PJ Chile SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior JUAN CRISTIÁN BERRÍOS CASTRO, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 8ª Notaría de Santiago de don LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, con oficio en Huérfanos número 941, local 302, comuna de Santiago, certifico: que con fecha 28 de julio de 2025, bajo el repertorio N° 14.853/2025, ante notario titular don Luis Ignacio Manquehual Mery, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de PJ Chile SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 8.063 número 6.026 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011, celebrada ante notario titular don Luis Ignacio Manquehual Mery con esa misma fecha, en la que su único accionista, titular del 100% de las acciones con derecho a voto, según consta en el registro de accionistas tenido a la vista, resolvió modificar la Sociedad en asuntos que no son materia de extracto.- Santiago, 29 de agosto de 2025.
Informações societárias
Capital
Capital total
$71.603.161.140
Capital integralizado
$11.508.716.447
Capital pendente
$60.094.444.693
Ações
6.221.646
Texto oficial do extrato
Juan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: con fecha 30 de diciembre de 2024, bajo el repertorio N° 21.105, ante el Titular, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de PJ Chile SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 8.063 número 6.026 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011, celebrada ante el Titular con esa misma fecha, en la que su único accionista, titular del 100% de las acciones con derecho a voto, según consta en el registro de accionistas tenido a la vista, resolvió aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $60.094.444.693, esto es, desde la suma de $11.508.716.447, dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, a la cantidad de $71.603.161.140, dividido en 6.221.646 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, mediante la emisión de 5.221.646 nuevas acciones de pago de las mismas características. Como consecuencia de lo anterior, se acordó sustituir el artículo tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Tercero: El capital de la Sociedad es la suma de 71.603.161.140 pesos, dividido en 6.221.646 acciones nominativas, sin valor nominal y de una única serie de acciones comunes, el cual se suscribe y paga en la forma señalada en el artículo Primero Transitorio. Las acciones serán emitidas sin imprimir láminas físicas de los títulos, bastando la constancia o certificación del gerente de la Sociedad o de quien haga sus veces, basado en el Registro de Accionistas, para acreditar la calidad de accionista. Los accionistas serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes a la Sociedad, todo ello de acuerdo al artículo cuatrocientos veintinueve del Código de Comercio.”. Del total de 6.221.646 acciones, la cantidad de 1.000.000 se encuentran íntegramente suscritas y pagadas; y las restantes 5.221.646 se suscribirán y pagarán a más tardar en un plazo de 6 meses a contar del día 30 de diciembre de 2024. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de enero de 2025.
Informações societárias
Capital
Capital total
$11.508.716.447
Capital integralizado
$11.508.716.447
Capital pendente
$0
Ações
1.000.000
Texto oficial do extrato
Juan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 2 de diciembre de 2024, repertorio N° 19.044, ante el Titular, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas, de la sociedad PJ Chile SpA, inscrita a fojas 8.063, número 6.026 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011 (la “Sociedad”), celebrada con esa misma fecha ante el Notario Titular don Luis Ignacio Manquehual Mery, en la que asistió su único accionista, conforme al Registro de Accionistas tenido a la vista, quien aprobó, entre otras materias, la fusión por incorporación de PJ Logistics SpA en PJ Chile SpA, absorbiendo esta última a la primera y adquiriendo, en consecuencia, la totalidad de sus activos y pasivos, de acuerdo a los balances de fusión e informe pericial que se protocolizaron conjuntamente con la escritura extractada. Como consecuencia de la fusión, el accionista resolvió aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $2.266.198.536, esto es, de la suma de $9.242.517.911, a la suma de $11.508.716.447, dividido en 1.000.000 de acciones de una misma serie y sin valor nominal. En virtud del aumento de capital, se modifica el artículo Tercero de los estatutos de la Sociedad, el cual se reemplaza íntegramente por el siguiente: “Artículo Tercero: El capital de la Sociedad es la suma de $11.508.716.447 dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, sin valor nominal y de una única serie de acciones comunes, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en el artículo Primero Transitorio. Las acciones serán emitidas sin imprimir láminas físicas de los títulos, bastando la constancia o certificación del gerente de la Sociedad o de quien haga sus veces, basado en el Registro de Accionistas, para acreditar la calidad de accionista. Los accionistas serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes a la Sociedad, todo ello de acuerdo al artículo 429 del Código de Comercio”. Se deja constancia de que las acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas. Además, se aprobó la disolución de PJ Logistics SpA, sin ser necesaria su liquidación, toda vez que PJ Chile SpA pasa a ser su continuadora legal para todos los efectos a que haya lugar; transfiriéndose a la Sociedad todos sus activos y pasivos. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 16 de enero 2025.
Atuações recentes
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