Sociedade por Ações76.149.827-4

Agrícola Barcelona SpA

MODIFICACIÓN — 26 de jun. de 2020

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2020-06-26Ver PDF (CVE 1778107)

Informações societárias

SpA
Administração: administrada y representada por dos administradores que deberán actuar en forma conjunta

Capital

Capital total

$6.000.000

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 14 de outubro de 2016

    Se constituye Agrícola Barcelona SpA, cuya escritura se otorga ante Notario Público Interina de Curicó Patricia Loyola Fuenzalida.

Texto oficial do extrato

Eduardo del Campo Vial, Abogado, Notario Público Titular Curicó, con oficio en calle Estado N°282, Curicó, certifica: Por escritura de fecha 15 de junio de 2.020, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Agrícola Barcelona SpA, Rol Único Tributario Nº 76.149.827-4, Capital actual es la suma de $6.000.000.-(seis millones de pesos),celebrada con fecha 03 de junio de 2.020, en la que se acordó sanear, en los términos de la Ley 19.499, la escritura pública de constitución social de fecha 14 de octubre de 2.016, otorgada ante la Notario Público Interina de Curicó doña Patricia Loyola Fuenzalida, Repertorio N°2.269-2.016, cuyo extracto de los estatutos se inscribió a fojas 1.129 N°660 del Registro de Comercio del año 2.016 del Conservador de Bienes Raíces de Curicó; y se publicó en el Diario Oficial N°41.597 de fecha 02 de noviembre de 2.016; en lo que se refiere a la inscripción tardía del extracto de la escritura pública de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó; y en haberse omitido en la Estatutos Sociales la forma como se designarán sus representantes y administradores, conforme lo requerido por el artículo 425 N°4 del Código de Comercio. En atención a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en la Ley N°19.499 que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, los accionistas acuerdan, por unanimidad, sanear los vicios formales señalados y, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2° de dicha ley, hacer presente que los vicios se entenderán corregidos con la inscripción y publicación oportuna del extracto de la escritura pública que reduzca la presente Junta Extraordinaria de Accionistas. Asimismo, conforme a todo lo señalado anteriormente y corrigiendo el vicio formal indicado en el número 2 anterior, los accionistas por unanimidad, acuerdan agregar y complementar el artículo noveno de los estatutos sociales originales, y de que da cuenta la escritura pública de fecha 14 de octubre de 2.016, otorgada ante la Notario Público Interina de Curicó doña Patricia Loyola Fuenzalida, Repertorio N°2.269-2.016, señalando y agregando al comienzo del artículo noveno citado de los estatutos, que la sociedad será administrada y representada por dos administradores, quienes deberán actuar en forma conjunta, designados en escritura pública por el o los accionistas titulares de, a lo menos, la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto, según conste del Registro establecido en el artículo trece de la ley sobre Sociedades Anónimas. La revocación de los administradores o de uno cualquiera de ellos se celebrará con la misma formalidad. De la designación y revocación del administrador se tomará razón al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio correspondiente. La sociedad no estará obligada a tener uno o más gerentes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Repertorio Nº1709/2020.- Curicó, 23 de junio de 2.020.-

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  1. MODIFICACIÓN

    Agrícola Barcelona SpA

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