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Sociedad de Responsabilidad Limitada76.142.309-6

Constructora Lineal Limitada

MODIFICACIÓN — 23 feb 2026

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2026-02-23Ver PDF (CVE 2773919)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don Francisco Javier Muñoz Cox actuando conjuntamente con don Pedro Pablo Ortíz Benítez.

Capital

Capital total

$1.600.000

Capital pagado

$1.600.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

Francisco Javier Muñoz Cox

Socio

-

La Medialuna SpA

Socio

-

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior Pablo José Hales Beseler, Notario Público, Titular de la 13° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Padre Hurtado Sur N° 875, local 1.054, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico que, por escritura pública otorgada con fecha 4 de febrero de 2026, Repertorio 364-2026, ante mí, Francisco Javier Muñoz Cox, Diego Andrés Ortiz Benítez y La Medialuna SpA, todos con domicilio en Santiago, calle Arquitecto Jaime Sanfuentes N° 1.670, comuna de Vitacura, modificaron la sociedad denominada Constructora Lineal Limitada, de la siguiente manera: Uno) Diego Andrés Ortiz Benítez se retira de la compañía, restituyéndosele en dicha virtud su aporte al capital estatutario, aporte que asciende a $800.000. Por tanto, el capital de la sociedad disminuye desde la suma de $2.400.000 a la suma de $1.600.000. Dos) Como consecuencia de lo anterior, se reemplaza el texto de la cláusula cuarta del estatuto social vigente, por el que sigue: “El capital de la sociedad es la suma de $1.600.000, totalmente suscrito y pagado, y que corresponde a los socios como sigue: a) a don Francisco Javier Muñoz Cox, la suma de $800.000; y b) a La Medialuna SpA, la suma de $800.000.”. Tres) Se reemplaza el texto de la cláusula tercera del estatuto social vigente, relativa a la administración, por el que sigue: “La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don Francisco Javier Muñoz Cox actuando conjuntamente con don Pedro Pablo Ortíz Benítez. Estas designaciones no son esenciales, ni entraban el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de uno o más de los socios o terceros.”. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de febrero de 2026.

ModificaciónDiario Oficial · 2022-02-16Ver PDF (CVE 2087228)

Información societaria

Ltda
calle Arquitecto Jaime Sanfuentes N°1670
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don Francisco Javier Muñoz Cox, actuando conjuntamente con uno cualquiera de los señores don Diego Andrés Ortiz Benítez o don Pedro Pablo Ortiz Benítez.

Capital

Capital total

$2.400.000

Capital pagado

$2.400.000

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

Francisco Javier Muñoz Cox

Socio

-

Diego Andrés Ortiz Benítez

Socio

-

La Medialuna SpA

Socio

-

Administradores (3)

Texto oficial del extracto

Paula Andrea Luna Saez, Notario Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, Titular de la 18va Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 30 de diciembre de 2021, Repertorio N° 33.244/2021, ante la Notario Titular, Francisco Javier Muñoz Cox, con domicilio en calle Tupungato N°9865, departamento 102, comuna de Vitacura, Santiago, María del Pilar Muñoz Wachtendorff, Diego Andrés Ortiz Benítez y La Medialuna SpA, todos los anteriores con domicilio en calle Arquitecto Jaime Sanfuentes N°1670, comuna de Vitacura, acordaron modificar la sociedad denominada Constructora Lineal Limitada, como sigue: a) María del Pilar Muñoz Wachtendorff se retira como socia de la compañía mediante la restitución de su cuota de capital, la que corresponde a la suma de $800.000; disminuyendo el capital de la compañía; b) Como consecuencia del retiro y disminución de capital mencionada, los socios acordaron reemplazar el texto de la cláusula cuarta de los estatutos sociales vigentes, por el que sigue: “El capital de la sociedad es la suma de $2.400.000, totalmente suscrito y pagado, y que corresponde a los socios como sigue: a) a don Francisco Javier Muñoz Cox, la suma de $800.000; b) a don Diego Andrés Ortiz Benítez, la suma de $800.000; y c) a La Medialuna SpA, la suma de $800.000.”; c) Producto del retiro de doña María del Pilar Muñoz Wachtendorff como socia, el resto de los socios acordó modificar la cláusula tercera del estatuto social vigente, relativo a la administración, por el que sigue: “La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don Francisco Javier Muñoz Cox, actuando conjuntamente con uno cualquiera de los señores don Diego Andrés Ortiz Benítez o don Pedro Pablo Ortiz Benítez. Estas designaciones no son esenciales, ni entraban el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de uno o más de los socios o terceros.” En lo no modificado, se mantiene el estatuto social vigente. Santiago, 10 de febrero 2022.

