Sociedad De Servicios Empresariales Generales De Administración Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$4.600.000
Capital pagado
$4.600.000
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
PABLO ANDRES HEREDIA CANTILLANA Socio 8.xxx.xxx-9 | 8.xxx.xxx-9 | 50% | $3.700.000 |
ANDREIA HITOMI NEGORO LEON VALDES Socio 24.xxx.xxx-1 | 24.xxx.xxx-1 | 25% | $1.150.000 |
Socio 8.xxx.xxx-4 | 8.xxx.xxx-4 | 25% | $1.150.000 |
Representación legal (2)
MONICA ELIZABETH CANTILLANA ALVAREZ
MONICA ELIZABETH CANTILLANA ALVAREZ
Historia societaria relatada
- Constitución· 14 de mayo de 2010
Se constituyó SEG LTDA. por Monica Elizabeth Cantillana Alvarez y Pablo Andres Heredia Cantillana.
MONICA ELIZABETH CANTILLANA ALVAREZ · PABLO ANDRES HEREDIA CANTILLANA
- Cesión de derechos
Monica Elizabeth Cantillana Alvarez cede la totalidad de sus derechos a Andreia Hitomi Negoro Leon Valdes y Victor Manuel Leon Valdes; además, como mandataria de Pablo Andres Heredia Cantillana, cede parte de sus derechos a ambos.
MONICA ELIZABETH CANTILLANA ALVAREZ · PABLO ANDRES HEREDIA CANTILLANA · ANDREIA HITOMI NEGORO LEON VALDES · VICTOR MANUEL LEON VALDES
- Cambio de administrador
Se modifica la administración de la sociedad, quedando entregada indistintamente a cualquiera de los tres socios.
PABLO ANDRES HEREDIA CANTILLANA · ANDREIA HITOMI NEGORO LEON VALDES · VICTOR MANUEL LEON VALDES
Texto oficial del extracto
SERGIO F. RODRIGUEZ URIBE, Notario Público de San Miguel con asiento en San Joaquín, Av. Vicuña Mackenna 3125, certifico por escritura de hoy, 14-01-2019, ante mí MONICA ELIZABETH CANTILLANA ALVAREZ, chilena, C.I. N° 7.197.649-1, calle San Martin N° 201, comuna de Quintero, por sí y en representación de PABLO ANDRES HEREDIA CANTILLANA, chileno, C.I. N° 8.499.662-9, mismo domicilio del anterior, ANDREIA HITOMI NEGORO LEON VALDES, brasilera, C.I. para extranjeros N° 24.334.248-1, Avenida Vicuña Mackenna N° 3635, Dpto. 504, Comuna de San Joaquín y VICTOR MANUEL LEON VALDES, chileno, C.I. N° 8.536.236-4 del mismo domicilio anterior, modificaron sociedad denominada SOCIEDAD DE SERVICIOS EMPRESARIALES GENERALES DE ADMINISTRACION LIMITADA, nombre de fantasía SEG LTDA., RUT 76.149.985-8 constituida por MONICA ELIZABETH CANTILLANA ALVAREZ y PABLO ANDRES HEREDIA CANTILLANA por escritura pública de 14/05/2010 ante don Ricardo Maure Gallardo, Notario Público de Valparaíso, extracto inscrito a fojas 45 N° 46 correspondiente al año 2010 en Registro de Comercio de Quintero, publicado en el Diario Oficial N° 39.680 de 8/06/2010. Modificación consiste MONICA ELIZABETH CANTILLANA ALVAREZ dueña del 40% del capital social, cede y transfiere la totalidad de sus derechos a las personas que se mencionan, en los porcentajes que se indican y por los montos que se expresan a continuación. Uno) a ANDREIA HITOMI NEGORO LEON VALDES le cede y transfiere el 50% de sus derechos sociales, equivalente al 20% del capital social, quien los adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de $1.000.000 que la cedente declara recibir en el acto, en dinero efectivo, a su entera satisfacción. Dos) a VICTOR MANUEL LEON VALDES le cede y transfiere el 50% de sus derechos sociales, equivalente al 20% del capital social, quien los adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de $1.000.000 que la cedente declara recibir en el acto, en dinero efectivo, a su entera satisfacción. Asimismo doña MONICA ELIZABETH CANTILLANA ALVAREZ actuando en representación de su mandante e hijo don PABLO ANDRES HEREDIA CANTILLANA, dueño del 50% del capital social, cede y transfiere el 10% de sus derechos a las personas que se mencionan, en los porcentajes que se indican y por el precio que se expresa. Uno) a ANDREIA HITOMI NEGORO LEON VALDES le cede y transfiere el 5% de sus derechos sociales, equivalente al 2,5% del capital social, quien los adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de $150.000 que la cedente declara recibir para su representado en el acto, en dinero efectivo, a su entera satisfacción. Dos) a VICTOR MANUEL LEON VALDES le cede y transfiere el 5% de sus derechos sociales, equivalente al 2,5% por ciento del capital social, quien los adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de $150.000, que la cedente declara recibir para su representado en el acto, en dinero efectivo, a su entera satisfacción. En virtud de estas cesiones quedan como únicos socios de la sociedad SOCIEDAD DE SERVICIOS EMPRESARIALES GENERALES DE ADMINISTRACION LIMITADA, con nombre de fantasía SEG LTDA., PABLO ANDRES HEREDIA CANTILLANA dueño del 50% del capital social, cuyo aporte ya enterado y pagado asciende a la suma de $.3700.000 ANDREIA HITOMI NEGORO LEON VALDES dueña del 25% del capital social, cuyo aporte ya enterado y pagado asciende a la suma de $1.150.000 y VICTOR MANUEL LEON VALDES dueño del 25% del capital social, cuyo aporte ya enterado y pagado asciende a la suma de $1.150.000 Los únicos y actuales socios de la sociedad SOCIEDAD DE SERVICIOS EMPRESARIALES GENERALES DE ADMINISTRACION LIMITADA nombre de fantasía SEG LTDA., PABLO ANDRES HEREDIA CANTILLANA, por quien comparece en este acto su mandataria doña Mónica Elizabeth Cantillana Alvarez, VICTOR MANUEL LEON VALDES y ANDREIA HITOMI NEGORO LEON VALDES, acuerdan modificar la cláusula cuarta del estatuto social relativo a la administración de la sociedad, la que queda de la manera siguiente CUARTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a cualquiera de los tres socios, indistintamente, quienes anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas, la representaran y obligaran con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo efectuar los actos y celebrar toda clase de contratos sin limitación alguna y reproducen a modo meramente ejemplar las facultades que en la misma clausula se mencionan, para todos los efectos legales.- En lo no modificado se mantiene inalterable el estatuto constitutivo. Reiteran los socios que su responsabilidad queda limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. San Joaquín, 14 de Enero de 2019.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE SERVICIOS EMPRESARIALES GENERALES DE ADMINISTRACIÓN LIMITADA
CVE 1558961
