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA, empresaria, domiciliada en calle Francia número treinta y cinco, Departamento, setecientos cinco, Temuco; y, don BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA, empresario, domiciliado en calle Francia número treinta y cinco, Departamento, setecientos cinco, Temuco. Que en la escritura de modificación social de la sociedad INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, con un capital inicial de tres millones de pesos, de fecha veintiuno de abril del año dos mil veintiuno, cuyo repertorio es el número quinientos setenta y nueve guion dos mil veintiuno, otorgada ante el Notario Público Suplente don Enrique Fontannaz Palma, vienen en rectificar y complementar la cláusula primera del señalado instrumento ya que se citó erradamente la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, corrigiéndose dicho error quedando como sigue: “PRIMERO. Antecedentes sociales: La sociedad INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, RUT.: Setenta y seis millones ciento cincuenta y seis mil novecientos treinta y dos guion cinco, se constituyó por escritura pública ante el Notario de Temuco don Humberto Toro Martinez-Conde con fecha veinticinco de abril del año dos mil once, el extracto se publicó en el Diario Oficial en su edición número treinta y nieve mil novecientos noventa y cuatro de fecha veinticuatro de junio del año dos mil once y el que se encuentra inscrito a fojas novecientos treinta y ocho vuelta número ochocientos noventa y cinco del Registro de Comercio del Conservador De Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil once.” Declaran los comparecientes que en lo no modificado rige en los mismos términos la escritura que por este acto se rectifica y complementa, debiendo entenderse esta última, para todos los efectos legales, como parte integrante de la escritura individualizada en la cláusula segunda precedente. Socios limitan responsabilidad hasta el monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Padre las Casas, 25 Mayo de 2021.-
Información societaria
Capital
Capital total
$100.000.000
Capital pagado
$3.000.000
Capital pendiente
$97.000.000
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $50.000.000 |
MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA Socio | - | 25% | $25.000.000 |
BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA Socio | - | 25% | $25.000.000 |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 25 de abril de 2011
Se constituyó Inversiones Tres Flores Limitada con fecha 25 de abril de 2011.
INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA
Texto oficial del extracto
SYLVIA ALICIA HUECHE FUCHSLOCHER, Notario Público de la Sexta Notaria de Temuco con asiento en Padre Las Casas, con oficio en Avenida Maquehue 1244 local 13-14 de la comuna de Padre Las Casas CERTIFICO: Por escritura de hoy, ante mí: doña MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA, empresaria, domiciliada en calle Francia número treinta y cinco, Departamento, setecientos cinco, Temuco; doña MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA, empresaria, domiciliada en calle Francia número treinta y cinco, Departamento, setecientos cinco, Temuco; y, don BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA, empresario, domiciliado en calle Francia número treinta y cinco, Departamento, setecientos cinco, Temuco. La sociedad INVERSIONES TRES FLORES LIMITADA, Rut 76.156.932-5, se constituyó por escritura pública ante el Notario de Temuco don Humberto Toro Martinez-Conde con fecha veinticinco de abril del año dos mil once, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial en su edición número treinta y nieve mil novecientos noventa y cuatro de fecha veinticuatro de junio del año dos mil once y el que se encuentra inscrito a fojas nueve mil trescientos ochenta y cinco número ochocientos noventa y cinco del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil once. Los actuales y únicos socios expresan que conforme a la escritura de constitución social el capital de la sociedad es la suma de TRES MILLONES DE PESOS que se aportó por los socios de la siguiente manera: MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA la suma de dos millones ochocientos cincuenta mil pesos; MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA la suma de setenta y cinco mil pesos; y don BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA setenta y cinco mil pesos y que actualmente se encuentra debidamente enterado y pagado. Los comparecientes en su calidad de socios, vienen en modificar la cláusula CUARTA la que queda como sigue, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá doña MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA en conjunto con uno cualquiera de los otros socios, esto es, con doña MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA o con don BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA, todos ya individualizados, quienes tendrán a su cargo la administración interna de la sociedad, la dirección y gobierno de la sociedad, y en este orden fijarán políticas y tomarán decisiones acordes con el interés social, representarán a la sociedad y ejercerán funciones de control de su gestión.- Los comparecientes en su calidad de socios, vienen en modificar además la cláusula QUINTA referente al capital, aumentándolo a la suma de CIEN MILLONES DE PESOS que se aportará por los socios de la siguiente forma: a) la suma de TRES MILLONES DE PESOS que enteraron los socios a la caja social. b) El saldo, esto es, la suma de NOVENTA Y SIETE MILLONES DE PESOS, lo enterarán los socios, de la siguiente manera: Uno) Doña MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA, aporta la suma de cuarenta y siete millones ciento cincuenta mil pesos, que entera mediante el aporte en dominio del bien raíz el Lote uno A de una superficie total de treinta y cuatro coma dieciocho hectáreas y los siguientes deslindes especiales: NORTE, con parte del predio Agrícola y Forestal Las Raíces Limitada y acceso hacia Lautaro; SUR, con parte de la servidumbre del Lote uno B y parte del Lote Dos; ORIENTE; con parte del predio Agrícola y Forestal Las Raíces Limitada y servidumbre existente del Lote uno B; y, PONIENTE, con rio Cautín. El dominio como se ha señalado rola inscrito a su nombre a fojas cuatro mil setecientos setenta y seis número dos mil doscientos dieciocho en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Lautaro correspondiente al año dos mil diez. Se deja contancia que el valor que conjuntamente le asignan las partes a este inmueble es la suma de cuarenta y siete millones ciento cincuenta mil pesos; Dos) Doña MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA, aporta la suma de veinticuatro millones novecientos veinticinco mil pesos lo enterará esta socia, en caja social en el plazo máximo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, en dinero en efectivo y/o con cargo de utilidades o a fondos formados por utilidades o revalorizaciones legales, y en especies muebles que posee, que se individualizarán y se tasarán cuando ello se produzca, dejándose constancia en un acta y en los libros respectivos; y, Tres) BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA aporta la suma de veinticuatro millones novecientos veinticinco mil pesos lo enterará este socio, en caja social en el plazo máximo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, en la medida que las necesidades sociales así lo requieran, en dinero en efectivo y/o con cargo de utilidades o a fondos formados por utilidades o revalorizaciones legales, y en especies muebles que posee, que se individualizarán y se tasarán cuando ello se produzca, dejándose constancia en un acta y en los libros respectivos. Como consecuencia de lo anterior la participación propietaria en la sociedad queda distribuida en un cincuenta por ciento para doña MONICA CAROLINA GARCIA GARCIA, un veinticinco por ciento para doña MICAELA CAROLINA BECKER GARCIA y un veinticinco por ciento para don BENJAMIN ALEJANDRO BECKER GARCIA.- En lo no modificado rige íntegramente el pacto social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada. Padre las Casas 21 de Abril 2021.-
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