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Pasatiempos Litoral Limitada

MODIFICACIÓN — 2021年3月26日

Diario Oficial

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公司資料

Ltda
Santa Lucía N° 344, oficina 32
管理方式: Corresponderá de manera exclusiva a Ernesto Gustavo Núñez Parra la administración, representación legal judicial y extrajudicial y el uso de la razón social; se reserva a Isaac Antonio Latorres Ascui la facultad de representar a la sociedad en bancos.

股東(2)

姓名持股比例

Isaac Antonio Latorres Ascui

Socio

99%

Ernesto Gustavo Núñez Parra

Socio

1%

管理人(1)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2011年5月30日

    Se constituye PASATIEMPOS LITORAL LIMITADA.

  2. 權益轉讓

    Juan Pablo Gabriel Ascuí López cede el 1% de sus derechos sociales a Ernesto Gustavo Núñez Parra.

    Juan Pablo Gabriel Ascuí López · Ernesto Gustavo Núñez Parra

摘要官方正文

ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura púbica hoy, ante mí, ISAAC ANTONIO LATORRES ASCUI, JUAN PABLO GABRIEL ASCUÍ LÓPEZ, y ERNESTO GUSTAVO NUÑEZ PARRA, todos domiciliados para estos efectos en Santa Lucía N° 344, oficina 32, comuna y ciudad de Santiago, Re gión Metropolitana, modificaron sociedad PASATIEMPOS LITORAL LIMITADA, constituida por escritura pública de 30 de mayo de 2011, ante el Notario Público don Armando Arancibia Calderón, Repertorio 892-2011. El extracto de dicha sociedad se publicó en el Diario Oficial de fecha 23 de junio de 2011, y se inscribió a Fs. 196 v, N° 166 correspondiente al Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel del año 2011, en los siguientes términos. i) JUAN PABLO GABRIEL ASCUÍ LÓPEZ vende, cede y transfiere el 1% de los derechos sociales, de los cuales es dueño, a don ERNESTO GUSTAVO NÚÑEZ PARRA, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $100.000, suma que el cedente declara recibir en este acto en total conformidad. ii) La sociedad queda compuesta por ISAAC ANTONIO LATORRES ASCUI con un 99% de derechos sociales, y ERNESTO GUSTAVO NUÑEZ PARRA con un 1% de derechos sociales. iii) Las partes, además acuerdan modificar administración de la sociedad, la representación legal tanto judicial como extrajudicial, y el uso de la razón social, en el sentido de señalar que a contar de esta fecha corresponderá de manera exclusiva a don ERNESTO GUSTAVO NÚÑEZ PARRA. Sin perjuicio de ello, las partes acuerdan reservar de manera exclusiva al socio don ISAAC ANTONIO LATORRES ASCUI, las facultades de representar a la sociedad en los Bancos nacionales o extranjeros, estatales o particulares, con las más amplias facultades que puedan necesitarse. En lo no modificado continúa vigente pacto social primitivo, demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 05 de Febrero de 2021. Alejandro Américo Alvarez Barrera. N.P.S.

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公司關係

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