ModificaciónDiario Oficial · 2018-09-12Ver PDF (CVE 1462048)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a uno cualquiera de los señores don Francisco Javier Muñoz Cox o doña María del Pilar Muñoz Wachtendorff, actuando conjuntamente con uno cualquiera de los señores don Diego Andrés Ortiz Benítez o don Pedro Pablo Ortiz Benítez.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto: a) la realización de todo tipo de trabajos de ingeniería, arquitectura, construcción de toda clase de obras y edificios, por cuenta propia o ajena, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, sea por administración, suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas; b) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación de todo tipo de inmuebles; c) El estudio, promoción y desarrollo de los negocios inmobiliarios en terrenos rurales, urbanos, con destino habitacional, industrial, agrícola, de recreación o de otra especie, en cualquiera o todas sus etapas, su loteo, subdivisión, construcción y urbanización, por cuenta propia o ajena, y d) La gestión inmobiliaria y la construcción, ya sea directamente o mediante la contratación de servicios a terceros, de todo tipo de viviendas, oficinas, locales comerciales, bodegas y estacionamientos, y en general, la realización de todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro anterior, que los socios determinen. La sociedad puede participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades.

Capital

Capital total

$3.200.000

Capital pagado

$3.200.000

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

Francisco Javier Muñoz Cox

Socio

-

María del Pilar Muñoz Wachtendorff

Socio

-

Diego Andrés Ortiz Benítez

Socio

-

La Medialuna SpA

Socio

-

Texto oficial del extracto

María Loreto Zaldívar Grass, Notario interino de la 18ª Notaría de Santiago, con oficio en Bandera 341, oficina 857, de esta ciudad, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 26 de julio de 2018, ante mí, Francisco Javier Muñoz Cox, María del Pilar Muñoz Wachtendorff, Diego Andrés Ortiz Benítez y la sociedad denominada La Medialuna SpA, todos con domicilio en Santiago, calle Arquitecto Jaime Sanfuentes número 1.670, comuna de Vitacura; modificaron la sociedad denominada Asesorías y Gestión FMZ Arquitectura Limitada de la siguiente manera: A) Se aumentó el capital social de $1.000.000 a $3.200.000, aumento de capital ascendente a $2.200.000, que fue totalmente suscrito y pagado de la siguiente forma: i/ doña Pilar Muñoz Wachtendorff, la suma de $600.000, quien aumentó de ese modo su participación en la compañía; ii/ don Diego Andrés Ortiz Benítez, la suma de $800.000, quien ingresó de éste modo como nuevo socio de la compañía; y, iii/ La sociedad denominada La Medialuna SpA, la suma de $800.000, la que ingresó de éste modo como nueva socia de la compañía. B) Como consecuencia de lo anterior, se acordó sustituir el texto de la cláusula cuarta del estatuto social vigente, relativa al capital, por el que sigue: “El capital de la sociedad es la suma de $3.200.000, íntegramente aportado por los socios al contado y en dinero en efectivo, como sigue: a) don Francisco Javier Muñoz Cox, la suma de $800.000; b) doña Pilar Muñoz Wachtendorff, la suma de $800.000; c) don Diego Andrés Ortiz Benítez, la suma de $800.000; y e) La Medialuna SpA, la suma de $800.000.”; C) A continuación, los socios acordaron sustituir el texto de la cláusula primera del estatuto social vigente, correspondiente a la razón social, por el siguiente: “La sociedad se denominará CONSTRUCTORA LINEAL LIMITADA y tendrá domicilio en Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u otros establecimientos que pueda constituir en otros lugares del país o en el extranjero.”; D) Luego, los socios acordaron sustituir el texto de la cláusula segunda del estatuto social vigente, relativa al objeto, por el siguiente: “La sociedad tendrá por objeto: a) la realización de todo tipo de trabajos de ingeniería, arquitectura, construcción de toda clase de obras y edificios, por cuenta propia o ajena, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, sea por administración, suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas; b) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación de todo tipo de inmuebles; c) El estudio, promoción y desarrollo de los negocios inmobiliarios en terrenos rurales, urbanos, con destino habitacional, industrial, agrícola, de recreación o de otra especie, en cualquiera o todas sus etapas, su loteo, subdivisión, construcción y urbanización, por cuenta propia o ajena, y d) La gestión inmobiliaria y la construcción, ya sea directamente o mediante la contratación de servicios a terceros, de todo tipo de viviendas, oficinas, locales comerciales, bodegas y estacionamientos, y en general, la realización de todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro anterior, que los socios determinen. La sociedad puede participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades.”; E) Finalmente, los socios acordaron sustituir el texto de la cláusula tercera del estatuto social vigente, relativa a la administración, por el siguiente: “La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a uno cualquiera de los señores don Francisco Javier Muñoz Cox o doña María del Pilar Muñoz Wachtendorff, actuando conjuntamente con uno cualquiera de los señores don Diego Andrés Ortiz Benítez o don Pedro Pablo Ortiz Benítez. Estas designaciones no son esenciales, ni entraban el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de uno o más de los socios o terceros.”. Santiago, 22 de agosto de 2018.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    Constructora Lineal Limitada

    CVE 2773919

  2. MODIFICACIÓN

    Constructora Lineal Limitada

    CVE 2087228

  3. MODIFICACIÓN

    Asesorías y Gestión FMZ Arquitectura Limitada

    CVE 1462048

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